EXTRACTO de la Resolución de 23 de septiembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se establece la convocatoria de ayudas estatales destinadas a las organizaciones de productores de frutas y hortalizas que sean titulares de centrales de acondicionamiento que hayan sufrido pérdidas como consecuencia de las heladas asociadas a la borrasca Ciril en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.):650401
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es) y en el presente DOE.
Primero. Objeto.
La aprobación de la convocatoria de subvenciones a las organizaciones de productores de frutas y hortalizas con sede social en la Comunidad Autónoma de Extremadura, titulares de centrales de acondicionamiento que hayan sufrido una pérdida importante en su facturación y que tengan efectivos productivos en determinadas áreas afectadas por las heladas provocadas por la borrasca Ciril entre el 2 y el 5 de abril de 2022.
Segundo. Entidades beneficiarias.
Serán beneficiarias de esta subvención las organizaciones de productores reconocidas conforme al Real Decreto 532/2017, de 26 de mayo, por el que se regula el reconocimiento de las organizaciones de productores del sector de frutas y hortalizas que sean titulares de centrales de acondicionamiento.
Tercero. Bases reguladoras.
Real Decreto 749/2022, de 13 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas estatales destinadas a las centrales de acondicionamiento de fruta afectadas por las heladas asociadas a la borrasca Ciril (BOE num. 221, de 14 de septiembre de 2022).
Cuarto. Cuantía de la convocatoria.
1. La cuantía de la subvención será de 200.000,00 euros por cada beneficiario. No obstante, si en virtud del número de solicitudes, se superase el límite presupuestario de la subvención, este se repartirá mediante el sistema de degresividad establecido en las bases reguladoras.
2. Las subvenciones se financiarán con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2023, con la siguiente codificación presupuestaria: Centro gestor 120040000, posición presupuestaria G/313A/47000, fondo TE31008001 y proyecto 20220506, por un importe de cuatrocientos treinta y ocho mil euros (438.000,00€). No obstante, se podrá ampliar la dotación inicial hasta el importe correspondiente de los créditos que se asignen mediante Conferencia Sectorial del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, sin necesidad de nueva convocatoria.
3. El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación financiará estas subvenciones con cargo a la aplicación presupuestaria 21.05.412.C.454, de Mejora del sector hortofrutícola y cultivos industriales .
4. La presente convocatoria seguirá el procedimiento de tramitación anticipada de expediente de subvenciones, previsto en la regla 69 de la Orden de 17 de diciembre de 2020, por la que se aprueba la Instrucción de Contabilidad de la Junta de Extremadura, quedando sometida dicha convocatoria a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente en los correspondientes Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día en que se produzca la publicación de la resolución de convocatoria y de este extracto en el Diario Oficial de Extremadura, y finalizará el 30 de septiembre de 2022.
Mérida, 23 de septiembre de 2022.
La Secretaria General
MARÍA CURIEL MUÑOZ