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RESOLUCIÓN de 27 de octubre de 2022, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se nombran funcionarios en prácticas del Cuerpo de Maestros, a las personas seleccionadas en los procedimientos convocados por Resolución de 15 de febrero de 2022.
DOE Número: 216
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: jueves, 10 de noviembre de 2022
Apartado: II AUTORIDADES Y PERSONAL
Subapartado: 1. NOMBRAMIENTOS, SITUACIONES E INCIDENCIAS
Organismo: CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Nombramientos.
Página Inicio: 54345
Página Fin: undefined
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TEXTO ORIGINAL
Mediante la Resolución de 15 de febrero de 2022 (DOE núm. 33, de 17 de febrero), se convocaron procedimientos selectivos para ingreso, adquisición de nuevas especialidades, integración por primera vez en listas de espera ordinarias y supletorias, y valoración de méritos de integrantes de listas ordinarias, para el Cuerpo de Maestros.
De conformidad con lo dispuesto en su apartado 56.2.1 la Dirección General de Personal Docente procederá a nombrar funcionarios en prácticas a las personas seleccionadas.
Por todo ello, esta Dirección General en uso de las atribuciones conferidas,
RESUELVE:
Primero. Nombramiento como funcionarios en prácticas.
1. Nombrar funcionarios en prácticas del Cuerpo de Maestros, a las personas seleccionadas en el citado procedimiento selectivo que figuran relacionados en el ANEXO I de la presente resolución, ordenado por las puntuaciones totales obtenidas.
2. Los destinos provisionales para la realización de la fase de prácticas son los adjudicados mediante Resolución de 1 de agosto de 2022 de la Dirección General de Personal Docente, de conformidad con el apartado 56.2.2 de la resolución de la convocatoria.
3. La puntuación que se hace pública determinará el orden de las personas seleccionadas, a efectos de su primera participación en el concurso de traslados en el que estén obligadas a participar según se establece en la base LVI de la resolución.
4. El nombramiento de funcionarios en prácticas no presupone que las personas seleccionadas reúnan los requisitos exigidos para serlo. Una vez ultimada la revisión de las documentaciones presentadas para el nombramiento de funcionarios en prácticas, se publicará, en su caso, en el Diario Oficial de Extremadura una resolución complementaria, con la exclusión del nombramiento de los que no hayan demostrado reunir los requisitos exigidos en la convocatoria de dichos procedimientos selectivos.
Segundo. Aplazamiento e interrupción de la fase de prácticas.
Las personas nombradas funcionarias en prácticas que por situaciones excepcionales deban interrumpir la realización de las mismas, podrán solicitar su interrupción ante la Delegación Provincial de Educación correspondiente. Dicha Delegación recabará los informes oportunos al respecto y elevará la solicitud a la Dirección General de Personal Docente que dictará la resolución correspondiente.
Tercero. Declaración de incompatibilidad.
Las personas seleccionadas nombradas funcionarias en prácticas, a través de la presente resolución, deberán declarar bajo juramento o promesa que no se hallan incursos en alguna causa de incompatibilidad de las previstas en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.
Cuarto. Efectos del nombramiento.
Con carácter general y salvo en los casos indicados en el apartado segundo, el nombramiento como funcionario en prácticas tendrá efectos administrativos del 1 de septiembre de 2022 y efectos económicos desde la fecha de toma de posesión.
Quinto. Régimen jurídico-administrativo aplicable.
Desde el momento del nombramiento de funcionarios en prácticas hasta el nombramiento como funcionarios de carrera, el régimen jurídico-administrativo será el de funcionario en prácticas, siempre que estuvieran desempeñando un puesto docente.
Sexto. Comisiones Calificadoras.
En cada provincia se constituirá una Comisión Calificadora integrada por la persona que ocupe la Jefatura del Servicio de Inspección de la Delegación Provincial de Educación, que actuará ocupando la Presidencia; la persona que ocupe la Jefatura de la Unidad de Programas Educativos, una persona que forme parte del cuerpo de Inspectores de Educación y dos personas que ocupen cargos de Dirección de centros designadas por la persona titular de la Delegación Provincial de Educación.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la fecha de su publicación, ante el órgano que la ha dictado, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, del 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y los artículos 102 y 103 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, o directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa, así como cualquier otro recurso que estime pertinente.
Mérida, 27 de octubre de 2022.
La Directora General de Personal Docente,
EVA MARTÍN LÓPEZ
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