Junta de Extremadura

Página Web del Diario Oficial de Extremadura

Ultimos Diarios Oficiales

AVISO: La traducción a portugués deriva de un proceso automático con carácter informativo.

Logo DOE
Logo DOE

MODIFICACIÓN del Extracto de la Resolución de 7 de julio de 2022, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas estatales del bono alquiler joven, correspondiente a las anualidades 2022 y 2023, contempladas en la convocatoria aprobada por Resolución de 7 de julio de 2022 (DOE número 135, de 14 de julio de 2022), y Anuncio de terminación del plazo de vigencia de dicha convocatoria, a efectos de presentación de solicitudes.
DOE Número: 188
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: jueves, 29 de septiembre de 2022
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE MOVILIDAD, TRANSPORTE Y VIVIENDA
Rango: MODIFICACIÓN
Descriptores: Viviendas. Ayudas.
Página Inicio: 46953
Página Fin: 46954
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.):638589
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publicó en el Diario Oficial de Extremadura número 135, de fecha 14 de julio de 2022, el Extracto de la Resolución de 7 de julio de 2022, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas estatales del bono alquiler joven, correspondiente a las anualidades 2022 y 2023, cuyo texto cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/es/index).
De conformidad con lo dispuesto en el punto primero del resuelvo séptimo de la resolución de convocatoria, el plazo de presentación de solicitudes de ayuda será de un año a partir del día siguiente a aquel en que se publique en el Diario Oficial de Extremadura la presente convocatoria y el extracto previsto en el artículo 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 16 q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura; no admitiéndose a trámite las que se presenten fuera de este plazo, sin perjuicio de lo establecido en el apartado 2 del resuelvo decimocuarto.
Así mismo el párrafo primero del punto 5 del Extracto de la Resolución de 7 de julio de 2022, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas estatales del bono alquiler joven, correspondiente a las anualidades 2022 y 2023, establece:
El plazo de presentación de solicitudes de ayuda será de un año a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria y el presente extracto en el Diario Oficial de Extremadura, no admitiéndose a trámite las que se presenten fuera de este plazo.
No obstante, el artículo 29.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, dispone que de producirse el agotamiento del crédito presupuestario, y no procederse a efectuar las modificaciones correspondientes, se deberá proceder a declarar terminado el plazo de vigencia de la convocatoria mediante anuncio del titular de la Secretaría General de la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda (órgano competente para la aprobación de la convocatoria según el artículo 23.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo), el cual será objeto de publicación en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de subvenciones, con la consiguiente inadmisión de las solicitudes posteriormente presentadas.
En virtud de cuanto antecede, teniendo en cuenta que la estimación de las solicitudes de subvención hasta ahora presentadas conllevaría el agotamiento del crédito vinculado en la convocatoria al Programa de ayudas estatales del bono alquiler joven, correspondiente a las anualidades 2022 y 2023,
ACUERDO:
1. Anunciar la terminación del plazo de vigencia de la convocatoria, a efectos de presentación de solicitudes de reconocimiento de subvenciones del Programa ayudas estatales Bono Alquiler Joven, correspondiente a las anualidades 2022 y 2023, convocadas mediante Resolución de 7 de julio de 2022, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas estatales Bono Alquiler Joven, correspondiente a las anualidades 2022 y 2023, debiendo procederse a publicar el presente Anuncio en el Diario Oficial de Extremadura.
2. Modificar el párrafo primero del punto 5 del Extracto de la Resolución de 7 de julio de 2022, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas estatales del bono alquiler joven, correspondiente a las anualidades 2022 y 2023, cuyo literal quedará de la siguiente forma:
El plazo de presentación de solicitudes finalizará el día en que se publique en el Diario Oficial de Extremadura el anuncio de la terminación del plazo de vigencia de la convocatoria, a los efectos de presentación de solicitudes de reconocimiento de subvenciones. No se admitirán a trámite las solicitudes que se presenten con posterioridad.
Mérida, 21 de septiembre de 2022.
La Secretaría General,
MARÍA LUISA CORRALES VÁZQUEZ

Otras Opciones

2024 © Junta de Extremadura. Todos los derechos reservados Icono Normativa ELI Icono Icono RSS RSS Icono Accesibilidad Icono Mapa del sitio Icono Aviso Legal