ANUNCIO de 26 de septiembre de 2022 sobre admisión definitiva de la solicitud del permiso de investigación de recurso de la Sección C), en concreto para granito (roca ornamental), denominado "Canchal", n.º 10C10390-00, en los términos municipales de Torre de Santa María, Zarza de Montánchez y Salvatierra de Santiago, de la provincia de Cáceres, e información pública del plan de restauración.
TEXTO ORIGINAL
El Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de la Junta de Extremadura, hace saber: que por D. David Fernández Sanromán y D. Pedro Fernández Sanromán, en representación de la sociedad Grissalia, SL, con NIF: B-36930907, domiciliada en Vigo (Pontevedra), c/ Pontevedra n.º 4, ha sido solicitado con fecha 10 de diciembre de 2020 un permiso de investigación para recurso de la Sección C) de la Ley de Minas, en concreto granito (roca ornamental), que a continuación se relaciona con expresión de número, nombre, cuadrículas mineras y términos municipales:
N.º 10C10390-00, Canchal , 7 cuadrículas mineras, en los términos municipales de Torre de Santa María, Zarza de Montánchez y Salvatierra de Santiago (Cáceres).
Siendo la designación del perímetro solicitado (SRG ETRS89):
VÉRTICE
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LONGITUD (Oeste)
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LATITUD (Norte)
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P.p.-1
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6º 04 40’’
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39º 15 40’’
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2
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6º 04 00’’
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39º 15 40’’
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3
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6º 04 00’’
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39º 15 00’’
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4
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6º 04 20’’
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39º 15 00’’
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5
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6º 04 20’’
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39º 14 40’’
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6
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6º 05 00’’
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39º 14 40’’
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7
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6º 05 00’’
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39º 15 20’’
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8
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6º 04 40’’
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39º 15 20’’
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En la página oficial del Sistema de Información Geológico Minero de Extremadura (http://sigeo.juntaex.es), Sección de Información Pública, se puede consultar el plano de situación de esta solicitud.
Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 70.2 del Reglamento General para el Régimen de la Minería de 25 de agosto de 1978, y se dispone la apertura de un periodo de información pública de veinte días hábiles con el fin de que cualquier persona física o jurídica pueda examinar el procedimiento, y quienes tengan la condición de interesado puedan personarse en el expediente, presentando en su caso las alegaciones que se consideren oportunas.
Asimismo, para dar cumplimiento al artículo 6 del Real Decreto 975/2009, de 12 de junio, sobre gestión de los residuos de las industrias extractivas y de protección y rehabilitación de los espacios afectados por actividades mineras, se comunica al público interesado que el plan de restauración del proyecto del permiso de investigación mencionado, podrá ser examinado, durante treinta días hábiles.
Dichos plazos se computarán desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado.
El proyecto y el plan de restauración correspondiente al permiso de investigación mencionado quedarán disponibles para su consulta en las dependencias del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera situadas en la avenida de Clara Campoamor, n.º 2, Edificio Múltiples 3.ª planta de Cáceres, así como en la página oficial del Sistema de Información Geológico Minero de Extremadura (http://sigeo.juntaex.es), Sección de Información Pública. Los interesados podrán presentar sus observaciones, alegaciones y consultas, dentro de los plazos citados anteriormente, y en la dirección indicada, por cualquiera de los medios que a tal efecto determina la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Se solicitarán informes a la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de la Junta de Extremadura, Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes de la Junta de Extremadura, Confederación Hidrográfica del Tajo y Ayuntamientos afectados, conforme al artículo 5 del Real Decreto 975/2009, de 12 de junio.
Propuesta de resolución al plan de restauración: A la vista de la documentación aportada por el interesado, el Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera propone resolución favorable al proyecto del plan de restauración presentado, y sin perjuicio de las alegaciones que pudieran ser presentadas en el periodo de información pública, y de los informes o condicionados que pudieran presentar los organismos consultados.
El órgano competente para resolver sobre la autorización administrativa del plan de restauración es el Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera.
Medios para la información: Documental, en horario de 09:00 a 14:00 horas de lunes a viernes, y a través de la página oficial del Sistema de Información Geológico Minero de Extremadura (http://sigeo.juntaex.es), Sección de Información Pública.
Procedimiento de participación pública: el establecido en el artículo 6.5 del Real Decreto 975/2009, de 12 de junio.
Lo que se comunica a los efectos oportunos y para el conocimiento general.
Cáceres, 26 de septiembre de 2022. El Jefe de Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera, JUAN CARLOS BUENO RECIO.