EXTRACTO de la Resolución de 21 de septiembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se realiza la segunda convocatoria de subvenciones destinadas a la financiación del programa "Apoyo a mujeres en los ámbitos rural y urbano" en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.): 652602
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura se publica el extracto de las ayudas cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es) y en el presente Diario Oficial de Extremadura.
Primero. Objeto.
El objeto de estas subvenciones es la atención personalizada a las mujeres de áreas rurales y urbanas participantes en itinerarios individualizadas que combinen acciones de distinta naturaleza, tales como orientación laboral, asesoramiento, información, formación, adquisición de competencias y habilidades transversales, facilitación de la inserción laboral y acompañamiento en el empleo, y tenga por objeto su capacitación e inserción laboral, fortaleciendo al tiempo la igualdad efectiva y la no discriminación en el acceso al empleo. Las acciones subvencionables serán todas las establecidas en el artículo 71 del Decreto 137/2021, de 15 de diciembre.
Todas estas acciones serán coordinadas por el personal técnico de los centros de empleo que tengan adscritas funciones de orientación en su ámbito de actuación. Así mismo, la información deberá revertir al centro de empleo en la forma, plazo y modo que se determine desde el SEXPE.
Segundo. Beneficiarios y destinatarios.
Serán beneficiarios las entidades privadas sin ánimo de lucro con personalidad jurídica propia, que quieran colaborar con el Servicio Extremeño Público de Empleo en la realización de las acciones establecidas en el artículo 71 del Decreto 137/2021, de 15 de diciembre. Las entidades beneficiarias deberán estar radicadas en Extremadura entendiendo por tal el ejercicio de su actividad económica en la Comunidad Autónoma y contar con una plantilla mínima de tres trabajadores en los centros de trabajo de Extremadura a fecha de publicación de la resolución de convocatoria.
Las personas destinatarias de la convocatoria deberán ser mujeres demandantes de empleo, inscritas como desempleadas en los Centros de Empleo de la Comunidad Autónoma de Extremadura, residentes preferentemente en municipios de menos de 5000 habitantes.
Tercero. Bases reguladoras.
Decreto 137/2021, de 15 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la financiación de los programas de empleo creados para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en la Comunidad Autónoma de Extremadura, y Decreto 50/2022, de 10 de mayo, por el que se modifica el Decreto 137/2021, de 15 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la financiación de los programas de empleo creados para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Cuarto. Cuantía.
El crédito total destinado a la financiación de esta convocatoria es de cuatro millones trescientos cuarenta y cinco mil ciento diez euros (4.345.110,00 €) distribuidos en dos anualidades, de la siguiente manera:
Anualidad 2022:
Tres millones seiscientos noventa y tres mil trescientos cuarenta y tres euros con cincuenta céntimos (3.693.343,50 €), con cargo a la aplicación presupuestaria 130080000 G/242A/48900 MR08C23I02 proyecto de gasto 20220076 con fuente de financiación Mecanismo de Recuperación y resiliencia de la UE.
Anualidad 2023:
Seiscientos cincuenta y un mil setecientos sesenta y seis euros con cincuenta céntimos (651.766,50 €), con cargo a la aplicación presupuestaria 130080000 G/242A/48900 MR08C23I02 proyecto de gasto 20220076 con fuente de financiación Mecanismo de Recuperación y resiliencia de la UE.
El número de mujeres que deberá finalizar las actuaciones indicadas en el dispositivo segundo de la presente convocatoria será de 242 por entidad, todas ellas iniciarán el itinerario en 2022.
La cuantía máxima de la subvención será de 620.730,00 € por entidad, resultado de aplicar los módulos a los que hace referencia el articulo 77 por usuario con la siguiente distribución, de acuerdo con lo estipulado en el Decreto 137/2021, de 15 de diciembre:
a) Subvención por orientación, actuaciones especificadas en los apartados a), b), c) d) y e) del artículo 71.1 del Decreto 137/2021, de 15 de diciembre, con una duración mínima de 48 horas por usuaria: 290.400,00 €.
b) Subvención por concesión de becas, ayudas y otros gastos necesarios para la ejecución del proyecto según lo estipulado en el artículo 71.3 del Decreto 137/2021, de 15 de diciembre: 124.630 € .
c) Subvención por inserción en el mercado laboral y las derivadas de las actuaciones especificadas en los apartados f) y h) del artículo 71.1 del Decreto 137/2021, de 15 de diciembre (10% de mujeres que se insertan por cuenta ajena y 10 % que se inserta por cuenta propia): 205.700 €.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo para la presentación de solicitudes será de 5 días hábiles a contar desde el día siguiente a la fecha de la publicación de la convocatoria y de su extracto en el Diario Oficial de Extremadura.
Sexto. Otros datos.
Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el Diario Oficial de Extremadura junto con la convocatoria, en la página web www.extremaduratrabaja.juntaex.es, e igualmente se podrá acceder a ellos a través de Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones.
Mérida, 13 de octubre de 2022.
El Secretario General,
(PD, Resolución de 29 de octubre de 2020,DOE núm. 214, de 5 noviembre de 2020).
El Secretario General del Servicio Extremeño Publico de Empleo,
VICTOR MANUEL GARCIA VEGA