RESOLUCIÓN de 9 de noviembre de 2022, del Consejero, de modificación de la Resolución de 17 de junio de 2021 por la que se aprueba el calendario de actividades feriales comerciales oficiales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2022.
TEXTO ORIGINAL
A la vista de la documentación y de las solicitudes aportadas por la Asociación Clúster de la Energía de Extremadura organizadora de la feria: EXPOENERGEA 2022, y la Institución Ferial de Cáceres (IFECA), organizadora de Cáceres de Boda 2022 , en atención a los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. La Resolución de 17 de junio de 2021, del Consejero de Economía, Ciencia y Agenda Digital (DOE n.º 121, de 25 de junio), aprueba el calendario de actividades feriales comerciales oficiales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2022.
Segundo. Con fecha de 31 de mayo de 2022 tiene entrada la solicitud, por parte de Clúster de la Energia de Extremadura, del cambio de fecha para la celebración de la siguiente feria:
VI EXPOENERGEA del 24 al 25 de noviembre de 2022.
Tercero. Con fecha 3 de noviembre de 2022 tiene entrada la solicitud, por parte de la Institución Ferial de Cáceres (IFECA), del cambio de fecha para la celebración de la siguiente feria:
XV CÁCERES DE BODA del 5 al 6 de noviembre de 2022.
A los anteriores hechos son de aplicación los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Único. El Consejero de Economía, Ciencia y Agenda Digital, a propuesta la Secretaría General de Economía, Ciencia y Agenda Digital es el órgano competente para dictar la presente resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo 12 de la Ley 8/2010, de 19 de julio, de Actividades Feriales de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y
En virtud de lo expuesto, el Consejero de Economía, Ciencia y Agenda Digital
RESUELVE
Modificar el ANEXO de la Resolución de 17 de junio de 2021, del Consejero de Economía, Ciencia y Agenda Digital (DOE n.º 121, de 25 de junio), por la que se aprueba el calendario de actividades feriales comerciales oficiales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2022, en los siguientes términos:
ANEXO
Donde dice:
ASOCIACIÓN CLÚSTER DE LA ENERGÍA DE EXTREMADURA
VI EXPOENERGEA
12/10/2022 a 14/10/2022
INSTITUCIÓN FERIAL DE CÁCERES (IFECA)
XV CÁCERES DE BODA
22/10/2022 a 23/10/2022
Debe decir:
ASOCIACIÓN CLÚSTER DE LA ENERGÍA DE EXTREMADURA
VI EXPOENERGEA
24/11/2022 a 25/11/2022
INSTITUCIÓN FERIAL DE CÁCERES (IFECA)
XV CÁCERES DE BODA
5/11/2022 a 6/11/2022
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa de conformidad con el artículo 103.1 a) de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se podrá interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución, o ser impugnados directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo a tenor de lo establecido en los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Mérida, 9 de noviembre de 2022.
El Consejero de Economía, Ciencia y Agenda Digital,
RAFAEL ESPAÑA SANTAMARÍA