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ANUNCIO de 24 de octubre de 2022 sobre bases para la convocatoria del puesto de Dirección del Museo de Arte Contemporáneo y de la Fundación Helga de Alvear.
DOE Número: 212
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: viernes, 04 de noviembre de 2022
Apartado: V ANUNCIOS
Organismo: FUNDACIÓN HELGA DE ALVEAR
Rango: ANUNCIO
Descriptores: Pruebas selectivas.
Página Inicio: 53501
Página Fin: 53521
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
La Fundación Helga de Alvear (en adelante, FHA) es una entidad cultural sin ánimo de lucro, de gestión autónoma e independiente, creada el 29 de noviembre de 2006. Responsable de la Colección Helga de Alvear, tiene por objeto convertirse en el marco de referencia de un proyecto encaminado a la difusión, producción, educación e investigación de la creación visual contemporánea. De acuerdo con sus Estatutos, la FHA cuenta como principales objetivos: a) Promover, fomentar e investigar la producción de las artes visuales de nuestro tiempo en todos los aspectos relacionados con ellas; b) Establecer los criterios de funcionamiento del Museo de Arte Contemporáneo Helga de Alvear (en adelante MHA), gestionarlo y programar sus actividades; c) Conservar los fondos de la Colección, incrementarlos de acuerdo con unos principios de universalidad, apertura a la experimentación y a la variedad de lenguajes más significativos de la actividad artística en cada momento; d) Difundir los fondos de la Colección Helga de Alvear mediante exposiciones, intercambios, publicaciones y soportes informáticos.
El patronato de la FHA está integrado por la Junta de Extremadura, la Diputación de Cáceres y el Ayuntamiento de Cáceres, por la Universidad de Extremadura y por personas de la confianza de Dña. Helga de Alvear. La gestión de la FHA asume, a su vez, la generación de recursos propios (librería, coproducciones, alquiler de espacios, etc.) y la búsqueda de patrocinios de proyectos artísticos, culturales, educativos y sociales.
Desde la apertura del Centro de Artes Visuales en junio de 2010, y, especialmente, desde la inauguración de la segunda fase en 2021 como Museo de Arte Contemporáneo Helga de Alvear, la FHA ha sido una institución fundamental en el proceso de localización en Extremadura de una colección abierta al público de arte contemporáneo que responde a los más elevados criterios de calidad y ha ejercido un papel decisivo en la reflexión, la investigación y la divulgación del arte contemporáneo. Destaca, además, por la calidad de su programación artística y por su proyecto cultural, educativo y social que se distingue por su carácter inclusivo.
El programa de actividades incluye la exhibición de la Colección Helga de Alvear, la organización de exposiciones temporales y la edición de catálogos y otras publicaciones, además de la realización de conferencias, cursos, talleres y conciertos relacionados con varios campos del arte actual. La sede administrativa se encuentra en el edificio conocido como Casa Grande, que entre 2010 y 2019 funcionó como espacio de exposiciones. En febrero de 2021, se inauguró el MHA que une un edificio de nueva construcción al inmueble existente para ofrecer unas completas instalaciones que integran el museo, el espacio de exposiciones temporales, el auditorio, la biblioteca y la sala de educación.
De acuerdo con sus Estatutos, la FHA contará, entre sus órganos rectores, con una Dirección. El Patronato de la FHA es el órgano competente para aprobar la organización funcional y las directrices básicas en materia de recursos humanos de la entidad, y a él le corresponde el nombramiento de la Dirección.
En ejercicio de las competencias anteriores, el Patronato de la FHA, en la reunión celebrada el pasado día 27 de septiembre de 2022, adoptó el acuerdo de aprobación de las bases que han de regir el proceso selectivo para cubrir el puesto de Dirección del MHA, como máximo responsable de la entidad en los próximos años.
En consecuencia, teniendo en cuenta la transparencia con la que se rige la FHA, la participación en ella de entidades del sector público y la voluntad de seleccionar al mejor candidato como resultado de un proceso competitivo, se hacen públicas las presentes bases, aprobadas por el Patronato de la Fundación en su sesión de 27 de septiembre de 2022, de acuerdo igualmente con los principios de igualdad, mérito y capacidad, así como de transparencia y promoción de la concurrencia.
BASES DE LA CONVOCATORIA
1. Objeto.
El objeto de las presentes bases es la regulación del proceso de selección para el puesto de trabajo de la Dirección del MHA.
2. Funciones.
De acuerdo con el artículo 38 de los estatutos vigentes de la FHA, la Dirección del MHA es el órgano encargado de la organización, administración y gestión y asume la dirección ejecutiva y artística y la representación ordinaria del MHA. De acuerdo con ello, a la Dirección le serán atribuidas las funciones siguientes:
— Ejercer la dirección artística, de investigación, de patrimonio artístico, de comunicación y de educación del Museo.
— Establecer, definir y proponer, para su aprobación por la Comisión Ejecutiva y el Patronato, el Plan de Actuación de la Fundación para cada ejercicio, en colaboración con el Consejo Asesor Artístico, en su caso, y asumir la responsabilidad de su ejecución.
— Gestionar y ejecutar los acuerdos, políticas y planes aprobados por el Patronato y por la Comisión Ejecutiva.
— Asumir la responsabilidad del funcionamiento interno de la Fundación y elaborar y proponer al Patronato la aprobación del presupuesto general de gastos e inversiones de la Fundación, supervisar los estados financieros y rendir cuentas.
— Elaborar una Memoria Anual de resultados de las actividades de la Fundación con valoración crítica de las actuaciones.
— Dirigir, coordinar y planificar el personal y la actividad de los departamentos y servicios que el museo preste y las actividades que organice, en concreto, supondrá la elaboración de las líneas estratégicas de la colección, de su tratamiento científico, técnico y administrativo, así como de su conservación y seguridad y líneas de investigación; la definición anual de las líneas programáticas que incluye la planificación de las exposiciones, actividades educativas y culturales y las publicaciones; igualmente, definirá y coordinará el inventario, registro y catálogo de la biblioteca del Museo y de su archivo.
— Garantizar la seguridad y la correcta conservación y presentación de los fondos del Museo.
— Ejercer la gestión administrativa, económico-presupuestaria y técnica del Museo en el marco normativo, organizativo y procedimental de la FHA, siendo responsable de su control y supervisión, y cuidará por el cumplimiento de la programación de acuerdo con unos presupuestos asignados.
— Velar por la seguridad y el mantenimiento de las instalaciones del Museo.
— Proponer la adquisición, enajenación de obras de arte y emitir informes preceptivos sobre la aceptación de donaciones, legados y herencias de obras para la Colección del Museo.
— De acuerdo con los términos establecidos en la normativa de patrimonio cultural extremeño, deberá emitir informes sobre la salida temporal, sea cual sea el destino, de las obras artísticas que sean titularidad de la FHA fuera de las instalaciones del Museo, sin perjuicio de la normativa correspondiente en la materia, y, también, sobre la aceptación en el Museo de los depósitos de obras artísticas de otra titularidad.
— Proponer al Patronato la contratación del personal técnico, auxiliar o administrativo de la Fundación.
— Proponer al Patronato la designación de los siete miembros del Consejo Asesor Artístico, de acuerdo con las características definidas para el mismo en el artículo 34 de los estatutos de la FHA.
— Planificar estrategias y proyectos que puedan generar recursos económicos a la Fundación y promover la captación de recursos públicos y privados.
— Proponer a la Comisión Ejecutiva y al Patronato la admisión de patrocinadores y la aprobación de convenios de patrocinio y de colaboración.
— Impulsar las relaciones institucionales y los acuerdos de cooperación y colaboración con otros museos, entidades e instituciones culturales afines.
— Ostentar la representación institucional ordinaria del Museo y de la FHA cuando no esté atribuida a otro órgano, en actos de cualquier naturaleza y ante cualquier tipo de organismo, institución o empresa.
— Transmitir la imagen de capacidad profesional, de experiencia en el discurso de las artes visuales y de eficacia en la gestión de los programas y en la administración de los recursos.
— Definir y coordinar la estructura, contenidos y actualizaciones del área institucional de la página web, redes sociales y cualquier otro medio que se venga a adoptar.
— Desarrollar una relación buena y efectiva con los medios de comunicación y con el sector del arte contemporáneo.
— Coordinar con las administraciones públicas presentes en los órganos de gestión de la Fundación, así como con cualesquiera otras entidades que tengan objetivos y/o programas comunes.
— Desempeñar estas funciones bajo la inmediata supervisión del Patronato o, en su caso, de la Comisión Ejecutiva, sin perjuicio de las que corresponden a estos órganos, informando de todas sus actuaciones al Patronato de la FHA en el pleno siguiente a haberlas adoptado.
— Asesorar técnicamente a los otros órganos de la FHA.
— Asistir a las reuniones de la Comisión Ejecutiva y del Patronato de la FHA y ejecutar las funciones delegadas por los órganos de gobierno.
— Ejercer cuantas otras funciones le sean encomendadas por el Patronato o por la Comisión Ejecutiva.
3. Régimen de contratación, retribución e incompatibilidades.
3.1. La persona seleccionada para ocupar el puesto convocado subscribirá un contrato especial de trabajo del personal de alta dirección, regulado por el Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto, por el cual se reglamenta la relación laboral de carácter especial del personal de alta dirección o la normativa que lo sustituya. Tendrá una duración de cuatro años, excepto denuncia expresa por cualquiera de las dos partes, con tres meses naturales de antelación.
3.2. La relación laboral de carácter especial se ajustará a lo establecido en estas bases y a lo pactado en el contrato, así como a lo dispuesto en la normativa aplicable.
3.3. El Director/a estará sujeto a evaluación con arreglo a criterios de eficacia y eficiencia, responsabilidad en la gestión y control de resultados en relación con las metas y objetivos que le hayan sido fijados, así como los indicadores aplicables para la medición de los mismos, según se establezcan en el contrato.
3.4. La retribución a percibir es de 66.751,30 euros brutos anuales, actualizables para posteriores ejercicios en los términos que se establezcan en el contrato o puedan acordar las partes en cualquier momento.
3.5. El Director/a no podrá desarrollar otra actividad profesional, debiendo desempeñar su actividad con dedicación plena y exclusiva a la misma. Excepcionalmente, por ser experto en determinada materia, podría ser aceptable su participación en algún proyecto externo, previa autorización por parte del Patronato.
Dada la participación en al FHA de entidades del sector público, el Director/a deberá informar al Patronato de la FHA de cualquier conflicto de interés que pudiera presentarse durante el ejercicio de sus funciones.
4. Requisitos de las personas aspirantes.
Para ser admitidos en el proceso selectivo las personas aspirantes deberán poseer, en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de formalización del contrato de trabajo, y mientras dure el contrato, los siguientes requisitos de participación:
4.1. Nacionalidad.
a) Tener la nacionalidad española o ser nacional de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea.
b) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
c) Los trabajadores que no estando incluidos en los párrafos anteriores se encuentren con residencia legal en España.
4.2. Tener cumplidos 18 años y no exceder, en su caso, la edad máxima de jubilación.
4.3. Estar en posesión del título de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto, Grado o título superior equivalente.
4.4. Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación. Este requisito no será de aplicación a las personas aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones del Derecho de la Unión.
4.5. Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño del puesto al que se aspira.
4.6. Poseer dominio hablado y escrito del idioma español y del idioma inglés.
4.7. Experiencia y capacidad: Poseer experiencia curatorial o de gestión museística mínima de 5 años en puestos de competencias y responsabilidades similares de instituciones museísticas o artísticas, tanto públicas como privadas.
4.8. No haber sido separado o separada, mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de las funciones públicas.
4.9. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
Estos requisitos garantizan que el MHA mantenga su prestigio como institución de referencia internacional, sea capaz de desarrollar una política de exposiciones, actividades y publicaciones académicas de excelencia y siga fortaleciendo la colección del propio museo.
5. Presentación de solicitudes y contenido de los sobres.
Las presentes bases y las instancias solicitando participar en el proceso selectivo (según modelo recogido en el ANEXO I de esta convocatoria) podrán solicitarse bien presencialmente en la sede administrativa de la Fundación Helga de Alvear, c/ Pizarro, n.º 8, 10003 Cáceres, mediante cita previa en el teléfono 927626414, bien a través del correo electrónico general@museohelgadealvear.com o bien desde el enlace de la página web: http://fundacionhelgadealvear.es/empleo-y-formacion/empleo.
5.1. El plazo de presentación de solicitudes es de dos meses (se excluyen del cómputo de estos días los sábados, los domingos y los declarados festivos en la ciudad de Cáceres), contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación del anuncio de esta Convocatoria en el DOE y en la página web de la Fundación
http://fundacionhelgadealvear.es/empleo-y-formacion/.
La convocatoria se anunciará igualmente en la prensa general y especializada española e internacional
5.2. Quienes deseen concursar en el proceso selectivo deberán cumplimentar la solicitud de participación (ANEXO I), dirigirlo al Patronato de la FHA y presentarla junto al resto de la documentación, presencialmente (mediante cita previa) o por correo postal, en el Registro General de la Fundación Helga de Alvear, sito en el Museo de Arte Contemporáneo Helga de Alvear, c/ Pizarro, 8, 10003 Cáceres. La presentación de candidatura implica la aceptación incondicionada de estas bases.
Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas antes de ser certificadas. Sólo se admitirán las solicitudes que hayan sido fechadas en Correos no más tarde del plazo de vencimiento para la presentación y se reciban en la FHA en los cinco días hábiles siguientes a la fecha de vencimiento. La presentación por Correos deberá comunicarse simultáneamente a su presentación al Registro General de la Fundación a través del correo electrónico general@museohelgadealvear.com, adjuntando el modelo de solicitud normalizado, debidamente firmado, en tiempo y forma.
La no presentación en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.
5.3. La documentación se debe presentar con la leyenda Selección de candidatos a la Dirección del Museo Helga de Alvear , y dirigirla a la Presidencia de la Comisión de Valoración, en dos sobres cerrados en los que se debe indicar:
Sobre N.º 1: Requisitos para la participación en el proceso de selección para la Dirección del Museo Helga de Alvear y méritos de la persona candidata .
En este sobre se tienen que incluir los siguientes documentos:
1. Solicitud de participación en el concurso (ANEXO I), debidamente cumplimentada y firmada.
2. Copia de DNI, NIE, pasaporte o tarjeta de residente y, en su caso, documento acreditativo de hallarse en alguna de las circunstancias previstas en el punto 4.1 de esta convocatoria.
3. Declaración responsable de cumplir todos los requisitos exigidos en estas bases, según modelo del ANEXO II incluido en esta convocatoria.
4. Currículum vitae, detallado en el que deberán especificarse las fechas concretas de inicio y fin de cada experiencia profesional, así como las funciones realizadas, redactado en castellano.
5. Declaración responsable de méritos para comprobación del requisito de experiencia en puestos de competencias y responsabilidades similares en el ámbito de la dirección o gestión y administración de instituciones museísticas o artísticas del ámbito del arte contemporáneo, públicas o privadas, tanto de ámbito nacional como internacional de la persona candidata. Tendrá una extensión máxima de 5 páginas, formato DIN A4, interlineado 1 15 y en arial 12. Además, se incluirán todos aquellos méritos que, a juicio de la persona candidata, avalen otros aspectos de la formación, experiencia y capacidad profesional que sustenten la idoneidad de la persona aspirante al puesto de Dirección según los aspectos, criterios y competencias recogidos en el apartado de estas bases. Los méritos susceptibles de ser valorados y que no consten en la declaración no serán tenidos en cuenta en ninguna fase del procedimiento.
6. Los requisitos de idiomas establecidos en el punto 4.6 podrán acreditarse mediante la presentación de los títulos de niveles C2 y C1 conforme al Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCERL) establecidos en el mismo. El cumplimiento de estos requisitos se podrá comprobar, así mismo, en la entrevista personal o, en su caso, a través de la realización de una prueba escrita.
Al menos tres recomendaciones de personas que sean referentes internacionales en el arte contemporáneo, con quienes pueda ponerse en contacto la Comisión con el objetivo de solicitar información para comprobar su idoneidad para el puesto ofrecido en esta convocatoria.
Sobre N.º 2: Proyecto de dirección para el Museo Helga de Alvear .
La documentación relativa al proyecto que la persona solicitante llevaría a cabo en el MHA durante los próximos 4 años, en el que se definan claramente las líneas de actuación, los objetivos y la posible programación. El proyecto elaborado por la persona candidata definirá las líneas de actuación prioritarias, sus objetivos y necesidades, a corto, medio y largo plazo con la propuesta de hoja de ruta para lograrlos, valorándolos económicamente y señalando su posible financiación. Debe tener en cuenta el presupuesto anual de la entidad (2.325.853,07 € en 2022) y también los ejes siguientes:
1. Un espacio de referencia. El MHA pretende convertirse en un espacio de exposición, de reflexión e investigación que adopte los criterios más recientes e innovadores en los procedimientos y en los objetos de su actividad, un lugar de encuentro tanto de profesionales del sector como de la ciudadanía, y foco con un campo de acción que abarque tanto el entorno más inmediato en que se asienta como el contexto internacional. Un espacio que, con plena participación de todos, mediante la contemplación, la crítica, la educación y la actitud creativa, se convierta en un centro de referencia internacional.
2. Gestión de la colección. Uno de los ejes fundamentales del MHA es la Colección Helga de Alvear, relevante fondo artístico de primer nivel a través del cual es posible seguir las principales transformaciones del arte contemporáneo. Se deberán definir los criterios principales en torno a los que se articule la política de gestión de los fondos en todos sus ámbitos: conservación, exposición, investigación, colección o préstamos, entre otros.
3. Proceso de internacionalización. Es imprescindible para el MHA desarrollar un programa de internacionalización que le permita establecer los contactos, colaboraciones e intercambios necesarios para situar al Museo en un primer plano más allá de las fronteras nacionales. Hará falta trabajar activamente en la creación y desarrollo de una red de museos de primer orden, tanto europeos como de otras procedencias, en consonancia con la diversidad geográfica de los artistas que integran la Colección.
4. Espacio de educación, investigación y programación cultural. Programa de actuación que permita enriquecer el programa de actividades y cualificar la experiencia del visitante y crear un espectador informado, activo, dialogante y crítico, haciendo del Museo un espacio integrador y vertebrador que se conecte y aproxime al territorio y sea un lugar de intercambio de ideas, con un concepto propio de un museo del siglo XXI.
Este documento debe tener una extensión máxima de 30 páginas (formato DIN A4, interlineado 1 15, letra arial 12), con carátula e índice de contenidos y escrito en castellano. Además, se aportará un resumen en inglés con una extensión máxima de 2 páginas (iguales características de presentación). Los candidatos podrán realizar las consultas que consideren a la FHA sobre el MHA siempre que resulten necesarias para la preparación de este proyecto. Las consultas, sin identificar quién las remite, así como las respuestas que dé la FHA, se comunicarán a todos los participantes.
6. Comisión de Valoración.
6.1. Al objeto de valorar a las personas aspirantes se constituirá una Comisión de Valoración entre personas que se consideren adecuadas desde un punto de vista académico y técnico para proceder a la correcta valoración de los candidatos.
6.2. A dicho órgano le corresponde la valoración de las solicitudes y la documentación presentadas por las personas aspirantes, así como la realización de la entrevista personal. La Comisión de Valoración podrá celebrar sesiones, adoptar acuerdos y tramitar actas tanto de forma presencial como a distancia, y se regirá, en lo que se refiere a su funcionamiento, por lo que se dispone para los órganos colegiados en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Las sesiones que celebre la Comisión de Valoración podrán realizarse tanto de forma presencial como telemática, de todas o parte de las personas que la compongan.
Una vez finalizado el procedimiento de valoración, dicho órgano emitirá un informe de valoración conteniendo la propuesta de la persona candidata que se considere más idónea y propondrá al Patronato la contratación de la persona seleccionada. En el expediente deberán quedar acreditados los fundamentos de dicha propuesta.
6.3. La Comisión de Valoración podrá disponer la incorporación a sus trabajos de personas que presten un asesoramiento especializado para todas las pruebas o para alguna de ellas, limitándose su actuación a prestar colaboración en sus especialidades técnicas, con voz pero sin voto.
6.4. La actuación de la Comisión de Valoración se ajustará estrictamente a las bases de la convocatoria. No obstante, la Comisión resolverá las dudas que surjan de su aplicación y podrá tomar los acuerdos que correspondan para aquellos supuestos no previstos en las bases.
6.5. La Presidencia de la Comisión de Valoración será la encargada de la ordenación e instrucción del procedimiento de selección.
6.6. La Comisión de Valoración gozará de discrecionalidad técnica para la valoración de las solicitudes presentadas por los aspirantes y la actuación de los miembros será siempre a título individual.
6.7. El Patronato de la FHA resolverá la adjudicación de la contratación de acuerdo con la propuesta de selección elevada por la Comisión de Valoración, que tendrá carácter vinculante.
6.8. Los miembros de la Comisión de Valoración serán designados por el Patronato de la FHA respetando la paridad y atendiendo a su prestigio, experiencia y conocimientos y serán los siguientes:
— Presidencia: Dña. Helga de Alvear, Vicepresidenta del Patronato de la Fundación Helga de Alvear
— Vocales:
D. Manuel Borja-Villel, Director del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, de Madrid.
D. Udo Kittelmann, Director artístico del Museo Frieder Burda, en Baden-Baden.
Dña. Ute Meta Bauer, Directora del NTU Centre for Contemporary Art de Singapur.
Dña. Nuria Enguita, Directora Instituto Valenciano de Arte Moderno, de Valencia.
Doña Mercedes Roldán Sánchez, Subdirectora General de Museos Estatales del Ministerio de Cultura, Turismo y Deporte del Gobierno de España.
Dña. Ana Jiménez del Moral, Técnica de Arte, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes de la Junta de Extremadura.
— Secretaría: Dña. María Jesús Ávila, Coordinadora del Área Artística y Vicesecretaria del Patronato de la Fundación Helga de Alvear, con voz y sin voto.
6.9. Tanto los miembros de la Comisión de Valoración como lo asesores que pudieran intervenir deberán firmar una declaración de confidencialidad, así como de no incursión en los supuestos de abstención recogidos en el régimen jurídico del sector público.
7. Criterios.
Los criterios específicos de valoración serán los siguientes:
a. Excelencia profesional, valorada a través de los elementos de formación y experiencia profesional en el ámbito del arte contemporáneo, en concreto, en la dirección y/o en posiciones de relevancia en museos y/o centros de arte contemporáneo y, en especial, se valorará la amplia experiencia en el comisariado de exposiciones. Tendrá especial relevancia acreditar contactos, buenas referencias y conocimientos de proyectos o personas de ámbito estatal e internacional del arte contemporáneo y la capacidad de acceder, dentro de los ámbitos mencionados, a los responsables de los centros con los que se propone que coopere el MHA. de construir y desarrollar redes de relaciones tanto internas como externas.
b. Experiencia profesional en gestión cultural y coordinación de actividades artísticas y/o culturales.
c. Experiencia profesional en implementación y revisión de estrategias, políticas y programas para la consecución de objetivos. En particular, se refiere a la capacidad para gestionar los diversos programas (exposiciones, educación, publicaciones, comunicación, patrocinio, etc.), la colección y la actividad científica de acuerdo con la misión y los objetivos de la organización, así como a la capacidad de gestionar los recursos de forma eficiente.
d. Experiencia profesional que acredite las habilidades de liderazgo necesarias: elevada capacidad de comunicación, negociación, planificación, determinación de prioridades, toma de decisiones y resolución de conflictos. También son cualidades imprescindibles la capacidad de representación institucional y la capacidad de liderar y motivar colectivos humanos.
— Capacidad de liderazgo y toma de decisiones: capacidad para desarrollar la implementación y revisión de las estrategias, políticas y programas que hacen posible que el equipo pueda lograr las misiones y los objetivos que tiene encomendados.
— Visión estratégica: capacidad para analizar las debilidades, amenazas, fortalezas y oportunidades de la organización con el fin de priorizar los objetivos a largo plazo y coordinarlos para poder cumplirlos.
— Relación y comunicación interpersonal: capacidad para relacionarse provechosamente con otras personas expresando claramente las ideas, escuchando a los demás y generando un clima relacional positivo.
— Capacidad de negociación: capacidad para llegar a colaboraciones, acuerdos y compromisos satisfactorios para las partes implicadas, aprovechando todas las oportunidades posibles para desarrollar el trabajo en red con otras instituciones.
— Planificación y organización: capacidad para autoorganizarse, establecer objetivos y normas, planificar y elaborar programas, organizar el proceso de trabajo, medir los resultados y controlar el grado de avance.
e. Trayectoria de investigación en el ámbito de las artes visuales, especialmente en el arte moderno y contemporáneo, mediante certificados de participación en cursos, congresos, seminarios, etc., así como las publicaciones realizadas y reconocimientos obtenidos en el ámbito de la cultura y el arte contemporáneo.
f. Conocimiento del mundo cultural extremeño e implicación con este, y capacidad para aglutinar adhesiones al proyecto desde diferentes sectores y agentes del mundo de la cultura de la región.
g. Formación en igualdad de género. Se valorará haber participado en estudios o investigaciones de género, haber impartido cursos, talleres, jornadas y seminarios relacionados con género y cultura; haber creado o participado en iniciativas encaminadas a favorecer la igualdad de oportunidades; y también cualquier experiencia profesional o proyecto que acredite una actividad encaminada a hacer cumplir el artículo 26 de la Ley Orgánica por la igualdad efectiva entre mujeres y hombres.
h. Conocimiento de otros idiomas de la Unión Europea. Se valorará el conocimiento de lenguas oficiales de la Unión Europea diferentes del español y del inglés. Se tendrá que acreditar documentalmente por medio de títulos, diplomas y certificados expedidos por organismos competentes. El conocimiento de cada idioma comunitario se valorará puntuando por curso o su equivalencia, si se trata de ciclos de escuela oficial de idiomas, o de niveles o certificados según el Marco Común Europeo de Referencia (niveles básico, intermedio y avanzado).
8. Desarrollo del proceso de selección.
La selección del candidato se realizará por la Comisión de Valoración, de acuerdo con los principios de mérito y capacidad, mediante la valoración de los méritos alegados, en relación con los criterios del apartado 7.
El procedimiento de selección se desarrollará en tres fases:
Fase 1ª, de comprobación del cumplimiento de los requisitos de participación.
Fase 2ª, de valoración de los méritos y del Proyecto de Dirección del MHA
Fase 3ª, de entrevista.
La puntuación total (100 puntos) se distribuirá del siguiente modo: Fase 2ª contará con máximo de 80 puntos, repartidos al 50% entre la valoración de méritos (40 puntos) y la valoración del proyecto (40 puntos); y Fase 3, con un máximo de 20 puntos.
Fase 1: Comprobación del cumplimiento de los requisitos de participación.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Comisión de Valoración comprobará el cumplimiento de los requisitos de participación recogidos en el apartado 4 de esta Convocatoria, a partir de la documentación incluida en el Sobre N.º 1. Los candidatos que no cumplan estos requisitos no pasarán a la siguiente fase.
Una vez revisadas las solicitudes, la Comisión de Valoración, mediante resolución, aprobará la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos del proceso de selección, que será publicada en la página web de la FHA. Antes, podrá dar oportunidad a los candidatos para subsanar las omisiones. Los candidatos recibirán un correo electrónico indicándoles si han sido admitidos o excluidos, y las razones.
Se comunicará individualmente a cada persona candidata su admisión o exclusión del procedimiento, indicando en este caso el motivo de la exclusión. A los candidatos excluidos se les concederá un plazo de reclamación de cinco días hábiles contados a partir del siguiente al de la comunicación. Terminado dicho plazo de reclamación, la Comisión de Valoración dictará resolución declarando aprobada la lista definitiva de personas admitidas y excluidas y lo comunicará individualmente a cada participante.
Fase 2ª: Valoración de méritos y del Proyecto de Dirección del MHA (Máx. 80 puntos).
Fase 2.1. Valoración de méritos (Máx. 40 puntos).
La Comisión de Valoración analizará la experiencia profesional de los candidatos en puestos de competencias y responsabilidades similares y procederá a la valoración de los méritos de aquellos candidatos, siguiendo los criterios señalados en el apartado 7 de estas bases.
La puntuación mínima a obtener en la valoración de méritos para poder pasar a la valoración del Proyecto de Dirección del MHA (Fase 2.2.) se fija en 25 puntos.
Fase 2.2. Valoración del Proyecto de Dirección del MHA (Máx. 40 puntos).
La Comisión de Valoración, finalizada la valoración de los méritos, abrirá el Sobre N.º 2 de aquellas solicitudes que, cumpliendo los requisitos de participación, hayan obtenido más de 25 puntos en la Fase 2.1.
El Proyecto de Dirección del MHA , que tendrá como contenido mínimo el determinado en el punto 5.3. de estas bases, será valorado en base a lo siguiente:
Calidad: coherencia, concreción y planificación temporal de su desarrollo.
Adecuación a la realidad presente y futura del MHA.
Adecuación a la realidad de la FHA y acciones de colaboración que se propongan conforme a la actividad del MHA.
Respeto de la normativa de igualdad.
Adecuación a los objetivos de la Agenda 2030.
La defensa del Proyecto de Dirección del MHA será valorada en función de la capacidad de liderazgo para defender su ejecución, desarrollar su implicación y sus estrategias, políticas y programas que hagan posible la consecución de los objetivos planteados en el mismo.
La calificación final de la Fase 2ª será la suma de las calificaciones obtenidas en Fase 2.1., de valoración de méritos, y en la Fase 2.2., de valoración del Proyecto de Dirección del MHA. La Comisión de Valoración preseleccionará a un máximo de tres de candidatos, en función de la puntuación final obtenida en la Fase 2ª, que pasarán a la Fase 3ª. Los candidatos serán convocados telefónicamente para fijar la fecha y hora de la entrevista y la convocatoria será confirmada por correo electrónico.
Fase 3ª: Entrevista personal y defensa de la Proyecto de Dirección del MHA (Máx. 20 puntos).
Versará sobre la trayectoria profesional y los méritos valorados, en la que se apreciará el grado de adecuación de la persona candidata a las características y competencias requeridas para el puesto. Se evaluará si la misma tiene un conocimiento en profundidad del arte contemporáneo internacional y nacional.
Los miembros de la Comisión de Valoración podrán realizar a las personas seleccionas para realizar la entrevista las preguntas que estimen oportunas en relación con cualquiera de los requisitos y méritos recogidos en la presente Convocatoria o con la Proyecto de Dirección del MHA presentada, u otras relacionadas con el puesto de trabajo y las competencias profesionales necesarias para su desempeño.
En la entrevista, y teniendo en cuenta también la documentación aportada por las personas candidatas, se comprobará el cumplimiento de los requisitos exigidos en el punto 4.6 de la Convocatoria, para lo cual una parte de la entrevista podrá realizarse en inglés. La Comisión podrá, así mismo, disponer la realización de una prueba escrita en idioma inglés.
Esta fase tendrá una puntuación máxima de 20 puntos.
Dirección de correo electrónico a efectos de comunicaciones: general@museohelgadealvear.com
Una vez finalizado el proceso, a petición de la persona interesada, se devolverá la documentación presentada.
9. Adjudicación de la contratación temporal.
9.1. La calificación definitiva será el resultado de la suma de los puntos obtenidos en las Fases 2ª y 3ª del proceso de selección, no pudiendo superar la puntuación total de 100 puntos.
9.2. En caso de empate, el orden final se establecerá atendiendo sucesivamente a los siguientes criterios:
— la mayor puntación obtenida en la Fase 2.1. Valoración de méritos.
— la mayor puntación obtenida en la Fase 2.2. Valoración del Proyecto de Dirección del MHA
9.3. La Comisión de Valoración redactará la propuesta de selección donde constará el resultado de la valoración de los criterios efectuada por la Comisión, así como una relación de los candidatos, por orden de puntuación, que se proponen para su contratación en el supuesto de renuncia del candidato propuesto en primer lugar o de no superación por éste del periodo de prueba.
9.4. La Comisión de Valoración se reserva la posibilidad de declarar desierta la Convocatoria si considera que ninguno de los candidatos reúne el perfil necesario para el desempeño del puesto.
9.5. La propuesta de selección será publicada en página web de la FHA y notificada al candidato seleccionado.
9.6. Concluido el proceso selectivo, la Comisión de Valoración requerirá al aspirante que haya obtenido una mayor puntuación para que, en el plazo de cinco días hábiles, a contar desde el siguiente al de la recepción de la comunicación, presente los documentos a que se refiere el apartado 10.1. de estas bases.
9.7. Si el candidato seleccionado no aportara en el plazo concedido la documentación requerida, siempre que dicha circunstancia no se haya producido por causas absolutamente ajenas a su voluntad, se entenderá que renuncia a la adjudicación del puesto de trabajo, y se procederá por la Comisión de Valoración a efectuar la adjudicación a favor del siguiente candidato con mejor puntuación. Éste dispondrá del mismo plazo de cinco días hábiles para aportar la documentación. Si éste tampoco la aportara, se procederá en la misma forma con los restantes aspirantes, siempre ofreciéndose al de mayor puntuación.
9.8. Finalmente, la Comisión de Valoración elevará al Patronato de la FHA la propuesta definitiva de selección para su aprobación. La resolución de adjudicación se publicará en la página web de la FHA, a continuación ordenará la celebración del correspondiente contrato laboral.
9.9. La persona seleccionada se vinculará laboralmente con la FHA mediante la formalización de un contrato laboral con las características, naturaleza y alcance expresados en el apartado 3 de estas bases.
10. Presentación de documentos.
10.1. Antes de la formalización del contrato la persona seleccionada deberá presentar:
a. Documento Nacional de Identidad o del documento acreditativo de la identidad.
b. Documentos originales de las fotocopias aportadas a lo largo del proceso de selección para su cotejo: Título académico original que se requiere para la obtención de la plaza (en el caso de no disponer del título, podrá presentarse certificado de estudios); originales de otros títulos, diplomas o certificados aportados para acreditar los méritos valorados.
c. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá presentarse la credencial de su homologación o convalidación en su caso.
d. Los certificados o escritos de buena ejecución de los trabajos realizados, relativos a la experiencia laboral.
e. Declaración jurada o promesa de no haber sido separada mediante expediente disciplinario del servicio en ninguna entidad del sector público, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial. En el caso de ser nacional de otro Estado deberán presentar, además de la declaración relativa al Estado español, declaración jurada o promesa de no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público
f. Certificado médico acreditativo de que se posee la capacidad funcional necesaria para el desempeño del puesto, expedido por facultativo competente y en modelo oficial.
g. Declaración de no hallarse desempeñando ninguna otra actividad pública o privada que pudiera requerir autorización o reconocimiento previo de compatibilidad.
h. Declaración Responsable de no haber sido condenado en los cinco últimos años en virtud de sentencia firme en procesos judiciales de cualquier orden relativos a reclamaciones en materia económica y/o financiera.
10.2. Ante la imposibilidad, debidamente justificada, de presentar los documentos a que se refiere el apartado anterior, podrá acreditarse que se reúnen las condiciones exigidas en las bases mediante cualquier medio de prueba admitido en Derecho.
11. Confidencialidad.
Todas las personas implicadas en el proceso de selección se comprometen a garantizar la absoluta confidencialidad de todos los datos personales y profesionales de las personas que se presenten y también a mantener la participación de las personas no seleccionadas en el estricto ámbito del conocimiento y la valoración de la Comisión. Solo se hará público el nombre de la persona seleccionada.
12. Tratamiento de datos personales.
Los datos de carácter personal proporcionados en la tramitación de este procedimiento de selección, podrán ser incluidos en un fichero para el tratamiento por la FHA como titular responsable del fichero, en el uso de las funciones propias que tiene atribuidas y en el ámbito de sus competencias.
Las personas interesadas podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición de los datos personales, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en cuanto al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos de personales y garantía de los derechos digitales.
Cáceres, 27 de septiembre de 2022. La Presidenta del Patronato de la Fundación Helga de Alvear. NURIA FLORES REDONDO.
ANEXO I
SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN EN EL PROCESO SELECTIVO PARA EL PUESTO DE DIRECTOR DEL MUSEO DE ARTE CONTEMPORÁNEO Y DE LA FUNDACIÓN HELGA DE ALVEAR
DATOS DEL ASPIRANTE:
Apellidos:
Nombre:
Nacionalidad: D.N.I./N.I.E./Pasaporte:
Lugar de Nacimiento:
Provincia: Fecha:
Domicilio:
Municipio: Provincia: CP:
Teléfono: Correo electrónico:
Los aspirantes con discapacidad igual o superior al 33% que soliciten adaptaciones de tiempo y/o medios para la práctica de los ejercicios deberán reflejarlo a continuación y adjuntar dictamen médico facultativo. Solicito adaptación en tiempo y/o medios: SI NO En caso afirmativo, describir las adaptaciones concretas que solicita:
La persona abajo firmante solicita ser admitida para el proceso selectivo del puesto de trabajo de la Dirección del Museo de Arte Contemporáneo y de la Fundación Helga de Alvear y DECLARA que son ciertos los datos consignados en ella y que reúne las condiciones exigidas en la convocatoria, comprometiéndose a probar todos los datos que figuran ANEXOs a esta solicitud, comprometiéndose a probarlos documentalmente si resultase propuesta para la contratación temporal que solicita.
En _______________, a ___ de ____________ de 2022
Fdo. ______________________________
AL PATRONATO DE LA FUNDACIÓN HELGA DE ALVEAR
Museo de Arte Contemporáneo Helga de Alvear, C/ Pizarro, 8, 10003 Cáceres.
En cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de datos personales, le informamos que los datos de carácter personal contenidos en esta solicitud serán incorporados para su tratamiento al sistema de tratamiento Candidatos del que la Fundación Helga de Alvear es responsable. Este fichero se destina a la gestión y seguimiento del proceso de selección y, en su caso, de la lista de espera para eventuales futuras contrataciones. El plazo previsto de conservación de los datos es de un año desde la finalización del proceso de selección y, en el caso de existencia de lista de espera, de un año a contar desde el fin de la vigencia de la misma. Una vez finalizado el plazo de conservación o revocado el consentimiento, se podrán conservar debidamente bloqueados hasta cumplir los plazos de prescripción de las responsabilidades de la FHA. El ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, limitación, oposición, supresión y portabilidad se realizará a través del correo electrónico general@museohelgadealvear.com, con el asunto Protección de Datos Personales , o por correo postal (FHA, Calle Pizarro, 8, 10003 Cáceres). La comunicación deberá ir acompañada de cualquier documento oficial (copia de DNI o Pasaporte) que permita la identificación, para evitar el acceso a sus datos por parte de terceros.
ANEXO II
DECLARACIÓN RESPONSABLE DE CUMPLIMIENTO DE TODOS LOS REQUESITOS NECESARIOS PARA PARTICIPAR EN EL PROCEDIMIENTO SELECTIVO DEL PUESTO DE DIRECCIÓN DEL MUSEO Y DE LA FUNDACIÓN HELGA DE ALVEAR
D./Dña. _______________________________________________________, con domicilio en ______________________________________________________________, y DNI/NIE n.º ________________ y nacionalidad_____________________, declaro bajo juramento o prometo, a los efectos de participar en el proceso selectivo para el puesto de la Dirección del Museo de Arte Contemporáneo y de la Fundación Helga de Alvear,
Marcar con una X lo que proceda:
— Que soy español o
Que soy cónyuge de un español o nacional de país miembro de la Unión Europea, y que no estoy separado de derecho.
O que soy descendiente de un español o nacional de países miembros de la Unión Europea, o descendiente del cónyuge, menor de veintiún años, o mayor de dicha edad que vivo a sus expensas.
Que poseo un conocimiento de nivel intermedio del idioma castellano.
— Que no he sido separado del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas, o del sector público instrumental y que no me hallo inhabilitado para prestar servicio en las mismas.
— O, en su caso, que no estoy sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en mi Estado el acceso a un puesto de trabajo en las Administraciones Públicas y sector público instrumental.
— Que son ciertos y puedo acreditarlo documentalmente cada uno de los méritos descritos en la Declaración de méritos.
— Que poseo el título superior requerido.
Dirección de correo electrónico para contacto:______________________________________
En _______________, a __ de __________ de 2022
(Firma del declarante)

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