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CORRECCIÓN de errores del Decreto 125/2022, de 5 de octubre, por el que se desarrollan las bases reguladoras de subvenciones para actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes, en ejecución del Programa de rehabilitación energética para edificios existentes en municipios de reto demográfico (Programa PREE 5000), incluido en el Programa de regeneración y reto demográfico del Plan de rehabilitación y regeneración urbana del Plan de Recuperación Transformación y Resiliencia en Extremadura, y se aprueba la única convocatoria.
DOE Número: 219
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: martes, 15 de noviembre de 2022
Apartado: I DISPOSICIONES GENERALES
Organismo: CONSEJERÍA PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y SOSTENIBILIDAD
Rango: CORRECCIÓN
Descriptores: Eficiencia energética. Subvenciones.
Página Inicio: 55340
Página Fin: 55342
Permalink ELI: http://doe.juntaex.es/eli/es-ex/d/2022/10/05/125/corrigendum/20221115
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
LOGOS MINISTERIO PARA LA TRANFORMACION ECOLOGICA Y EL RETO DEMOGRAFICO - IDAE - UNION EUROPEA - PLAN DE RECUPERACION TRANSFORMACION Y RESILIENCIA - PREE 5000 - JUNTA DE EXTREMADURA
Advertidos errores en el texto y en el Anexo II del Decreto 125/2022, de 5 de octubre, por el que se desarrollan las bases reguladoras de subvenciones para actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes, en ejecución del Programa de rehabilitación energética para edificios existentes en municipios de reto demográfico (Programa PREE 5000), incluido en el Programa de regeneración y reto demográfico del Plan de rehabilitación y regeneración urbana del Plan de Recuperación Transformación y Resiliencia en Extremadura, y se aprueba la única convocatoria, publicado en el Diario Oficial de Extremadura (DOE n.º 213, de 7 de noviembre de 2022), se procede a su oportuna rectificación:
En el apartado 1 del artículo 13 donde dice:
1. Los solicitantes que desarrollen actividades económicas, acreditarán la inscripción en el censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria en la actividad económica relacionada con la actuación subvencionable objeto de su solicitud, cuando exista oposición expresa en el apartado correspondiente del Anexo II relativo a la solicitud de ayuda, a que sea recabado de oficio por el órgano gestor .
Debe decir:
1. Los solicitantes que desarrollen actividades económicas, acreditarán la inscripción en el censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria en la actividad económica relacionada con la actuación subvencionable objeto de su solicitud, cuando no autoricen expresamente en el apartado correspondiente del Anexo II relativo a la solicitud de ayuda, a que dichos datos sean recabados de oficio por el órgano gestor, de conformidad con el artículo 95.1,k) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria .
Además, y consecuencia de lo anterior, el apartado 13 del ANEXO II se sustituye por el que figura a continuación:
13. COMPROBACIONES DE LA ADMINISTRACIÓN
De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, las administraciones públicas podrán recabar o verificar los datos que a continuación se relacionan. Si manifiesta su oposición a que la Dirección General de Industria, Energía y Minas efectúe dicha comprobación, deberá indicarlo marcando la casilla correspondiente y aportando en cada caso el documento solicitado.
ME OPONGO a que la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Transición Ecológica y Sostenibilidad pueda recabar de oficio los datos que acrediten que el solicitante se encuentra al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social. Por lo que APORTO certificado expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social que acredita que está al corriente de sus obligaciones frente a dicho organismo.
ME OPONGO a que la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Transición Ecológica y Sostenibilidad pueda recabar de oficio los datos que acrediten que el solicitante de la ayuda no tiene deudas con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Por lo que APORTO certificado que acredita que la empresa solicitante de la ayuda se encuentra al corriente de sus obligaciones fiscales con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
ME OPONGO a que la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Transición Ecológica y Sostenibilidad pueda consultar de oficio en la RED SARA la copia simple del poder de representante legal (únicamente en el caso de que el poder de representante legal se haya elevado a público ante notario a partir del 5 de junio de 2014). Por lo que APORTO los poderes de representación de la empresa.
ME OPONGO a que La Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad pueda recabar de oficio los datos catastrales referidos al inmueble y recabe la información gráfica y descriptiva de los datos catastrales Por lo que APORTO documento que acredite la propiedad del inmueble y consulta descriptiva y gráfica.
ME OPONGO a que La Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad pueda recabar de oficio los datos, ante el órgano competente en el que se encuentra registrado, del certificado de eficiencia energética del edificio o parte del edificio en su estado actual. Por lo que APORTO el certificado registrado ante dicho órgano competente.
ME OPONGO a que la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad pueda recabar de oficio los datos que acrediten el domicilio/residencia fiscal del solicitante de la ayuda en la hacienda estatal. Por lo que APORTO certificado tributario que acredita la residencia fiscal del solicitante de la ayuda.
ME OPONGO a que la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad pueda consultar el NIF de la entidad jurídica que gestiona la comunidad de energía renovables o ciudadana de energía en la Hacienda Estatal. Por lo que APORTO copia del NIF.
13.1. COMPROBACIONES DE LA ADMINISTRACIÓN PARA DATOS TRIBUTARIOS
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 95.1 K) de la Ley 58/2003, General Tributaria, las Administraciones públicas podrán recabar o verificar los datos que a continuación se relacionan, previa autorización expresa del interesado. Para ello, deberá indicar el sentido de su consentimiento marcando la casilla correspondiente. Si no manifiesta su autorización expresa a que la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad efectúe dicha comprobación, deberá aportar en cada caso el documento solicitado.
Obligaciones fiscales con la Hacienda Estatal
Autorizo a que la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad pueda recabar de oficio los datos que acrediten que el solicitante se encuentra al corriente de sus obligaciones fiscales con la Hacienda del Estado.
NO Autorizo a que la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad pueda recabar de oficio los datos que acrediten que el solicitante se encuentra al corriente de sus obligaciones fiscales con la Hacienda del Estado, APORTANDO por ello certificado correspondiente que acredita el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal.
Datos relativos a las altas en el Impuesto de Actividades Económica
Autorizo a que la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad pueda recabar de oficio los datos relativos a las altas en el Impuesto de Actividades Económicas.
NO Autorizo a que la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad pueda recabar de oficio los datos relativos a las altas en el Impuesto de Actividades Económicas, APORTANDO por ello certificado emitido por la Agencia Tributaria que acredita los epígrafes de IAE en los que se encuentra dada de alta la empresa solicitante.

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