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RESOLUCIÓN de 28 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Servicios Sociales, Infancia y Familia, por la que se dispone la ejecución de la sentencia n.º 336/2022, dictada por la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia, en el procedimiento ordinario n.º 60/2022.
DOE Número: 198
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: viernes, 14 de octubre de 2022
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE SANIDAD Y SERVICIOS SOCIALES
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Sentencias. Ejecución.
Página Inicio: 49750
Página Fin: 49751
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
En el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación legal de Dña. Noureddine Echaffi, contra la Resolución del Consejero de Sanidad y Servicios Sociales, de 20 de diciembre de 2021, relativa a recurso de alzada contra Resolución de la Directora General de Servicios Sociales, Infancia y Familia, de fecha 18 de noviembre de 2021, dictada en el expediente RB21-04948, se ha dictado sentencia con fecha 7 de junio de 2022, que ha adquirido firmeza tras el transcurso de los correspondientes plazos legales.
El artículo 42.1 del Decreto 99/2009, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de los Servicios Jurídicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, establece que Corresponde la ejecución material de sentencias firmes, así como su ejecución provisional en los casos que legalmente proceda, al órgano que en el momento de la ejecución resulte competente por razón de la materia sobre la que el litigio haya versado .
El artículo 9.1 del Decreto 59/1991, de 23 de julio, por el que se regula la tramitación administrativa en la ejecución de resoluciones judiciales, establece que el órgano competente realizará las actuaciones necesarias para llevar a cabo la ejecución de la resolución judicial, dictando la correspondiente resolución en orden al cumplimiento de la sentencia.
Asimismo, el artículo 9.3 del mentado decreto establece que se entenderá suficiente a efectos de su publicación, la inserción en el Diario Oficial de Extremadura que contenga al menos los datos del demandante y demandado, el número de Autos y el contenido del fallo, con expresión de la firmeza de la sentencia o resolución judicial.
Por tanto, y en uso de las atribuciones conferidas por la legislación vigente,
RESUELVO:
Proceder a la ejecución del fallo de la sentencia n.º 336/2022, de 7 de junio de 2022, dictada por la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el procedimiento ordinario número 60/2022, llevando a puro y debido efecto el fallo de la misma, cuya parte dispositiva dice:
Proceder a la ejecución del fallo de la sentencia n.º 336/2022, de 7 de junio de 2022, dictada por la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el procedimiento ordinario número 60/2022, llevando a puro y debido efecto el fallo de la misma, cuya parte dispositiva dice:
Estimamos parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por procuradora de los Tribunales Dª María Inmaculada Concepción Romero Arroba, en representación y defensa de D. Noureddine Echaffi, contra la Resolución del Consejero de Sanidad y Servicios Sociales de 20 de diciembre de 2021, que desestima el recurso de alzada presentado contra la Resolución de la Directora General de Servicios Sociales, Infancia y Familias de 18 de noviembre de 2021 que desestima la solicitud de la Renta Extremeña Garantizada, que anulamos por no ser ajustada a Derecho, debiendo dictarse otra nueva conforme a lo expuesto en la presente Sentencia y todo ello sin expresa condena en cuanto a las costas.
Mérida, 28 de septiembre de 2022.
La Directora General de Servicios Sociales, Infancia y Familia
CARMEN NÚÑEZ CUMPLIDO

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