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RESOLUCIÓN de 11 de octubre de 2022, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se declaran aptos en la fase de prácticas a las personas aspirantes que fueron nombradas funcionarias en prácticas de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas y Profesores de Música y Artes Escénicas, por Resolución de 22 de septiembre de 2021.
DOE Número: 203
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: viernes, 21 de octubre de 2022
Apartado: II AUTORIDADES Y PERSONAL
Subapartado: 2. OPOSICIONES Y CONCURSOS
Organismo: CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Cuerpos de Funcionarios Docentes.
Página Inicio: 50851
Página Fin: undefined
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TEXTO ORIGINAL
Por Resolución de 17 de marzo de 2021 (DOE núm. 55, de 23 de marzo), se convocaron procedimientos selectivos para ingreso y acceso, adquisición de nueva especialidades, integración por primera vez en listas de espera ordinarias y supletorias, y valoración de méritos de personas integrantes en las mismas, para los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño, y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño.
Mediante Resolución de 22 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Personal Docente se nombran funcionarios en prácticas del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuela Oficial de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas, a las personas seleccionadas en los procedimientos convocados por Resolución de 17 de marzo de 2021.
Concluida la fase de prácticas prevista en su base XVII de la resolución citada procede declarar a quienes han resultado aptas en ella y aprobar el expediente del procedimiento selectivo, por lo que esta Dirección General,
RESUELVE:
Primero. Declarar aptas en la fase de prácticas a las personas aspirantes nombradas como funcionarios en prácticas de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas, por Resolución de 22 de septiembre de 2021, que se relacionan en el ANEXO I de la presente resolución.
Segundo. Determinar en el ANEXO II de la presente resolución las personas aspirantes que no han superado el período de prácticas y aquellas que solicitaron su aplazamiento, que deberán realizar las prácticas durante el curso escolar 2022/2023.
Tercero. El régimen jurídico del profesorado al que se declara apto por la presente resolución, será desde el momento de su nombramiento como funcionario en prácticas y hasta su toma de posesión como funcionario de carrera, el de funcionario en prácticas, siempre que esté desempeñando un puesto docente.
Cuarto. Proponer al Ministerio de Educación y Formación Profesional, el nombramiento como funcionarios de carrera de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas, a quienes figuran en el ANEXO I de la presente resolución, así como la expedición de los correspondientes títulos de funcionarios de carrera.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la fecha de su publicación, ante el órgano que la ha dictado, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, del 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y los artículos 102 y 103 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, o directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, así como cualquier otro recurso que se estime procedente.
Mérida, 11 de octubre de 2022.
(PD, Resolución de 13-11-2019,DOE núm. 223, de 19 de noviembre),
La Directora General de Personal Docente,
EVA MARTÍN LÓPEZ
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ANEXO II ASPIRANTES QUE DEBEN REALIZAR LA FASE DE PRACTICAS DURANTE EL CURSO ESCOLAR 2022-2023

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