RESOLUCIÓN de 17 de octubre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad y la entidad sin ánimo de lucro AMICOS para la cooperación e inclusión social de personas con discapacidad intelectual, a través de la realización de acciones de conservación de la naturaleza en el Parque Nacional de Monfragüe. Expediente: 2251999FR005.
TEXTO ORIGINAL
Habiéndose firmado el día 5 de octubre de 2022, Convenio de Colaboración entre la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad y la entidad sin ánimo de lucro AMICOS para la cooperación e inclusión social de personas con discapacidad intelectual, a través de la realización de acciones de conservación de la naturaleza en el Parque Nacional de Monfragüe. Expediente: 2251999FR005, de conformidad con lo previsto en el artículo 8 del Decreto 217/2013, de 19 de noviembre, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
RESUELVO:
La publicación en el Diario Oficial de Extremadura del convenio que figura como ANEXO de la presente resolución.
Mérida, 17 de octubre de 2022.
La Secretaria General.
PA, Resolución de 01/03/2021,DOE n.º 43, de 4 de marzo de 2021.
La Jefa de Servicio de Legislación y Documentación,
M.ª MERCEDES ARGUETA MILLÁN
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y SOSTENIBILIDAD Y LA ENTIDAD SIN ANIMO DE LUCRO AMICOS PARA LA COOPERACION E INCLUSION SOCIAL DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL, A TRAVES DE LA REALIZACION DE ACCIONES DE CONSERVACION DE LA NATURALEZA EN EL PARQUE NACIONAL DE MONFRAGÜE. EXPEDIENTE: 2251999FR005
Mérida, 5 de octubre de 2022.
REUNIDOS
De una parte, D.ª Consuelo Cerrato Caldera, Secretaria General de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, cargo que ostenta en virtud del nombramiento efectuado por Decreto 76/2019, de 16 de julio (DOE núm 137, de 17 de julio) ratificado por Decreto 133/2019, de 3 de septiembre (DOE núm.171, de 4 de septiembre), actuando por delegación, en el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas por el Decreto 170/2019, de 29 de octubre (DOE núm 214, de 6 de noviembre), por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, y por Resolución de 20 de noviembre de 2019, de la Consejera, por la que se delegan competencias en diversas materias (DOE núm 228, de 26 de noviembre).
Y de otra, D. Xoan España Vidal, actuando en calidad de Director de la Asociación AMICOS, con domicilio social en Lugar Comoxo 2-A, Boiro, La Coruña, y con CIF G15747678 y en virtud de lo establecido la Escritura Pública de poderes de fecha 13 de mayo de 2022, ante Don José Prieto Luengo, Notario del ilustre Colegio de Galicia, así como en los Estatutos de la Asociación AMICOS.
En el concepto en que intervienen las partes actúan en razón de sus respectivos cargos y se reconocen capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir el presente convenio y, a tal efecto,
EXPONEN
Primero. AMICOS es una asociación sin ánimo de lucro para atención e integración de personas con discapacidad intelectual, autismo, parálisis, daño cerebral y sus familias. Esta reconocida como prestadora de servicios sociales por la Junta de Galicia (registro -2000/005362/1) y declarada de interés público (BOE 28 de septiembre de 2006).
Segundo. La Junta de Extremadura, a través de su Estatuto de Autonomía, tiene atribuidas las competencias para la protección del medio ambiente y de los ecosistemas, debiendo adoptar las medidas necesarias para garantizar la conservación, protección y recuperación de las especies de fauna y flora que viven en el estado silvestre en su territorio.
La Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad tiene atribuidas, por Decreto del Presidente 41/2021, de 2 de diciembre, por el que se modifican la denominación y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, las competencias en materia de conservación de la naturaleza y áreas protegidas y evaluación y protección ambiental.
Conforme se establece en el Decreto 170/2019, de 29 de octubre, (DOE núm. 214 de 6 de noviembre de 2019), por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad y el Decreto 20/2021 de 31 de marzo, (DOE núm. 64 de 12 de abril de 2021), por el que se modifica, entre los órganos directivos que constituyen la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad se encuentra la Dirección General de Sostenibilidad (en adelante, DGS), la cual llevará a cabo la promoción, ejecución y control en materia de conservación de la naturaleza y el medio ambiente. Asimismo es competente en la programación y propuesta de actuaciones en relación con las áreas naturales protegidas y la biodiversidad.
Además, le corresponden la planificación, gestión y control de las actividades y proyectos con repercusiones en el medio ambiente, la evaluación ambiental de planes, programas y proyectos así como, el otorgamiento de las autorizaciones ambientales a que se encuentren sujetas los proyectos y actividades, así como su control y seguimiento.
Para el cumplimiento de sus funciones, la referida Consejería cuenta entre sus órganos con el Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas (en adelante, SECONA).
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 1/2007, de 2 de marzo, de declaración del Parque Nacional de Monfragüe la gestión ordinaria y habitual del Parque Nacional corresponde a la Junta de Extremadura, que la organizó mediante el Decreto 106/2007, de 22 de mayo, por el que se regula la organización y funcionamiento del Parque Nacional de Monfragüe, siendo la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad la que tiene atribuidas estas competencias en materia de Medio Ambiente.
Tercero. Mediante Resolución de fecha 01 de abril de 2022 de la Dirección General de la Fundación Biodiversidad, F.S.P, por la que se resuelve la convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la creación de empleo a través de proyectos de formación, asesoramiento e innovación social dirigidos a personas desempleadas en el marco del programa EMPLEAVERDE cofinanciado por el Fondo Social Europeo (FSE), se selecciona el Proyecto INNOVA EMPLEO: Experiencias de Innovación Local para el Empleo de la Asociación AMICOS.
INNOVA EMPLEO: Experiencias de Innovación Local para el Empleo , es un proyecto que tiene como objetivo generar nuevas oportunidades de empleo verde destinado a personas que se encuentran en una situación de vulnerabilidad social, poniendo especial énfasis en la inserción de personas con discapacidad intelectual, ya que es uno de los colectivos más afectados por el desempleo. Para ello, desarrollará distintas acciones de innovación social en tres zonas diferentes: las Rías Baixas de Galicia, el Campo de Gibraltar de Cádiz y la dehesa extremeña.
INNOVA EMPLEO se presenta como un instrumento innovador a través del cual las personas participantes, formarán parte de un itinerario en el que recibirán formación, asesoramiento y acompañamiento gratuito para que puedan insertarse laboralmente. El itinerario estará adaptado tanto a las características territoriales como a los perfiles de los participantes y a sus necesidades, facilitando así su participación. Además, el itinerario que se ofrece está ligado a los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), en cuanto que, por un lado, las personas participantes serán capacitadas para actuar como Agentes dinamizadores de los ODS dentro de su territorio, y, por otro lado, viene a generar conciencia sobre la necesidad de generar nuevos empleos ligados a la economía verde y a la innovación social que puedan ser liderados por personas con discapacidad intelectual.
Como resultados del proyecto, se espera conseguir una red de trabajo a nivel nacional para la búsqueda, detección e impulso de oportunidades de empleo verde o azul adaptado, en la que participen tanto las entidades colaboradoras del proyecto como otras entidades especializadas en el sector de la economía verde que tengan interés en el mismo. El establecimiento de la red, servirá para poder conseguir que, al menos, el 22% de las personas participantes en los itinerarios sean insertadas en el mercado laboral de forma satisfactoria. Este proyecto cuenta con la colaboración de la Fundación Biodiversidad del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico a través del Programa Empleaverde financiado por el Fondo Social Europeo.
En virtud de lo anterior, las partes interesadas acuerdan formalizar el presente convenio de colaboración que se regirá por las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
El Convenio tiene como objetivo regular la colaboración entre la entidad sin ánimo de lucro AMICOS y la Junta de Extremadura, a través de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, para la ejecución del Programa INNOVA EMPLEO dentro del Parque Nacional de Monfragüe, como un instrumento a través del cual las personas participantes recibirán formación, asesoramiento y acompañamiento gratuito para que puedan insertarse laboralmente, y puedan obtener la capacitación de Agentes Dinamizadores de ODS, generando al mismo tiempo conciencia sobre la necesidad de generar nuevos empleos ligados a la economía verde y a la innovación social que puedan ser liderados por personas con discapacidad intelectual.
Las actividades en las que las personas participantes recibirán la formación, asesoramiento y acompañamiento, estarán relacionadas con el mantenimiento y limpieza del parque; acompañamiento de grupos de visitantes; atención al público; talleres que se organicen desde el parque; y vigilancia en las zonas de uso público.
Segunda. Obligaciones de las partes.
La Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad se compromete a:
— Aprobar por parte del Parque Nacional de Monfragüe los programas de trabajo elaborados por la Asociación AMICOS.
— Apoyar la formación, planificación y coordinación en la ejecución de las actividades.
— Supervisar los trabajos a realizar y facilitar la adaptación de las personas que vayan a participar en el Programa a través del personal del Parque Nacional de Monfragüe que se designe al efecto.
La entidad sin ánimo de lucro AMICOS se compromete a:
— Planificación, coordinación y ejecución de las actividades que se realicen dentro del marco del convenio.
— Presentar un programa en el que se defina con detalle las características de cada actividad, como son el número de participantes, objetivos a conseguir, horarios de realización de la actividad .
— Para controlar el trabajo a realizar, AMICOS dispondrá un técnico de apoyo que realizara labores de acompañamiento de las personas con discapacidad y un coordinador que realizará funciones de interlocución con el Parque Nacional, además de ejercer las funciones de planificación y control de las actividades.
— AMICOS, antes del inicio de cualquier actividad, deberá contar con un seguro de responsabilidad ante cualquier daño que pudieran sufrir u ocasionar las personas participantes.
— AMICOS, antes del inicio de cualquier actividad, deberá facilitar a todos los participantes las medidas de seguridad y salud necesarias.
La relación entre el participante en el Programa INNOVA EMPLEO y la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad no supondrá más compromiso para esta última que lo estipulado en el presente Convenio. Por ello, de la realización de las actividades derivadas del presente convenio, en ningún caso, se derivarán obligaciones propias de una relación laboral, ni su contenido podrá dar lugar a la sustitución de la prestación laboral propia de puestos de trabajo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.3 del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio.
Tercera. Vigencia.
El presente convenio entrará en vigor el día de su firma y mantendrá su vigencia durante tres (3) años, transcurridos los cuales se entenderá prorrogado por otros tres si cualquiera de las partes no lo denuncia ante la otra con tres meses de antelación.
Cuarta. Financiación.
Del cumplimiento de lo establecido en el presente Convenio no se derivará contraprestación económica alguna para las partes.
Quinta. Resolución y causas de extinción.
Serán causas de resolución del presente convenio, las siguientes:
a) El transcurso del plazo de vigencia del convenio sin haberse acordado la prórroga del mismo.
b) El acuerdo unánime de todos los firmantes.
c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes.
d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
e) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el convenio o en otras leyes.
Cualquiera de las partes podrá resolver el presente Convenio, comunicándolo por escrito a la otra parte, al menos, con quince días de antelación a la fecha prevista de resolución.
Sexta. Seguimiento del convenio y resolución de controversias.
Para el seguimiento de la ejecución del presente convenio se crea una Comisión mixta de seguimiento, formada por un representante de cada una de las partes. El representante de la Asociación AMICOS serán designado por su Presidente y el representante de la Junta de Extremadura será designado por el Director General de Sostenibilidad de entre el personal funcionario destinado en la misma.
Serán funciones de esta Comisión, además, resolver de forma amistosa las controversias que se susciten en orden a la interpretación de las cláusulas del convenio, y al cumplimiento de las obligaciones de las partes; realizar propuestas de modificación del convenio que procuren mejorar el cumplimiento de sus objetivos; y resolver cuantas otras cuestiones que se susciten en relación con el mismo.
La Comisión se reunirá con carácter ordinario y tantas veces como sea necesario, para tratar las cuestiones que las partes acuerden. Tanto la convocatoria de las sesiones que celebren como el funcionamiento interno y la adopción de acuerdos se regirán con arreglo al procedimiento general de actuación de los órganos colegiados que contempla el artículo 15 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Séptima. Modificación del convenio.
El presente Convenio podrá ser modificado por mutuo acuerdo entre las Partes, de manera expresa, siempre y cuando no modifique el objeto de lo convenido, por así convenir a los intereses institucionales, previo informes que sustenten tal acto y Acuerdo de la Comisión Mixta de Seguimiento, que deberá ser adoptado, antes del vencimiento del plazo de ejecución inicialmente previsto y refrendado por los firmantes del Convenio mediante la suscripción del respectivo Convenio Modificatorio al Principal.
Octava. Naturaleza y jurisdicción.
El presente convenio tiene naturaleza administrativa, quedando fuera del ámbito de aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
Asimismo, queda excluido del ámbito de aplicación de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de conformidad con lo establecido en el apartado a) del artículo 3 de la citada Ley.
El presente convenio se regirá por lo dispuesto en sus cláusulas y en lo no previsto en el artículo 53, de la firma de convenios y acuerdos y los que sean de aplicación de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Asimismo, será de aplicación lo dispuesto en el Título Preliminar, Capítulo VI, de los convenios, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
La Consejera para la Transición Ecológica y Sotenibilidad,
(DOE núm. 228, de 26 de noviembre).
La Secretaria General,
CONSUELO CERRATO CALDERA
El Director de la Asociación AMICOS,
XOAN ESPAÑA VIDAL