RESOLUCIÓN de 14 de noviembre de 2022, de la Secretaría General de Empleo, por la que se acuerda la apertura de la fase de consulta pública previa, de un plazo de presentación de sugerencias y un período de audiencia e información pública en relación con el proyecto de Decreto por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el desarrollo de acciones de REeskilling y Upskilling para la formación de cualificación y recualificación de la población activa, vinculada a cualificaciones profesionales en sectores estratégicos, cuidado de las personas y zonas en riesgo de despoblación, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria para el año 2023, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
TEXTO ORIGINAL
De conformidad con lo previsto en el artículo 24 del Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, las bases reguladoras de las subvenciones financiables con fondos europeos podrán incorporar la primera o única convocatoria de las mismas, aprobándose en ese caso por decreto del Consejo de Gobierno y el procedimiento se tramitará por la vía de urgencia, efectuándose conjuntamente los trámites de consulta, audiencia e información pública para recabar la opinión o sugerencias de las entidades o ciudadanos que pudieran resultar interesados del proyecto de decreto en el Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura.
Por lo tanto, procede evacuar los trámites previstos en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en la que se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de:
a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
b) La necesidad y oportunidad de su aprobación.
c) Los objetivos de la norma.
d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
Por otro lado, procede también dar cumplimiento a los trámites previstos en los artículos 7 y 40 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura y en el artículo 66.3 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
En cumplimiento de las citadas normas,
RESUELVO:
Único. La apertura de un periodo común de 7 días naturales a contar desde el día de la publicación del proyecto de decreto en el Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura para que cualquier persona pueda examinar el proyecto indicado y formular las proposiciones, sugerencias o recomendaciones que estime oportunas, así como para que los ciudadanos, organizaciones y asociaciones que así lo consideren, puedan hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Las opiniones, proposiciones, sugerencias o recomendaciones podrán presentarse por cualquiera de los medios que a tal efecto determina la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, o a través de la siguiente dirección de correo electrónico:
formacionparaelempleo@extremaduratrabaja.net
Asimismo, el proyecto de decreto estará a disposición de los ciudadanos en el Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura.
Mérida, 14 de noviembre de 2022. El Secretario General de Empleo. PA, Decreto 166/2019, de 29 de octubre, (DOE n.º 214, de 6 de noviembre), JAVIER LUNA MARTÍN.