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ANUNCIO de 19 de octubre de 2022 sobre aprobación inicial del Programa de Ejecución y Convenio Urbanístico para el desarrollo de Actuación Urbanizadora Sector SUR-2 paraje "El Loco", de las Normas Subsidiarias Municipales.
DOE Número: 207
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: jueves, 27 de octubre de 2022
Apartado: V ANUNCIOS
Organismo: AYUNTAMIENTO DE JERTE
Rango: ANUNCIO
Descriptores: Información pública.
Página Inicio: 52137
Página Fin: 52138
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
El Pleno del Ayuntamiento de Jerte, en sesión ordinaria celebrada el día 6 de octubre de 2022 adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
Visto que en el DOE n.º 18, de fecha 25/1/2018, se publicó la Resolución de 13 de julio de 2017, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, por la que se aprueba definitivamente la modificación puntual n.º 1/2016 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Jerte, consistente en la reclasificación de suelo no urbanizable protegido a suelo urbanizable de uso industrial de la parcela 580 del polígono 4, junto a la carretera N-110 y al sector SUR-1 Los Arenales , creándose el sector SUR-2 con ordenación detallada.
Visto el Programa de Ejecución Urbanística para el desarrollo de Actuación Urbanizadora Sector SUR-2 paraje El Loco , de las Normas Subsidiarias Municipales de Jerte presentado por D. Mariano Álvarez Rey, como técnico autor del mismo y en representación de la AIU Sector Sur-2 Paraje El Loco de Jerte.
Visto, así mismo, el Convenio Urbanístico ANEXO al citado Programa de Ejecución Urbanística.
Resultando que mediante informes J 16/1161.9 ANU JUR 53/17 y J 16/1161.11 PEj 53/17 se ha informado favorablemente por los Servicios Jurídicos y Técnicos su aprobación.
Resultando, así mismo, que mediante informe J 16/1161.10 O. VAL 53/17, se entiende necesario aportar una tasación oficial realizada por empresa homologada por el Banco de España, que justifique los valores propuestos en el convenio urbanístico a la hora de determinar la cuantía de la monetización de las cesiones correspondientes.
Considerando que de acuerdo a los informes se han respetado los parámetros legales establecidos en la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura, así como en la Resolución de 13/7/17 de la CUOTEX, citada.
Considerando que procede la aprobación del Programa de Ejecución Urbanística para el desarrollo de Actuación Urbanizadora Sector SUR-2 paraje El Loco , de las Normas Subsidiarias Municipales de Jerte, toda vez que cumple con todos los requisitos exigidos por la normativa aplicable.
En su virtud y en el ejercicio de las competencias atribuidas al Pleno en el artículo 22.2.q) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, en relación con los artículos 109 y siguientes de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura y 131 y siguientes del Decreto 143/2021, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura, el Pleno por unanimidad de los miembros presentes (6 miembros presentes de los 9 miembros legales) que constituye, por tanto, la mayoría absoluta de sus miembros, acuerda:
Primero. Aprobar inicialmente el Programa de Ejecución Urbanística y el Convenio Urbanístico ANEXO para el desarrollo de Actuación Urbanizadora Sector SUR-2 paraje El Loco , de las Normas Subsidiarias Municipales de Jerte presentado por D. Mariano Álvarez Rey, en representación de la AIU Sector Sur-2 Paraje El Loco de Jerte, conforme a la redacción dada por D. Marino Álvarez Rey como técnico autor.
Segundo. Ordenar a los servicios administrativos que procedan a notificar a los titulares de derechos afectados, inscritos en el Registro de la Propiedad, la aprobación inicial, de conformidad con el artículo 135 b) del Decreto 143/2021, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura.
Tercero. Ordenar a los servicios administrativos que procedan a la apertura de un período de información pública por un plazo de 1 mes, mediante publicación en sede electrónica https://jerte.sedelectronica.es/info.0 y Diario Oficial de Extremadura de conformidad con lo establecido en el artículo 135 b) del Decreto 143/2021, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura.
Jerte, 19 de octubre de 2022. El Alcalde, GABRIEL IGLESIAS SÁNCHEZ.

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