CORRECCIÓN de errores del Anuncio de 15 de septiembre de 2022 por el que se da publicidad a las ayudas concedidas al amparo de la Resolución de 30 de diciembre de 2020, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas al fomento de movilidad eficiente y sostenible (Programa MOVES II) en Extremadura.
TEXTO ORIGINAL
Habiéndose detectado error por omisión de los logotipos en el Anuncio de 15 de septiembre de 2022 por el que se da publicidad a las ayudas concedidas al amparo de la Resolución de 30 de diciembre de 2020, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas al fomento de movilidad eficiente y sostenible (Programa MOVES II) en Extremadura, publicado en el DOE n.º 184, de 23 de septiembre de 2022, se procede a su oportuna corrección mediante su íntegra inserción.
ANUNCIO de 15 de septiembre de 2022 por el que se da publicidad a las ayudas concedidas al amparo de la Resolución de 30 de diciembre de 2020, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas al fomento de movilidad eficiente y sostenible (Programa MOVES II) en Extremadura.
Mediante el Real Decreto 569/2020, de 16 de junio, se establecieron las bases reguladoras del programa de incentivos a la movilidad eficiente y sostenible (Programa MOVES II).
El 14 de enero de 2021 se publicó, en el Diario Oficial de Extremadura, la Resolución de 30 de diciembre de 2020, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas al fomento de movilidad eficiente y sostenible (Programa MOVES II) en Extremadura.
El resuelve vigésimo de la citada resolución, establece que las subvenciones concedidas serán publicadas en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma en la forma establecida en los artículos 17.1 y 20 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como el Portal Electrónico de la Transparencia y la Participación Ciudadana, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto en Extremadura.
El artículo 17 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura prevé la publicación en el Diario Oficial correspondiente de las subvenciones concedidas con la expresión de la convocatoria, programa y crédito presupuestario al que se imputen, beneficiario, cantidad concedida y finalidad o finalidades de la subvención cuando los importes de las mismas, individualmente consideradas, sean de cuantía superior a 3.000 euros.
En virtud de lo dispuesto en los citados artículos se procede a dar publicidad a las subvenciones concedidas a los beneficiarios para el desarrollo de los proyectos de inversión considerados como incentivables:
Anexo I: Subvenciones concedidas para la implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos.
El pago de estas ayudas se imputará con cargo a las aplicaciones presupuestarias: 1800200/G/333A/760.00 (tabla 1) y 1800200/G/333A/770.00 (tabla 2) del proyecto de gasto 20200335 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para los años 2022 y 2023.
Las acciones contempladas se encuentran cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), en el eje 4, Economía Baja en Carbono, del Programa Operativo Plurirregional de España 2014-2020 (POPE), y el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico puestos a cargo del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE).
Mérida, 15 de septiembre de 2022. La Secretaria General. PD, Resolución de 20 de noviembre de 2019, DOE n.º 228 de 26 de noviembre de 2019, El Director General de Industria, Energía y Minas, SAMUEL RUIZ FERNÁNDEZ.
ANEXO I
SUBVENCIONES CONCEDIDAS EN LA CONVOCATORIA DE AYUDAS DESTINADAS A LA IMPLANTACIÓN DE INFRAESTRUCTURA DE RECARGA DEA VEHÍCULOS ELÉCTRICOS(Resolución de 30 de diciembre de 2020, de la Secretaría General)
TABLA 1
EXPEDIENTE
|
BENEFICIARIO
|
NIF
|
SUBVENCIÓN APROBADA
|
---|
MO-20-02-0030
|
AYUNTAMIENTO DE TÁLIGA
|
P0612900A
|
3.516,13 €
|
MO-20-02-0056
|
AYUNTAMIENTO DE ROMANGORDO
|
P1016300D
|
6.983,83 €
|
TABLA 2
EXPEDIENTE
|
BENEFICIARIO
|
NIF
|
SUBVENCIÓN APROBADA
|
---|
MO-20-02-0006
|
TREVAUTO COMERCIO DE AUTOMÓVILES, SL
|
B06207484
|
6.849,16 €
|
MO-20-02-0010
|
ELECTROLINERA EXTREMADURA, SL
|
B10492643
|
56.103,21 €
|
MO-20-02-0015
|
INMOBILIARIA PITARCH, SL
|
B78220381
|
10.253,15 €
|
MO-20-02-0016
|
OESTE SOLUCIONES ENERGÉTICAS, SL
|
B10494771
|
13.401,43 €
|
MO-20-02-0017
|
OESTE SOLUCIONES ENERGÉTICAS, SL
|
B10494771
|
13.401,43 €
|
MO-20-02-0018
|
NORDIAN CPO, SL
|
B88068853
|
24.264,55 €
|
MO-20-02-0019
|
OESTE SOLUCIONES ENERGÉTICAS, SL
|
B10494771
|
13.401,43 €
|
MO-20-02-0022
|
OESTE SOLUCIONES ENERGÉTICAS, SL
|
B10494771
|
13.401,43 €
|
MO-20-02-0027
|
MOTOR EMERITENSE, SL
|
B06206049
|
3.619,21 €
|
MO-20-02-0038
|
REPSOL COMERCIAL DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS, SA
|
A80298839
|
8.954,24 €
|
MO-20-02-0039
|
REPSOL COMERCIAL DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS, SA
|
A80298839
|
9.934,94 €
|
MO-20-02-0040
|
REPSOL COMERCIAL DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS, SA
|
A80298839
|
9.313,46 €
|
MO-20-02-0041
|
REPSOL COMERCIAL DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS, SA
|
A80298839
|
9.165,38 €
|
MO-20-02-0042
|
REPSOL COMERCIAL DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS, SA
|
A80298839
|
10.212,69 €
|
MO-20-02-0043
|
REPSOL COMERCIAL DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS, SA
|
A80298839
|
9.878,06 €
|
MO-20-02-0044
|
REPSOL COMERCIAL DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS, SA
|
A80298839
|
9.280,13 €
|
MO-20-02-0047
|
NORDIAN CPO, SL
|
B88068853
|
24.264,55 €
|
MO-20-02-0048
|
NORDIAN CPO, SL
|
B88068853
|
24.264,55 €
|
MO-20-02-0054
|
SENERGY PRODUCTS AND SERVICES, SL
|
B06675714
|
4.336,77 €
|