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EXTRACTO de la Resolución de 5 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convocan ayudas individualizadas de transporte y/o comedor escolar, para el curso 2022/2023.
DOE Número: 183
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: jueves, 22 de septiembre de 2022
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO
Rango: EXTRACTO
Descriptores: Educación. Ayudas.
Página Inicio: 45917
Página Fin: 45924
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.):649063
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la Resolución de convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones. http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index) y en el presente Diario Oficial de Extremadura.
Primero. Objeto.
Convocatoria de ayudas individualizadas de transporte y/o comedor escolar. Las modalidades de las ayudas serán las siguientes:
a) Transporte diario: Ayudas para sufragar los gastos del traslado diario del alumnado, desde su domicilio habitual familiar, Escuela Hogar o Residencia, en la que tiene adjudicada plaza, al centro escolar o a la parada más próxima de una ruta de transporte escolar organizado.
b) Transporte fin de semana: Ayudas para sufragar los gastos del traslado del alumnado los fines de semana, desde su domicilio habitual familiar a la Escuela Hogar o Residencia en la que tiene adjudicada plaza.
c) Comedor: Ayudas para sufragar los gastos derivados de comedor al alumnado escolarizado en centro sostenido con fondos públicos, siempre que éste no disponga de servicio de comedor escolar gestionado por la Administración educativa.
Segundo. Beneficiarios.
El alumnado que cumpla los requisitos establecidos en el apartado cuarto de la resolución de convocatoria, para cada modalidad de ayuda.
Tercero. Bases reguladoras.
Las ayudas convocadas se regirán por lo previsto Orden de 13 de noviembre de 2020 por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a ayudas individualizadas de transporte y/o comedor escolar (DOE núm. 224, de 19 de noviembre de 2020), por la Orden de 13 de junio de 2022, por la que se modifica la Orden de 13 de noviembre de 2020 por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a ayudas individualizadas de transporte y/o comedor escolar, por lo establecido en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones, de la Comunidad Autónoma de Extremadura, siendo igualmente de aplicación las disposiciones de carácter básico contenidas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y demás disposiciones básicas del estado.
 ANEXO I SOLICITUD DE AYUDAS INDIVIDUALIZADAS DE TRANSPORTE Y/O COMEDOR ESCOLAR PARA EL CURSO 2022/2023 Pag 1
 ANEXO I SOLICITUD DE AYUDAS INDIVIDUALIZADAS DE TRANSPORTE Y/O COMEDOR ESCOLAR PARA EL CURSO 2022/2023 Pag 2
 ANEXO I SOLICITUD DE AYUDAS INDIVIDUALIZADAS DE TRANSPORTE Y/O COMEDOR ESCOLAR PARA EL CURSO 2022/2023 Pag 3
 ANEXO I SOLICITUD DE AYUDAS INDIVIDUALIZADAS DE TRANSPORTE Y/O COMEDOR ESCOLAR PARA EL CURSO 2022/2023 Pag 4
 ANEXO I SOLICITUD DE AYUDAS INDIVIDUALIZADAS DE TRANSPORTE Y/O COMEDOR ESCOLAR PARA EL CURSO 2022/2023 Pag 5
 ANEXO I SOLICITUD DE AYUDAS INDIVIDUALIZADAS DE TRANSPORTE Y/O COMEDOR ESCOLAR PARA EL CURSO 2022/2023 Pag 6
Cuarto. Créditos.
Para el objeto de esta convocatoria se destinará la cantidad máxima de un millón cuatrocientos mil euros (1.400.000,00 €), con el siguiente desglose presupuestario, la cual se imputará en su totalidad a la anualidad 2022, y que se financiarán con cargo a la posición presupuestaria 13005 G/222G/48100, código proyecto 20060133 (CA), de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2023.
Quinto. Criterios para la determinación de cuantías.
El importe y los criterios para la determinación de las cuantías de las ayudas en sus distintas modalidades se establecen en el apartado séptimo de la resolución de convocatoria.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura.
El plazo máximo de vigencia a los efectos de presentación de solicitudes coincidirá con el curso escolar cuando el alumno cambie de situación.
Mérida, 5 de septiembre de 2022.
El Director General de Innovación e Inclusión Educativa
(PD, Resolución de 13 de noviembre de 2019,de la Secretaría General,DOE Núm. 223, de 19 de noviembre)
JUAN PABLO VENERO VALENZUELA

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