Corrección de errores del Anuncio de 25 de mayo de 2022 sobre aprobación de la Oferta de Empleo Público para la estabilización del empleo temporal.
TEXTO ORIGINAL
Con el presente se procede a la publicación de la Resolución n.º 497/2022 de fecha 22 de diciembre de 2022 por la que se rectifica error en la Resolución de 25 de mayo de 2022 por la cual se aprueba la oferta de empleo público para la estabilización del empleo temporal.
Dicha resolución se transcribe literalmente a continuación:
Mediante Resolución de Alcaldía de 25 de mayo de 2022 se aprueba la oferta de empleo público para la estabilización de empleo temporal, que se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz de 30 de mayo de 2022 y en el Diario Oficial de Extremadura n.º 103 de 31 de mayo de 2022.
Advertido error en la Resolución y,
CONSIDERANDO:
Primero. Que el artículo 21.1.g de la Ley 7/1985, de 2 abril, reguladora de las Bases de Régimen Local me atribuye como Presidenta de la Corporación la aprobación de las bases de contratación del personal al servicio del Ayuntamiento de Granja de Torrehermosa,
Segundo. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas establece que «las Administraciones públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos».
Con base a todo lo anterior,
RESUELVO:
Rectificar en la Resolución de 25 de mayo de 2022 por la que se aprueba la oferta de empleo público para la estabilización de empleo temporal, lo siguiente:
Donde dice:
Plaza
|
Grupo de clasificación personal laboral
|
Número vacantes
|
Jornada
|
Forma provisión
|
---|
MAQUINISTA/CONDUCTOR
|
06
|
1
|
100%
|
Concurso
|
ELECTRICISTA/ENCARGADO ALUMBRADO PUBLICO
|
08
|
1
|
100%
|
Concurso
|
AGENTE DE EMPLEO Y DESARROLLO LOCAL
|
02
|
1
|
100%
|
Concurso
|
ANIMADOR SOCIO CULTURAL
|
07
|
1
|
100%
|
Concurso
|
OPERARIO RSU/BARRENDERO
|
10
|
1
|
100%
|
Concurso
|
MAESTROGUARDERÍA INFANTIL
|
02
|
2
|
Parcial (62,5%)
|
Concurso
|
BIBLIOTECARIO
|
07
|
1
|
Parcial (66,6%)
|
Concurso
|
Debe decir:
Plaza
|
Grupo
|
Número vacantes
|
Jornada
|
Forma provisión
|
---|
MAQUINISTA/CONDUCTOR
|
AP/E
|
1
|
100%
|
Concurso
|
ELECTRICISTA/ENCARGADO ALUMBRADO PUBLICO
|
C1
|
1
|
100%
|
Concurso
|
AGENTE DE EMPLEO Y DESARROLLO LOCAL
|
A2
|
1
|
100%
|
Concurso
|
ANIMADOR SOCIO CULTURAL
|
C1
|
1
|
100%
|
Concurso
|
OPERARIO RSU/BARRENDERO
|
AP/E
|
1
|
100%
|
Concurso
|
MAESTROEDUCACION INFANTIL
|
A2
|
2
|
Parcial (66,66%)
|
Concurso
|
AUXILIAR BIBLIOTECA
|
C2
|
1
|
Parcial (66,66%)
|
Concurso
|
Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa según el artículo 52.2.a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante la Alcaldía en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación o notificación de la resolución según lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, reguladora del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o bien su impugnación directa ante el Juzgado de lo Contencioso de Administrativo competente en el plazo de dos meses desde la publicación o notificación conforme a la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción contenciosa-administrativa.
En el caso de que se haya interpuesto recurso de reposición, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.
Granja de Torrehermosa, 22 de diciembre de 2022. La Alcaldesa, MERCEDES MORUNO MARTOS.