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RESOLUCIÓN de 19 de octubre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Adenda por la que se modifica el Convenio entre la Universidad de Extremadura, la Consejería de Sanidad y Políticas Sociales, el Servicio Extremeño de Salud y la Consejería de Economía e Infraestructuras de la Junta de Extremadura para la creación conjunta del Instituto Universitario de Investigación Biosanitaria de Extremadura (INUBE).
DOE Número: 218
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: lunes, 14 de noviembre de 2022
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Convenios.
Página Inicio: 55181
Página Fin: 55184
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
Habiéndose firmado el día 27 de julio de 2021, la Adenda por la que se modifica el Convenio entre la Universidad de Extremadura, la Consejería de Sanidad y Políticas Sociales, el Servicio Extremeño de Salud y la Consejería de Economía e Infraestructuras de la Junta de Extremadura para la creación conjunta del Instituto Universitario de Investigación Biosanitaria de Extremadura (INUBE), de conformidad con lo previsto en el artículo 8 del Decreto 217/2013, de 19 de noviembre, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
RESUELVO:
La publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la adenda que figura como ANEXO de la presente resolución.
Mérida, 19 de octubre de 2022.
La Secretaria General.
PA, Resolución de 01/03/2021,DOE n.º 43, de 4 de marzo de 2021
La Jefa de Servicio de Legislación y Documentación,
M.ª MERCEDES ARGUETA MILLÁN
ADENDA POR LA QUE SE MODIFICA EL CONVENIO ENTRE LA UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA, LA CONSEJERÍA DE SANIDAD Y POLÍTICAS SOCIALES, EL SERVICIO EXTREMEÑO DE SALUD Y LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA E INFRAESTRUCTURAS DE LA JUNTA DE EXTREMADURA PARA LA CREACIÓN CONJUNTA DEL INSTITUTO UNIVERSITARIO DE INVESTIGACIÓN BIOSANITARIA DE EXTREMADURA (INUBE).
Mérida, 27 de julio de 2021.
REUNIDOS
D. Antonio Hidalgo García, como Rector Magnífico de la Universidad de Extremadura, nombramiento efectuado por Decreto 2/2019, de 8 de enero, (DOE núm. 6, de 10 de enero) y de conformidad con lo establecido en el artículo 20.1 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y de lo dispuesto en el artículo 92.1 de los Estatutos de la Universidad de Extremadura, aprobados por Decreto 65/2003, de 8 de mayo.
D. Rafael España Santamaría, como Consejero de Economía, Ciencia y Agenda Digital, cargo que ostenta en virtud del nombramiento efectuado por Decreto del Presidente 20/2019, de 1 de julio, (DOE núm. 126, de 2 de julio de 2019) actuando en el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas por el Decreto 165/2019, de 29 de octubre (DOE núm. 214, de 6 de noviembre de 2019), por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital.
D. José María Vergeles Blanca, como Vicepresidente Segundo y Consejero de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura, cargo que ostenta en virtud del nombramiento efectuado por Decreto del Presidente 18/2019, de 1 de julio (DOE núm. 126, de 2 de julio de 2019), actuando en el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas por el Decreto 163/2019, de 29 de octubre (DOE núm. 214, de 6 de noviembre de 2019), por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales y se modifica el Decreto 222/2008, de 24 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos del Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia.
D. Ceciliano Franco Rubio, como Director Gerente del Servicio Extremeño de Salud, cargo que ostenta en virtud del nombramiento efectuado mediante Decreto 194/2015, de 17 de julio, (DOE n.º 87, de 18 de julio), en el ejercicio de las competencias atribuidas en el Anexo I del Decreto 221/2008, de 24 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos del Organismo Autónomo Servicio Extremeño de Salud.
Las partes, en el ámbito de sus respectivas competencias, se reconocen capacidad legal suficiente para suscribir la presente Adenda al Convenio, a cuyo efecto
EXPONEN
Primero.
La Universidad de Extremadura (UEX), la Consejería de Sanidad y Políticas Sociales, el Servicio Extremeño de Salud y la Consejería de Economía e Infraestructuras de la Junta de Extremadura suscribieron con fecha 24 de mayo de 2019 un convenio para la creación conjunta del Instituto Universitario de Investigación Biosanitaria de Extremadura (INUBE), para fomentar, desarrollar e integrar la investigación biosanitaria de excelencia en el entorno de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
El Convenio, fue publicado en el Diario Oficial de Extremadura núm. 131, de 9 de julio de 2019, mediante Resolución de 24 de junio de 2019, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Universidad de Extremadura, la Consejería de Sanidad y Políticas Sociales, el Servicio Extremeño de Salud y la Consejería de Economía e Infraestructuras de la Junta de Extremadura para la creación conjunta del Instituto Universitario de Investigación Biosanitaria de Extremadura (INUBE).
Segundo.
El objetivo principal de esta iniciativa es integrar la actividad de los organismos actores en investigación sanitaria, para impulsar una investigación multidisciplinar de calidad en Ciencias de la Salud en Extremadura que permita producir información científica sobre Ciencias de la Salud para estimular su traslación a los actores de innovación y transmisión a la práctica clínica habitual. La falta de una institución conjunta que agrupe los investigadores de estos organismos genera un vacío que resta posibilidades a la integración europea con sus consecuencias inmediatas: la menor competitividad para lograr recursos externos que permitan generar el desarrollo de nuevos conocimientos.
Tercero.
Desde la constitución del INUBE, el impacto y la universalidad de la pandemia de SARS-CoV-2 han puesto de manifiesto y acentuado gran parte de los problemas que ya se habían detectado, principalmente los relacionados con el traslado y transferencia de los resultados de la investigación al sistema sanitario y productivo, con el objetivo último de tener un impacto positivo en la práctica clínica. En este sentido, desde el Consejo Rector y la Presidencia del INUBE no se ha podido avanzar, en este periodo, en la consecución de los objetivos que previamente se habían establecido.
Cuarto.
La cláusula decimoquinta del convenio recoge que la modificación de los términos y condiciones contenidos en el mismo se realizará mediante la suscripción de adendas, aprobadas por el Consejo Rector y autorizadas por el Consejo de Gobierno de la Universidad de Extremadura y por el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura.
Las partes firmantes, previas autorizaciones del Consejo de Gobierno de la Universidad de Extremadura, en sesión de 20 de julio de 2021 y del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, en sesión de 7 de Julio de 2021, acuerdan formalizar la presente adenda de acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera y única. Modificación del punto 1 de la Cláusula quinta del convenio.
Se modifica el párrafo cuarto del punto 1 de la Cláusula Quinta del convenio, que queda redactado del siguiente modo:
Contará con una Presidencia y una Secretaría, elegidas de entre sus miembros: La Presidencia se ejercerá, en el periodo de vigencia inicial del convenio, por uno de los representantes de la Consejería con competencias en materia de sanidad, si bien en las sucesivas prórrogas que pudieran establecerse será ejercida de forma rotatoria por uno de los representantes de la Universidad de Extremadura o de la Consejería con competencias en materia de sanidad, comenzando por la primera. La Secretaría será ejercida por el Director Científico del INUBE, que participará con voz y voto. Le corresponde la convocatoria de las reuniones en nombre de la presidencia, la elaboración de las actas y la certificación de los acuerdos tomados por el Consejo Rector, que serán comunicados a las instituciones tras la celebración de cada reunión .
Y para que conste, en prueba de conformidad con lo que antecede, se firma la presente Adenda en el lugar y fecha indicados, quedando anexionada al Convenio original, tal como se determina en la estipulación Decimoquinta del Convenio original de 24 de mayo de 2019.
Por la Universidad de Extremadura
Rector Magnífico
D. Antonio Hidalgo García
Por la C. de Sanidad y Servicios Sociales
Consejero
D. José María Vergeles Blanca
Por la C. de Economia, Ciencia y Agenda Digital
Consejero
D. Rafael España Santamaría
Por el Servicio Extremeño de Salud
Director Gerente
D. Ceciliano Franco Rubio

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