RESOLUCIÓN de 10 de octubre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio y el Ayuntamiento de Valverde de Burguillos, por el que se concede al Ayuntamiento de Valverde de Burguillos una subvención directa con destino al impulso y apoyo de proyectos singulares que permitan la transformación territorial repercutiendo en la reversión de la despoblación.
TEXTO ORIGINAL
Habiéndose firmado el día 13 de septiembre de 2022, el Convenio entre la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio y el Ayuntamiento de Valverde de Burguillos, por el que se concede al Ayuntamiento de Valverde de Burguillos una subvención directa con destino al impulso y apoyo de proyectos singulares que permitan la transformación territorial repercutiendo en la reversión de la despoblación, de conformidad con lo previsto en el artículo 8 del Decreto 217/2013, de 19 de noviembre, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
RESUELVO:
La publicación en el Diario Oficial de Extremadura del convenio que figura como ANEXO de la presente resolución.
Mérida, 10 de octubre de 2022.
La Secretaria General,
PA, Resolución de 01/03/2021,DOE n.º 43, de 4 de marzo de 2021
La Jefa de Servicio de Legislación y Documentación,
M.ª MERCEDES ARGUETA MILLÁN
CONVENIO ENTRE LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, POBLACIÓN Y TERRITORIO Y EL AYUNTAMIENTO DE VALVERDE DE BURGUILLOS, POR EL QUE SE CONCEDE AL AYUNTAMIENTO DE VALVERDE DE BURGUILLOS UNA SUBVENCIÓN DIRECTA CON DESTINO AL IMPULSO Y APOYO DE PROYECTOS SINGULARES QUE PERMITAN LA TRANSFORMACIÓN TERRITORIAL REPERCUTIENDO EN LA REVERSIÓN DE LA DESPOBLACIÓN.
Mérida, 13 de septiembre de 2022.
REUNIDOS
De una parte, D. Manuel Mejías Tapia, en su calidad de Secretario General de Población y Desarrollo Rural, de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, en virtud de su nombramiento mediante el Decreto 110/2019, de 2 de agosto, a propuesta de la Consejera de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio de conformidad con lo establecido en los artículos 23.o) y 36.g) de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y en delegación de la Secretaria General de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio según lo dispuesto en la Resolución de 6 de agosto de 2019.
De otra parte, D. Carlos Delgado Méndez, con DNI ***8212*** como Alcalde del Ayuntamiento de Valverde de Burguillos y en representación del mismo, debidamente autorizado mediante acuerdo plenario celebrado el día 29 de abril de 2022
Reconociéndose ambas partes capacidad suficiente para formalizar este Convenio.
EXPONEN
I. La Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, a través de la Secretaría General de Población y Desarrollo Rural conforme a lo estipulado en el Decreto del Presidente 41/2021, de 2 de diciembre, por el que se modifica la denominación y competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y el Decreto 87/2019, de 2 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, creando los órganos directivos de la Consejería, en relación con el Decreto 164/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, tiene entre otras funciones, las relativas a la elaboración de estudios y análisis sobre el reto demográfico, y en su caso, la formulación de propuestas de actuación emanadas de aquellos y el fomento de la colaboración con las entidades públicas y privadas implicadas en el cambio demográfico y territorial. A estos efectos, la Secretaría General de Población y Desarrollo Rural será el órgano de la Junta de Extremadura que canalizará cualesquiera iniciativas tendentes a revertir el cambio demográfico y territorial.
Corresponderá a la Secretaría General de Población y Desarrollo Rural de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio la coordinación de las actuaciones relativas a las políticas sobre el reto demográfico y la fijación de la población en el territorio. En concreto, en esta materia le corresponderán las siguientes funciones:
a) El impulso en la elaboración de una Estrategia Regional frente el Desafío Demográfico y Territorial, en el marco del Informe de Posición elaborado por la Junta de Extremadura, que recoja el conjunto de propuestas, medidas y actuaciones necesarias para combatir el cambio demográfico y territorial en la Comunidad Autónoma.
b) La coordinación de las distintas políticas de la Junta de Extremadura con incidencia demográfica. Para el correcto ejercicio de esta función podrá constituirse un órgano interdepartamental de apoyo a la Secretaría General de Población y Desarrollo Rural, que tendrá la adscripción, la composición, las funciones y los medios que establezca su norma de creación.
c) La elaboración de estudios y análisis sobre el reto demográfico, y en su caso, la formulación de propuestas de actuación emanadas de aquellos.
d) El fomento de la colaboración con las entidades públicas y privadas implicadas en el cambio demográfico y territorial. A estos efectos, la Secretaría General de Población y Desarrollo Rural será el órgano de la Junta de Extremadura que canalizará cualesquiera iniciativas tendentes a revertir el cambio demográfico y territorial.
Como indica la Ley 3/2022 de 17 de marzo, de Medidas ante el Reto Demográfico y Territorial de Extremadura, en sus principios de actuación, la Junta de Extremadura promoverá la colaboración y la cooperación con el resto de Administraciones Públicas para la consecución de los objetivos establecidos en la ley. Entre ellos, en su artículo 4, destacan los siguientes objetivos estratégicos:
b) El mantenimiento de unos servicios públicos básicos y accesibles en las zonas rurales, que redunden en la consecución de un nivel y calidad de vida dignos de su población, pudiendo adoptar, además, medidas de discriminación positiva que mantengan el equilibrio territorial y la cohesión social.
g) El fomento de la innovación y la implantación de las nuevas tecnologías en el mundo rural y, en su caso, la financiación de proyectos de I+D+I adecuados a la realidad rural.
m) El impulso de la economía plateada, al constituir una oportunidad que ofrece el envejecimiento de la población como nuevo sector generador de empleo.
o) Impulsar programas de atención a la dependencia en el entorno, con el fin de mantener a las personas mayores el mayor tiempo posible en sus entornos rurales, dotándoles de los servicios necesarios para el mantenimiento de una vida saludable.
p) Fortalecer los servicios que se prestan en las zonas rurales más despobladas en la atención a la dependencia, educación y sanidad, favoreciendo el mantenimiento de la población en el entorno.
En la citada ley, el artículo 28 dictamina que se prestará apoyo a la innovación en todos los sectores económicos presentes en el medio rural, a través de instrumentos que faciliten el desarrollo de proyectos innovadores y la cooperación entre los diferentes agentes para contribuir, mediante soluciones innovadoras, a fijar población en el medio rural. Además, en su artículo 48, se garantiza la igualdad y equidad de la ciudadanía extremeña en el acceso a las infraestructuras, equipamientos y servicios públicos, con independencia del lugar de residencia, mediante el establecimiento, en los instrumentos que regulen aquellos, de criterios específicos destinados a atender las necesidades de las áreas rurales, especialmente de aquellas más vulnerables al fenómeno demográfico. También el artículo 52 hace referencia a la atención y cuidado de las personas en situación de dependencia. La atención a las personas dependientes se llevará a cabo, preferentemente, en su entorno social habitual, impulsando servicios de ayuda a domicilio y teleasistencia.
Por otro lado, como indica el artículo 95, d), la Junta de Extremadura garantizará que las políticas y programas que se desarrollen en y para el medio rural habrán de respetar el principio de igualdad de trato y oportunidades entre hombre y mujeres en el medio rural.
Estos aspectos también son recogidos en la Estrategia ante el Reto Demográfico y Territorial de Extremadura, aprobada por el Decreto 32/2022, de 30 de marzo, en el Área de intervención I. Sanidad, Atención Sociosanitaria y Mayores, Líneas estratégicas 1.I y 1.2, entendiendo que salud, servicios sanitarios y servicios sociales son pilares básicos e imprescindibles de las políticas públicas del estado del bienestar.
II. Desde principios de 2020 el Gobierno central, en el marco del Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico, se dotó de una estructura administrativa especializada, la Secretaría General para el Reto Demográfico, para articular la respuesta ante las problemáticas demográfico-territoriales que, de manera más notable, provocan la vulnerabilidad y obstáculos al desarrollo de los entornos rurales. Las intervenciones de los diferentes ministerios se han coordinado a través de la Comisión Delegada del Gobierno para el Reto Demográfico (Real Decreto 399/2020, de 25 de febrero de 2020), atribuyendo a la Secretaría General de Reto Demográfico las funciones propias de coordinación de las actuaciones ministeriales y de valoración y traslado a los departamentos de las iniciativas sociales identificadas.
Simultáneamente, y en línea con las comunidades autónomas, ha impulsado la Estrategia Nacional frente al Reto Demográfico, con el objetivo de sentar las bases de un proyecto compartido que garantice la igualdad de oportunidades y facilite el libre ejercicio de los derechos de ciudadanía en todo el territorio.
Bajo la coordinación de la Secretaría General para el Reto Demográfico y desde un proceso de concertación interministerial, la Comisión Delegada del Gobierno para el Reto Demográfico adoptó el 16 de marzo de 2021 el Plan de Medidas del Gobierno, que identifica un total de 130 medidas cuya puesta en marcha efectiva corresponde a los diferentes departamentos ministeriales.
Este Plan incluye dos ejes con peso significativo asociados a este proyecto:
EJE 2 Transición Digital y Plena Conectividad Territorial
La transición digital se configura como un elemento vertebrador de la cohesión social y territorial, que permitirá revitalizar las zonas más afectadas por la despoblación, creando las condiciones necesarias tanto para el emprendimiento y la generación de empleo, como para garantizar una prestación de servicios en condiciones de equidad.
EJE 8 Bienestar Social y Economía de los Cuidados.
La desigualdad en el acceso a estos servicios públicos esenciales (servicios sanitarios y servicios sociales), es una realidad contra la que se lucha de manera constante. Las características de dispersión poblacional, la densidad de población, unido a la baja renta per cápita, hacen que sea indispensable un planteamiento demográfico realista.
De otra parte, la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, consignó en el presupuesto de gastos del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, líneas de ayudas bajo el epígrafe: Actividades en materia de Reto Demográfico .
La gestión de estos créditos, de acuerdo con el artículo 86.2 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, era atribuida a la Conferencia Sectorial de Reto Demográfico, en el seno de la cual, por acuerdo de 5 de noviembre de 2021 se aprobó el Acuerdo por el que se adopta el marco general de cooperación y los criterios para la distribución de los créditos consignados en los Presupuestos Generales del Estado para Comunidades y Ciudades Autónomas con destino al impulso y apoyo de proyectos singulares que permitan la transformación territorial repercutiendo en la reversión de la despoblación.
La finalidad de estos créditos de ayuda es fomentar la cooperación con las comunidades y ciudades autónomas para afrontar un problema de creciente relevancia social y que requiere de la coordinación de las actuaciones de las diferentes Administraciones públicas, con el fin de impulsar el desarrollo de proyectos que asuman las iniciativas locales y en los que las diferentes administraciones públicas puedan participar asumiendo sus objetivos y desarrollando un trabajo de impulso, seguimiento y evaluación compartida. Una función que será desempeñada por la Comisión Sectorial de Reto Demográfico, de forma que el resultado final sirva para construir una visión conjunta y compartida en la que cada actor, a partir de su experiencia, pueda contribuir a un proceso de evaluación conjunta de la acción política de reto demográfico para futuros ejercicios presupuesta
Bajo dicho acuerdo de fecha 5 de noviembre de 2021, se estableció un criterio de distribución de créditos a resultas del cual corresponden a la comunidad autónoma de Extremadura los siguientes importes y conceptos económicos.
CCAA
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Total
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Concepto 451
|
Concepto 751
|
---|
11 Extremadura
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578.947,36
|
263.157,89
|
315.789,47
|
Para canalizar los créditos se facilitaba que cada administración pudiera integrar un proyecto con sus propias singularidades territoriales, reflejando así el carácter multidimensional del reto demográfico y sus distintas variables. Además, cada proyecto parte de un análisis de la zona o ámbito territorial en el que se prevé su desarrollo y en el que se tengan en cuenta los datos que identifican la zona y las circunstancias que caracterizan el espacio geográfico de actuación.
En el caso de Extremadura, apelando a un principio básico de gobernanza multinivel y estrategia compartida, desde la administración regional se entiende que la eficacia de las políticas frente a la despoblación debe prestar especial atención a la participación de los sectores afectados y a su incorporación al esfuerzo de todas las Administraciones, donde es clave el papel de las entidades locales, como elementos de coordinación e impulso de los territorios, capaces de generar una estrategia común, identificar objetivos específicos, evaluar los proyectos y los resultados.
Así las cosas, se estimó la idoneidad de apoyar trayectorias e iniciativas ya iniciadas, desde la consideración a las dos provincias de la realidad regional, en aras a disponer de una base con experiencia y al mismo tiempo cimentar esos ensayos donde ya se ha evidenciado un compromiso compartido y sostenido en la búsqueda de respuestas locales y comarcales que vertebran y fijan población desde miradas innovadoras y apegadas a la realidad de los problemas demográfico-territoriales.
En suma, los proyectos beneficiarios han de desarrollar un carácter innovador, ya sea mediante acciones que no se estén llevando a cabo en la actualidad, o a través de mejoras sustanciales de las actuaciones que ya se llevan a cabo. A ello se suma la apuesta por las iniciativas que se pueden enmarcar en los que se denomina la economía plateada , favoreciendo oportunidades de empleo en la prestación de servicios asistenciales y la economía de los cuidados, con el soporte instrumental que para la monitorización de la salud aportan las nuevas tecnologías digitales. Por último, se debe incluir siempre el enfoque de género de forma transversal, con especial atención a las desigualdades en la situación de las mujeres.
III. El Ayuntamiento de Valverde de Burguillos según lo establecido en la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, concretamente en su artículo 25, apartados 2 j) y ñ) modificado por el artículo 1.8 de la Ley 27/2013 de 27 de diciembre tiene la competencia en las siguientes materias:
e) Evaluación e información de situaciones de necesidad social y la atención inmediata a personas en situación o riesgo de exclusión social.
ñ) Promoción en su término municipal de la participación de los ciudadanos en el uso eficiente y sostenible de las tecnologías de la información y las comunicaciones.
La Ley 14/2015, de 9 de abril, de Servicios Sociales de Extremadura, en su artículo 35, dictamina que corresponde a los municipios de Extremadura las siguientes competencias:
a) Prestar los servicios sociales de atención social básica, proporcionando el equipamiento y personal suficiente y adecuado que se establezca reglamentariamente.
b) Recoger información y datos estadísticos, que se pondrá a disposición de las administraciones públicas para su utilización en la planificación y evaluación del Sistema Público de Servicios Sociales en función de su ámbito competencial.
c) Colaborar, en el ámbito de sus respectivas competencias, con la Junta de Extremadura en el desarrollo de los servicios sociales, en especial, en materia de protección de menores y de promoción de la autonomía personal y atención a la dependencia. Asimismo, colaborarán con otros sistemas y políticas públicas de protección social complementarias.
d) Cualquier otra competencia que se les atribuya por ley.
2. A efectos de garantizar los servicios de competencia municipal, éstos se podrán prestar a través de agrupaciones, mancomunidades u otras fórmulas de gestión compartida. Asimismo, las Diputaciones Provinciales coordinarán su prestación en los municipios con población inferior a 20.000 habitantes.
Valverde de Burguillos es un municipio de Badajoz que contaba en los años sesenta del pasado siglo XX con 913 habitantes, muy lejos de los actuales 278. Como tantos otros, afrontó a partir de los años sesenta los fenómenos hermanados de la crisis de la agricultura tradicional, la modernización del campo, la emigración rural y la consiguiente crisis social y cultural. Con la emigración se desató una dinámica de fenómenos que devinieron en quiebra del sistema agrario y, así, las dehesas, tierras calmas, olivares y huertas vieron cómo llegaba el fin de su modelo tradicional. La reducción de la mano de obra en el campo tuvo una consecuencia añadida: la masculinización de la agricultura y el envejecimiento de la población activa agraria. Hay que tener en cuenta que la situación de la mujer en el mundo rural ha sido y es un elemento fundamental a la hora de explicar la despoblación, ya que esta última es una vía de salida en un entorno bastante limitador en todos los sentidos, puesto que su libertad personal y las oportunidades laborales y de desarrollo personal se han visto y se ven constantemente reducidas en comparación con los hombres.
El Ayuntamiento de Valverde de Burguillos está trabajando por el reto demográfico desde hace varios años a través de varias iniciativas municipales. Ya en el año 2011 organizaron unas jornadas que analizaron las causas y consecuencias del despoblamiento para el municipio, que en los últimos 20 años había reducido a la mitad su número de habitantes.
Vecinos, ámbito universitario y el propio ayuntamiento pusieron en marcha la plataforma ciudadana Activa Valverde, que lleva varios años propiciando estrategias que frenen la emigración, ganen nuevos pobladores y generen empleo en el municipio, acercando igualmente, a través de plataformas virtuales, las oportunidades del municipio a su ciudadanía emigrada y sus familias.
En concreto, la iniciativa Activa Valverde es un proyecto pionero y singular en la lucha contra la despoblación en Extremadura, tanto porque nace de la sociedad civil misma como porque se vincula con la Universidad de Sevilla, un proyecto que desde el año 2015 ha llevado a una quincena de estudiantes de grado, máster y doctorado a realizar sus prácticas y sus investigaciones en el municipio de Valverde de Burguillos. El buen funcionamiento de esta experiencia pionera de ‘Erasmus rural durante los últimos años hace que sus impulsores se planteen seguir avanzando. La plataforma Activa Valverde está formada por habitantes y emigrantes de Valverde de Burguillos, así como de investigadores/as, profesores/as y alumnos/as de distintas universidades que aportan el enfoque multidisciplinar a la tarea principal de la plataforma. Para ello, se trabaja desde la acción participativa para atraer nueva población, crear empleo y facilitar el acceso a la vivienda
En el horizonte está la creación del Centro de Saberes Río Bodión, que se pretende sea un hub rural, un espacio de generación de conocimiento, dinamización del territorio, creación de nuevos contenidos que reviertan la imagen negativa del medio rural. La colaboración entre ayuntamiento y Asociación Activa Valverde ha permitido trabajar en el planteamiento de un proyecto que busca facilitar a las personas mayores del municipio la permanencia en sus domicilios durante la edad provecta y que a la vez genere desarrollo local y afronte el reto demográfico y territorial.
Todo ello ha permitido que el municipio de Valverde de Burguillos esté considerado un caso de estudio, por su modelo de participación, por la implicación de su ciudadanía, por el enfoque multidisciplinar, académico e investigador, han hecho que muchas de las políticas de desarrollo local se planteen como estrategias transversales: Cultura del Agua, Erasmus Rural con la Universidad de Sevilla, Centro de Saberes, y ahora, esta propuesta: ‘Envejecer en mi casa .
La propia Red Rural Nacional incluyó al Movimiento ciudadano contra la despoblación rural de Valverde de Burguillos como una buena práctica en su Guía Revitalizando territorios a través de la innovación social y digital (2018).
El alcance del proyecto es supramunicipal, pues el objetivo de la propuesta es trabajar los cuidados y la atención a los y las mayores desde una localidad de apenas trescientos habitantes para un territorio cercano a los 70.000 habitantes, en un radio comarcal de 35 kilómetros.
IV. La Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio entiende como más ventajoso económicamente por la inmediatez de los Órganos Gestores de la Administración Local, así como más efectivo para la defensa del interés general, que el Ayuntamiento de Valverde de Burguillos, mediante convenio, pueda acogerse a los créditos establecidos en el marco del Acuerdo por el que se adopta el marco general de cooperación y los criterios para la distribución de los créditos consignados en los Presupuestos Generales del Estado para Comunidades y Ciudades Autónomas con destino al impulso y apoyo de proyectos singulares que permitan la transformación territorial repercutiendo en la reversión de la despoblación.
V. En base a lo expuesto, y conforme a la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en base al artículo 22.4.c de la citada ley, se estima que el proyecto presentado por el Ayuntamiento de Valverde de Burguillos se ajusta a lo especificado como supuesto de concesión directa, porque:
— Dada la especial naturaleza de la actividad a subvencionar, y las especiales características del perceptor, existen razones que dificultan y no es posible promover la concurrencia pública siempre que se trate de entidades públicas sin fines de lucro, como es el caso. El proyecto se apoya en un modelo de gestión participado, donde el Ayuntamiento de Valverde de Burguillos realiza un papel medular en la concepción del mismo y se refuerza con parte del esquema administrativo de una mancomunidad, especialmente del ámbito del trabajo social, pero no exclusivamente. Este modelo de intervención no admite procesos de concurrencia ya que responde al esfuerzo de una administración pública.
De acuerdo con el Listado de medidas para luchar contra la despoblación en España (abril 2017), de la Comisión de Despoblación de la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) se señala de manera específica esta respuesta pública:
4.3 Servicios públicos y sociales.
La lucha contra la despoblación del medio rural debe centrar una parte importante de los esfuerzos de las administraciones en asegurar la plena igualdad en la calidad de los servicios públicos y de los servicios sociales, con las adaptaciones necesarias en función de sus características territoriales.
En estos contextos se considera dificultoso emplear el sistema de convocatoria pública y concurrencia competitiva puesto que debe reforzarse el papel esencial que desarrollan los proyectos públicos locales y su visión de responsabilidad social. Esta línea de trabajo además ya viene siendo desarrollada con gran esfuerzo por parte del Ayuntamiento de Valverde de Burguillos, desarrollando proyectos e iniciativas de participación ciudadana muy reconocidos.
— El perceptor es una entidad pública territorial de Extremadura y los fondos presupuestarios señalen genéricamente una finalidad cuya competencia esté atribuida a las corporaciones locales y a la comunidad autónoma. Este carácter reviste el origen de los fondos, transferidos a la comunidad desde el Ministerio de manera específica con destino al impulso y apoyo de proyectos singulares que permitan la transformación territorial y la reversión de la despoblación. El certificado emitido por la Comisión Sectorial de Reto Demográfico especifica que corresponde a las comunidades autónomas, en el ejercicio de sus competencias, el desarrollo del procedimiento para la identificación y selección de los proyectos, bien desde la administración autonómica o desde las entidades locales.
Es decir, se facilitaba que cada administración pudiera integrar un proyecto con sus propias singularidades territoriales, reflejando así el carácter multidimensional del reto demográfico y sus distintas variables. Además, cada proyecto parte de un análisis de la zona o ámbito territorial en el que se prevé su desarrollo y en el que se tengan en cuenta los datos que identifican la zona y las circunstancias que caracterizan el espacio geográfico de actuación.
Por otro lado, dada la amplitud de objetivos y contenidos específicos de los proyectos, de acuerdo con el marco establecido originalmente por el Acuerdo de Conferencia Sectorial, es difícil plantear una convocatoria pública para los mismos. El marco general de cooperación del Acuerdo (Anexo I) establece un doble objetivo general de gran globalidad. A ello se suman un amplio elenco de objetivos y contenidos específicos (en torno al carácter singular, en cuanto al ámbito geográfico, en cuanto al contenido interdisciplinar, transversal e innovador), así como muy abiertos en previsiones temporales y calendario de actuaciones. En definitiva, una serie de características que hacen difícil perfilar, desde una mínima perspectiva de técnica normativa, una disposición normativa en forma de bases reguladoras con un único objeto, claro y diferenciable, de compleja prelación, que permitiese una clara armonización comparada de potenciales beneficiarios.
Los criterios marcados por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico en estos proyectos ahondan en esa singularidad. Son fondos destinados a desarrollar actuaciones pioneras que nunca antes se habían abordado de manera tan directa. Se pone en valor un contenido transversal que aporte líneas de actuación que trasciendan el carácter sectorial para abordar actuaciones específicas y determinadas, pero también complementarias.
Con estos fondos se inicia una nueva andadura que requiere la puesta en marcha de proyectos que aspiran a solventar problemáticas consolidadas en nuestra sociedad, con ámbitos de actuación muy variables, con la necesidad de aplicar un valor innovador en las nuevas propuestas incluyendo la perspectiva de género de forma transversal y que, al fin y al cabo, constituyan una herramienta eficaz para alcanzar los objetivos marcados. Por lo tanto, requieren de un periodo de aprendizaje para fijar los mecanismos pertinentes. El propio Ministerio en la elaboración del marco de cooperación, alude a la complejidad de alcanzar los objetivos esperados y, por ello, dispone la posibilidad de prolongar el periodo de ejecución más allá de la anualidad inicial.
La singularidad marcada en el citado Acuerdo, le otorga una casuística propia que implica una distinción respecto a cualquier otro procedimiento previo que se haya resuelto hasta ahora. El enfoque que se busca con estos proyectos singulares abarca un compendio de objetivos tanto generales como específicos que limita el establecimiento de unos criterios acotados que determinen las acciones realizables. He aquí donde reside la dificultad para poder desarrollar unas bases reguladoras que, además de englobar el carácter multisectorial y multidisciplinar que caracteriza la finalidad de estos fondos, garanticen a su vez una participación equitativa de proyectos con tan amplia y variable modalidad de actuaciones.
Uno de los pilares sobre el que se asienta la distribución de estos fondos es el impulso y desarrollo de proyectos que asuman las iniciativas locales, tal y como puede atestiguar el Ayuntamiento de Valverde de Burguillos en estos últimos años. Además, promueve que las diferentes administraciones públicas puedan participar asumiendo sus objetivos y fomentando un trabajo de impulso, seguimiento y evaluación compartida.
VI. La concesión de estas subvenciones se efectúa a solicitud del interesado, y así consta pues con fecha 1 de marzo de 2022 el Ayuntamiento de Valverde de Burguillos presentó una solicitud de ayuda para acogerse a los créditos, publicitados desde el Ministerio y canalizados desde la administración autonómica, citados como un proyecto para el impulso y apoyo de proyectos singulares de transformación territorial y reversión de la despoblación.
Por todo lo expuesto, y conforme a la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se estima que se encuentra acreditado el interés y la justificación de la concesión directa al Ayuntamiento de Valverde de Burguillos para llevar a cabo el proyecto presentado, proponiendo la instrumentación de dicha subvención mediante convenio.
— Se aprecia que el proyecto presentado por el Ayuntamiento de Valverde de Burguillos dispone de razones de interés público, social y económico que dificultan la convocatoria pública de acuerdo con el artículo 22, punto 4.c. de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
— Asimismo se dan las circunstancias especificadas en el artículo 32, apartado 1, letra b) de la ley mencionada, teniendo en cuenta el carácter de entidad pública territorial del beneficiario y la competencia del Ayuntamiento en relación con el objeto del proyecto.
— Se subraya el carácter singular de los proyectos y su valor como experiencias piloto, de acuerdo con el cometido específico que preconiza el Acuerdo de Conferencia Sectorial, tanto en sus objetivos como en sus contenidos, incidiendo en su valor inspirador que además se plantea con una escala de intervención adecuada a la realidad rural.
— Se remarca también el abordaje de Reto Demográfico de manera coordinada y con un esquema de gobernanza multinivel, compartido entre todos los niveles administrativos que de manera comprometida buscan el ajuste a sus ámbitos de gestión territorial, apuntando líneas de trabajo dirigidas a buscar soluciones sostenibles e innovadoras.
— Por otro lado, el apartado 2º del artículo 20 de la Ley 3/2022, de 17 de marzo, de medidas ante el reto demográfico y territorial alude a que se podrán aprobar líneas de ayudas, mediante el procedimiento de concesión directa, destinadas a financiar específicamente proyectos que ayuden a afrontar el reto demográfico, en consonancia con la regulación que para estos fines establezca la Unión Europea y el Estado, y de conformidad con la disposición adicional primera de la presente ley.
En virtud de la redacción literal del precepto, se puede invocar esa regulación legal que legitima para considerar que existe base legal que ampara este tipo de subvenciones de concesión directa, ya sea con o sin convocatoria pública, y por consiguiente, si la ley no realiza distinciones no se debería excluir apriorísticamente la aplicación de ninguna de estas dos vías, siendo invocable a esta situación el axioma de que donde la ley no distingue, no se debe distinguir.
Máxime cuando el precepto analizado alude a financiar específicamente proyectos que ayuden a afrontar el reto demográfico , lo que permite considerar que se está reconociendo de esta forma la existencia de especificidades derivadas del carácter transversal e interdisciplinar de la política de reto demográfico que dificultarían la comparativa entre proyectos de distinta temática, ámbito geográfico, objetivos y realidades sobre las que actuar, partiendo de necesidades divergentes también, y que podrían justificar la concesión directa sin convocatoria pública.
Se remarca también el abordaje de Reto Demográfico de manera coordinada y con un esquema de gobernanza multinivel, compartido entre todos los niveles administrativos que de manera comprometida buscan el ajuste a sus ámbitos de gestión territorial, apuntando líneas de trabajo dirigidas a buscar soluciones sostenibles e innovadoras.
Por todo lo expuesto se propone la instrumentación de dicha subvención mediante convenio entre la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio y el Ayuntamiento de Valverde de Burguillos.
Además, tal como dicta el artículo 20 de la Ley 3/2022 de 17 de marzo, de Medidas ante el Reto Demográfico y Territorial de Extremadura, las bases reguladoras de subvenciones de la Junta de Extremadura podrán incorporar criterios de discriminación positiva o reservar parte del crédito global de las convocatorias, para los solicitantes de municipios de menos de 5.000 habitantes, o de entre 5.001 y 10.000 habitantes que presenten un saldo demográfico negativo en la última década. Asimismo, en el citado artículo 20, apartado 2, dispone que se podrán aprobar líneas de ayudas, mediante el procedimiento de concesión directa, destinadas a financiar específicamente proyectos que ayuden a afrontar el reto demográfico, en consonancia con la regulación que para estos fines establezca la Unión Europea y el Estado, de conformidad con la disposición adicional primera de la ley.
En consecuencia, la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio y el Ayuntamiento de Valverde de Burguillos, acuerdan formalizar el presente Convenio con arreglo a las siguientes:
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
El objeto de este Convenio es regular la concesión directa de una subvención al Ayuntamiento de Valverde de Burguillos con destino al Impulso y Apoyo de Proyectos Singulares que permitan la transformación territorial repercutiendo en la reversión de la despoblación.
El proyecto presentado por el Ayuntamiento de Valverde de Burguillos se denomina Envejecer en mi casa y es un proyecto piloto que nace con el objetivo de afrontar el reto demográfico en el municipio de Valverde de Burguillos y su comarca. Es un proyecto que busca que las personas mayores permanezcan el mayor tiempo posible en sus domicilios.
Entre sus acciones destacan un plan de accesibilidad en el núcleo urbano y estudios de habitabilidad e implantación tecnológica en viviendas de personas mayores. Además, pretende impulsar la profesionalización del servicio de ayuda a domicilio y apuesta igualmente por un modelo de gestión participado y un centro abierto de atención que ofrecería una serie de servicios a la población mayor de Valverde de Burguillos, mitigando de forma holística la pérdida progresiva de autonomía personal y combatiendo la soledad.
Envejecer en MI casa no es solo un proyecto para personas mayores, sino que requiere la implicación de toda la sociedad de Valverde de Burguillos. Precisa de una organización horizontal que genere coherencia en el desarrollo de las acciones, hablamos de transversalidad. Transversalidad que fomenta el trabajo en red y una red de trabajo compleja, flexible y abierta, con toma de decisiones compartida, con actores diversos: sociedad civil, responsables institucionales, personal técnico especialistas en diferentes disciplinas que van a generar con la práctica diaria un saber colectivo, un quehacer continuo y colaborativo basado en la confianza, en la autonomía regulada a través de normas negociadas y consensuadas.
Las líneas de actuación propuestas responden de manera complementaria a algunos de los objetivos estratégicos que la recién aprobada Ley de medidas ante el reto demográfico y territorial de Extremadura en concreto:
— El mantenimiento de unos servicios públicos básicos y accesibles en las zonas rurales, que redunden en la consecución de un nivel y calidad de vida dignos de su población, pudiendo adoptar, además, medidas de discriminación positiva que mantengan el equilibrio territorial y la cohesión social.
— La puesta en valor del capital humano del medio rural, priorizando actuaciones que generen oportunidades, especialmente para mujeres, jóvenes, personas con discapacidad y otros grupos vulnerables, y fomentando la formación y los mecanismos de participación tanto individuales como colectivos y el desarrollo de una economía social sólida.
— El establecimiento de condiciones que frenen los procesos de despoblación del medio rural y favorezcan el retorno de quienes quieran regresar a la región.
— El fomento de la innovación y la implantación de las nuevas tecnologías en el mundo rural.
— El desarrollo de programas intergeneracionales que promuevan el uso compartido de los espacios y servicios públicos y una mayor cohesión social.
— El impulso de la economía plateada, al constituir una oportunidad que ofrece el envejecimiento de la población como nuevo sector generador de empleo.
— Impulsar programas de atención a la dependencia en el entorno, con el fin de mantener a las personas mayores el mayor tiempo posible en sus entornos rurales, dotándoles de los servicios necesarios para el mantenimiento de una vida saludable.
— Fortalecer los servicios que se prestan en las zonas rurales más despobladas en la atención a la dependencia, favoreciendo el mantenimiento de la población en el entorno.
Segunda. Vigencia del Convenio.
La vigencia del presente convenio se extenderá 12 meses desde la firma del mismo, salvo que las partes prorroguen la duración del mismo a través de acuerdo expreso y formalizado en adenda, que deberán adjuntar a este convenio.
Dicha prórroga se establece según el artículo 49 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y su autorización estará condicionada, en todo caso, a la existencia de crédito adecuado y suficiente para el ejercicio correspondiente.
Tercera. Aportación económica.
La Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio de la Junta de Extremadura se compromete a abonar al Ayuntamiento de Valverde de Burguillos la cantidad de doscientos ochenta y nueve mil cuatrocientos setenta y tres euros con sesenta y ocho céntimos (289.473,68 euros) destinados a la consecución del objeto del presente convenio.
Total
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Concepto 460
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Concepto 760
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---|
Valverde de Burguillos
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289.473,68
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131.578,95
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157.894,73
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Cualquier incremento del coste recogido en este convenio será asumido por el Ayuntamiento.
Cuarta. Presupuesto.
La aportación económica será financiada conforme a la siguiente aplicación presupuestaria:
Aplicación (*)
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Anualidad
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Importe (€)
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120030000/G314A/46000/TE31007001/20220334
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2022
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65.789,47
|
120030000/G314A/76000/TE31007001/20220334
|
2022
|
78.947,36
|
120030000/G314A/46000/TE31007001/20220334
|
2023
|
65.789,48
|
120030000/G314A/76000/TE31007001/20220334
|
2023
|
78.947,37
|
Total
|
|
289.473,68
|
Quinta. Coordinación y supervisión del Convenio.
La Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio realizará un seguimiento de la ejecución del convenio, y dará traslado de la ejecución del mismo al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, a través de la Comisión Sectorial para el Reto Demográfico, en virtud de la procedencia estatal de los fondos que lo financian.
Sexta. Actuaciones.
Por su parte, el Ayuntamiento de Valverde de Burguillos se compromete a ejecutar todas las actuaciones de la memoria-resumen que se describe en el Anexo I adjunto a este convenio y en los términos siguientes:
1. El Ayuntamiento de Valverde de Burguillos destinará la ayuda concedida por la Junta de Extremadura a la realización del proyecto que fundamenta la concesión de la presente subvención, conforme a la memoria de actuaciones aprobada, comprometiéndose al cumplimiento de toda la normativa aplicable. En ningún caso el coste de realización de las actuaciones podrá ser superior al valor de mercado.
2. La memoria de actuaciones y presupuesto del presente convenio podrá sufrir modificaciones previa petición por parte del Ayuntamiento de Valverde de Burguillos, siempre que se cuente con la autorización de la consejería. Dicha modificación se tramitará a través de la oportuna adenda al presente convenio.
La petición del Ayuntamiento deberá explicitar las circunstancias que, como consecuencia de la alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención, justifican la necesidad de modificar la subvención.
3. El ayuntamiento asumirá las obligaciones que para los beneficiarios de subvenciones establece la Ley 6/2011, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, siendo de su cuenta cuantas obligaciones fiscales y responsabilidades de cualquier índole resulten de la aplicación de este convenio.
4. Una vez recibidas las aportaciones por parte de la Junta de Extremadura, el ayuntamiento certificará haber registrado en su contabilidad el expresado importe con la finalidad objeto del presente convenio.
Séptima. Gastos subvencionables.
De conformidad con el artículo 36 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se consideran gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios y se realicen en ejecución del objeto del presente convenio desde el 1 de enero de 2022 y hasta la finalización de su vigencia.
No serán subvencionables aquellos gastos que no hubieren sido previstos en la documentación técnica del proyecto subvencionado por la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio.
Octava. Forma de pago y justificación.
— forma de pago:
1. Un primer pago anticipado del 50 % a la firma del convenio.
De acuerdo con la letra c) de la Disposición adicional cuarta de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura, el Ayuntamiento beneficiario de esta subvención, estará exento de la obligación de constituir garantía por las aportaciones económicas que reciba de manera anticipada con cargo a los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
2. Un segundo y último pago del 50 %, previa acreditación de que se han efectuado gastos y pagos por la cuantía total del proyecto.
En ambos casos se deberá acreditar previamente por parte del beneficiario estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Estado, la Hacienda Autonómica y la Seguridad Social.
— Justificación: La justificación de los gastos y pagos realizados por el Ayuntamiento para la ejecución del presente convenio, deberá presentarse ante la Secretaría General de Población y Desarrollo Rural dentro de los dos meses siguientes a la finalización del plazo de vigencia del presente convenio.
Para ello, deberán aportarse los siguientes documentos:
1. Memoria comprensiva de las actuaciones realizadas, copia en papel y en formato digital.
2. Certificación expedida por la Secretaría del Ayuntamiento en la que se hará constar que se han ejecutado las diferentes actuaciones objeto del presente convenio conforme a su clausulado.
3. Facturas y demás documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa en los términos establecidos reglamentariamente, que acrediten los gastos y pagos efectuados.
En cualquier caso, la Junta de Extremadura quedará eximida del abono de cualquier cantidad que no haya sido justificada por el Ayuntamiento en la forma antes señalada.
Novena. Medidas de control.
Conforme a lo establecido en el artículo 46 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el artículo 52 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo Los beneficiarios, las entidades colaboradoras y los terceros relacionados con el objeto de la subvención o su justificación estarán obligados a prestar colaboración y facilitar cuanta documentación sea requerida en el ejercicio de las funciones de control a la Intervención General de la Junta de Extremadura, así como a los órganos que, de acuerdo con la normativa comunitaria, tengan atribuidas funciones de control financiero .
Décima. Medidas de información y publicidad.
Se adoptarán las medidas de identificación, información y publicidad de las inversiones a que se refiere la Ley 6/2011, de 23 de marzo, y en su caso, el Decreto 50/2001, de 3 de abril, sobre medidas adicionales de gestión de inversiones financiadas con ayudas de la Junta de Extremadura y se modifica el Decreto 77/1990, de 16 de octubre, por el que se establece el Régimen General de Concesión de Subvenciones y cumpliendo en todos los casos lo establecido en el Decreto 7/2002, de 29 de enero, por el que se aprueba la identidad corporativa del Gobierno y la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
El Ayuntamiento instalará, en un lugar visible, con caracteres adecuados y de acuerdo con las directrices de la Consejería, carteles informativos con la indicación de que la actuación se realiza con la financiación de la consejería. De igual modo, deberá hacerse constar en el material impreso, así como en la difusión que, en su caso, se haga por parte del Ayuntamiento del desarrollo de la prestación.
El presente convenio, tras su suscripción y conforme lo previsto en los artículos 17 y 20 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se deberá publicar en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Asimismo, se procederá a su anotación en la Base de Datos de Subvenciones de Extremadura y se publicará en la Base de Datos Nacional de Subvenciones. Asimismo, conforme lo establecido en el artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura, este convenio se publicará en el Portal Electrónico de la Transparencia y la Participación Ciudadana.
Undécima. Requisitos y obligaciones.
Son obligaciones del Ayuntamiento las que se establecen a continuación:
1. Llevanza de un sistema de contabilidad separado o un código contable adecuado para la todas las transacciones relativas a la operación.
2. En su caso, comunicar por escrito cualquier modificación de las actuaciones de este convenio, exponiendo los motivos de la renuncia y con anterioridad a la finalización del plazo de ejecución de las actuaciones del presente convenio.
3. Recabar todos los permisos y abono de tasas necesarias para la correcta ejecución del objeto del convenio.
4. Someterse a las posibles actuaciones de comprobación a efectuar por el órgano concedente.
5. Comunicar si se ha recibido alguna subvención u otro tipo de fondo público para la misma actuación.
6. Se deberá cumplir lo establecido en el artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura en cuanto a requisitos para obtener la condición de beneficiario.
Décimosegunda. Causas de pérdida del derecho al cobro.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 43.1 de la Ley 6/2011, serán causas de pérdida del derecho al cobro las siguientes:
a) Obtención de la subvención falseando las condiciones requeridas para ello u ocultando aquéllas que lo hubieran impedido.
b) Incumplimiento total o parcial del objetivo, de la actividad, del proyecto o la no adopción del comportamiento que fundamenta la concesión de la subvención.
c) Incumplimiento de la obligación de justificación o la justificación insuficiente, en los términos establecidos en el artículo 35 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo.
d) Incumplimiento de la obligación de adoptar las medidas de difusión de acuerdo con lo establecido en el apartado 3 del artículo 17 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo.
e) Resistencia, excusa, obstrucción o negativa a las actuaciones de comprobación y control financiero previstas en los artículos 13 y 14 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, así como el incumplimiento de las obligaciones contables, registrales o de conservación de documentos cuando de ello se derive la imposibilidad de verificar el empleo dado a los fondos percibidos, el cumplimiento del objetivo, la realidad y regularidad de las actividades subvencionadas, o la concurrencia de subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
f) Incumplimiento de las obligaciones impuestas por la Administración a los beneficiarios, así como de los compromisos por éstos asumidos, con motivo de la concesión de la subvención, distintos de los anteriores, cuando de ello se derive la imposibilidad de verificar el empleo dado a los fondos percibidos, el cumplimiento del objetivo, la realidad y regularidad de las actividades subvencionadas, o la concurrencia de subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
g) Los demás supuestos previstos en las normas aplicables a esta subvención.
Si el gasto justificado no alcanza la totalidad del gasto aprobado, pero es igual o superior al 50% de éste, la cuantía de la ayuda a pagar será el importe justificado. En este caso procederá la pérdida de derecho al cobro a la diferencia entre ambos importes de ayuda. En el supuesto de que el gasto total justificado sea inferior al 50% del gasto aprobado, se procederá a declarar el incumplimiento total del expediente, con la consiguiente pérdida del derecho al cobro de la subvención concedida en su totalidad o el reintegro de lo percibido en el pago parcial efectuado, en su caso.
Décimotercera. Reintegro.
Si una vez abonada la ayuda acaecieran los motivos que se indican en la cláusula anterior, se incoará el correspondiente expediente de reintegro, el cual se tramitará conforme a lo estipulado en los artículos 47 y siguientes de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura y en el Decreto 3/1997, de 9 de enero, por el que se regula el régimen general de devolución de subvenciones. El procedimiento de reintegro de subvenciones se iniciará de oficio por acuerdo del órgano concedente de las mismas, garantizándose en la tramitación del mismo, en todo caso, el derecho del interesado a la audiencia. La resolución de procedimiento de reintegro pondrá fin a la vía administrativa.
Decimocuarta. Compatibilidad con otras subvenciones o ayudas públicas o privadas.
La presente subvención es compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad procedentes de cualquier Administración o entes públicos, nacionales, de la Unión Europea, o de organismos internacionales. El importe de la subvención, en ningún caso, podrá ser de tal cuantía que supere el coste de la actividad subvencionada.
Decimoquinta. Relaciones laborales o sujetas a legislación en materia de contratación pública.
Los contratos celebrados por el Ayuntamiento de Valverde de Burguillos con terceros en ejecución del proyecto financiado con cargo al presente convenio serán de su exclusiva responsabilidad.
Decimosexta. Régimen jurídico.
Este convenio tiene carácter administrativo, y por lo tanto corresponde a la jurisdicción contencioso-administrativa el conocimiento de cuantas divergencias pudieran existir entre las partes firmantes.
En prueba de conformidad se firma en Mérida por triplicado ejemplar y a un solo efecto, en la fecha arriba indicada, quedando un ejemplar en poder del Ayuntamiento de Valverde de Burguillos y dos en poder de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio.
Secretario General de Población y Desarrollo RuralPD, Resolución de 6 de agosto de 2019,(DOE n.º 154, de 9 de agosto)
Manuel Mejías Tapia
El Alcalde del Ayuntamiento de Valverde de Burguillos,
Carlos Delgado Méndez
ANEXO.
RESUMEN DEL PROYECTO
Envejecer en Mi Casa es un proyecto presentado por el Ayuntamiento de Valverde de Burguillos. Recoge la iniciativa y el trabajo de la asociación local Activa Valverde, cuyo principal objetivo es trabajar para combatir el despoblamiento, fijando población y atrayendo nuevos pobladores mediante la dinamización social y económica de la localidad. En el origen de esta propuesta radica su singularidad: surge de una iniciativa de la sociedad civil que, conocedora y consciente de su realidad, se forma y se organiza para cambiarla. Envejecer en MI casa no es solo un proyecto para personas mayores, sino que requiere la implicación de toda la sociedad de Valverde de Burguillos (278 habitantes). El futuro de esta propuesta es trabajar los cuidados y la atención a los y las mayores desde una localidad de apenas trescientos habitantes para un territorio cercano a los 70.000 habitantes, en un radio comarcal de 35 kilómetros. El proyecto se compone de varias acciones y subacciones:
1. Plan de accesibilidad.
El ámbito de aplicación del plan de accesibilidad será todo el núcleo urbano de Valverde Burguillos, y por ende los beneficiarios serían todos los habitantes del municipio, especialmente mayores y personas con movilidad reducida, pero también transeúntes y visitantes. Deberá reunir el contenido mínimo regulado en el Decreto 135/2018, de 1 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento que regula las normas de accesibilidad universal en la edificación, espacios públicos urbanizados, espacios públicos naturales y el transporte en la Comunidad Autónoma de Extremadura. Se dará prioridad al cumplimiento de las condiciones de accesibilidad en los espacios públicos urbanizados, en particular en el Centro abierto de atención, edificios y establecimientos existentes de uso público, evaluando y proponiendo acciones concretas para su cumplimiento.
2. Informe de accesibilidad, habitabilidad e implantación tecnológica de las viviendas.
Informe en el que figuren las condiciones de una vivienda en relación con su estado de conservación, con el cumplimiento de la normativa vigente sobre accesibilidad universal, y con el grado de su eficiencia energética. Este informe será el punto de partida para que, en caso de necesidad, cada persona en su vivienda adapte, en la medida de sus posibilidades las condiciones de accesibilidad en función de la dependencia. La población diana serían las 70 mujeres y hombres mayores de 65 años y personas dependientes.
3. Profesionalización del servicio de ayuda a domicilio.
Propuesta para las trabajadoras y trabajadores del servicio de atención domiciliaria del centro abierto Envejecer en MI casa, con formación adecuada a los contenidos del certificado de profesionalidad en atención sociosanitaria a personas dependientes en su domicilio (SSCS0108). Además de formación específica en las aplicaciones precisas para la teleasistencia avanzada, la domótica, etc., destinado a personas que deseen formarse estando en activo o desempleadas para la obtención de Certificado de Profesionalidad.
4. Modelo de gestión participado.
Diseño de un modelo de gestión para el centro abierto de atención a partir del cual se desarrolle un sistema de organización que admita, indistintamente, la gestión privada o pública de la entidad. Este modelo de gestión ha de incluir los recursos humanos, la gestión financiera, la calidad de los servicios, los procedimientos y debe ser participativo, colaborativo, innovador, facilitador e intergeneracional. Los beneficiarios directos serían las personas usuarias del centro abierto de atención, sus familiares y de manera indirecta toda la población de Valverde de Burguillos e incluso del ámbito comarcal del proyecto.
5. Centro abierto de atención.
Pretende cubrir las necesidades de seguridad, movilidad, cuidados sociosanitarios y de ocio, de la población mayor y dependiente del municipio, especialmente la de los usuarios del propio Centro. Las subacciones serán las siguientes:
5.1. Plan de adecuación del espacio.
El Centro de atención Abierto se va a ubicar en la actual Casa de la Cultura de Valverde de Burguillos, un edificio situado en el centro de la localidad que requiere de ciertas remodelaciones que consistirán en obras de rehabilitación y adaptación de los espacios, Dotación de mobiliario y medios informáticos y Sistema de alertas para baños y entornos accesibles: normativa de accesibilidad del CTE, DB-SUA 3.1.2
5.2. Servicio de prevención.
Estas intervenciones tienen como fin principal fomentar la autonomía de las personas mayores. Se trabajarán: terapias personalizadas, actividades cognitivas, actividad física en grupos, actividades culturales y educativas, etc y agenda cultural con información de toda la oferta formativa, de servicios sociales y culturales dirigida existente en la comarca.
5.3 Servicio atención doméstica.
Centrado en ofrecer una atención integral a las personas que necesitan en su vida diaria de la ayuda y/o suplencia de terceras personas. Se proporciona en su entorno, en su domicilio, la infraestructura y equipamientos precisos para una adecuada atención. Se atenderán aspectos relacionados con aseo personal, atención doméstica, compras, acompañamiento, asistencia para entidades financieras, agenda de profesionales de las pequeñas reparaciones.
5.4. Servicio de atención sociosanitaria.
El objetivo es facilitar el material ortoprotésico a las personas que presenten limitaciones de la autonomía personal moderadas o graves y limitados recursos económicos, que lo necesiten solo durante un tiempo concreto, o mientras que tramitan la solicitud de una subvención si es necesario para un periodo más prolongado. El objeto de este servicio es facilitar el acceso, en la realización de las actividades de la vida diaria, al uso de ayudas técnicas que fomenten la autonomía personal, a través de un préstamo de carácter temporal. Está dirigido a mejorar la calidad de vida de las personas dependientes que decidan continuar viviendo en su domicilio.
5.5. Servicio de teleasistencia avanzada.
Se trata de dotar de dispositivos periféricos domiciliarios, que se pueden asociar al terminal de Teleasistencia y son elementos complementarios de seguridad, de alarma y/o preventivos para la vida del usuario dentro de su propio domicilio. Se trata de elementos tecnológicos no intrusivos y de fácil instalación, de forma que el usuario pueda desarrollar su vida de forma completamente normal, sin que deba intervenir nunca para activarlos o desactivarlos. Define un modelo que integra la teleasistencia básica y la avanzada; así, además del terminal y la unidad de control remoto (UCR) deben integrarse otros dispositivos y tecnologías que permitan, a través de sensores de control del entorno o de dispositivos que detectan situaciones de emergencia personal, activar la alarma automáticamente en caso de potencial peligro para la persona usuaria.
Resultados esperados.
El proyecto Envejecer en MI casa se plantea para obtener en el ámbito de las personas los siguientes resultados:
— Personas mayores viviendo en sus casas, rodeadas de sus recuerdos, con viviendas adaptadas y con avances tecnológicos.
— Usuarios de una teleasistencia avanzada, tal y como se recoge en el ANEXO del Acuerdo de 19 de octubre de 2017 del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, sobre determinación del contenido del servicio de teleasistencia básica y avanzada previsto en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia.
— Personas mayores anfitriones de sus familias en vacaciones en sus propias viviendas, fomentando la convivencia y la cercanía sin restricciones de horarios existentes en un centro cerrado.
— Familiares partícipes del proyecto e informados sobre sus mayores, a través de medios informáticos de fácil acceso.
— Facilita la conciliación de la vida familiar y la laboral.
Resultados en el ámbito de las infraestructuras y la dotación local:
— Una localidad más accesible.
— Espacios municipales cumplen la Ley de accesibilidad.
— Centro Abierto de Atención remodelado.
— Domotización de los domicilios de los y las usuarias.
Resultados en el ámbito del empleo y el desarrollo local:
— Población formada en un Certificado de Profesionalidad y en TICS.
— Creación al menos de 6 puestos de trabajo relacionado con el proyecto.
— Un pueblo vivo, con oportunidades de trabajo y de futuro.
— Un proyecto exportable a la comarca, con el centro en una de las localidades más pequeñas de Extremadura.
Resultados en el ámbito de la innovación:
— Modelo de gestión del Centro de Día y definición del ente gestor.
— Plan de participación ciudadana.
— Sistema de Gobernanza del Centro Abierto de Atención.
— La Implantación de las nuevas tecnologías en el mundo rural.
Resultados en el ámbito de la sostenibilidad:
— Proporcionar una serie de servicios a la comunidad desde la filosofía de Km.0.
— Generar una nueva forma de organización y gestión de los servicios públicos mediante la innovación responsable con tecnología adecuada.
— Mantenerlas zonas rurales vivas, con habitantes comprometidos con la custodia y el mantenimiento de los pueblos.
II. PRESUPUESTO
ACCIÓN
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SUBACCIÓN
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GASTOS CORRIENTES
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GASTOS DE INVERSIÓN
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PLAN DE ACCESIBILIDAD DE VALVERDE DE BURGUILLOS
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23.000,00 €
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INFORME DE ACCESIBILIDAD, HABITABILIDAD E IMPLANTACIÓN TECNOLÓGICA DE LAS VIVIENDAS
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|
2.500,00 €
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PROFESIONALIZACIÓN DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO
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|
37.200,00 €
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MODELO DE GESTIÓN PARTICIPADO
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47.278,95 €
|
|
CENTRO ABIERTO DE ATENCIÓN
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PLAN DE ADECUACIÓN DEL ESPACIO
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8.600,00 €
|
86.570,61 €
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SERVICIO DE PREVENCIÓN
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13.000,00 €
|
6.750,00 €
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SERVICIO ATENCIÓN DOMÉSTICA
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|
4.700,00 €
|
SERVICIO DE ATENCIÓN SOCIOSANITARIA
|
|
6.500,00 €
|
SERVICIO DE TELEASISTENCIA AVANZADA
|
|
53.374,12 €
|
TOTALES POR TIPO DE GASTO
|
|
131.578,95 €
|
157.894,73 €
|
TOTAL
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|
289.473,68 €
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