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RESOLUCIÓN de 21 de noviembre de 2022, del Consejero, por la que se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura de 9 de noviembre de 2022, por el que se crea el Instituto Universitario de Investigación sobre Economía Verde (IUEVE), como Centro Propio de Investigación de la Universidad de Extremadura.
DOE Número: 229
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: martes, 29 de noviembre de 2022
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, CIENCIA Y AGENDA DIGITAL
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Instituto Universitario de Investigación.
Página Inicio: 58898
Página Fin: 58903
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
Los Institutos Universitarios de Investigación (IUI) se definen en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, como centros dedicados a la investigación científica y técnica o a la creación artística, que pueden organizar y desarrollar programas y estudios de doctorado y de postgrado y proporcionar asesoramiento técnico en el ámbito de su competencia. La creación, modificación y supresión de tales centros serán acordadas por la Comunidad Autónoma bien por propia iniciativa, con el acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad, bien por iniciativa de la Universidad mediante propuesta del Consejo de Gobierno, en ambos casos con informe previo favorable del Consejo Social.
Por su parte, los Estatutos de la Universidad de Extremadura (en adelante UEX) aprobados por Decreto 65/2003, de 8 de mayo, establecen en su artículo 32, respecto de la creación de los institutos propios, que se regirán por sus propios Estatutos, la Ley Orgánica de Universidades, por el convenio de creación o adscripción y por sus propias normas.
La creación del Instituto Universitario de Investigación sobre Economía Verde (en adelante IUEVE) viene a configurar una organización adecuada y establecer sinergias para formular proyectos estratégicos en el marco de la economía verde y circular.
El Decreto del Presidente 41/2021, de 2 de diciembre, por el que se modifica la denominación y competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su artículo 3 establece que: La Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital ejercerá las competencias en materia de planificación y coordinación económica y estadística, comercio e inversiones y la política empresarial, promoción de la empresa y apoyo al emprendedor, modernización e innovación tecnológica, sociedad de la información, investigación y telecomunicaciones, así como las de política universitaria.
Por todo lo anteriormente expuesto, teniendo en cuenta las competencias atribuidas,
RESUELVO:
Disponer la publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, de 9 de noviembre de 2022, por el que se crea el Instituto Universitario de Investigación sobre Economía Verde (IUEVE), como centro propio de investigación de la Universidad de Extremadura, y que se acompaña como ANEXO a esta resolución.
Mérida, 21 de noviembre de 2022.
El Consejero,
RAFAEL ESPAÑA SANTAMARÍA
ANEXO
ACUERDO DE 9 DE NOVIEMBRE DE 2022, DEL CONSEJO DE GOBIERNO, POR EL QUE SE CREA EL INSTITUTO UNIVERSITARIO DE INVESTIGACIÓN SOBRE ECONOMÍA VERDE (IUEVE), COMO CENTRO PROPIO DE INVESTIGACIÓN DE LA UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA.
El Decreto del Presidente 41/2021, de 2 de diciembre, por el que se modifica la denominación y competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su artículo 3 establece que: La Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital ejercerá las competencias en materia de planificación y coordinación económica y estadística, comercio e inversiones y la política empresarial, promoción de la empresa y apoyo al emprendedor, modernización e innovación tecnológica, sociedad de la información, investigación y telecomunicaciones, así como las de política universitaria .
A la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital de la Junta de Extremadura, a través de la Secretaría General de Ciencia, Tecnología, Innovación y Universidad y en virtud del Decreto 165/2019, de 29 de octubre, le corresponden, entre otras, las competencias en materia de investigación, desarrollo e innovación, y en particular, coordinar las acciones de los de centros de investigación, desarrollo tecnológico e innovación y centros o parques tecnológicos de la Junta de Extremadura, planificación, dirección y coordinación de las políticas de investigación aplicada, desarrollo tecnológico e innovación de Extremadura, la divulgación del conocimiento científico y tecnológico. La Secretaría General de Ciencia, Tecnología, Innovación y Universidad, bajo la superior dirección de la persona titular de la Consejería, coordinará las acciones de la Dirección General de Política Universitaria.
Los Institutos Universitarios de Investigación (IUI) se definen en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, como centros dedicados a la investigación científica y técnica o a la creación artística, que pueden organizar y desarrollar programas y estudios de doctorado y de postgrado y proporcionar asesoramiento técnico en el ámbito de su competencia. La creación, modificación y supresión de tales centros serán acordadas por la Comunidad Autónoma bien por propia iniciativa, con el acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad, bien por iniciativa de la Universidad mediante propuesta del Consejo de Gobierno, en ambos casos con informe previo favorable del Consejo Social.
Por su parte, los Estatutos de la Universidad de Extremadura (en adelante UEX) aprobados por Decreto 65/2003, de 8 de mayo, regula en su artículo 32, respecto de la creación de los institutos propios, establece que se regirán por sus propios Estatutos, la Ley Orgánica de Universidades, por el convenio de creación o adscripción y por sus propias normas.
En este contexto normativo, la existencia de Institutos de Investigación en la Comunidad Autónoma de Extremadura es especialmente oportuna dada la marcada atomización, dispersión y tendencia al aislamiento de los grupos de investigación. Resulta por ello imprescindible la creación de Institutos que fomenten la excelencia científica y la cooperación entre diversas disciplinas.
La creación del Instituto Universitario de Investigación sobre Economía Verde (en adelante IUEVE) viene a configurar una organización adecuada y establecer sinergias para formular proyectos estratégicos en el marco de la economía verde y circular. En este sentido, la creación del IUEVE se plantea en un momento en el que la potenciación de la Economía Verde y la Economía Circular son prioritarias en los contextos regional, nacional y europeo. Los Programas de I+D+i europeos, Horizonte Europa, Next Generation EU, Green Deal, la incluyen como área prioritaria en sus planes de financiación.
La Economía Verde y Circular está incluida en la RIS3 EXTREMADURA 2021-2017, en el Programa Operativo de Fondos Estructurales 2021-2017 y en el VII PRI+D+I. En el contexto de sus actividades, la creación del IUEVE se justifica por su participación en:
1) Configurar una organización adecuada y establecer sinergias para formular proyectos estratégicos en el marco de la Economía Verde y Circular.
2) Optimizar la utilización de recursos científico-técnicos y docentes.
3) Internacionalización y captación de fondos de convocatorias competitivas.
4) Potenciación de los recursos humanos dentro de este campo de actividades.
5) Realización de proyectos de investigación y programas formativos de alta especialización.
Por otro lado, dada la configuración actual de la UEX en lo referente a la investigación, ha habido un traslado del desarrollo de las actividades investigadoras desde los Departamentos a los grupos de investigación formados en su mayoría por investigadores pertenecientes a distintos Departamentos y Facultades. El IUEVE nacería con el ánimo de ser un lugar de encuentros y colaboración de los diferentes grupos de investigación que desarrollan su actividad investigadora en el campo de la economía verde y circular. De la misma manera, perseguiría optimizar recursos materiales e intelectuales y evitar su dispersión en un contexto de actuación de enorme importancia para el desarrollo de nuestra región.
En virtud de lo establecido, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.3 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a iniciativa de la UEX, a propuesta del Consejo de Gobierno de la misma y previo informe favorable de su Consejo Social, el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, en su reunión de 9 de noviembre de 2022,
ACUERDA:
Primero. Crear el Instituto Universitario de Investigación propio IUEVE, como centro de investigación científica y técnica, con integración plena en la organización de la UEX, conforme a lo dispuesto en el artículo 32.2 de los Estatutos de la Universidad de Extremadura, aprobados por Decreto 65/2003, de 8 de mayo.
Segundo. El IUEVE, se regirá por lo establecido en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades y sus disposiciones de desarrollo, el Decreto 65/2003, de 8 de mayo, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Extremadura, el Marco Normativo para la creación de Institutos Universitarios de investigación de la Universidad de Extremadura 2021 , el presente Acuerdo y su propio Reglamento de Régimen Interno.
Tercero. El Reglamento de Régimen Interno del Instituto incluirá las normas de funcionamiento y detallará la forma de elección y las competencias de sus órganos de gobierno, respetando lo establecido en los Estatutos de la UEx y demás normativa vigente. Dicho reglamento será impulsado desde el Vicerrectorado de la UEX con competencias en materia de investigación que requerirá a los promotores para, en el plazo máximo de 30 días, tras la aprobación por parte de la Juta de Extremadura de la creación del IUEVE y su publicación en el Diario Oficial de Extremadura (DOE), procedan a la tramitación del mismo.
Del mismo modo, tras la publicación en el DOE podrán dar comienzo las actividades del Instituto.
Cuarto. La creación del IUEVE no supondrá coste alguno para la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Quinto. Informar de la creación del IUEVE a los siguientes órganos:
1. Conferencia General de Política Universitaria, a fin de dar cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.3 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.
2. Claustro de la Universidad, para dar cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 33.1 de los Estatutos de la UEX, aprobados por Decreto 65/2003, de 8 de mayo.
3. Registro de Universidades, Centros y Títulos, para dar cumplimiento al artículo 13.1 del Real Decreto 1509/2008, de 12 de septiembre, por el que se regula dicho Registro.
Sexto. La Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital realizará el seguimiento de la actividad investigadora del Instituto y dictará los actos necesarios para el desarrollo y ejecución de dicha actividad.
Séptimo. Ordenar la publicación del presente acuerdo en el Diario Oficial de Extremadura.
Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso administrativo de reposición ante la Junta de Extremadura en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la publicación, tal y como dispone el artículo 102 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en relación con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Podrá también interponer directamente, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a aquél en que tenga lugar la publicación, el correspondiente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 46.1, 10.1.a) y 14.1, primera, de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE n.º 167, de 14 de julio).
En caso de haber interpuesto recurso de reposición, no podrá impugnar el acuerdo en la vía contencioso-administrativa hasta que el recurso de reposición sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta.
Consejero de Economía, Ciencia y Agenda Digital,
Rafael España Santamaría
Presidente de la Junta de Extremadura,
GUILLERMO FERNÁNDEZ VARA

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