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MODIFICACIÓN del Extracto y Anuncio de la convocatoria, de la Línea 2 de subvenciones, para la implantación de la recogida separada de la fracción orgánica mediante el sistema de aportación en contenedor cerrado, en entidades locales de la Comunidad Autónoma de Extremadura, financiado por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional "Una manera de hacer Europa".
DOE Número: 221
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: jueves, 17 de noviembre de 2022
Apartado: I DISPOSICIONES GENERALES
Organismo: CONSEJERÍA PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y SOSTENIBILIDAD
Rango: MODIFICACIÓN
Descriptores: Residuos. Subvenciones.
Página Inicio: 56254
Página Fin: 56255
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.): 574657
Mediante Decreto 79/2021, de 30 de junio se establecen las bases reguladoras de las subvenciones públicas destinadas a la administración local para actuaciones encaminadas a mejorar la gestión de residuos municipales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria de las ayudas, financiadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional Una manera de hacer Europa .
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el 13 de julio de 2021 se publicó en el Diario Oficial de Extremadura número 133 el extracto de la convocatoria de la Línea 2 de subvenciones para la implantación de la recogida separada de la fracción orgánica mediante el sistema de aportación en contenedor cerrado, en entidades locales, conforme a las ayudas destinadas a la administración local para actuaciones encaminadas a mejorar la gestión de residuos municipales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, establecidas en el Decreto 79/2021, de 30 de junio, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es) con identificación 574657.
El apartado cuarto del extracto prevé la cuantía total convocada para esta línea de ayuda, por importe de 2.200.000 euros con cargo a la posición presupuestaria G/354A/760.00 y G/354A/761.00, del centro gestor 1800030000, proyecto 20210294, de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para los ejercicios 2021 y 2022, Fondo FD14060101.
En el informe de la Comisión de Valoración de fecha 13 de diciembre de 2021, se acuerda la concesión de ayudas de la Línea 2 por importe total de 895.710 euros, correspondiendo 554.480 euros a los Ayuntamientos solicitantes, 140.000 euros a las mancomunidades de municipios, y 201.230 euros a los consorcios supra municipales.
En este sentido, el apartado primero del extracto de la convocatoria establece que tendrán la condición de beneficiarios, entre otros, los consorcios supra municipales de prestación de servicios de recogida y transporte de residuos municipales, que tengan personalidad jurídica propia y actúen como representantes de un municipio o mancomunidad en virtud al acuerdo de delegación de competencias, dentro del ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que reúnan los requisitos para obtener la condición de beneficiarios, a los que se hace referencia en el artículo 6 del Decreto 79/2021, de 30 de junio. Sin embargo, se advierte la omisión en la convocatoria de la aplicación presupuestaria correspondiente para financiar la ayuda solicitada por los mismos, por lo que se hace necesario modificar el expediente de gasto de la línea 2 de ayudas, mediante la creación de la aplicación presupuestaria 18003 354A 769.00 del proyecto 20210294 y fondo FD14060101.
Asimismo, y mediante acuerdo del Consejo de Gobierno de 28 de julio de 2022, se autoriza la modificación del apartado 10 Justificación y abono de las ayudas de la disposición adicional única del Decreto 79/2021, ampliando el plazo para la justificación total de los gastos y pagos efectivamente realizados y acreditados hasta el 30 de septiembre de 2023, y dado que la convocatoria no dispone de créditos en la anualidad 2023, es preciso realizar la redistribución de los mismos, dotando de crédito esta anualidad, en la que se realizarán los segundos pagos de las ayudas.
A este respecto, el artículo 39.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, exige para la distribución distinta entre los proyectos y aplicaciones presupuestarias recogidos en la convocatoria inicialmente prevista, la publicación en el Diario Oficial de Extremadura de un anuncio del órgano que ha aprobado la convocatoria, que contenga el texto de la modificación efectuada.
Por todo lo anterior, se procede a la publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la modificación de la distribución del crédito por anualidades previsto en el punto 3 de la disposición adicional única. Primera convocatoria del Decreto y del apartado cuarto del extracto, referidos ambos a la distribución temporal y económica de la cuantía prevista para la línea 2, que deben quedar distribuidos del siguiente modo:
Fondo FD14060101 y Proyecto 20210294.
Centro gestor:180030000.
Posición presupuestaria G/354A/76000, anualidad 2022, importe 277.240,00 euros.
Posición presupuestaria G/354A/76100, anualidad 2022, importe 70.000,00 euros.
Posición presupuestaria G/354A/76900, anualidad 2022, importe 100.615,00 euros.
Posición presupuestaria G/354A/76000, anualidad 2023, importe 277.240,00 euros.
Posición presupuestaria G/354A/76100, anualidad 2023, importe 70.000,00 euros.
Posición presupuestaria G/354A/76900, anualidad 2023, importe 100.615,00 euros.
Mérida, 21 de octubre de 2022.
La Secretaria General,
CONSUELO CERRATO CALDERA

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