RESOLUCIÓN de 2 de noviembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura y la Fundación Ayuda en Acción para la realización del proyecto "eMprende 2022-2023".
TEXTO ORIGINAL
Habiéndose firmado el día 18 de octubre de 2022, el Convenio de Colaboración entre la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura y la Fundación Ayuda en Acción para la realización del proyecto eMprende 2022-2023 , de conformidad con lo previsto en el artículo 8 del Decreto 217/2013, de 19 de noviembre, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
RESUELVO:
La publicación en el Diario Oficial de Extremadura del convenio que figura como ANEXO de la presente resolución.
Mérida, 2 de noviembre de 2022.
La Secretaria General.
PA Resolución de 01/03/2021,DOE n.º 43, de 4 de marzo de 2021.
La Jefa de Servicio de Legislación y Documentación,
M.ª MERCEDES ARGUETA MILLÁN
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO DE LA JUNTA DE EXTREMADURA Y LA FUNDACIÓN AYUDA EN ACCIÓN PARA LA REALIZACIÓN DEL PROYECTO eMprende 2022-2023
Mérida, 18 de octubre de 2022
REUNIDOS
De una parte,
Fundación Ayuda en Acción, representada en este acto por D. Fernando Mudarra Ruíz, con NIF ***31.91**, en calidad de Director General, actuando en su nombre y representación, constituida mediante escritura pública de fecha 5 de octubre de 2016, autorizada por el Notario de Madrid D. Luis Quiroga Gutiérrez, e inscrita en el Registro de Fundaciones con el número 2269, con domicilio social en C/ Serrano Anguita 13, Madrid, provista de Código de Identificación Fiscal número G-82257064, en lo sucesivo AeA o Fundación ).
De otra parte,
La Consejería de Educación y Empleo, representada por el Ilmo. Secretario General D. Rubén Rubio Polo cargo para el que fue nombrado por Decreto 151/2015, de 10 de julio (DOE núm. 1 (extra) de 11 de julio), en virtud de la delegación efectuada mediante Resolución de 13 de noviembre de 2019, de la Consejera (DOE núm. 223, de 19 de noviembre), en representación de la Consejería de Educación y Empleo.
Ambas partes podrán denominarse conjuntamente como las Partes o individualmente como la Parte .
Los comparecientes manifiestan que sus poderes están en vigor y que les capacita para obligarse en nombre de sus respectivas entidades a todas las obligaciones asumidas en el presente convenio y
MANIFIESTAN
Primero. Que Ayuda en Acción, organización que viene trabajando mundialmente en proyectos solidarios en defensa de los derechos de la infancia, define la Educación en Derechos de Infancia y Ciudadanía Global como un proceso que fomenta el desarrollo en niños, niñas y jóvenes de actitudes y valores a la vez que dota a esos alumnos de los conocimientos y aptitudes que les permitan promover esos valores y generar cambios en sus propias vidas y en las de su comunidad, tanto a escala local como global .
Segundo. La Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura desarrolla competencias en materia de política educativa y formación, excepto las de política universitaria, así como las competencias en materia de trabajo y políticas de empleo según el Decreto del Presidente 16/2019, de 1 de julio, por el que se modifican la denominación, el número y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 126 de 2 de julio de 2019).
Dentro de sus órganos directivos se encuentra la Dirección General de Formación Profesional y Formación para el empleo con las siguientes competencias de conformidad con el artículo 6 del Decreto 166/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Empleo (DOE n.º 214 de 6 de noviembre)
En materia de Formación Profesional del sistema educativo:
Planificación de la oferta de las enseñanzas de formación profesional en colaboración con los agentes sociales en el ámbito regional y por zonas geográficas.
Estudio de las posibilidades de formación del alumnado en centros de trabajo.
Colaborar para establecer la interconexión de la formación profesional reglada con la formación profesional ocupacional y continua.
Ordenación y ejecución de los planes y programas educativos en la educación de personas adultas y educación a distancia.
Programas de Formación Profesional Básica.
Y aquellas otras que le sean delegadas en el ejercicio de las competencias asignadas a la Dirección General.
Promover la coordinación de los sistemas de información y orientación profesional.
Tercero. Que Fundación Ayuda en Acción pondrá en marcha en Extremadura el proyecto eMprende consistente en la generación de itinerarios de mejora de la empleabilidad y emprendimiento en la transición educación trabajo de población joven en riesgo de exclusión siendo un proyecto subvencionado por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, para Proyectos Piloto de Itinerarios de Inclusión en centros educativos a través de los diferentes grados de Formación Profesional, una intervención con alumnado y docentes, creando itinerarios empleabilidad y emprendimiento y generación de iniciativas de emprendimiento que cambian su entorno, a través de distintos componentes:
— Orientación vocacional profesional.
— Adquisición de competencias clave.
— Espacio MAKER: aprender haciendo.
— Red de socios y articulación con entorno laboral.
Cuarto. eMprende pone a disposición de los centros educativos y de sus equipos, personal adicional especializado y experto en emprendimiento y empleabilidad para sumar esfuerzos al trabajo que actualmente se desarrolla a través de la iniciativa de las Aulas de Emprendimiento, ofreciendo diferentes recursos y metodologías que ayudan a poner en marcha dichos espacios o a dinamizar y reforzar los ya existentes.
Quinto. eMprende realizará en la última fase del programa una evaluación final RCT (randomized controlled trial) para evaluar aleatoriamente y de forma controlada la intervención en los centros educativos extremeños durante los meses de septiembre de 2023 a marzo de 2024.
Sexto. Que ambas partes están interesadas en colaborar en la citada iniciativa en grupos de Formación Profesional Básica, Media y Superior en centros educativos públicos extremeños y acuerdan firmar este convenio de colaboración que regulará los términos para dicha cooperación entre ellos para la realización del citado proyecto.
Y, en virtud de todo esto, las Partes, denominadas individualmente Parte y conjuntamente Partes , formalizan el presente convenio de colaboración, en adelante “el convenio” fundado en las siguientes
CLÁUSULAS
1. Objeto.
El presente convenio tiene por objeto regular los términos y condiciones en los que la Fundación Ayuda en Acción y la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura colaborarán para implementar la iniciativa eMprende durante el curso lectivo 2022-2023 y la posterior evaluación RCT prevista para la fase final hasta el 30 de marzo de 2024.
Un proyecto que se ejecutará y regulará en el marco del Real Decreto 378/2022, de 17 de mayo, por el que se regula la concesión directa de subvenciones del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones en el ámbito de la inclusión social, por un importe de 102.036.066 euros, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, (BOE n.º 118 de 18 de mayo de 2022), cuyo objeto es la realización de proyectos piloto innovadores para el desarrollo de itinerarios de inclusión social y su evaluación, con la finalidad de contribuir a la promoción de la igualdad, la inclusión social y la lucha contra la pobreza en sus distintas formas. El real decreto contribuye en el marco del componente 23 inversión 7 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia al cumplimiento del indicador de seguimiento número 351.1 del ANEXO II de las Disposiciones Operativas del Plan de Recuperación acordadas por el Gobierno de España y la Comisión.
La Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura junto con Ayuda en Acción ha realizado la selección de los centros siguiendo los criterios establecidos por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, resultando seleccionados centros de tratamiento y centros de control que aparecen en el ANEXO I, donde se llevará a cabo el proyecto.
Los centros educativos seleccionados, de acuerdo con su tipología, centro de tratamiento o centro de control, desarrollarán el programa y asumirán una serie de derechos y obligaciones recogidos en los manifiestos de interés incluidos como ANEXOs II y III en este convenio.
2. Compromisos de la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura
2.1. Apoyar las actuaciones del proyecto eMprende que impulsa la Fundación Ayuda en Acción con las actuaciones que desarrolla la Consejería de Educación y Empleo con el objetivo de potenciar entre ambos, el fomento de capacidades de jóvenes en el desarrollo formativo y el aumento de capacidades laborales y de empleabilidad en igualdad de oportunidades.
2.2. Impulsar un espacio de articulación institucional en el marco del proyecto eMprende, entre ambas instituciones que permita la identificación, seguimiento y evaluación del desarrollo del proyecto en los centros educativos.
2.3. Promover la generación del conocimiento en dicho espacio mediante las lecciones aprendidas y recomendaciones, así como la valoración conjunta sobre aquellas oportunidades de financiación o acciones de interés que pudieran darle sostenibilidad al proyecto que pudieran convocarse a nivel autonómico, nacional, europeo o internacional.
2.4. Colaborar en la identificación, selección y acceso a los centros de formación profesional para el desarrollo de acciones dirigidas al ámbito de empleabilidad y emprendimiento.
2.5. Colaborar en el desarrollo de la evaluación del proyecto en el marco de la validación de modelos de intervención social propuestos en los centros de formación profesional, así como herramientas de seguimiento y articulación que faciliten la consecución de la evaluación.
2.6. Facilitar la articulación con el entorno socio-económico de los centros de formación profesional para la identificación de oportunidades de empleabilidad y emprendimiento para las y los jóvenes.
2.7. Facilitar la inmersión del proyecto dentro de la dinámica de gestión educativa de los centros de formación profesional.
3. Compromisos de Fundación Ayuda en Acción.
Al objeto de contribuir a la realización del Proyecto, la Fundación Ayuda en Acción, por si, o a través de terceros:
3.1.1. Implementar el programa eMprende en centros educativos extremeños, seleccionados conjuntamente con la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura.
3.1.2. Coordinarse con las direcciones de los centros educativos y con el profesorado designado a tal fin, para la ejecución de las acciones concretas que se van a realizar en cada centro en el marco del proyecto.
3.1.3. Informar a la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura del contenido y difusión de los materiales del programa eMprende que se desarrollen al amparo del presente convenio.
3.1.4. Informar a la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura de las actuaciones realizadas en los centros en los que se intervenga.
3.1.5. Comunicar a la otra parte cualquier incidencia que motive el incumplimiento de las estipulaciones del presente acuerdo de colaboración.
El personal que se ponga a disposición del proyecto mantendrá una relación laboral con la Fundación Ayuda en Acción, sin que tenga ninguna relación con la Junta de Extremadura.
4. Comisión de Seguimiento.
Se constituye una Comisión de Seguimiento de este convenio y la colaboración derivada del mismo en la que participarán dos representantes de cada una de las Partes, cuyas funciones principales serán:
— Velar por el cumplimiento de este convenio de colaboración.
— Coordinar todas las actuaciones que se realicen con ocasión del desarrollo del mismo.
La propia Comisión, una vez constituida, decidirá su régimen de reuniones y de adopción válida de acuerdos.
5. Protección de datos de carácter personal.
A los efectos de lo dispuesto en el artículo 5 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (RGPD, cada una de las Partes queda informada de que los datos de contacto de sus representantes y empleados tratados en virtud del presente convenio, serán tratados por la otra parte con la finalidad de permitir el desarrollo, cumplimiento y control de la relación concertada, siendo la base del tratamiento el cumplimiento de la relación y conservándose los datos durante todo el tiempo en que esta subsista y aún después, hasta que prescriban las eventuales responsabilidades derivadas de ella.
6. Confidencialidad.
Los Centros Educativos se obligan a guardar la más estricta confidencialidad sobre cualquier información científica o técnica o de cualquier tipo pertenecientes a la Fundación Ayuda en Acción a las que haya podido tener acceso en el desarrollo del presente convenio y que no sea del dominio público.
7. Relación y Comunicación entre las Partes.
7.1. Las Partes establecen que, en ningún momento, existirá relación laboral entre las Partes. Asimismo, cada una de las Partes actuará como una entidad o personalidad jurídica independiente de la otra y, por tanto, ninguna de las estipulaciones de este convenio podrá ser interpretada en el sentido de que la misma pretenda constituir relaciones de asociación, sociedad, joint venture o cualesquiera otras similares entre ambas Partes.
En consecuencia, ninguna de las Partes estará autorizada para representar o pretender en cualquier forma actuar en representación de la otra Parte, por lo que ninguna de ellas está facultada para otorgar documento o contrato alguno en nombre de la otra estableciendo derechos u obligaciones, ni cualquier otro compromiso.
7.2. Todas las notificaciones, requerimientos, peticiones y otras comunicaciones que hayan de efectuarse por las Partes en relación con el presente convenio, deberán realizarse preferentemente por medios electrónicos o por escrito. Con independencia del medio utilizado, las notificaciones serán válidas siempre que permitan tener constancia de su envío o puesta a disposición, de la recepción o acceso por el interesado o su representante, de sus fechas y horas, del contenido íntegro, y de la identidad fidedigna del remitente y destinatario de la misma.
Las Partes podrán variar el domicilio para las notificaciones, poniéndolo en conocimiento en cualquier momento a la otra Parte.
Para el seguimiento del día a día del Proyecto y el desarrollo de los trabajos en relación con el mismo las Partes acuerdan que bastarán las comunicaciones vía electrónica entre ambas.
8. Vigencia.
El convenio entrará en vigor con efectos retroactivos con fecha 1 de junio de 2022 y estará vigente hasta el 30 de marzo de 2024, transcurridos los cuales el presente convenio quedará resuelto de pleno derecho.
9. Resolución del convenio.
Sin perjuicio de la extinción que corresponda por mutuo acuerdo o cumplimiento del plazo pactado o de sus sucesivas renovaciones o prórrogas (en su caso), el presente convenio se extinguirá por las causas generales admitidas en derecho y, en particular, podrá ser resuelto unilateralmente por cualquiera de las Partes, mediante notificación por escrito, con dos meses de antelación, además de por las causas expresamente previstas en el mismo, por las siguientes:
9.1. Por el incumplimiento de las disposiciones del presente convenio, previo requerimiento por escrito a la Parte incumplidora por la otra Parte siempre y cuando la Parte incumplidora no subsane el incumplimiento dentro de los 60 días siguientes a la recepción del citado requerimiento, sin perjuicio de la posible reclamación de los daños y perjuicios que hubiesen podido ocasionarse.
Lo dispuesto en la presente estipulación no será de aplicación en aquellos casos en que el incumplimiento o cumplimiento defectuoso hubiere venido provocado por causa de fuerza mayor más allá del control de las Partes. En este supuesto, la Parte en cuestión deberá enviar notificación a la otra Parte comunicándole la existencia de dicha causa y durante el plazo de duración de tal hecho, será eximida de llevar a cabo las obligaciones afectadas a tal circunstancia y no será considerada en incumplimiento de este convenio. Si tal hecho continúa durante un periodo de no menos de quince (15) días, en cualquier momento con posterioridad a dicho plazo y durante el plazo de su duración, cualquiera de las Partes podrá resolver anticipadamente este convenio mediante una notificación escrita, cursada con una anticipación mínima de una (1) semana, a la otra Parte.
Será considerado como causa de Fuerza Mayor que impide el cumplimiento del convenio la existencia de disposiciones legales que impidan el cumplimiento del mismo, que no hubieran podido ser conocidas por las Partes antes de la formalización de este convenio.
10. Eficacia y modificación.
10.1. El convenio, constituido por el presente documento, contiene todas las condiciones y términos sobre los que se han puesto de acuerdo las Partes en relación con el mismo, el cual anula y sustituye todos los documentos, compromisos o acuerdos previos que haya podido existir entre las Partes en relación con el objeto del mismo.
10.2. Cualquier modificación de los términos y condiciones del presente convenio, deberá hacerse por escrito y ser firmada por representantes autorizados y con poder suficiente de todas las Partes.
11. Nulidad.
Si alguna de las cláusulas del presente convenio, de cuya validez no dependa la validez del mismo, resultase nula por contravenir la legislación aplicable, dicha cláusula se tendrá por no puesta, pero no afectará al resto del convenio que tendrá plena eficacia y validez entre las Partes.
12. Jurisdicción y ley aplicable.
Este convenio tiene naturaleza administrativa, se firma al amparo del artículo 47.2.c de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y se regirá por su clausulado y por lo previsto en el Capítulo VI del Título Preliminar de dicha ley, quedando excluido de la aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. Todo ello sin perjuicio de que, conforme al artículo 4 de la citada ley, se apliquen los principios de la misma para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse.
Dada la naturaleza administrativa del presente convenio, cualquier cuestión litigiosa que pudiera surgir en cuanto a la validez, interpretación y cumplimiento, realización o no realización del mismo, en ausencia de acuerdo entre las partes se resolverá por la jurisdicción contencioso-administrativa, sometiéndose a los Tribunales y Juzgados de Extremadura.
Y en prueba de conformidad ambas partes suscriben el presente convenio de colaboración a un solo efecto y por duplicado ejemplar, en el lugar y fecha al principio indicados.
Consejería de Educación y Empleo.
PD, R. de 13 de noviembre de 2019(DOE núm. 223, de 19 de noviembre),
D. Rubén Rubio Polo
Fundación Ayuda en Accción.
Director General de Ayuda en Acción,
D. Fernando Mudarra Ruíz
CENTROS DE TRATAMIENTO Y CONTROL PROYECTO eMprende.
La colaboración entre la Fundación Ayuda en Acción y la Consejería de Educación y Empleo se llevará a cabo en los siguientes centros educativos:
Provincia
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Centro de TRATAMIENTO
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Badajoz
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CENTRO DE FORMACIÓN DEL MEDIO RURAL (DON BENITO) BA
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Badajoz
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IES ARROYO HARNINA (ALMENDRALEJO) BA
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Cáceres
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IES AUGUSTÓBRIGA (NAVALMORAL DE LA MATA) CC
|
Badajoz
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ESCUELA SUPERIOR DE HOSTELERÍA Y AGROTURISMO DE EXTREMADURA (MÉRIDA) BA
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Badajoz
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IES EXTREMADURA (MÉRIDA) BA
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Badajoz
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IES SÁENZ DE BURUAGA (MÉRIDA) BA
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Badajoz
|
IES CUATRO CAMINOS (DON BENITO) BA
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Badajoz
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IES HOSTELERÍA Y TURISMO (ORELLANA LA VIEJA) BA
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Cáceres
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IES VALLE DE AMBROZ (HERVAS) CC
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Badajoz
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IESO SAN GINÉS (VILLANUEVA DEL FRESNO) BA
|
Badajoz
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IESO. SIERRA LA MESTA (SANTA AMALIA) BA
|
Badajoz
|
IES VIRGEN DE GRACIA (OLIVA DE LA FRONTERA) BA
|
Badajoz
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IES ENRIQUE DIEZ (PUEBLA DE LA CALZADA) BA
|
Badajoz
|
IES MIGUEL DURÁN (AZUAGA) BA
|
Cáceres
|
IES PARQUE DE MONFRAGÜE (PLASENCIA) CC
|
Provincia
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Centro de CONTROL
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---|
Badajoz
|
CENTRO DE FORMACIÓN DEL MEDIO RURAL (VILLAFRANCA DE LOS BARROS) BA
|
Badajoz
|
IES NTRA. SRA. DE BÓTOA (BADAJOZ) BA
|
Badajoz
|
IES CIUDAD JARDÍN (BADAJOZ) BA
|
Badajoz
|
IES RODRÍGUEZ MOÑINO (BADAJOZ) BA
|
Badajoz
|
IES BÁRBARA DE BRAGANZA (BADAJOZ) BA
|
Badajoz
|
IES DE LLERENA (LLERENA) BA
|
Badajoz
|
IES SANTIAGO APÓSTOL (ALMENDRALEJO) BA
|
Cáceres
|
IES San Pedro de Alcántara (ALCANTARA) CC
|
Cáceres
|
IES San Martín (TALAYUELA) CC
|
Cáceres
|
IESO. Alconétar (GARROVILLAS DE ALCONETAR ) CC
|
Cáceres
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IESO. Gabriel García Márquez (TIETAR) CC
|
Badajoz
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IES CAMPOS DE SAN ROQUE (VALVERDE DE LEGANÉS) BA
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Badajoz
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IES TIERRA DE BARROS (ACEUCHAL) BA
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Cáceres
|
IES Loustau-Valverde (VALENCIA DE ALCÁNTARA) CC
|
Badajoz
|
IES DE CASTUERA (CASTUERA) BA
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ANEXO II
MANIFIESTO DE INTERÉS DE PARTICIPACIÓN ENTRE EL INSTITUTO DE ENSEÑANZA SECUNDARIA ………………………………………………………………… Y LA FUNDACIÓN AYUDA EN ACCIÓN EN EL MARCO DEL PROYECTO EMPRENDE COMO CENTRO DE TRATAMIENTO.
El Centro Educativo______________________, ubicado en ______________ ,manifiesta su interés de continuar con el proceso de participación en el Programa Piloto eMprende, en adelante eMprende, en la generación de itinerarios de mejora de la empleabilidad y emprendimiento en la transición educación- trabajo de población joven en riesgo de exclusión social, durante el curso lectivo 2022-2023, subvencionado por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, a través de los siguientes grados de Formación Profesional:
FP Básica FP Grado Medio FP Grado Superior
— Para sumar esfuerzos al trabajo de las Aulas de Emprendimiento, con personal especializado y experto en emprendimiento y empleabilidad, a través de los componentes de: orientación vocacional, adquisición de competencias clave, espacio MAKER-aprender haciendo, y red de socios y articulación con entorno laboral.
— La aceptación se da en el marco de la invitación hecha por Ayuda en Acción. EMprende contempla una fase de preparación para iniciar en octubre en los centros. De forma general las características de la intervención son:
FP Básica.
Sesión de 180 min.
1 sesión a la semana por grupo en horario lectivo.
De octubre a mayo.
FP Grado Medio y Superior.
Sesión de 120 minutos.
1 sesión cada 2 semanas por grupo en horario lectivo.
De octubre a mayo.
Para continuar con la planificación de la participación del Centro, las personas de contacto serán:
Por el Centro Educativo
Por Ayuda en Acción
Nombre:
Correo electrónico:
Teléfono:
Firma:
Director/a Centro Educativo
Nombre:
Correo electrónico:
Teléfono:
Firma:
ANEXO III
MANIFIESTO DE INTERÉS DE PARTICIPACIÓN ENTRE EL INSTITUTO DE ENSEÑANZA SECUNDARIA ………………………………………………………………… Y LA FUNDACIÓN AYUDA EN ACCIÓN EN EL MARCO DEL PROYECTO EMPRENDE COMO CENTRO DE CONTROL.
En (municipio), a ….. de ……............................… de 2022.
Primero. Que el Instituto de Enseñanza Secundaria ……………… se encuentra interesado en participar en el Proyecto eMprende, que se llevará a cabo durante el curso académico 2022 -2023, habiendo sido designado como Centro de Control.
Segundo. Que la Fundación Ayuda en Acción es una organización no gubernamental sin fines de lucro, con personalidad jurídica propia, cuyo fin es la promoción y colaboración en acciones de solidaridad, de cooperación al desarrollo y de bienestar social en general y de servicios asistenciales y sociales, con especial atención a colectivos y a personas en situación de vulnerabilidad, exclusión social, pobreza y desigualdad, con especial énfasis en la infancia.
Tercero. La Fundación Ayuda en Acción promoverá durante el curso 2022 2023, a través del Instituto de Enseñanza Secundaria ………., centro seleccionado como Centro de Control, el proyecto eMprende, que tiene entre sus objetivos validar un itinerario de refuerzo en los aspectos de emprendimiento y empleabilidad en centros de Formación Profesional, y a través de las aulas de emprendimiento.
Este proyecto será ejecutado por la Fundación Ayuda en Acción, a través de los distintos centros educativos seleccionados al efecto, siendo su objetivo principal la generación de itinerarios de mejora de la empleabilidad y emprendimiento en la transición educación trabajo de población joven en riesgo de exclusión, proyecto piloto de Itinerarios de Inclusión en centros educativos a través de los diferentes grados de FP, una intervención con alumnado y docentes, creando itinerarios empleabilidad y emprendimiento y generación de iniciativas de emprendimiento que cambian su entorno.
A este respecto, se ha procedido a la selección de centros educativos que actuarán como grupos centro de tratamiento, y en los que se realizará intervención completa y homogénea del itinerario de empleabilidad y emprendimiento propuesto, y centros educativos que desempeñarán el papel de CENTRO DE CONTROL, en los que no se realizará intervención alguna por parte del proyecto, a excepción de las actividades de evaluación.
Tercera Compromisos del Instituto de Enseñanza Secundaria Centro de Control.
El IES ………………………….……, como Centro de Control, acepta que su papel vendrá determinado por la ausencia completa de cualquiera de las líneas de trabajo o servicios ofrecidos por el proyecto, si bien percibirá una serie de incentivos para asegurar la participación en la recopilación de datos sobre su alumnado. Por ello, y en su compromiso con el proyecto eMprende, asume las siguientes obligaciones:
1. La implementación de un cuestionario de evaluación al conjunto del alumnado matriculado en el centro durante el curso 2022 2023, con las siguientes características:
A) Será un cuestionario que se podrá cumplimentar de manera on line, a través de un enlace, y con una duración aproximada del cuestionario de 20 minutos.
B) Se deberá asegurar la participación de todo el alumnado del centro, facilitando la cumplimentación grupal o por aulas, y a través de aulas de informática u otros recursos que den acceso a internet que tenga el centro educativo.
C) Este cuestionario se cumplimentará en dos momentos:
a. 1ª testeo (pre-test): octubre de 2022
b. 2º testeo (post-test): Octubre noviembre de 2023
D) Para el alumnado que en el 2º testeo ya esté egresado o fuera del centro educativo, el proyecto eMprende definirá la estrategia e incentivos pertinentes para asegurar su participación.
2. La recopilación de datos básicos de caracterización del centro educativo a nivel de oferta formativa, indicadores educativos (tasas de abandono, promoción, por género, etc.), y de cualquier información sobre otros programas o iniciativas en las que participe el centro, y que puedan interferir en los resultados del estudio.
3. Recibir visitas puntuales del equipo de evaluación del proyecto para mantener entrevistas con los actores clave del centro educativo, previa planificación con el equipo directivo.
Cuarta: Compromisos de la Fundación Ayuda en Acción.
La Fundación Ayuda en Acción, en relación con el Instituto …………………………………………. que desempeña el rol de Centro de Control, asume los siguientes compromisos:
1. La socialización del informe de evaluación de impacto que desarrolle el proyecto, así como la invitación a participar en los eventos de debate y presentación de resultados y recomendaciones de la evaluación que se generen.
2. La socialización a cada centro al finalizar el proyecto del conjunto de materiales y guías elaboradas en el marco del proyecto eMprende.
3. La inclusión en la red de centros de apoyo del conjunto de intervenciones futuras de la Fundación Ayuda en Acción.
4. Ofrecer una serie de incentivos para asegurar la participación en la recopilación de datos sobre su alumnado, que se harán efectivos a lo largo del último trimestre del curso académico.
Los incentivos contemplados se concretarán en materiales para los centros, actividades con el alumnado y actividades con el profesorado.
El concepto de los incentivos se considerará en base a un diagnóstico previo y compartido entre el centro y el proyecto eMprende. En cualquiera de los casos el proyecto eMprende deberá dar el visto bueno a los incentivos propuestos por el centro en base a que no interfieran en los resultados del estudio de evaluación ni con la normativa desarrollada vinculada al proyecto.
Dichos incentivos estarán valorados en un máximo de 2.000 euros para cada centro de control.
5. Implementar incentivos al alumnado, a través de la realización de un sorteo de algún componente tecnológico entre el conjunto del alumnado participante en los cuestionarios de evaluación, especialmente para asegurar una tasa adecuada de respuesta en el 2º testeo (postest: Octubre noviembre de 2023).
Y para que conste a los efectos previstos, firman el presente ANEXO en …………………., a …………… de …………………… de 2022.
Por el Instituto de Enseñanza Secundaria ………………………………………..
Fdo.: ……………………………
Cargo: ………………………….
D.N.I.: ………………………....