ANUNCIO de 8 de noviembre de 2022 sobre notificación por publicación del primer requerimiento de subsanación del procedimiento de ayudas para la corrección de líneas eléctricas peligrosas para la avifauna correspondiente a la convocatoria establecida en la disposición adicional segunda del Decreto 35/2022, de 6 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras de ayudas destinadas a la corrección de líneas eléctricas peligrosas para la avifauna en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
TEXTO ORIGINAL
Mediante Decreto 35/2022, de 6 de abril (DOE núm. 96, de 20 de mayo de 2022), se convocó, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de ayudas a titulares de líneas eléctricas peligrosas para la avifauna incluidas en la Resolución de 15 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad (DOE núm. 227, de 25 de noviembre de 2021), cuyo procedimiento se regula en el citado decreto.
El artículo 9 del Decreto 35/2022, de 6 de abril, indica que, concluido el plazo de presentación de las solicitudes de ayuda, una vez examinadas las solicitudes recibidas y revisada la documentación aportada, si éstas no reuniesen los requisitos establecidos en el artículo 10 del citado decreto, se requerirá al interesado para que subsane la falta o acompañe la documentación que se determine.
Conforme a lo establecido en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y según lo previsto en el artículo 14.11 del Decreto 35/2022, de 6 de abril, mediante la publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de Extremadura, se procede a la notificación de requerimiento de subsanación a los interesados relacionados en el Anexo del presente anuncio.
En el ANEXO del presente anuncio se recoge la relación de interesados afectados por este trámite de subsanación, identificados mediante su NIF, número de expediente asignado a su solicitud y resumen de las incidencias detectadas.
Por todo lo anterior, cada interesado deberá subsanar las faltas detectadas y acompañar o completar los documentos o datos especificados en el ANEXO, indicando el número de expediente asignado en el plazo máximo e improrrogable de diez días contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio, según lo dispuesto en el artículo 23.5 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Si así no lo hiciese, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se le tendrá por desistido en su solicitud, previa resolución que deberá dictarse en los términos previstos en el artículo 21 de la citada ley.
La documentación deberá remitirse a través del Registro Electrónico General, de la Sede electrónica de la Junta de Extremadura
https://sede.gobex.es/SEDE/registroGeneral/registroGeneral.jsf,
sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 16.4. a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas en lo relativo al uso de otros registros electrónicos.
Mérida, 8 de noviembre de 2022. Jefe de Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas, LUIS ENRIQUE DELGADO VALIENTE.