MODIFICACIÓN del Extracto y Anuncio por el que se da publicidad a la modificación de la distribución de créditos de la Resolución de 9 de noviembre de 2020, de actuaciones para el fomento de la movilidad eléctrica en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, línea 3, modalidad: "C.1. Estación de recarga de acceso público".
TEXTO ORIGINAL
BDNS (Identif.): 533947.
Mediante la Orden de 27 de agosto de 2019, de la Consejera para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, se establecieron las bases reguladoras del programa de las subvenciones públicas destinadas a actuaciones para el fomento de la movilidad eléctrica en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, siendo publicada en el Diario Oficial de Extremadura n.º 168, de 30 de agosto de 2019.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publicó en el Diario Oficial de Extremadura n.º 226, de 23 de noviembre de 2020, el extracto Línea-3 (Ayudas para el impulso en la instalación de puntos de recarga para vehículos eléctricos en la Comunidad Autónoma de Extremadura), de la Resolución de 9 de noviembre de 2020, de la Secretaría General, por la que se establece la convocatoria de subvenciones públicas destinadas a actuaciones para el fomento de la movilidad eléctrica en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el ejercicio 2020 ; cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/533947).
En el apartado 2 del resuelvo noveno de la citada resolución se establecía la financiación de las ayudas, para la Línea 3, del siguiente modo:
A. Procedimientos de concurrencia con fondos FEDER Extremadura 2014-2020:
Programa financiación/elemento PEP: 20190211. Ayudas al sector privado para la instalación de puntos de recarga .
— Centro gestor: 180020000.
— Posición Presupuestaria: G/333A/77000.
— Tipo Modalidad: Anexo I; Actuación C); Modalidad: C.1.
— Anualidad 2021: 200.000 euros.
— Anualidad 2022: 208.000 euros.
Programa financiación/elemento PEP: 20190212. Ayudas al sector público para la instalación de puntos de recarga .
— Centro gestor: 180020000.
— Posición Presupuestaria: G/333A/76000.
— Tipo Modalidad: Anexo I; Actuación C); Modalidad: C.1.
— Anualidad 2021: 300.000 euros.
— Anualidad 2022: 306.000 euros.
Asimismo, el resuelvo decimotercero establecía, en su apartado séptimo que: Si del resultado de prelación de los expedientes realizada por la Comisión de Valoración fuese necesaria una distribución distinta de los créditos entre los proyectos y aplicaciones presupuestarias recogidos inicialmente en la presente convocatoria, se actuará según lo indicado en el apartado 4 del artículo 12 de la Orden de 27 de agosto de 2019. Todo ello previo a la resolución de concesión de subvención de los expedientes y sin que implique el inicio de un nuevo plazo para presentar solicitudes ni el inicio de un nuevo cómputo para resolver.
Por su parte, el punto 4 del artículo 12 de la Orden de 27 de agosto de 2019 establecía: Para el aumento de hasta un 20 por ciento de los créditos presupuestarios imputados o para una distribución distinta entre los proyectos y aplicaciones presupuestarias recogidas en cada convocatoria de ayudas, se estará en lo dispuesto en los artículos 23.2 h) y 39.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo.
En virtud de lo expuesto, y siendo necesario efectuar una primera redistribución de los créditos de las línea 3, con fecha 3 de mayo de 2022, se publica en el DOE n.º 83, anuncio de Modificación del Extracto y Anuncio por el que se da publicidad a la modificación de la Resolución de 9 de noviembre de 2020, de actuaciones para el fomento de la movilidad eléctrica en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, línea 3 (Ayudas para el impulso en la instalación de estaciones de recarga para vehículos eléctricos en la Comunidad Autónoma de Extremadura), modalidad: C.1. Estación de recarga de acceso, quedando ésta tras la modificación con el siguiente desglose:
Tabla II. Distribución Primera de créditos de convocatoria ME.
A. Procedimientos de concurrencia con fondos FEDER Extremadura 2014-2020:
Programa financiación/elemento PEP: 20190211. Ayudas al sector privado para la instalación de puntos de recarga .
— Centro gestor: 180020000.
— Posición Presupuestaria: G/333A/77000.
— Tipo Modalidad: Anexo I; Actuación C); Modalidad: C.1.
— Anualidad 2022: 355.350 euros.
— Anualidad 2023: 52.650 euros.
Programa financiación/elemento PEP: 20190212. Ayudas al sector público para la instalación de puntos de recarga .
— Centro gestor: 180020000.
— Posición Presupuestaria: G/333A/76000.
— Tipo Modalidad: Anexo I; Actuación C); Modalidad: C.1.
— Anualidad 2022: 577.500 euros.
— Anualidad 2023: 28.500 euros.
Por otra parte, habiendo finalizado el plazo de presentación de solicitudes el pasado 25 de enero de 2021 e instruidos los expedientes por el órgano gestor, existiendo crédito suficiente en los proyectos de gasto de la resolución de convocatoria para los expedientes que cumplen los requisitos establecidos en las bases reguladora y en la propia convocatoria, teniendo en consideración que existe crédito suficiente para conceder todas las ayudas, en aplicación de lo establecido en la letra e) del apartado 2º del punto 8 de la Letra C) del ANEXO I de la orden de bases reguladoras, no será preciso establecer orden de prelación entre las solicitudes presentadas.
No obstante, es preciso una nueva distribución de los créditos entre las anualidades 2022 y 2023 para que en esta última anualidad queden dispuestos créditos suficientes para los pagos de las ayudas a conceder, en base a que se prevé la resolución de los expedientes para noviembre de 2022 y considerando que plazo máximo de ejecución de las actuaciones es de nueve meses y un mes para la justificación, por este el órgano gestor se considera más adecuado disponer en 2023 de los créditos suficientes para poder proceder al pago de todas las ayudas a conceder, dado que en la anualidad 2023 es cuando se prevé que se solicitaran los pagos por los beneficiarios, ya que en 2022 no dispondrían de tiempo suficiente para ejecutar y liquidar las actuaciones.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 39.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la distribución distinta entre los proyectos y aplicaciones presupuestarias recogidas en la convocatoria inicialmente prevista, exige anuncio del órgano que ha aprobado la convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura de la modificación efectuada.
Por todo lo anterior, se procede a la publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la modificación de la distribución del crédito por anualidades previsto en el resuelvo noveno de la Resolución de 9 de noviembre de 2020 y del extracto de la Resolución en el apartado cuarto referido a la distribución temporal y económica de la cuantía prevista para la línea 3, que deben quedar distribuidos del siguiente modo:
A. Procedimientos de concurrencia con fondos FEDER Extremadura 2014-2020:
Programa financiación/elemento PEP: 20190211. Ayudas al sector privado para la instalación de puntos de recarga .
— Centro gestor: 180020000.
— Posición Presupuestaria: G/333A/77000.
— Tipo Modalidad: Anexo I; Actuación C); Modalidad: C.1.
— Anualidad 2022: 103.000 euros.
— Anualidad 2023: 305.000 euros.
Programa financiación/elemento PEP: 20190212. Ayudas al sector público para la instalación de puntos de recarga .
— Centro gestor: 180020000.
— Posición Presupuestaria: G/333A/76000.
— Tipo Modalidad: Anexo I; Actuación C); Modalidad: C.1.
— Anualidad 2022: 476.000 euros.
— Anualidad 2023: 130.000 euros.
Mérida, 29 de julio de 2022.
La Secretaria General,
CONSUELO CERRATO CALDERA