Resolución de 14 de octubre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la cláusula adicional segunda al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio, el Consejo de Seguridad Nuclear y la Universidad de Extremadura, en la operación, gestión y acceso a los datos de las Estaciones Automáticas de Vigilancia Radiológica Ambiental. Expte.: 1855999FD021.
TEXTO ORIGINAL
Habiéndose firmado el día 17 de julio de 2022, la cláusula adicional segunda al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio, el Consejo de Seguridad Nuclear y la Universidad de Extremadura, en la operación, gestión y acceso a los datos de las Estaciones Automáticas de Vigilancia Radiológica Ambiental. Exp.: 1855999FD021, de conformidad con lo previsto en el artículo 8 del Decreto 217/2013, de 19 de noviembre, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
RESUELVO:
La publicación en el Diario Oficial de Extremadura del convenio que figura como ANEXO de la presente resolución.
Mérida, 14 de octubre de 2022.
La Secretaria General.
PA, Resolución de 01/03/2021,DOE n.º 43, de 4 de marzo de 2021.
La Jefa de Servicio de Legislación y Documentación,
M.ª MERCEDES ARGUETA MILLÁN
CLÁUSULA ADICIONAL SEGUNDA AL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RURAL, POLÍTICAS AGRARIAS Y TERRITORIO, EL CONSEJO DE SEGURIDAD NUCLEAR Y LA UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA, EN LA OPERACIÓN, GESTIÓN Y ACCESO A LOS DATOS DE LAS ESTACIONES AUTOMÁTICAS DE VIGILANCIA RADIOLÓGICA AMBIENTAL. EXP.: 1855999FD021
Madrid, 17 de julio de 2022.
REUNIDOS
De una parte, D. Juan Carlos Lentijo Lentijo, Presidente del Consejo de Seguridad Nuclear (en adelante CSN), con cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 275/2022, de 12 de abril, (BOE núm. 88, miércoles 13 de abril de 2022) en nombre y representación de este Organismo.
De otra parte D.ª Olga García García, como Consejera para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de la Junta de Extremadura, al ser en actualidad la Consejería competente en la materia tras el Decreto del Presidente 16/2019, de 1 de julio, por el que se modifican la denominación, el número y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura; y en su nombre y representación, D.ª Consuelo Cerrato Caldera, Secretaria General para la Transición Ecológica y Sostenibilidad en virtud del Decreto 76/2019, de 16 de julio, por el que se dispone su nombramiento, y facultado para este acto por Resolución de la Excma. Sra. Consejera para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de fecha 20 de noviembre de 2019, (DOE n.º 228, de 26 de noviembre de 2019) dictada conforme a lo previsto en los artículos 72 y 73 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Y de otra parte, D. Antonio Hidalgo García. Rector Magnífico de la Universidad de Extremadura, cargo para el que fue nombrado por Decreto 2/2019, de 8 de enero (DOE n.º 6, de 10 de enero de 2019), actuando en nombre y representación de la misma, con plena capacidad legal de acuerdo con el artículo 92.1 de los Estatutos de la citada Universidad, aprobados por Decreto 63/2003 de 8 de mayo (DOE n.º 3 extraordinario de 23 de mayo de 2003 y BOE 149, de 23 de junio de 2003).
Reconociéndose las partes la capacidad jurídica para la realización de este acto, y en el marco del Convenio firmado el 17 de julio de 2018, y prorrogado mediante Cláusula Adicional firmada el 17 de julio de 2020, y en virtud de las posibilidades arbitradas en la cláusula cuarta del mismo, acuerdan prorrogar y modificar la vigencia del referido Convenio, y al efecto.
EXPONEN
Primero. Que con fecha 17 de julio de 2018, se suscribió un Convenio de colaboración entre el Consejo de Seguridad Nuclear, la anterior Consejería competente en materia de Medio Ambiente (Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio de la Junta de Extremadura) y la Universidad de Extremadura, sobre la operación, gestión y acceso a los datos de las Estaciones Automáticas de Vigilancia Radiológica Ambiental .
Segundo. Que dicho convenio fue prorrogado hasta el 16 de julio de 2022, mediante la firma el 17 de julio de 2020 de una Cláusula Adicional que modificaba su periodo de vigencia, así como otras cláusulas del mismo.
Tercero. Que en la cláusula cuarta de Vigencia del Convenio antes citado se establece que:
El presente Convenio entrará en vigor en el momento de su firma y tendrá una duración de dos (2) años. No obstante, el Convenio podrá ser objeto de modificación o prorroga por mutuo acuerdo de las partes, por un periodo máximo de cuatro años, si fuera necesario rectificar las actividades acordadas o variar su plazo de ejecución. Para este caso se formalizará la oportuna cláusula adicional con las condiciones de la prórroga o modificación. Salvo denuncia expresa por cualquiera de las partes de acuerdo con lo estipulado en la clausula octava, sometiéndose la prórroga al régimen jurídico que venga establecido en la normativa vigente la tiempo de efectuarse la misma
En este mismo sentido, en la cláusula octava de Terminación se establece que:
Las Partes, por motivos razonables, podrán rescindir mediante denuncia expresa este Convenio, preavisando al resto con al menos tres meses de antelación a la fecha en que la resolución deba ser efectiva.
Cuarto. Que en la cláusula sexta. Comisión Mixta de seguimiento. Coordinadores, del antes citado se establece que:
Con el fin de efectuar el seguimiento del Convenio en su aspecto técnico, se nombran como coordinadores:
Por el Consejo de Seguridad Nuclear, el Subdirector de Emergencias y Seguridad Física.
Por la Junta de Extremadura, el Jefe se Servicio de Protección Ambiental de la Dirección General de Medio Ambiente y por Delegación de este el Jefe de la Sección de Radiología Ambiental.
Por la Universidad de Extremadura, el Director del Servicio de Apoyo a la Investigación, Laboratorio de Radiactividad Ambiental LARUEX.
Quinto. Que las tres partes manifiestan interés en una segunda prórroga del citado Convenio, hasta el 16 de diciembre de 2023, y la modificación de sus cláusulas tercera (apartado 1, forma de pago) y sexta (comisión de seguimiento)
ACUERDAN
Primero. Prorrogar la vigencia del Convenio firmado el 17 de julio de 2018, hasta el 16 de diciembre del 2023.
Segundo. El coste que supone la ejecución del Convenio durante el nuevo periodo de ejecución (17 de julio del 2022 a 16 de diciembre del 2023) asciende a 287.209,33€ (doscientos ochenta y siete mil doscientos nueve euros con treinta y tres céntimos) aportados a partes iguales por el Consejo de Seguridad Nuclear y por la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad. En concreto, el importe de 143.604,66 € (ciento cuarenta y tres mil seiscientos cuatro euros con sesenta y seis céntimos) aportado por el Consejo de Seguridad Nuclear deberá aplicarse como indica el Convenio ya suscrito y en conformidad con las cláusulas 2.2.6 y 2.2.7 del mismo. Por su parte, la cantidad de 143.604,67 euros (ciento cuarenta y tres mil seiscientos cuatro euros con sesenta y siete céntimos) aportados por la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad se ejecutará con cargo a la posición presupuestaria, fondo, proyecto y anualidades siguientes:
ANUALIDAD
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CENTRO GESTOR
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POSICIÓN PRESUPUESTARIA
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FONDO
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PROYECTO
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IMPORTE (€)
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2022
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180030000
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G/354A/64100
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FD14060501
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20150159
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42.236,67
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2023
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180030000
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G/354A/64100
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FD14060501
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20150159
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101.368,00
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Dicha aportación al presente Convenio de Colaboración está cofinanciada al 80% por el Fondo FEDER, Programa Operativo FEDER Extremadura 2014-2020, Objetivo Temático 6 Conservar y proteger el medio ambiente y promover la eficiencia de los recursos , Prioridad de inversión 06E Acciones para mejorar el entorno urbano, revitalizar las ciudades, rehabilitar y descontaminar viejas zonas industriales (incluidas las reconversiones), reducir la contaminación atmosférica y promover medidas de reducción del ruido , Objetivo específico “OE.06.05.01 Mejorar el entorno urbano, la rehabilitación de viejas zonas industriales y la reducción de la contaminación del suelo y la atmósfera”, Actuación: “20.003A Mantenimiento y mejora de las redes de medición de parámetros medioambientales en tiempo real como las redes REPICA y RARE (Red de Alerta Radiológica de Extremadura).” Se deberá cumplir lo establecido en el ANEXO XII del Reglamento (UE) N.º 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre las actividades de información y publicidad.
Tercero. 1. Actualizar el apartado 3.1 de la cláusula tercera del convenio suscrito en lo que se refiere a las fechas de abono de las antes referidas cantidades por parte de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, conforme al ANEXO I a esta Adenda, quedando esta escrita como:
Apartado 3.1 de la tercera:
ANUALIDAD
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PERIODO DE PAGO
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IMPORTE (€)
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---|
2022
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17/07/2022 a 16/12/2022
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42.236,67
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2023
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17/12/2022 a 16/06/2023
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50.684,00
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2023
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17/06/2023 a 16/12/2023
|
50.684,00
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Tercero. 2. Modificar el apartado 3.2. de la cláusula tercera del convenio, quedando como sigue:
3.2. Previamente al abono de los costes reales soportados por la Universidad de Extremadura, la Universidad de Extremadura deberá presentar la correspondiente memoria de actuaciones realizadas a la que se hace referencia en la cláusula 2.3.5 y la justificación real de los costes mediante aportación de nóminas, facturas o cualquier otro medio de prueba. Esta memoria deberá contar con el visto bueno previo de los órganos competentes de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, y del Consejo de Seguridad Nuclear, mediante certificación de la Comisión Mixta de Seguimiento del Convenio.
Cuarto. Modificar la cláusula sexta del convenio, Comisión Mixta de seguimiento. Coordinadores.
Debiendo decir:
Con el fin de efectuar el seguimiento del Convenio en su aspecto técnico, se nombran como coordinadores:
— Por el Consejo de Seguridad Nuclear: el Subdirector de Emergencias y Seguridad Física.
— Por la Junta de Extremadura: El Director General de Sostenibilidad, perteneciente a la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad o la persona que designe de la Dirección General de Sostenibilidad, perteneciente a la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad.
— Por la Universidad de Extremadura: el Director del Servicio de Apoyo a la Investigación, Laboratorio de Radiactividad Ambiental LARUEX.
Quinto. Mantener el clausulado del convenio de colaboración suscrito el 17 de julio del 2018 en los térmicos acordados en la Cláusula Adicional firmada el 17 de julio de 2020, salvo en lo modificado por las presentes cláusulas adicionales.
Y en testimonio de conformidad con lo expresado, firman la presente cláusula adicional segunda al convenio de colaboración de 17 de julio de 2018, por triplicado ejemplar y se comprometen a ejecutarlo, en Madrid a 17 de julio del 2022.
El Presidente del Consejo de Seguridad Nuclear,
JUAN CARLOS LENTIJO LENTIJO
La Consejera para la Transición Ecológica y Sostenibilidad,
PA, La Secretaria GeneralResolución de 20 de noviembre de 2019,(DOE n.º 228, de 26 de noviembre de 2019),
CONSUELO CERRATO CALDERA
ANEXO I
MEMORIA TÉCNICO-ECONÓMICA
1. Explicación del gasto previsto.
Seguidamente se desglosan los capítulos de gastos previstos con cargo a la financiación aportada por la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, para atender el funcionamiento y mantenimiento que deben realizarse en la Red de Alerta Radiológica de Extremadura, para al menos mantener su actual estatus de operatividad y calidad.
1.1 COSTES DE PERSONAL:
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IMPORTE (€)
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Dos titulados superiores con dedicación plena, al desarrollo y gestión de la Red de Alerta Radiológica de Extremadura. Sus remuneraciones deben encuadrarse en SUBGRUPO A2 de la Tabla de coste de retribuciones anuales para el personal técnico de apoyo de la UEx. Publicado en el Diario Oficial de Extremadura n.º 5 de 9 de enero del 2014, debidamente actualizado al 2022.
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29.506,94 € (año 2022)70.816,66 € (año 2023)
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1.2 COSTES DE MATERIAL INVENTARIABLE:
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IMPORTE (€)
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Inversiones precisas para fundamentalmente la reposición de equipamiento inventariable de la RARE que no merezca la pena ser reparado y que por propia definición de sustitución de equipamiento que deja de funcionar en un momento dado, siendo esto imposible de prever.El importe de esta parida de gasto es una estimación efectuada en base a la experiencia adquirida en la gestión de la Red
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4.103,36 € (año 2022)9.000,00 € (año 2023)
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1.3 COSTES DE MATERIAL FUNGIBLE:
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IMPORTE (€)
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Bajo este epígrafe se agrupan principalmente tres grandes grupos de gastos:a) Adquisición de filtros continuos de papel y cartuchos de carbón activo para el monitoreo de aerosoles. Una previsión anual de filtros puede ser = 6 estaciones x 1 filtro/trimestre = 24 filtros / año Una previsión de cartuchos de carbón puede ser:Para las estaciones no renovadas = 4 estaciones x 1 filtro/mes = 48 filtrosPara las estaciones renovadas = 2 estaciones x 1 filtro/semana = 104 Filtros /añob) Adquisición de pequeño material fungible para el mantenimiento de las estaciones y sus monitores (desde carboncillos, juntas, fusibles, bombillas, material de limpieza, y un largo etcétera). No es posible detallar a priori las necesidades de pequeño material precisas para el mantenimiento de las estaciones.c) Gastos de revisiones de la unidad móvil y demás vehículos que se utilizan en el mantenimiento de la RARE: ITV anual y gastos de revisión cada 30.000 km, etc.
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1.652,24 € (año 2022)3.613,34 € (año 2023)
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1.4 COSTES DE VIAJES Y DIETAS:
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IMPORTE (€)
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En este apartado se computa el coste de:a) los viajes para el mantenimiento preventivo de las estaciones fijas de la Red de Alerta Radiológica de Extremadura. Una estimación de los mismos puede ser del orden de 2 días (veces)/año x estación (14 estaciones) = 28 desplazamientos. Las distancias desde Cáceres a las estaciones se encuentran entre 90 km a 200 km. Se consideran 14 estaciones, al agrupar algunas de ellas próximas entre sí y de poca complejidad que permiten su mantenimiento conjunto en un mismo día (*)b) los viajes para el mantenimiento correctivo de las estaciones fijas de la Red de Alerta Radiológica de Extremadura. Por su propia naturaleza de este tipo de mantenimiento, es imposible saber a priori el número de veces que por tal motivo deben efectuarse tal tipo de desplazamientos a cada estación. (*)c) Así mismo abarca los costes basales previstos para el desplazamiento de la Unidad móvil. Es imposible saber a priori el número de veces que se requerirá el uso del laboratorio móvil por situaciones de emergencia y los gastos que dichas actuaciones comporten. En cuanto a la programación de su mantenimiento preventivo supone no menos de 8 desplazamientos / año para la comprobación del sistema de comunicaciones. (*)
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1.208,33 € (año 2022)3.500,00 € (año 2023)
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(*) Los costes individuales de cada viaje y de sus dietas se efectúan de acuerdo con lo establecido para los funcionarios de grupo 2.
1.5 SUBCONTRATACIONES:
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IMPORTE (€)
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En este apartado se abarcan básicamente cuatro gastos que ineludiblemente deben hacerse frente para el funcionamiento de la RARE:a) Consumos eléctricos de aquellas estaciones de monitoreo en las que deben éstos abonarse ya que no se hacen cargo de los mismos, como en otras estaciones, algunos Ayuntamientos u otros Organismos como la propia Junta de Extremadura.b) Gastos de algunas comunicaciones existentes en diversas estaciones de la Red, como pueden ser los de telefonía móvil y de satélite del laboratorio Móvil.c) Reparaciones y mantenimientos de los equipos: eléctricos, fontanería y otros.
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1.208,30 € (año 2022)3.500,00 € (año 2023)
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1.6 OTROS COSTES:
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IMPORTE (€)
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En este apartado de costes se incluye el siguiente concepto de gastos:Los no directamente contemplados en los anteriores apartados que indefectiblemente pueden presentarse y que deben hacerse frente.
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717,80 € (año 2022)1,722,73 € (año 2023)
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1.7 COSTES INDIRECTOS UNIVERSIDAD:
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IMPORTE (€)
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En este apartado de gastos se contempla la retención que la Universidad de Extremadura realiza a todos los ingresos que se efectúan por Convenios y/o Proyectos de investigación, 10% del ingreso neto, es decir, sobre el importe de las partidas 1.1 a 1.6 inclusive.
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3.839,70 € (año 2022)9.215,27 € (año 2023)
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1.8 COSTES TOTAL CON CARGO A LA FINANCIACIÓN APORTADA POR LA CONSEJERÍA PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y SOSTENIBILIDAD:
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IMPORTE (€)
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Suma de todos los apartados de gastos, de 1.1 a 1.7 inclusive. Este coincide con el presupuesto de ingresos previsto para cada uno de los dos años en los que se ejecuta el Convenio de Colaboración con cargo a la financiación aportada por la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad.
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42.236,67 € (año 2022)101.368,00 € (año 2023)
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DISTRIBUCIÓN DE PAGOS
Estos se efectuarán en los ejercicios presupuestarios durante los que se ejecutará la presente Cláusula Adicional Segunda al Convenio, en las fechas y con las cuantías en las que se distribuye el coste total en cada uno de ellos, de acuerdo con las condiciones expresamente indicadas en su punto segundo.
a) Por la Consejería para la Transición Ecológica y sostenibilidad.
ANUALIDAD
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CENTRO GESTOR
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POSICIÓN PRESUPUESTARIA
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FONDO
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PROYECTO
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IMPORTE (€)
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2022
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180030000
|
G/354A/64100
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FD14060501
|
20150159
|
42.236,67
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2023
|
180030000
|
G/354A/64100
|
FD14060501
|
20150159
|
101.368,00
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b) Por el Consejo de Seguridad Nuclear.
ANUALIDAD
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Importe (€)
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2022
|
46.402,47 €
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2023
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97.202,19 €
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TOTAL 143.604,66 €
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TOTAL CLÁUSULA ADICIONAL SEGUNDA AL CONVENIO = 287.209,33 €
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