EXTRACTO de la Resolución de 13 de octubre de 2022, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de concesión de subvenciones destinadas a la financiación de los Programas de Atención a las Familias para las anualidades 2022 a 2024.
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.): 654772
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8 a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es) y en el presente DOE:
Primero. Convocatoria. Objeto.
El objeto de la resolución es convocar, en régimen de concesión directa mediante convocatoria abierta, las ayudas de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, para los ejercicios 2022 a 2024, dirigidas a mancomunidades integrales, mancomunidades no integrales que desarrollen los servicios sociales de atención social básica y Municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con población superior a 10.000 habitantes, que desarrollen el Programa de Atención a las Familias en Extremadura.
Segundo. Entidades beneficiarias.
1. Podrán ser entidades beneficiarias las siguientes entidades locales:
a) Las mancomunidades integrales, constituidas al amparo de la Ley 17/2010, de 22 de diciembre, de mancomunidades y entidades locales menores de Extremadura y, en su caso, aquellas que hayan iniciado el procedimiento para su calificación como mancomunidad integral a la fecha de la publicación de la resolución de convocatoria.
b) Las mancomunidades que, no ostentando la calificación de integrales, gestionen los servicios sociales de atención social básica, siempre que la mitad más uno de los municipios que las integren no pertenezcan al mismo tiempo a una mancomunidad integral.
c) Los municipios que cuenten con una población superior a 10.000 habitantes, de acuerdo con los datos publicados por el Instituto Nacional de Estadística a la fecha de la publicación de la resolución de convocatoria.
2. Los municipios que cuenten con una población superior a 10.000 habitantes y que formen parte de una mancomunidad, sólo podrán concurrir a título individual, debiendo desarrollar su propio PAF.
3. De acuerdo con lo expuesto en el apartado anterior, las mancomunidades que desarrollen el PAF y cuenten entre sus integrantes con municipios con una población superior a 10.000 habitantes no podrán desarrollar el Programa en estos municipios.
4. Los municipios que, además de pertenecer a una mancomunidad integral, formen parte de una mancomunidad sin esta calificación que hubiere sido beneficiaria de la subvención, no podrán recibir los servicios de los/las profesionales del PAF de esta última mancomunidad, pudiendo únicamente actuar en esos municipios los/las profesionales que se encontraren adscritos a la mancomunidad integral a la que también pertenecen, evitando así la duplicidad de servicios que pudiera producirse.
Tercero. Bases reguladoras.
Con fecha 20 de septiembre de 2022 se ha publicado en el Diario Oficial de Extremadura Orden de 15 de septiembre de 2022, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las Entidades Locales que desarrollen los Programas de Atención a las Familias en Extremadura (DOE n.º 181 de 20 de septiembre de 2022) siendo dichas bases de aplicación en todo lo no expresamente regulado o previsto en esta convocatoria.
Cuarto. Financiación y cuantía de la subvención.
1. El importe total de los créditos previstos para la presente convocatoria, sin perjuicio de que pueda aumentarse en virtud de nuevas disponibilidades presupuestarias, asciende a 8.869.383 euros imputable al Centro Gestor 110030000, que se distribuirán del siguiente modo:
Con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad de Extremadura para el ejercicio 2022, la cantidad de 2.956.461 euros, dentro del Proyecto de gasto 20070158 Programa de intervención con familias :
— aplicación presupuestaria:252A/G/46000 para municipios, con una dotación presupuestaria de 780.925 €.
— aplicación presupuestaria:252A/G/46100 para mancomunidades, con una dotación presupuestaria de 2.175.536 €.
Con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad de Extremadura para el ejercicio 2023, la cantidad de 2.956.461 euros, dentro del Proyecto de gasto 20070158 Programa de Intervencion con Familias .
— aplicación presupuestaria: 252A/G/46000 para municipios, con una dotación presupuestaria de 780.925 €.
— aplicación presupuestaria 252A/G/46100 para mancomunidades, con una dotación presupuestaria de 2.175.536 €.
Con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad de Extremadura para el ejercicio 2024, la cantidad de 2.956.461 euros, dentro del Proyecto de gasto 20070158 Programa de Intervencion con Familias
— aplicación presupuestaria: 252A/G/46000 para municipios, con una dotación presupuestaria de 780.925 €.
— aplicación presupuestaria 252A/G/46100 para mancomunidades, con una dotación presupuestaria de 2.175.536 €.
2. De producirse el agotamiento del crédito presupuestario, y no procederse a efectuar las modificaciones correspondientes o no existir nuevas disponibilidades presupuestarias, se declarará terminado el plazo de vigencia de la convocatoria mediante anuncio de la Secretaria General de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, el cual será objeto de publicación en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de subvenciones, con la consiguiente inadmisión de las solicitudes posteriormente presentadas.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes es de un mes a contar a partir del día siguiente al de la publicación simultánea en el Diario Oficial de Extremadura de la Resolución de convocatoria y de este extracto.
Sexto. Otros datos.
El formulario para la solicitud y demás ANEXOs figuran publicados en el Diario Oficial de Extremadura junto con la Resolución de convocatoria.
Mérida, 13 de octubre de 2022.
La Secretaría General,
MARÍA AURORA VENEGAS MARÍN