Resolución de 8 de noviembre de 2022, de la Gerencia, por la que se ejecuta un Acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno de la misma, aprobando el baremo de concurso aplicable a las convocatorias excepcionales de estabilización de empleo temporal de larga duración.
TEXTO ORIGINAL
La Ley 20/2021, de 28 de diciembre (BOE de 29 de diciembre), de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, introdujo, mediante la disposición adicional sexta, una previsión para que las Administraciones Públicas convocasen, con carácter excepcional, por el sistema de concurso, aquellas plazas que, reuniendo los requisitos establecidos en el artículo 2.1, hubieran estado ocupadas con carácter temporal de forma ininterrumpida con anterioridad a 1 de enero de 2016.
Entre las condiciones que debían darse, además de la excepcionalidad, estaba que sólo se podía acudir a esta modalidad por una sola vez. Ello motivaba el hecho de tener que establecer un modelo de concurso extraordinario, que se adaptase a los requerimientos de la precitada Ley 20/2021, sin afectar a las bases generales que rigen los procesos selectivos que se convoquen para el ingreso en las distintas Escalas del personal funcionario de Administración y Servicios.
Publicada la Oferta de Empleo Público para el personal de Administración y Servicios de la Universidad de Extremadura para el año 2022 conforme a los requerimientos del artículo 2.2 de la Ley 20/2021, procede publicar las convocatorias derivadas de dicha oferta, así como establecer el modelo de valoración de méritos que se va a aplicar a las convocatorias de concurso extraordinario, aplicables tanto a personal funcionario como a personal laboral.
Con el fin de dar cumplimiento a estos mandatos legales, y conseguir la deseada efectividad a los principios de economía, celeridad y eficacia que tienen que presidir la actuación administrativa, se propicia el presente modelo de concurso extraordinario, negociado en el seno de la Mesa Negociadora de la Universidad de Extremadura, que ha sido aprobada por el Consejo de Gobierno de 3 de noviembre de 2022.
CONCURSO:
En los procesos de acceso libre por concurso, convocados al amparo de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, se valorará de 0 hasta un máximo de 100 puntos. Se ajustará a las siguientes previsiones:
1. Experiencia profesional, la puntuación se conformará con la suma de los siguientes apartados hasta un máximo de 80 puntos:
1.1. Desempeñando puestos de la misma especialidad que la plaza convocada y en el mismo Cuerpo/Escala o Categoría Profesional en la Universidad de Extremadura, a razón de 0,60 puntos por mes completo de servicio y, en caso de fracción, 0,60/30 puntos por día trabajado.
1.2. Desempeñando puestos en distinta especialidad de la plaza convocada y en el mismo Cuerpo/Escala o Categoría profesional o puestos de diferentes Cuerpos/Escalas o Categorías Profesionales en la Universidad de Extremadura, a razón de 0,30 puntos por mes completo de servicio y, en caso de fracción, 0,30/30 puntos por día trabajado. Con un máximo de 40 puntos en este apartado.
1.3. Desempeñando puestos de la misma especialidad que la plaza convocada y en el mismo Cuerpo/Escala o Categoría Profesional en otras Administraciones Públicas, a razón de 0,15 puntos por mes completo de servicio y, en caso de fracción, 0,15/30 puntos por día trabajado. Con un máximo de 20 puntos en este apartado.
1.4. Desempeñando puestos en distinta especialidad o distinto Cuerpo/Escala o Categoría Profesional, que la plaza convocada, en otras Administraciones Públicas, a razón de 0,08 puntos por mes completo de servicio y, en caso de fracción, 0,08/30 puntos por día trabajado. Con un máximo de 10 puntos en este apartado.
2. Acreditación de una titulación académica superior a la exigida en cada proceso selectivo, mediante la certificación de un nivel de correspondencia del Marco Europeo de Cualificaciones (MECES), con un máximo de 10 puntos:
— 10 puntos: Doctor o Nivel 4 de Doctor del MECES
— 8 puntos: Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente o Máster Oficial o Nivel 3 de Máster del MECES
— 6 puntos: Diplomado, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente, o Nivel 2 de Grado del MECES
— 4 punto: Bachiller o equivalente o Nivel 1 de MECES
A los efectos anteriores, se tendrán en cuenta las equivalencias de títulos legalmente reconocidas. El nivel MECES debe ser acreditado mediante certificado de correspondencia expedido por el Ministro de Educación.
En este apartado sólo se valorará la titulación mayor de las aportadas por los aspirantes.
3. Haber superado la fase de oposición de alguna convocatoria anterior del mismo Cuerpo/Escala y misma especialidad de la Universidad de Extremadura: 5 puntos hasta un máximo de 10.
Criterios de desempate:
Cuando dos o más concursantes obtengan idéntica puntuación total se aplicará el siguiente procedimiento:
— En primer lugar, el empate se resolverá en favor de la persona que hubiera obtenido mayor puntuación, en este orden, en los apartados 1.1, 1.2, 1.3 y 1.4, sin la aplicación del límite de 80 puntos, es decir, contando todos los servicios prestados.
— De persistir el empate, se otorgará el puesto a quien hubiera obtenido mayor número de ejercicios aprobados de los indicados en el apartado 3.
— De persistir el empate, se otorgará el puesto a quien hubiera obtenido mayor puntuación en la fase de oposición del proceso selectivo más reciente de los indicados en el apartado 3.
— De persistir el empate, se otorgará el puesto atendiendo al candidato cuyo primer apellido comience por la letra resultante del sorteo realizado por la Dirección General de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el anuncio que se haga público para cada año en el Diario Oficial de Extremadura.
Badajoz, 8 de noviembre de 2022.
El Gerente,
(Resolución 26/09/2022, de la Gerencia, DOE de 29/09/2022).
PD, El Vicegerente de Recursos Humanos,
JOSÉ ANTONIO PEREA AYAGO