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RESOLUCIÓN de 18 de octubre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Primera Adenda al Convenio por el que se formalizan tres transferencias específicas de carácter plurianual a favor de la empresa pública Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para financiar actuaciones de internacionalización de la empresa extremeña 2021-2022.
DOE Número: 216
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: jueves, 10 de noviembre de 2022
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Convenios.
Página Inicio: 54456
Página Fin: 54497
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
LOGO UNION EUROPEA
Habiéndose firmado el día 15 de septiembre de 2022, la Primera Adenda al Convenio por el que se formalizan tres transferencias específicas de carácter plurianual a favor de la empresa pública Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para financiar actuaciones de internacionalización de la empresa extremeña 2021-2022, de conformidad con lo previsto en el artículo 8 del Decreto 217/2013, de 19 de noviembre, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
RESUELVO:
La publicación en el Diario Oficial de Extremadura del convenio que figura como ANEXO de la presente resolución.
Mérida, 18 de octubre de 2022.
La Secretaria General.
PA, Resolución de 01/03/2021,DOE n.º 43, de 4 de marzo de 2021
La Jefa de Servicio de Legislación y Documentación,
M.ª MERCEDES ARGUETA MILLÁN
CELEBRACIÓN DE LA PRIMERA ADENDA AL CONVENIO POR EL QUE SE FORMALIZAN TRES TRANSFERENCIAS ESPECÍFICAS DE CARÁCTER PLURIANUAL A FAVOR DE LA EMPRESA PÚBLICA EXTREMADURA AVANTE SERVICIOS AVANZADOS A PYMES, SLU, PARA FINANCIAR ACTUACIONES DE INTERNACIONALIZACIÓN DE LA EMPRESA EXTREMEÑA 2021-2022.
Mérida, 15 de septiembre de 2022.
REUNIDOS
De una parte, D. Manuel Jiménez García, Secretario General de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital, cargo que ostenta en virtud de nombramiento efectuado por Decreto 73/2019, de 16 de julio (DOE núm. 137, de 17 de julio), actuando en el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas por el Decreto 165/2019, de 29 de octubre, (DOE núm. 214 de 6 de noviembre), por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital, y por Resolución de 18 de julio de 2019, del Consejero, por la que se delegan en la Secretaría General competencias en diversas materias (DOE núm.141, de 23 de julio), autorizado para la suscripción del presente Convenio mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura en su sesión del día 6 de septiembre de 2022.
De otra parte, D. Miguel Bernal Carrión, con DNI número ***8643**, en nombre y representación de la sociedad Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU , con NIF n.º B06253488 y domicilio en Avenida José Fernández López, n.º 4, 06800 Mérida, en su condición de Consejero Delegado, cargo para el que fue nombrado por acuerdo del Consejo de Administración adoptado el día 7 de agosto de 2015, elevado a Escritura Pública en Mérida el día 20 de agosto de 2015, ante el Notario del Ilustre Colegio de Extremadura con residencia en Mérida, D. Gonzalo Fernández Pugnaire, con n.º de protocolo 943, e inscrita en el Registro Mercantil de Badajoz, el día 20 de agosto de 2015, al tomo 534, folio 210Vª, hoja BA-7-782, inscripción 44ª.
Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua legitimidad y capacidad suficiente para obligarse mediante el presente convenio en los términos que en él se contienen y, al efecto
MANIFIESTAN
Primero. Con fecha 21 de junio de 2021 se suscribe por parte de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital de la Junta de Extremadura, el convenio por el que se formalizan las aportaciones económicas a favor de la Sociedad Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU para financiar la realización de determinados proyectos en el ámbito de la Secretaría General de Economía y Comercio (DOE núm. 140 de 22 de julio).
Segundo. El objeto del convenio era formalizar tres transferencias específicas para financiar actuaciones de internacionalización de la empresa extremeña 2021-2022, que tiene carácter plurianual, al amparo del Programa Operativo FEDER Extremadura 2014-2020 mediante la aplicación de la regla n+3 del citado programa operativo, para las anualidades 2021-2022.
Mediante el citado convenio, de carácter plurianual, se formalizan tres transferencias específicas a favor de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, en el ANEXO del proyecto de gastos de la Sección 14 Consejería de Economía e Infraestructuras y en el Servicio 03 Secretaría General de Economía y Comercio .
1. 20150288 TE: Extremadura Avante Servicios Avanzados a la Pyme. Internacionalización empresas extremeña. Importe anual para los ejercicios 2021-2022: 1.780.729,00 €.
2. 20170254 TE: Extremadura Avante Servicios Avanzados a la Pyme. Ayudas para acciones de promoción internacional. Importe anual para los ejercicios 2021-2022: 2.017.000,00 €.
3. 20170255 TE: Extremadura Avante Servicios Avanzados a la Pyme. Programa internacionalización de las industrias extremeñas. Importe anual para los ejercicios 2021-2022: 176.455,00 €.
Tercero. En la cláusula quinta del convenio, se establece que se podrán celebrar adendas al citado convenio para modificar el contenido del mismo. A tal efecto, se entenderá necesaria la formalización de adenda, cuando las posibles variaciones superen el 20% del presupuesto entre operaciones, dentro de cada actividad o una desviación superior a un 10% de presupuesto entre cada una de las actividades. Todo ello respecto del importe previsto para cada anualidad y siempre que previamente sea acordado por la Comisión de Seguimiento.
En fecha, 25 de julio de 2022 se reúne telemáticamente la comisión, considerándose necesario, tal y como se recoge en la correspondiente acta, la realización de modificaciones al convenio firmado que no suponen cambio del objeto previsto en la cláusula primera, ni implican alteración del importe global del gasto, pero sí reajuste presupuestario de actividades y la ampliación de la eficacia del mismo hasta el 30 de junio de 2023.
Estando prevista inicialmente la finalización del convenio el próximo 31 de diciembre de 2022 y ante la imposibilidad de poder realizar las actuaciones vertebradoras que apoya el tejido empresarial extremeño, se propone ampliar la eficacia del convenio actual para la TE: Extremadura Avante Servicios Avanzados a la Pyme. Ayudas para acciones de promoción internacional , con cargo al presupuesto no ejecutado en dicha transferencia durante la anualidad 2021.
Se trataría por un lado, de ampliar la transferencia específica Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, Ayudas para Acciones de Promoción Internacional para la anualidad 2023, incrementándose en una anualidad la misma y dotándose por importe total de 1.272.162,14 euros, financiándose con fondos FEDER, y por otro lado y, como consecuencia de lo anterior, de celebrar una adenda al convenio por el que se formalizan tres transferencias específicas de carácter plurianual a favor de la empresa pública Extremadura Avante Servicios avanzados a Pymes, SLU, para financiar actuaciones de internacionalización de la empresa extremeña 2021-2022, con el objeto de prolongar la eficacia del mismo hasta 30 de junio de 2023 y de aumentar el número de las actividades relacionadas con la transferencia que se pretende ampliar.
De este modo, esta adenda recogería la modificación de las cláusulas tercera, quinta, sexta y novena del convenio, así como el ANEXO II, con el siguiente presupuesto:
20170254 TE: Extremadura Avante Servicios Avanzados a la Pyme. Ayudas para acciones de promoción internacional. Importe anual para el ejercicio 2021: 744.837,86 €. Importe anual para el ejercicio 2022: 2.017.000,00 €. Importe para el ejercicio 2023: 1.272.162,14 €.
También se modifica el Anexo IV en cuanto a la fecha de presentación de la memoria técnica para esta transferencia cuya ejecución se ve ampliada hasta el 30 de junio de 2023.
Cuarto. Ambas partes entienden adecuado modificar el convenio para adecuar su contenido a lo dispuesto anteriormente.
Por todo ello, ambas partes, acuerdan suscribir el presente convenio que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Modificación de la cláusula tercera del convenio.
Se modifica la cláusula tercera del convenio, relativa a la financiación, modificándose el desglose del presupuesto para el desarrollo de las actividades con cargo a la TE: Extremadura Avante Servicios Avanzados a la Pyme. Ayudas para acciones de promoción internacional, quedando de la siguiente forma:
La financiación de las actuaciones a llevar a cabo derivadas de la ejecución de las actuaciones de internacionalización de la empresa extremeña se llevará a cabo a través de tres transferencias específicas de carácter plurianual, por un importe global para el periodo 2021-2023 de 7.948.368,00 euros, con el siguiente desglose por anualidades e imputación presupuestaria:
Proyecto de Gasto Aplicación Presupuestaria 2021 2022 2023
20150288 14.003.341A.743.03 1.780.729,00 € 1.780.729,00 € -
20170254 14.003.341A.743.03 744.837,86 € 2.017.000,00 € 1.272.162,14 €
20170255 14.003.341A.743.03 176.455,00 € 176.455,00 € -
TOTAL 2.702.021,86 € 3.974.184,00 € 1.272.162,14 €
En función de las actuaciones a llevar a cabo, el desglose de cada una de las Transferencias Específicas por actividades es el siguiente:
PROGRAMA DE INTERNACIONALIZACIÓN DE LA EMPRESA EXTREMEÑA
ACTIVIDADES 2021 2022 2023
1. MISIONES COMERCIALES INVERSAS. 280.121,75 € 280.121,75 € 0 €
2. PROMOCIONES SECTORIALES. 112.710,06 € 112.710,06 € 0 €
3. JORNADAS OPORTUNIDADES. 28.968,75 € 28.968,75 € 0 €
4. RED EXTERIOR. 382.069,58 € 382.069,58 € 0 €
5. SERVICIOS PERSONALIZADOS. 116.058,67 € 106.058,67 € 0 €
6. DIFUSIÓN INTERNACIONAL DE MARCAS PROMOCIONALES DE EXTREMADURA. 557.454,55 € 557.454,55 € 0 €
7. PLAN DESARROLLO INTERNACIONAL DEL SECTOR INDUSTRIAL DE EXTREMADURA. 95.421,82 € 95.421,82 € 0 €
8. LICITACIONES PÚBLICAS INTERNACIONALES. 45.163,64 € 45.163,64 € 0 €
9. PLATAFORMA VIRTUAL. 162.760,18 € 172.760,18 € 0 €
TOTAL 1.780.729,00 € 1.780.729,00€ 0 €
PROGRAMA DE AYUDAS PARA ACCIONES DE PROMOCIÓN INTERNACIONAL
ACTIVIDADES 2021 2022 2023
1. FERIAS CON CARÁCTER INTERNACIONAL. 674.375,85 € 1.698.442,11 € 1.159.200,00 €
2. MISIONES COMERCIALES DIRECTAS. 53.099,77 € 234.442,80 € 112.962,14 €
3. VISITAS PROFESIONALES. 17.362,24 € 84.115,09 € 0,00 €
TOTAL 744.837,86 € 2.017.000,00 € 1.272.162,14 €
PROGRAMA INTERNACIONALIZACIÓN DE LAS INDUSTRIAS EXTREMEÑAS
ACTIVIDADES 2021 2022 2023
1. PLAN COMPITE 90.727,50 € 90.727,50 € 0 €
2. PLAN CONQUISTA 85.727,50 € 85.727,50 € 0 €
TOTAL 176.455,00 € 176.455,00 € 0 €
Para la ejecución de las tres transferencias específicas y el desarrollo de las actividades de los tres programas, se habían estimado los siguientes recursos humanos para las anualidades 2021-2022:
PERSONAL IMPUTADO (11 PAX) HORAS AÑO HORAS MES COSTE MENSUAL COSTE ANUAL
TÉCNICO 1 1.652 138 2.896,97 34.763,64
TÉCNICO 2 1.652 138 2.896,97 34.763,64
TÉCNICO 3 1.652 138 2.896,97 34.763,64
TÉCNICO 4 1.652 138 2.896,97 34.763,64
TÉCNICO 5 1.652 138 2.896,97 34.763,64
TÉCNICO 6 1.652 138 2.896,97 34.763,64
TÉCNICO 7 1.652 138 2.896,97 34.763,64
TÉCNICO 8 1.652 138 2.896,97 34.763,64
TÉCNICO 9 1.652 138 2.896,97 34.763,64
TÉCNICO 10 1.652 138 2.896,97 34.763,64
TÉCNICO 11 1.652 138 2.896,97 34.763,64
TÉCNICO 12 1.652 138 3.124,59 37.495,09
TÉCNICO 13 1.652 138 2.938,76 35.265,09
TOTAL 13 PAX 21.476 1.794 37.930,02 455.160,22
Para la anualidad 2023, teniendo en cuenta que la adenda tan sólo aplicará a la T.E. Ayudas de Promoción Internacional, se estiman necesarios 4 técnicos que se imputarán durante los 6 meses de ampliación de la eficacia del convenio.
De este modo, para la ejecución de la transferencias específica y el desarrollo de las actividades del Programa de Ayudas para acciones de Promoción Internacional durante seis meses de la anualidad 2023, se estiman los siguientes recursos humanos:
Desglose de horas y coste por técnico:
PERSONAL IMPUTADO (4 PAX) HORAS ANUALES* (6 meses) HORAS MES COSTE MENSUAL COSTE ANUAL** (6 meses)
TÉCNICO 1 826 137,6625 3.083,3325 18.500,00
TÉCNICO 2 826 137,6625 3.083,3325 18.500,00
TÉCNICO 3 826 137,6625 3.083,3325 18.500,00
TÉCNICO 4 826 137,6625 3.083,3325 18.500,00
TOTAL 4 PAX 3.304 550,67 12.333,33 € 74.000,00 €
*Horas anuales estimadas sobre una jornada anual de 1.652 horas/año, para 6 meses.**Coste estimado sobre un salario anual de 37.000 € por técnico, para 6 meses.
Desglose de horas y coste por actividad:
PERSONAL IMPUTADO (4 PAX) HORAS ANUALES* (6 meses) HORAS MES COSTE MENSUAL COSTE ANUAL* (6 meses)
FERIAS 2.643,20 440,535 9.866,665 59.200,00
MCD 660,80 110,135 2.466,665 14.800,00
TOTAL 4 PAX 3.304 550,67 12.333,33 € 74.000,00 €
Segunda. Modificación de la cláusula quinta del convenio.
Se modifica el apartado primero de la cláusula quinta del convenio, relativa ejecución de los programas y forma de justificar las transferencias específicas y se añade un tercer párrafo en el apartado primero, quedando la cláusula quinta con la siguiente redacción:
1. Las actuaciones a financiar con cargo a cada transferencia específica deberán haberse realizado entre el 1 de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2022, ambos inclusives. No obstante, en el supuesto de que de una actuación concreta se deriven gastos en distintas anualidades, cada uno de esos gastos se imputará a la anualidad en que se ejecute la actividad u operación que ha conllevado tales gastos.
En casos excepcionales, se podrán imputar gastos generados antes del 1 de enero de cada anualidad, siempre que sean puntuales y en todo caso sean imprescindibles y necesarios para la puesta en marcha e inicio de las actividades objeto de este convenio y cualquiera de sus prórrogas, concretamente en conceptos de alquiler de suelos y stands de exposición de las ferias con carácter internacional.
En todo caso, para la anualidad 2023, las actuaciones a financiar con cargo a la transferencia específica Extremadura Avante Servicios Avanzados a la Pyme. Ayudas para acciones de promoción internacional, deberán realizarse entre el 1 de enero de 2023 y el 30 de junio de 2023, ambos inclusives.
2. La justificación de los gastos deberá realizarse conforme a las instrucciones indicadas en el Anexo IV del presente convenio y las medidas que garanticen su trazabilidad recogidas en ese mismo Anexo IV (Cuadro resumen de actuaciones, Relación de facturas imputadas y justificantes de pago, Relación de subvenciones imputadas a cada transferencia, Gastos de personal de cada trabajador imputado a cada transferencia y Dietas y desplazamientos de cada trabajador imputado a cada transferencia).
3. Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU ejecutará las actividades y operaciones mencionadas en la cláusula segunda, siguiendo el desglose de tareas que se adjunta en el Anexo I, II y III, e informará sobre el nivel de logro de los indicadores de cumplimiento de cada programa.
Sin perjuicio de lo anterior, se podrán celebrar adendas al presente convenio para modificar el contenido del mismo. A estos efectos, no se entiende necesaria la formalización de adenda, cuando las posibles variaciones no superen el 20% del presupuesto entre las diferentes operaciones, dentro de cada actividad, o una desviación de hasta un 10% de presupuesto entre cada una de las actividades. Todo ello respecto del importe previsto para cada anualidad y siempre que previamente sea acordado por la Comisión de Seguimiento.
4. Cuando el marco regulador de los fondos con cargo a los que se financian las distintas actuaciones, sea objeto de modificación, la destinataria de las transferencias quedará obligada a cumplir con los nuevos requerimientos que se establezcan, suscribiéndose la correspondiente Adenda al Convenio.
5. La Sociedad Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU llevará una contabilidad y facturación pormenorizada y separada para estas transferencias específicas a desarrollar en cumplimiento de lo establecido en el presente Convenio.
En todo caso dispondrá de un sistema de contabilidad analítica de las actuaciones realizadas a desarrollar en cumplimiento de lo establecido en el presente Convenio.
Con respecto a la forma de justificación de los medios humanos asignados a las actividades del convenio, Extremadura Avante Servicios Avanzados a a Pymes, SLU establecerá un sistema de control cabal y trazable, permitiendo monitorizar el número de horas de cada técnico efectivamente imputables.
Asimismo, deberán conservar los expedientes y los justificantes de gastos y pagos con­forme se establece en las instrucciones indicadas en el Anexo IV del presente Convenio, que estarán a disposición de esta Consejería, de los órganos de fiscalización y control financiero y de los órganos de control de la Unión Europea durante un plazo de tres años a partir del 31 de diciembre siguiente a la presentación de las cuentas en las que estén incluidos los gastos de la operación en los términos del artículo 140 del Reglamento (UE) n.º 1303/2013, en tanto puedan ser objeto de actuaciones de comprobación y control.
6. Con respecto a la incorporación de nuevo personal deberán cumplirse los trámites que establece el artículo 27.5 de la Ley 1/2021, de 3 de febrero, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2021. En este particular, debe tenerse en cuenta lo establecido en la Resolución de 5 de marzo de 2021, de la Vicepresidenta Primera y Consejera, por la que se ordena la publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura de 3 de marzo de 2021, por el que se establecen las directrices para la incorporación de personal indefinido y la contratación de personal temporal por las entidades del sector público empresarial y fundacional de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura en 2021. (DOE núm. 47 de 10 de marzo).
7. Sin perjuicio de todo lo anterior, y de conformidad con el artículo 125 del citado Reglamento (UE) n.º 1303/2013, de 18 de diciembre, la Sociedad Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU reconoce y acepta, para las transferencias específicas recogidas en el presente Convenio, el cumplimiento de los requisitos específicos indicados en el Anexo V (D.E.C.A.) del mismo, al estar sujeta a cofinanciación por parte de la Unión Europea.
En el caso de aquellas actuaciones que se materializan en la concesión de una ayuda, la aceptación de la misma, supone aceptar la inclusión de la operación y sus datos en la lista de operaciones prevista en el artículo 115.2 del Reglamento (UE) número 1303/2013, del Parlamento y Consejo, de 17 de diciembre, así como en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
8. Para la justificación total de las transferencias específicas, el centro gestor deberá remitir a la Intervención delegada un certificado en el que haga constar las actuaciones realizadas y su coste, el objeto de las mismas, que son gastos acogidos a las presentes transferencias, que están efectivamente realizados y acreditados mediante facturas o documentos de valor probatorio equivalentes, y que los mismos han sido pagados. Del mismo modo el certificado deberá indicar la fecha y el objeto que contiene la factura o documento justificativo de los gastos .
Tercera. Modificación de la cláusula sexta del convenio.
Se modifican los apartados primero y segundo de la clausula sexta relativa al pago y forma de justificación de las aportaciones dinerarias, quedando la redacción de la cláusula sexta como sigue:
1. Estas transferencias específicas tienen un carácter plurianual y los pagos de las mismas se harán efectivos, con carácter general de conformidad con lo dispuesto en el artículo 108.1 de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura y en el artículo 3.1 del Decreto 105/2005, de 12 de abril, por el que se aprueba el Plan de disposición de fondos de la Tesorería de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2005.
No obstante lo anterior, se establecen los siguientes requisitos previos a los abonos corres­pondientes:
El pago se realizará trimestralmente, por cuartas partes del crédito presupuestario correspondiente.
Si a la firma del presente convenio o de las sucesivas adendas hubiera transcurrido más de un trimestre de la anualidad que proceda, podrá acumularse para su abono, las cuantías que correspondan a los trimestres en curso.
Los sucesivos abonos, estarán supeditados a la justificación de un equivalente del 25 % de la anualidad.
Para proceder al abono de las cantidades correspondientes a una nueva anualidad, deberá haberse justificado previamente el 100% de la anualidad anterior.
En todo caso, las justificaciones a presentar por Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, a efectos de proceder al pago de los últimos anticipos correspondientes, deben presentarse hasta el 10 de diciembre de cada año. No obstante, por motivos debidamente justificados y siempre que sea acordado por la Comisión de Seguimiento, se podrá ampliar este plazo hasta el 20 de diciembre de cada año.
Para la anualidad 2023, las justificaciones a presentar por Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, a efectos de proceder al pago de los últimos anticipos correspondientes con cargo a la transferencia específica Extremadura Avante Servicios Avanzados a la Pyme. Ayudas para acciones de promoción internacional, deben presentarse hasta el 15 de junio de 2023.
2. Los últimos gastos pendientes de justificar, se deberán presentar antes del día 31 de marzo del año siguiente al de la anualidad a justificar, conforme a las instrucciones que se adjuntan como ANEXO IV de este convenio. Para la anualidad 2023, los últimos gastos pendientes de justificar con cargo a la transferencia específica Extremadura Avante Servicios Avanzados a la Pyme. Ayudas para acciones de promoción internacional, se deberán presentar antes del día 31 de julio de 2023.
3. No obstante, Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU podrá renunciar, siempre que esté suficientemente motivado a los pagos que no se hayan realizado por parte de la Junta de Extremadura, mediante escrito dirigido al órgano gestor, manifestando que no va a ejecutar gasto por el importe no ejecutado de la transferencia correspondiente, al que acompañará una certificación del representante legal de la misma en la que conste el porcentaje máximo que va a ser ejecutado.
El centro gestor procederá a la anulación de los saldos de los compromisos de gastos co­rrespondientes para esa anualidad. Presentada dicha renuncia, cualquier porcentaje de gasto realizado que supere al comunicado al centro gestor, será por cuenta Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU .
Cuarta. Modificación de la cláusula novena del convenio.
Se modifica la cláusula novena relativa a la eficacia del convenio, que queda con la siguiente redacción:
El presente Convenio entrará en vigor el día de su firma y estará vigente hasta el 30 de junio de 2023. Todo ello sin perjuicio de lo dispuesto sobre la ejecución de los programas, el plazo y la forma de justificar cada una de las transferencias.
Excepto acuerdo entre las partes, la finalización de los efectos del presente Convenio no supondrá la extinción de las acciones que se estuvieran ejecutando a su amparo, debiéndose finalizar a plena satisfacción de la Junta de Extremadura. Así mismo, cualquiera de las partes podrá, en todo momento, formular denuncia escrita ante la otra con una antelación mínima de tres meses a la fecha en que desee dar por finalizado el presente Convenio, sin perjuicio de lo recogido en el párrafo anterior sobre la terminación completa de las actividades que estén en ejecución .
Quinta. Modificación del Anexo II del convenio.
Se modifica el Anexo II del convenio, que queda sustituido íntegramente por el ANEXO incorporado a la presente adenda.
Sexta. Modificación del Anexo IV del convenio.
Se modifica el Anexo IV del convenio en su apartado primero 1.B), en lo relativo a la memoria técnica, quedando citado apartado con la siguiente redacción:
B) Memoria técnica:
Se deberá presentar memoria técnica donde se describan las actuaciones realizadas junto con el desglose por cada una de las actividades, deberá contener el siguiente índice:
— Descripción general de cada una de las Actuaciones, incluyendo los objetivos de cada una de ellas.
— Cuadro Resumen de Costes por Actuaciones.
— Resumen de todas las Actividades, que deberá incluir:
Lugar y fecha de celebración de la actividad
Número y nombre de los participantes extremeños en los casos que corresponda
Dossier fotográfico que incluya la publicidad
— Logro y alcance de los indicadores establecidos al efecto en el presente Convenio.
La memoria técnica que recoja las actuaciones realizadas en el caso de las transferencias específicas correspondientes a Internacionalización empresas extremeña y al Programa internacionalización de las industrias extremeñas deberá presentarse antes del 31 de marzo de la anualidad siguiente a la que se ejecute el gasto tal y como se establece en las cláusulas quinta y sexta.
Para el caso de la transferencia específica Extremadura Avante Servicios Avanzados a la Pyme. Ayudas para acciones de promoción internacional, con respecto a la justificación de la anualidad 2023, la misma se deberá presentar antes del 31 de julio de 2023 .
Séptima. Eficacia y publicidad de la adenda.
La presente adenda tendrá efectos desde su firma por ambas partes.
La presente adenda será publicada en el Diario Oficial de Extremadura.
Y en prueba de conformidad, ambas partes firman el presente convenio en duplicado ejemplar y a un solo efecto en la fecha y lugar mencionados en el encabezamiento.
El Consejero de Economía, Ciencia y Agenda Digital
(DOE n.º 141, de 23 de julio)
El Secretario General
Manuel Jiménez García
El Consejero Delegado de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU.
Miguel Bernal Carrión
ANEXO II
Uno. Transferencia específica. TE: Extremadura Avante Servicios Avanzados a la Pyme. Acciones de Promoción Internacional .
Se recoge en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2021, Sección 14 Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital , Servicio 003 Secretaría General de Economía y Comercio y Programa 341A “Comercio de calidad y artesanía extremeña” a favor de la sociedad “Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU”, por importe de 2.017.000,00 euros, para la anualidad 2021 con cargo a la aplicación presupuestaria 14.003.341A.743.03, Proyecto 20170254, denominado “Extremadura Avante Servicios Avanzados a la Pyme Ayudas para acciones de Promoción Internacional” Cofinanciado en un 80% por Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER): Programa Operativo FEDER de Extremadura 2014-2020 y se encuadra en el Eje Prioritario-Objetivo Temático 3 “Mejorar la competitividad de las PYME, del sector agrícola (en el caso del FEADER) y del sector de la Pesca y la acuicultura (en el caso del FEMP)”, Prioridad de Inversión 4. Apoyo a la capacidad de las PYMES para crecer en los mercados regionales, nacionales e internacionales y en los procesos de innovación; Objetivo específico 3.4.1. Promover el crecimiento y la consolidación de las PYME, en particular mejorando su financiación, tecnología y acceso a servicios de apoyo avanzados; incluyendo los sectores agrícolas, pesquero, marino, marítimo, turístico, cultural, comercial y de rehabilitación de edificación, así como a las PYME y autónomos dedicados al comercio minorista o venta ambulante.
Dos. Actividades a realizar.
Las actividades contenidas en el Programa Acciones de promoción internacional objeto de esta transferencia específica son las siguientes:
Actividad 1. Ferias de carácter internacional.
1.1. Introducción:
Las ferias son mercados vivos para realizar operaciones comerciales y centros neurágicos donde poder intercambiar opiniones y detectar tendencias. En ellas se concentran la mejor fuente de información del sector, lo que unido a la presencia de empresas extranjeras las convierte en un excelente medio para fomentar la expansión de una empresa en el ámbito exterior.
Extremadura Avante, SAP, realiza todas las acciones precisas para una adecuada presencia institucional de la Junta de Extremadura y/o del tejido empresarial extremeño en los certámentes internacionales, así como los nacionales con carácter internacional, de mayor interés para los distintos sectores de la economía extremeña.
Estas acciones de promoción son muy eficaces para impulsar la internacionalización de los sectores productivos de la región por varios motivos:
Toman el pulso al mercado y permiten conocer las tendencias actuales y futuras.
Generan nuevas oportunidades de comercialización.
Contribuyen a incrementar las exportaciones.
Refuerzan la imagen de las empresas y la región.
1.2. Objetivos:
El objetivo general es el de promocionar los productos y servicios de las empresas e instituciones extremeñas a través de la participación agrupada en las ferias de carácter internacional, promoviendo una imagen positiva de Extremadura a nivel nacional e internacional.
1.3. Desarrollo de la actividad:
Mediante esta actividad Extremadura Avante, SAP, ofrece a las empresas extremeñas espacios de exposición presencial o virtual para que puedan promover sus productos y servicios y desarrollar su labor comercial.
Las modalidades de participación en los certámenes feriales pueden ser:
a) En stand bajo pabellón nacional: Son aquellas ferias internacionales que están coordinadas por el Instituto de Comercio Exterior de España (ICEX), la Federación Española de Industrias de la Alimentación y Bebidas (FIAB) u otros organismos similares.
Se trata de eventos con mucha relevancia para el sector/es objetivo, donde la presencia de las empresas con un espacio dentro de un stand agrupado o bien en un espacio de exposición virtual con la imagen de España beneficia comercialmente a las mismas. En este caso, Extremadura Avante, SAP, gestiona la participación de las empresas extremeñas directamente a través de estos organismos.
b) En stand agrupado: Se trata de ferias internacionales o nacionales con carácter internacional de gran relevancia para el sector/es objetivo, donde las empresas se exponen en calidad de co-expositores en un stand agrupado o en un espacio de exposición virtual con la imagen conjunta de Extremadura.
En este caso, Extremadura Avante, SAP, gestiona el alquiler del suelo o del espacio virtual directamente con la organización ferial. En caso presencial, los servicios de diseño, montaje, mantenimiento y desmontaje del stand se realizan mediante contratación con terceros o con la propia organización ferial.
c) En stand bajo pabellón autonómico: Se trata de ferias internacionales en las que Extremadura participa como institución para promocionar la región en su conjunto, mantener relaciones institucionales con los organismos en destino y promover los intercambios comerciales.
En este caso, Extremadura Avante, SAP, gestiona un espacio de exposición presencial o virtual (modular o de diseño).
La variada tipología de ferias dificulta la existencia de un guión único y estandarizado de tareas y gestiones a realizar por Extremadura Avante, SAP. No obstante, a continuación se indican las principales gestiones, comunes a la mayoría de las operaciones contempladas en esta actividad, con el objetivo de garantizar su correcto desarrollo:
Antes de la operación: Contratación del espacio de exposición conjunto, presencial o virtual (diseño, montaje, mobiliario, conexiones al espacio virtual, etc..), así como de los servicios obligatorios marcados por las organizaciones feriales (acometidas electricas, seguros, presencia en elementos promocionales, etc.), realización y coordinación de la distribución de espacios, identificación y decoración de los stands individuales o espacios de exposición virtual, interacción continuada con las empresas expositoras, las organizaciones feriales y terceros proveedores.
Durante la operación: Desplazamiento al lugar de desarrollo de la feria y supervisión del montaje del stand (si procede), verificación de las condiciones de participación virtual, así como de la correcta prestación de todos los servicios contratados. Recepción, asesoramiento y acompañamiento a las empresas expositoras, durante el desarrollo del evento, ya sea presencial o virtual, así como control de su correcta participación; recepción e información a los visitantes sobre Extremadura y el sector/es representado/s en la feria.
Después de la operación: Recopilación de los comentarios y valoraciones de las empresas extremeñas participantes en la feria con el objetivo de valorar los aspectos a mejorar o potenciar de cara a acciones futuras, así como recepción de la documentación solicitada en relacion a la convocatoria (informes, fotos, etc.) cuando proceda.
1.4. Beneficiarios:
Tendrán la consideración de beneficiarios las personas físicas, las personas jurídicas y los consorcios de exportación que tengan la consideración de Pyme, incluyendo las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, que ejerzan una actividad económica propia en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que cumplan las condiciones establecidas en las correspondientes bases reguladoras.
Las plazas de participación como co-expositores estarán limitadas por la superficie en m2 de suelo contratado en las ferias presenciales, o el número de espacios virtuales de exposición. La contratación de la superficie presencial o de espacios virtuales de exposición estará sujeta a diversos factores: disponibilidad de m2 por parte de la organización ferial, evolución de la participación y superficie o espacios virtuales contratados en años anteriores, previsión de empresas interesadas, presupuestos anuales, entre otros.
1.5. Requisitos:
Los beneficiarios de las ayudas tendrán que cumplir con los siguientes requisitos:
a) Ejercer una actividad económica en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
b) Hallarse al corriente de sus obligaciones fiscales y tributarias, frente a la Seguridad Social, la Hacienda Estatal y la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en la forma determinada, en cada momento, por la normativa aplicable.
c) No incurrir en alguna de las prohibiciones a que se refiere el artículo 12.2 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo de Subvenciones de Extremadura.
d) Cumplir con las condiciones específicas de participación y las obligaciones que, de forma concreta, sean establecidas en cada una de las convocatorias.
1.6. Criterios de selección:
Los solicitantes que cumplan los requisitos exigidos seran ordenados según la puntuación obtenida en base a los criterios de valoración que, en cada convocatoria, se establezcan para evaluar la capacidad de internacionalización de la empresa interesada en participar y la idoneidad con relación a las características del evento de que se trate, hasta cubrir el número de plazas disponibles.
Se establece como criterio de desempate entre los solicitantes el orden de registro de la solicitud de participación en cada una de las operaciones, tomando como referencia la fecha de recepción de la solicitud.
No será necesario fijar un orden de prelación entre las solicitudes presentadas que reúnan los requisitos establecidos, en el caso de que el número de plazas disponibles en una convocatoria sea superior al número de solicitudes, una vez finalizado el plazo de presentación.
La aceptación final de la empresa co-expositora que haya obtenido la condición de beneficiaria tras el proceso de selección estará vinculada a la decisión por parte de los diferentes organismos organizadores (instituciones feriales y/u organismos intermedios organizadores), independientemente de los criterios de valoración aplicados por Extremadura Avante, SAP.
En el caso de ferias virtuales, tampoco será necesario fijar un orden de prelación para la selección de los beneficiarios, cuando el número de espacios virtuales disponibles sea superior al de solicitudes presentadas que reúnan los requisitos establecidos.
La Consejería con competencias en esta materia establecerá el procedimiento para garantizar la ausencia de conflicto de intereses tanto del personal de dicha Consejería, como del personal de Extrremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, que sean miembros de la Comisión de Valoración encargada de realizar el proceso de selección de entidades que participan en esta acción.
En el acta, deberá recogerse la declaración o manifestación, por parte de todos los miembros de la misma, de que no concurre ningún conflicto de interés que pueda comprometer su imparcialidad e independencia durante el procedimiento, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 61 del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, sobre las normas financiera aplicables al presupuesto general de la Unión, por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.º. 1296/2013, (UE) n.º. 1301/2013, (UE) n.º. 1303/2013, (UE) n.º. 1304/2013, (UE) n.º. 1309/2013, (UE) n.º. 1316/2013, (UE) n.º. 223/2014 y (UE) n.º. 283/2014 y la Decisión n.º. 541/2014/UE y por el que se derogal el Reglamento (UE, Euratom) n.º. 966/2012.
1.7. Procedimiento de concesión de la ayuda:
El procedimiento de concesión se realizará a partir del acuerdo de convocatoria de las ayudas, de conformidad con las correspondientes bases reguladoras y en base a lo establecido en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
El procedimiento de selección de los beneficiarios se tramitará, igualmente, de acuerdo a lo previsto en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en lo que resulte de aplicación y, más concretamente, conforme a lo previsto en la Disposición Adicional Segunda, encontrando Extremadura Avante, SAP, habilitación suficiente al efecto en su norma de creación, concretamente en el apartado 2 del artículo 2 de la Ley 20/2010, de 28 de diciembre, de concentración empresarial pública en la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su redacción dada por la reciente Ley 8/2016, de 12 de diciembre, de medidas tributarias, patrimoniales, financieras y administrativas de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
En todo caso, y para todas las convocatorias que se realicen al amparo de este Convenio, se dará cumplimiento a los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación, dándose de todo ello la oportuna difusión en la web www.extremaduraavante.es.
Las empresas interesadas podrán consultar toda la información de la convocatoria y descargar online los formularios de solicitud durante el plazo de admisión estipulado. Una vez cerrado dicho plazo, se verificará el cumplimiento de los requisitos y se iniciará la valoración de las solicitudes que los cumplan, lo que dará como resultado una lista ordenada por puntuación de mayor a menor. Las plazas disponibles serán asignadas a los solicitantes con mayor puntuación hasta cubrir la superficie o el número de espacios virtuales contratados en cada operación específica.
1.8. Publicidad:
En cumplimiento de los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación, se procederá a publicar en el Diario Oficial de Extremadura tanto el extracto de esta convocatoria como la convocatoria en sí. La Base de Datos Nacional de Subvenciones, dará traslado a dicho diario del extracto de la convocatoria para su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura y en el artículo 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, salvo lo dispuesto en el párrafo tercero del anterior apartado 1.7.
Extremadura Avante, SAP, publicará en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de subvenciones http://ciudadano.gobex.es/, las subvenciones concedidas con expresión de la convocatoria, programa y crédito presupuestario al que se imputen, beneficiario, cantidad concedida, finalidad o finalidades de la subvención, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo.
No será necesaria la publicación en el Diario Oficial de Extremadura cuando los importes de las subvenciones concedidas, individualmente consideradas, sean de cuantía inferior a 3.000 euros. En estos casos la concesión se hará pública mediante la exposición en el tablón de anuncios que corresponda, independientemente de la notificación individual que se realice a cada beneficiario.
Se remitirá a la Base de Datos Nacional de Subvenciones, a través del Servicio que corresponda, la información sobre las convocatorias y las resoluciones de concesión en los términos previstos en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Tanto el listado de empresas beneficiarias como las ayudas concedidas serán también publicados en la web www.extremaduraavante.es.
En cumplimiento de los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación, se procederá a publicar el correspondiente anuncio en la web www.extremaduraavante.es, en el que se incluirán los objetivos de estas actividades, los beneficiarios, los requisitos de acceso y de selección de los beneficiarios del programa, el periodo de ejecución, así como aquellas actividades cuyo gastos resulten susceptibles de ayuda, con independencia de la aporobación de las correspondientes Bases Reguladoras.
1.9. Compromisos de los beneficiarios:
Los beneficiarios de las ayudas deberán:
Cumplir el objetivo que fundamenta la concesión de la subvención, en la forma y plazos establecidos en la correspondiente convocatoria.
Justificar ante el órgano concedente, en los términos previstos en la convocatoria y demás legislación concordante, el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determine la resolución de concesión de subvención.
Someterse a las actividades de comprobación a efectuar por el órgano concedente, a las de control financiero que correspondan a la Intervención General de la Junta de Extremadura y a las previstas en la legislación del Tribunal de Cuentas, así como, en su caso, a las de las instituciones de la Unión Europea, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de estas actividades.
No solicitar ni obtener cualquier otra ayuda, subvención, ingreso o recurso con cargo a los presupuestos de la Junta de Extremadura por los mismos conceptos, para el mismo proyecto o actividad.
Las entidades beneficiarias deberán estar en posesión de cuantas autorizaciones y licencias exija la legislación vigente para el ejercicio de su actividad, pudiendo ser requeridas en cualquier momento por el órgano concedente de la subvención para la acreditación documental de dichos extremos.
1.10. Medios técnicos y humanos:
Para la realización de las operaciones de esta actividad, Extremadura Avante, SAP, cuenta con medios materiales y técnicos suficientes para dar cobertura a las necesidades generales de las mismas, sin perjuicio de aquellos costes que se generan por la especial naturaleza de cada operación en concreto y que forman parte del objeto de la propia transferencia.
Se estiman los siguientes recursos humanos, para cada anualidad 2021-2022:
6 Técnicos de internacionalización (2.973,10 horas anuales).
Para la anualidad 2023 (6 meses), se estiman los siguientes recursos humanos:
4 Técnicos de internacionalización (2.643,20 horas para 6 meses).
Las relaciones laborales del personal adscrito al Convenio estarán en el ámbito de aplicación del "II Convenio Colectivo Extremadura Avante y, en todo lo no previsto en el citado Convenio Colectivo, se estará a los dispuesto en el Estatuto de los Trabajadores y demás disposiciones legales o reglamentarias que resultasen de aplicación.
La jornada laboral del personal adscrito al Convenio será a jornada completa, esto es treinta y siete horas y media (37,5 horas) semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual (Artículo 20. II Convenio Colectivo Extremadura Avante), quedando la jornada anual máxima establecida en 1652 horas. En este caso, para la anualidad 2023 la jornada anual máxima para los 6 meses queda establecida en 826 horas.
Los medios humanos que Extremadura Avante, SAP, financiará con cargo a esta transferencia específica, y empleará para la realización de las diferentes operaciones de la actividad, tendrán una formación de estudios adecuada para la correcta ejecución de las mismas, como se detalla a continuación:
PERFIL
Técnico de internacionalización: con titulación universitaria en ramas de Administración y Dirección de empresas, económicas, derecho, sociología, empresariales, humanidades e Ingenierías Técnicas, con experiencia mínima de 2 años en el asesoramiento y orientación empresarial. 6 técnicos anualidades 2021-20224 técnicos 2023
La selección del nuevo personal que se contrate para la prestación de sus servicios en esta transferencia específica se realizará bajo los principios de objetividad, transparencia, igualdad de oportunidades y no discriminación.
Se estima que la dedicación a cada actividad para cada anualidad 2021-2022 será la que se refleja en el siguiente cuadro:
HORASMENSUALES HORASANUALES COSTEMEDIO MENSUAL COSTE MEDIO ANUAL
1. FERIAS DE CARÁCTER INTERNACIONAL. 247,7583 2.973,10 5.550,7292 € 66.608,75 €
Para la anualidad 2023 (6 meses) se estima la siguiente dedicación:
HORASMENSUALES HORASANUALES (6 meses) COSTEMEDIO MENSUAL COSTE MEDIO ANUAL (6 meses)
1. FERIAS DE CARÁCTER INTERNACIONAL. 440,535 2.643,20 9.866,665 € 59.200,00 €
Las funciones a desempeñar por los técnicos imputados al convenio serán, entre otras:
Desarrollar las acciones contempladas en la actividad.
Asesorar e informar a las empresas extremeñas interesadas en las operaciones contempladas en la actividad.
Asesorar a la empresa extremeña sobre trámites y reglamentaciones específicas de cada uno de los mercados de destino, así como sobre homologación de productos y registro de marcas.
Poner en marcha las acciones de promoción relacionadas con los países objetivos.
Hacer de enlace entre las empresas y los delegados y representantes comerciales de los los países objetivos.
Dar cobertura presencial a las acciones a desarrollar en los países objetivos, en el caso que se estimase necesaria.
En general, desarrollar las tareas necesarias para poner en marcha las actividades y operaciones contempladas en la transferencia.
Se podrán contratar servicios externos necesarios para la ejecución de las actividades previstas, conforme a los procedimientos internos de contratación de Extremadura Avante y en cumplimiento de la Ley de Contratos del Sector Público, actualmente en vigor dirigidos a los participantes de las acciones.
Por otro lado, se tendrán en cuenta los gastos por dietas y desplazamientos de cada trabajador imputado a la transferencia, así como otros gastos generales necesarios para el desempeño de las funciones del técnico.
El coste previsto para los Medios Técnicos y Humanos para cada anualidad 2021-2022 es de 66.608,75 €.
El coste previsto para los Medios Técnicos y Humanos para la anualidad 2023 es de 59.200,00 €.
1.11. Operaciones de la actividad:
Se prevén realizar anualmente un máximo de 16 ferias internacionales y nacionales de carácter internacional, para la promoción de los productos y servicios de Extremadura.
Al inicio de cada ejercicio anual, Extremadura Avante, SAP, comunicará a la Comisión de Seguimiento el plan de operaciones y el calendario previsional de los certámenes. La selección de las ferias se realizará teniendo en cuenta las necesidades y expectativas de los sectores objetivo.
FERIAS DE CARÁCTER INTERNACIONAL FECHA Y SECTOR COSTE 2021 COSTE PREVISTO 2022 COSTE PREVISTO 2023
FERIA 1 s/ plan operaciones 300.941,74 € 324.000,00 € 350.000,00 €
FERIA 2 s/ plan operaciones - 275.000,00 € 250.000,00 €
FERIA 3 s/ plan operaciones 190.348,08 € 205.000,00 € 90.000,00 €
FERIA 4 s/ plan operaciones - 185.000,00 € 90.000,00 €
FERIA 5 s/ plan operaciones - 185.000,00 € 80.000,00 €
FERIA 6 s/ plan operaciones 36.760,42 € 90.000,00 € 70.000,00 €
FERIA 7 s/ plan operaciones - 67.833,36 € 70.000,00 €
FERIA 8 s/ plan operaciones 31.374,38 € 62.000,00 € 70.000,00 €
FERIA 9 s/ plan operaciones 25.697,68 € 50.000,00 € 30.000,00 €
FERIA 10 s/ plan operaciones 18.119,75 € 50.000,00 € -
FERIA 11 s/ plan operaciones 31.187,31 € 35.000,00 € -
FERIA 12 s/ plan operaciones - 27.000,00 € -
FERIA 13 s/ plan operaciones - 20.000,00 € -
FERIA 14 s/ plan operaciones 8.436,65 € 20.000,00 € -
FERIA 15 s/ plan operaciones 19.767,40 € 20.000,00 € -
FERIA 16 s/ plan operaciones - 16.000,00 € -
TOTAL 662.633,41 € 1.631.833,36 € 1.100.000,00 €
El coste anual de las operaciones Ferias de Carácter Internacional es de 662.633,41 € para la anualidad 2021; para la anualidad 2022 es de 1.631.833,36 euros y para la anualidad 2023 asciende a 1.100.000,00 €.
En las operaciones a ejecutar, tanto a nivel nacional como internacional, se incurrirán en gastos relativos a la participación de empresas extremeñas en estos certámenes, como son: alquiler de suelos o espacios virtuales de exposición, stand de exposición, conexiones al espacio virtual, inserción en catálogos, publicidad en medios de comunicación, viajes, servicios de consultoría y asesoramiento, paquetería y envíos (muestras y/o material promocional), servicios de traducción y todos aquellos que sean necesarios para la realización satisfactoria de la acciones.
1.12. Presupuesto anual:
El presupuesto estimado para cada anualidad asciende a:
* Coste Ferias de carácter Internacional 2021 .……..…………662.633,41 euros.
* Medios Técnicos y Humanos, ……………………….......….……… 11.742,44 euros.
TOTAL: 674.375,85 euros
* Coste Ferias de carácter Internacional 2022 …….........1.631.833,36 euros.
* Medios Técnicos y Humanos, ………………………….….….……… 66.608,75 euros.
TOTAL: 1.698.442,11 euros.
* Coste Ferias de carácter Internacional 2023 ……….......1.100.000,00 euros.
* Medios Ténicos y Humanos ………………………………….....….……59.200,00 euros.
TOTAL: 1.159.200,00 euros.
Actividad 2: Misiones Comerciales Directas.
2.1. Introducción:
Las misiones comerciales directas representan una importante herramienta en la estrategia de internacionalización de Extremadura. Esta actividad consiste en la organización de encuentros entre las empresas extremeñas y compradores en los países de destino.
Extremadura Avante, SAP, coordina la identificación y el contacto con potenciales clientes en los mercados objetivo, organizando agendas de reuniones presenciales, que podrán ser individualizadas o colectivas para los beneficiarios extremeños; además de gestionar todos los aspectos logísticos (traslados al/los país/países de destino) que procedan, así como el acompañamiento y/o asesoramiento continuo a los participantes para la consecución de sus objetivos comerciales.
2.2. Objetivos:
Establecer o consolidar relaciones comerciales, así como detectar nuevas oportunidades de negocio para los productos y servicios de la región en los mercados internacionales.
2.3. Desarrollo de la actividad:
A continuación se indican las principales gestiones, comunes a la mayoría de las operaciones contempladas en esta actividad, con el objetivo de garantizar su correcto desarrollo:
— Antes de la operación: Contratación, coordinación y supervisión del servicio de consultoría especializada en el mercado de destino, con el objetivo de organizar una agenda de reuniones lo más acorde posible a los objetivos comerciales de los beneficiarios extremeños. Contratación y organización de los servicios de agencia de viajes cuando proceda (traslados al país de destino, alojamiento, seguro de viajes, servicios de traducción, etc.). Contacto continuado con las empresas/instituciones extremeñas admitidas y el resto de agentes/proveedores implicados, así como envío de información y documentación de interés sobre el/los mercados de destino, procurando crear las condiciones para que la acción sea exitosa.
— Durante la operación: Asesoramiento técnico continuado y/o acompañamiento en destino a los participantes en la operación, con el objetivo de conseguir el óptimo desarrollo de la misión, el cumplimiento de los servicios contratados y de los objetivos fijados, así como realizar la labor de representación en ámbitos institucionales cuando proceda.
— Después de la operación: Recopilación de los comentarios y valoraciones de las empresas extremeñas participantes en la acción con el objetivo de valorar los aspectos a mejorar o potenciar de cara a acciones futuras, así como recepción de la documentación solicitada en relación a la convocatoria (informes, fotos, etc.) cuando proceda.
2.4. Beneficiarios:
Tendrán la consideración de beneficiarios las personas físicas, las personas jurídicas, y los consorcios de exportación que tengan la consideración de Pyme, incluyendo las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, que ejerzan una actividad económica propia en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que cumplan las condiciones establecidas en las correspondientes bases reguladoras.
Las plazas de participación estarán limitadas al presupuesto anual dedicado a cada operación objeto de convocatoria.
2.5. Requisitos:
Los beneficiarios de las ayudas deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Ejercer una actividad económica en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
b) Hallarse al corriente de sus obligaciones fiscales y tributarias, frente a la Seguridad Social, la Hacienda Estatal y la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en la forma determinada, en cada momento, por la normativa aplicable.
c) No incurrir en alguna de las prohibiciones a que se refiere el artículo 12.2 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo de Subvenciones de Extremadura.
d) Cumplir con las condiciones específicas de participación y las obligaciones que, de forma concreta, sean establecidas en cada una de las convocatorias.
2.6. Criterios de selección:
Los solicitantes que cumplan los requisitos exigidos seran ordenados según la puntuación obtenida en base a los criterios de valoración que, en cada convocatoria, se establezcan para evaluar la capacidad de internacionalización de la empresa interesada en participar y la idoneidad con relación a las características del evento de que se trate, hasta cubrir el número de plazas disponibles.
Se establece como criterio de desempate entre los solicitantes el orden de registro de la solicitud de participación en cada una de las operaciones, tomando como referencia la fecha de recepción de la solicitud.
No será necesario fijar un orden de prelación entre las solicitudes presentadas que reúnan los requisitos establecidos, en el caso de que el número de plazas disponibles en una convocatoria sea superior al número de solicitudes, una vez finalizado el plazo de presentación.
La Consejería con competencias en esta materia establecerá el procedimiento para garantizar la ausencia de conflicto de intereses tanto del personal de dicha Consejería, como del personal de Extrremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, que sean miembros de la Comisión de Valoración encargada de realizar el proceso de selección de entidades que participan en esta acción.
En el acta, deberá recogerse la declaración o manifestación, por parte de todos los miembros de la misma, de que no concurre ningún conflicto de interés que pueda comprometer su imparcialidad e independencia durante el procedimiento, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 61 del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, sobre las normas financiera aplicables al presupuesto general de la Unión, por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.º. 1296/2013, (UE) n.º. 1301/2013, (UE) n.º. 1303/2013, (UE) n.º. 1304/2013, (UE) n.º. 1309/2013, (UE) n.º. 1316/2013, (UE) n.º. 223/2014 y (UE) n.º. 283/2014 y la Decisión n.º. 541/2014/UE y por el que se derogal el Reglamento (UE, Euratom) n.º. 966/2012.
2.7. Procedimiento de concesión de la ayuda:
El procedimiento de concesión se realizará a partir del acuerdo de convocatoria de las ayudas, de conformidad con las correspondientes bases reguladoras y en base a lo establecido en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
El procedimiento de selección de los beneficiarios se tramitará, igualmente, de acuerdo a lo previsto en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en lo que resulte de aplicación y, más concretamente, conforme a lo previsto en la Disposición Adicional Segunda, encontrando Extremadura Avante, SAP, habilitación suficiente al efecto en su norma de creación, concretamente en el apartado 2 del artículo 2 de la Ley 20/2010, de 28 de diciembre, de concentración empresarial pública en la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su redacción dada por la reciente Ley 8/2016, de 12 de diciembre, de medidas tributarias, patrimoniales, financieras y administrativas de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
En todo caso, y para todas las convocatorias que se realicen al amparo de este Convenio, se dará cumplimiento a los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación, dándose de todo ello la oportuna difusión en la web www.extremaduraavante.es.
Las empresas interesadas podrán consultar toda la información de la convocatoria y descargar online los formularios de solicitud durante el plazo de admisión estipulado. Una vez cerrado dicho plazo, se verificará el cumplimiento de los requisitos y se iniciará la valoración de las solicitudes que los cumplan, lo que dará como resultado una lista ordenada por puntuación de mayor a menor. Las plazas disponibles serán asignadas a los solicitantes con mayor puntuación hasta cubrir las plazas contratados en cada operación específica.
2.8. Publicidad:
En cumplimiento de los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación, se procederá a publicar en el Diario Oficial de Extremadura tanto el extracto de esta convocatoria como la convocatoria en sí. La Base de Datos Nacional de Subvenciones, dará traslado a dicho diario del extracto de la convocatoria para su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura y en el artículo 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, salvo lo dispuesto en el párrafo tercero del anterior apartado 2.7.
Extremadura Avante, SAP, publicará en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de subvenciones http://ciudadano.gobex.es/, las subvenciones concedidas con expresión de la convocatoria, programa y crédito presupuestario al que se imputen, beneficiario, cantidad concedida, finalidad o finalidades de la subvención, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo.
No será necesaria la publicación en el Diario Oficial de Extremadura cuando los importes de las subvenciones concedidas, individualmente consideradas, sean de cuantía inferior a 3.000 euros. En estos casos la concesión se hará pública mediante la exposición en el tablón de anuncios que corresponda, independientemente de la notificación individual que se realice a cada beneficiario.
Se remitirá a la Base de Datos Nacional de Subvenciones, a través del Servicio que corresponda, la información sobre las convocatorias y las resoluciones de concesión en los términos previsto en la Ley 6/2011, de 23 de marzo.
Tanto el listado de empresas beneficiarias como las ayudas concedidas serán también publicados en la web www.extremaduraavante.es.
En cumplimiento de los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación, se procederá a publicar el correspondiente anuncio en la web www.extremaduraavante.es, en el que se incluirán los objetivos de estas actividades, los beneficiarios, los requisitos de acceso y de selección de los beneficiarios del programa, el periodo de ejecución, así como aquellas actividades cuyo gastos resulten susceptibles de ayuda, con independencia de la aporobación de las correspondientes Bases Reguladoras.
2.9. Compromisos de los beneficiarios:
Los beneficiarios de las operaciones de esta actividad deberán:
Cumplir el objetivo que fundamenta la concesión de la subvención, en la forma y plazos establecidos en la correspondiente convocatoria.
Justificar ante el órgano concedente, en los términos previstos en esta orden, en la convocatoria y demás legislación concordante, el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determine la resolución de concesión de subvención.
Someterse a las actividades de comprobación a efectuar por el órgano concedente, a las de control financiero que correspondan a la Intervención General de la Junta de Extremadura y a las previstas en la legislación del Tribunal de Cuentas, así como, en su caso, a las de las instituciones de la Unión Europea, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de estas actividades.
No solicitar ni obtener cualquier otra ayuda, subvención, ingreso o recurso con cargo a los presupuestos de la Junta de Extremadura por los mismos conceptos, para el mismo proyecto o actividad.
Estar en posesión de cuantas autorizaciones y licencias exija la legislación vigente para el ejercicio de su actividad, pudiendo ser requeridos en cualquier momento por el órgano concedente de la subvención para la acreditación documental de dichos extremos.
2.10. Medios técnicos y humanos:
Para la realización de las operaciones de esta actividad, Extremadura Avante, SAP, cuenta con medios materiales y técnicos suficientes para dar cobertura a las necesidades generales de las mismas, sin perjuicio de aquellos costes que se generan por la especial naturaleza de cada operación en concreto y que forman parte del objeto de la propia transferencia.
Se estiman los siguientes recursos humanos para cada anualidad 2021-2022:
9 Técnicos de internacionalización (3.121,95 horas anuales).
Para la anualidad 2023 (6 meses), se estiman los siguientes recursos humanos:
4 Técnicos de internacionalización (660,80 horas para 6 meses).
Las relaciones laborales del personal adscrito al Convenio estarán en el ámbito de aplicación del "II Convenio Colectivo Extremadura Avante y, en todo lo no previsto en el citado Convenio Colectivo, se estará a los dispuesto en el Estatuto de los Trabajadores y demás disposiciones legales o reglamentarias que resultasen de aplicación.
La jornada laboral del personal adscrito al Convenio será a jornada completa, esto es treinta y siete horas y media (37,5 horas) semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual (Art 20. II Convenio Colectivo Extremadura Avante), quedando la jornada anual máxima establecida en 1652 horas.
Los medios humanos que Extremadura Avante, SAP, financiará con cargo a esta transferencia específica, y empleará para la realización de las diferentes operaciones de la actividad, tendrán una formación de estudios adecuada para la correcta ejecución de las mismas, como se detalla a continuación:
PERFIL
Técnico de internacionalización: con titulación universitaria en ramas de Administración y Dirección de Empresas, Económicas, Derecho, Sociología, Empresariales, Humanidades e Ingenierías Técnicas, con experiencia mínima de 2 años en el asesoramiento y orientación empresarial. 9 técnicos anualidades 2021-20224 técnicos 2023
La selección del nuevo personal que se contrate para la prestación de sus servicios en esta transferencia específica se realizará bajo los principios de objetividad, transparencia, igualdad de oportunidades y no discriminación.
Se estima que la dedicación a cada actividad para cada anualidad 2021-2022 será la que se refleja en el siguiente cuadro:
HORAS MENSUALES HORAS ANUALES COSTE MEDIO MENSUAL COSTE MEDIO ANUAL
2. Misiones Comerciales Directas 260,1625 3.121,95 5.786,9000 € 69.442,80 €
Para la anualidad 2023 (6 meses) se estima la siguiente dedicación:
HORASMENSUALES HORASANUALES (6 meses) COSTEMEDIO MENSUAL COSTE MEDIO ANUAL (6 meses)
2. Misiones Comerciales Directas 110,135 660,80 2.466,665 € 14.800,00 €
Las funciones a desempeñar por los técnicos imputados al convenio serán, entre otras:
Desarrollar las acciones contempladas en la actividad.
Asesorar e informar a las empresas extremeñas interesadas en las operaciones contempladas en la actividad.
Asesorar a la empresa extremeña sobre trámites y reglamentaciones específicas de cada uno de los mercados de destino, así como sobre homologación de productos y registro de marcas.
Poner en marcha las acciones de promoción relacionadas con los países objetivos.
Hacer de enlace entre las empresas y los delegados y representantes comerciales de los los países objetivos.
Dar cobertura presencial a las acciones a desarrollar en los países objetivos, en el caso que se estimase necesaria.
En general, desarrollar las tareas necesarias para poner en marcha las actividades y operaciones contempladas en la transferencia.
Se podrán contratar servicios externos necesarios para la ejecución de las actividades previstas, conforme a los procedimientos internos de contratación de Extremadura Avante y en cumplimiento de la Ley de Contratos del Sector Público, actualmente en vigor.
Por otro lado, se tendrán en cuenta los gastos por dietas y desplazamientos de cada trabajador imputado a la transferencia, así como otros gastos generales necesarios para el desempeño de las funciones del técnico.
El coste previsto para los Medios Técnicos y Humanos para cada anualidad 2021-2022 es de 69.442,80 €.
El coste previsto para los Medios Técnicos y Humanos para la anualidad 2023 es de 14.800,00 €.
2.11. Operaciones de la actividad:
Se prevén realizar anualmente 7 misiones comerciales directas para la promoción de los productos y servicios de Extremadura.
Al inicio de cada ejercicio anual, Extremadura Avante, SAP, comunicará a la Comisión de Seguimiento el plan de operaciones y el calendario previsional de las misiones. La selección de mercados se realizará teniendo en cuenta las necesidades y expectativas de los sectores objetivo.
MISIONES COMERCIALES DIRECTAS FECHA Y SECTOR COSTE 2021 COSTE PREVISTO 2022 COSTE PREVISTO 2023
MCD 1 s/ plan operaciones - 25.000,00 € 25.000,00 €
MCD 2 s/ plan operaciones 11.317,18 € 25.000,00 € 25.000,00 €
MCD 3 s/ plan operaciones 20.010,00 € 25.000,00 € 25.000,00 €
MCD 4 s/ plan operaciones 9.502,00 € 25.000,00 € 23.162,14 €
MCD 5 s/ plan operaciones - 25.000,00 € -
MCD 6 s/ plan operaciones - 20.000,00 € -
MCD 7 s/ plan operaciones - 20.000,00 € -
TOTAL 40.829,18 € 165.000,00 € 98.162,14 €
El coste anual de las operaciones Misiones Comerciales Directas es de 40.829,18 € para la anualidad 2021; para la anualidad 2022 es de 165.000,00 euros y para la anualidad 2023 asciende a 98.162,14 €.
En las operaciones anteriormente mencionadas se incurrirán en gastos relativos a la organización de las mismas como son: viajes, alojamiento y manuntención, cuando proceda, consultoría para la elaboración de contactos comerciales, alquiler de salas o espacios de exposición y su acondicionamiento, alquiler de plataformas, herramientas o medios online, cuando proceda, publicidad en medios de comunicación, estudios de mercados, servicios de traducción, paquetería y envíos (muestras y/o material promocional) y todos aquellos que sean necesarios para la realización satisfactoria de la acciones.
2.12. Presupuesto anual:
El presupuesto estimado para cada anualidad asciende a:
* Coste Misiones Comerciales Directas 2021 .……..……….………40.829,18 euros.
* Medios Técnicos y Humanos, ………………………….………………….12.270,59 euros.
TOTAL: 53.099,77 euros.
* Coste Misiones Comerciales Directas 2022 ………….…..………165.000,00 euros.
* Medios Técnicos y Humanos ……………………….………….…………..69.442,80 euros.
TOTAL: 234.442,80 euros.
* Coste Misiones Comerciales Directas 2023 ……………...........98.162,14 euros.
* Medios Técnicos y Humanos ………………………………..………………14.800,00 euros.
TOTAL: 112.962,14 euros.
Actividad 3. Visitas Profesionales
3.1. Introducción:
Esta actividad consiste en la realización de visitas a ferias internacionales, ferias nacionales de carácter internacional, así como a otros eventos internacionales como foros, simposiums, concursos, certámenes y encuentros empresariales.
Extremadura Avante, SAP, se encarga de organizar el viaje y la visitas a los eventos en la modalidad presencial.
3.2. Objetivo:
El objetivo principal de esta actividad es el de fomentar y favorecer la expansión de los productos y servicios mediante un mayor conocimiento de los mercados y sus tendencias, así como a tracvés de la prospección y el contacto directos con los clientes potenciales.
3.3. Desarrollo de la Actividad:
A continuación se indican las principales gestiones, comunes a la mayoría de las operaciones contempladas en esta actividad, con el objetivo de garantizar su correcto desarrollo:
Antes de la operación: Contratación, coordinación y supervisión del servicio de consultoría especializada en el mercado de destino (si procede), con el objetivo de garantizar un adecuado asesoramiento durante el desarrollo de la operación. Contratación y organización de los servicios de agencia de viajes (traslados al país de destino, alojamiento, seguro de viajes, servicios de traducción, etc.). Envío de información y documentación de interés sobre el/los mercados y el evento en destino objeto de la operación, para que los participantes puedan maximizar los resultados de su visita.
Durante la operación: Asesoramiento técnico continuado y/o acompañamiento en destino a los participantes en la acción, con el objetivo de conseguir el optimo desarrollo de la acción y el cumplimiento de los servicios contratados y de los objetivos fijados, así como labor de representación en ámbitos institucionales (si procede). Verificación y seguimiento de las condiciones de participación, así como de la correcta prestación de todos los servicios contratados.
Después de la operación: Recopilación de los comentarios y valoraciones de las empresas extremeñas participantes en la acción con el objetivo de valorar los aspectos a mejorar o potenciar de cara a acciones futuras, así como recepción de la documentación solicitada en relación a la convocatoria (informes, fotos, etc., si procede).
3.4. Beneficiarios:
Tendrán la consideración de beneficiarios las personas físicas, las personas jurídicas, y los consorcios de exportación que tengan la consideración de Pyme, incluyendo las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, que ejerzan una actividad económica propia en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que cumplan las condiciones establecidas en las correspondientes bases reguladoras.
Las plazas de participación estarán limitadas al presupuesto anual dedicado a cada operación objeto de convocatoria.
3.5. Requisitos:
Los beneficiarios de las ayudas deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Ejercer una actividad económica en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
b) Hallarse al corriente de sus obligaciones fiscales y tributarias, frente a la Seguridad Social, la Hacienda Estatal y la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en la forma determinada, en cada momento, por la normativa aplicable.
c) No incurrir en alguna de las prohibiciones a que se refiere el artículo 12.2 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo.
d) Cumplir con las condiciones específicas de participación y las obligaciones que, de forma concreta, sean establecidas en cada una de las convocatorias.
3.6. Criterios de selección:
Los solicitantes que cumplan los requisitos exigidos seran ordenados según la puntuación obtenida en base a los criterios de valoración que, en cada convocatoria, se establezcan para evaluar la capacidad de internacionalización de la empresa interesada en participar y la idoneidad con relación a las características del evento de que se trate, hasta cubrir el número de plazas disponibles.
Se establece como criterio de desempate entre los solicitantes el orden de registro de la solicitud de participación en cada una de las operaciones, tomando como referencia la fecha de recepción de la solicitud.
No será necesario fijar un orden de prelación entre las solicitudes presentadas que reúnan los requisitos establecidos, en el caso de que el número de plazas disponibles en una convocatoria sea superior al número de solicitudes, una vez finalizado el plazo de presentación.
La Consejería con competencias en esta materia establecerá el procedimiento para garantizar la ausencia de conflicto de intereses tanto del personal de dicha Consejería, como del personal de Extrremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, que sean miembros de la Comisión de Valoración encargada de realizar el proceso de selección de entidades que participan en esta acción.
En el acta, deberá recogerse la declaración o manifestación, por parte de todos los miembros de la misma, de que no concurre ningún conflicto de interés que pueda comprometer su imparcialidad e independencia durante el procedimiento, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 61 del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, sobre las normas financiera aplicables al presupuesto general de la Unión, por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.º. 1296/2013, (UE) n.º. 1301/2013, (UE) n.º. 1303/2013, (UE) n.º. 1304/2013, (UE) n.º. 1309/2013, (UE) n.º. 1316/2013, (UE) n.º. 223/2014 y (UE) n.º. 283/2014 y la Decisión n.º. 541/2014/UE y por el que se derogal el Reglamento (UE, Euratom) n.º. 966/2012.
3.7. Procedimiento de concesión de la ayuda:
El procedimiento de concesión se realizará a partir del acuerdo de convocatoria de las ayudas, de conformidad con las correspondientes bases reguladoras y en base a lo establecido en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
El procedimiento de selección de los beneficiarios se tramitará, igualmente, de acuerdo a lo previsto en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en lo que resulte de aplicación y, más concretamente, conforme a lo previsto en la Disposición Adicional Segunda, encontrando Extremadura Avante, SAP, habilitación suficiente al efecto en su norma de creación, concretamente en el apartado 2 del artículo 2 de la Ley 20/2010, de 28 de diciembre, de concentración empresarial pública en la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su redacción dada por la reciente Ley 8/2016, de 12 de diciembre, de medidas tributarias, patrimoniales, financieras y administrativas de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
En todo caso, y para todas las convocatorias que se realicen al amparo de este Convenio, se dará cumplimiento a los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación, dándose de todo ello la oportuna difusión en la web www.extremaduraavante.es.
Las empresas interesadas podrán consultar toda la información de la convocatoria y descargar online los formularios de solicitud durante el plazo de admisión estipulado. Una vez cerrado dicho plazo, se verificará el cumplimiento de los requisitos y se iniciará la valoración de las solicitudes que los cumplan, lo que dará como resultado una lista ordenada por puntuación de mayor a menor. Las plazas disponibles serán asignadas a los solicitantes con mayor puntuación hasta cubrir las plazas contratados en cada operación específica. Los solicitantes con mayor puntuación serán designados como beneficiarios.
3.8. Publicidad:
En cumplimiento de los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación, se procederá a publicar en el Diario Oficial de Extremadura tanto el extracto de esta convocatoria como la convocatoria en sí. La Base de Datos Nacional de Subvenciones, dará traslado a dicho diario del extracto de la convocatoria para su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 q) de la citada Ley 6/2011, de 23 de marzo, y en el artículo 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, salvo lo dispuesto en el párrafo tercero del anterior apartado 3.7.
Extremadura Avante SAP, publicará en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de subvenciones http://ciudadano.gobex.es/, las subvenciones concedidas con expresión de la convocatoria, programa y crédito presupuestario al que se imputen, beneficiario, cantidad concedida, finalidad o finalidades de la subvención, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo.
No será necesaria la publicación en el Diario Oficial de Extremadura cuando los importes de las subvenciones concedidas, individualmente consideradas, sean de cuantía inferior a 3.000 euros. En estos casos la concesión se hará pública mediante la exposición en el tablón de anuncios que corresponda, independientemente de la notificación individual que se realice a cada beneficiario.
Se remitirá a la Base de Datos Nacional de Subvenciones, a través del Servicio que corresponda, la información sobre las convocatorias y las resoluciones de concesión en los términos previsto en la Ley 6/2011, de 23 de marzo.
Tanto el listado de empresas beneficiarias como las ayudas concedidas serán también publicados en la web www.extremaduraavante.es.
En cumplimiento de los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación, se procederá a publicar el correspondiente anuncio en la web www.extremaduraavante.es, en el que se incluirán los objetivos de estas actividades, los beneficiarios, los requisitos de acceso y de selección de los beneficiarios del programa, el periodo de ejecución, así como aquellas actividades cuyo gastos resulten susceptibles de ayuda, con independencia de la aporobación de las correspondientes Bases Reguladoras.
3.9. Compromisos de los beneficiarios:
Los beneficiarios de las operaciones de esta actividad deberán:
Cumplir el objetivo que fundamenta la concesión de la subvención, en la forma y plazos establecidos en la correspondiente convocatoria.
Justificar ante el órgano concedente, en los términos previstos en las bases reguladoras, en la convocatoria y demás legislación concordante, el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determine la resolución de concesión de subvención.
Someterse a las actividades de comprobación a efectuar por el órgano concedente, a las de control financiero que correspondan a la Intervención General de la Junta de Extremadura y a las previstas en la legislación del Tribunal de Cuentas, así como, en su caso, a las de las instituciones de la Unión Europea, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de estas actividades.
No solicitar ni obtener cualquier otra ayuda, subvención, ingreso o recurso con cargo a los presupuestos de la Junta de Extremadura por los mismos conceptos, para el mismo proyecto o actividad.
Estar en posesión de cuantas autorizaciones y licencias exija la legislación vigente para el ejercicio de su actividad, pudiendo ser requeridos en cualquier momento por el órgano concedente de la subvención para la acreditación documental de dichos extremos.
3.10. Medios técnicos y humanos:
Para la realización de las operaciones de esta actividad, Extremadura Avante, SAP, cuenta con medios materiales y técnicos suficientes para dar cobertura a las necesidades generales de las mismas, sin perjuicio de aquellos costes que se generan por la especial naturaleza de cada operación en concreto y que forman parte del objeto de la propia transferencia.
Se estiman los siguientes recursos humanos para cada anualidad 2021-2022:
9 Técnicos de internacionalización (1.686,72 horas anuales).
Las relaciones laborales del personal adscrito al Convenio estarán en el ámbito de aplicación del "II Convenio Colectivo Extremadura Avante y, en todo lo no previsto en el citado Convenio Colectivo, se estará a los dispuesto en el Estatuto de los Trabajadores y demás disposiciones legales o reglamentarias que resultasen de aplicación.
La jornada laboral del personal adscrito al Convenio será a jornada completa, esto es treinta y siete horas y media (37,5 horas) semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual (Artículo 20. II Convenio Colectivo Extremadura Avante), quedando la jornada anual máxima establecida en 1652 horas.
Los medios humanos que Extremadura Avante, SAP, financiará con cargo a esta transferencia específica, y empleará para la realización de las diferentes operaciones de la actividad, tendrán una formación de estudios adecuada para la correcta ejecución de las mismas, como se detalla a continuación:
PERFIL
Técnico Internacionalización Empresa Extremeña: con titulación universitaria en ramas de Administración y Dirección de Empresas, Eeconómicas, Derecho, Sociología, Empresariales, Humanidades e Ingenierías Técnicas, con experiencia mínima de 2 años en el asesoramiento y orientación empresarial. 9 técnicos
La selección del nuevo personal que se contrate para la prestación de sus servicios en esta transferencia específica se realizará bajo los principios de objetividad, transparencia, igualdad de oportunidades y no discriminación.
Se estima que la dedicación a cada actividad para cada anualidad 2021-2022 será la que se refleja en el siguiente cuadro
HORASMENSUALES HORASANUALES COSTE MEDIO MENSUAL COSTE MEDIO ANUAL
3. Visitas Profesionales 140,5566 1.686,69 2.926,2575 € 35.115,09 €
Las funciones a desempeñar por los técnicos imputados al convenio serán, entre otras:
Desarrollar las acciones contempladas en la actividad.
Asesorar e informar a las empresas extremeñas interesadas en las operaciones contempladas en la actividad.
Asesorar a la empresa extremeña sobre trámites y reglamentaciones específicas de cada uno de los mercados de destino, así como sobre homologación de productos y registro de marcas.
Poner en marcha las acciones de promoción relacionadas con los países objetivos.
Hacer de enlace entre las empresas y los delegados y representantes comerciales de los los países objetivos.
Dar cobertura presencial a las acciones a desarrollar en los países objetivos, en el caso que se estimase necesaria.
En general, desarrollar las tareas necesarias para poner en marcha las actividades y operaciones contempladas en la transferencia.
Se podrán contratar servicios externos necesarios para la ejecución de las operaciones previstas, conforme a los procedimientos internos de contratación de Extremadura Avante y en cumplimiento de la Ley de Contratos del Sector Público, actualmente en vigor.
Por otro lado, se tendrán en cuenta los gastos por dietas y desplazamientos de cada trabajador imputado a la transferencia, así como otros gastos generales necesarios para el desempeño de las funciones del técnico.
El coste previsto para los Medios Técnicos y Humanos para cada anualidad 2021-2022 es de 35.115,09 €.
3.11. Operaciones de la actividad:
Para las anualidades 2021-2022, se prevén realizar 3 visitas profesionales para la promoción de los productos y servicios de Extremadura. No se prevé la realización de visitas profesionales para la anualidad 2023.
Al inicio de cada ejercicio anual, Extremadura Avante, SAP, comunicará a la Comisión de Seguimiento el plan de operaciones y el calendario previsional de las VP a organizar, teniendo en cuenta las necesidades y expectativas de los sectores objetivo.
VISITAS PROFESIONALES FECHA Y SECTOR COSTE 2021 COSTE PREVISTO 2022 COSTE PREVISTO 2023
VP 1 s/ plan operaciones - 15.000,00 € -
VP 2 s/ plan operaciones - 14.000,00 € -
VP 3 s/ plan operaciones 10.862,50 € 20.000,00 € -
TOTAL 10.862,50 € 49.000,00 € 0,00 €
El coste anual de las operaciones Visitas Profesionales es de 10.862,50 euros para la anualidadad 2021; para la anualidad 2022 es de 49.000,00 euros y para 2023 no se prevé la realización de ninguna visita profesional.
En las operaciones de la actividad se incurrirán en gastos relativos a la organización de las mismas, como son: viajes, inscripción y entradas a eventos (tanto presenciales como virtuales), alquiler de salas o espacios de exposición y su acondicionamiento, contratación del acceso en la modalidad virtual, servicios de traducción, servicios de consultoría, paquetería y envíos (muestras y/o material promocional) y todos aquellos que sean necesarios para la realización satisfactoria de la acciones.
3.12. Presupuesto anual:
El presupuesto estimado para cada anualidad asciende a:
* Coste Visitas Profesionales 2021 ……………..……..……………..………10.862,50 euros.
* Medios Técnicos y Humanos, ………………………….………………………. 6.499,74 euros.
TOTAL: 17.362,24 euros.
* Coste Visitas Profesionales 2022 .……………………….………….……… 49.000,00 euros.
* Medios Técnicos y Humanos ……………………………..…………….……. 35.115,09 euros.
TOTAL: 84.115,09 euros.
Tres. Indicadores.
INDICADORES DE CUMPLIMIENTO 2021 2022 2023
Número de acciones de internacionalización. 13 25 13
N.º de empresas participantes. 110 150 100
Cuatro. Presupuesto.
El presupuesto necesario para el desarrollo de las actividades contenidas en el Programa de Acciones de promoción internacional es el siguiente:
PROGRAMA DE AYUDAS PARA ACCIONES DE PROMOCIÓN INTERNACIONAL
ACTIVIDADES 2021 2022 2023
1. FERIAS CON CARÁCTER INTERNACIONAL. 674.375,85 € 1.698.442,11 € 1.159.200,00 €
2. MISIONES COMERCIALES DIRECTAS. 53.099,77 € 234.442,80 € 112.962,14 €
3. VISITAS PROFESIONALES. 17.362,24 € 84.115,09 € 0,00 €
TOTAL 744.837,86 € 2.017.000,00 € 1.272.162,14 €

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