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ANUNCIO de 17 de noviembre de 2022 por el que se pone a disposición del público la información relativa al procedimiento de solicitud de autorización ambiental unificada del proyecto de centro de descontaminación de vehículos al final de su vida útil (CAT), promovido por Carburantes Campo Arañuelo, SL, en el término municipal de Navalmoral de la Mata.
DOE Número: 231
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: jueves, 01 de enero de 1970
Apartado: V ANUNCIOS
Organismo: CONSEJERÍA PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y SOSTENIBILIDAD
Rango: ANUNCIO
Descriptores: Información pública.
Página Inicio: 59608
Página Fin: 59610
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
Para dar cumplimiento al artículo 16, punto 5 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, modificado por el Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, se comunica al público en general que la solicitud de autorización ambiental unificada (AAU) del proyecto de centro de descontaminación de vehículos al final de su vida útil (CAT), promovido por Carburantes Campo Arañuelo, SL, en el término municipal de Navalmoral de la Mata, podrá ser examinada, durante 20 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en Diario Oficial de Extremadura, en las dependencias de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, Avenida Valhondo, s/n, de Mérida.
Por otra parte, simultáneamente al periodo de información pública, la solicitud de AAU será remitida por la Dirección General de Sostenibilidad al correspondiente Ayuntamiento, a fin de solicitarle el informe técnico sobre la adecuación de la instalación analizada a todos aquellos aspectos que sean de su competencia, en virtud de lo dispuesto en el artículo 16, punto 6 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, modificado por el Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el artículo 31 y en la disposición transitoria segunda del Decreto 87/2019, de 2 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el órgano competente para la resolución de la presente solicitud es la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad.
Esta figura administrativa autoriza y condiciona la ejecución y puesta en funcionamiento de la actividad desde el punto de vista ambiental. Conforme al artículo 14.3 de la Ley 16/2015, la AAU precederá, en su caso, a las demás autorizaciones sectoriales o licencias que sean obligatorias, entre otras, a las autorizaciones sustantivas de las industrias y a las licencias urbanísticas.
Los datos generales del proyecto son:
— Categoría Ley 16/2015:
Grupo 9.1 y 9.3 del ANEXO II, relativas a 9.1 Instalaciones para la valorización o eliminación, en lugares distintos de los vertederos, de residuos de todo tipo, no incluidas en el anexo I. 9.3 Instalaciones de gestión de residuos mediante almacenamiento de los mismos, con carácter previo a su valoración o eliminación, excepto los puntos limpios .
— Ubicación: Carretera de Jarandilla, 61 10300 Navalmoral de la Mata (Cáceres), con referencia Catastral 2401009TK8220S0001SB.
— Actividad:
La actividad propuesta es un centro de descontaminación de vehículos al final de su vida útil (CAT), consistente en recepción de los vehículos, descontaminación de los mismos y operaciones de reutilización de componentes como piezas o partes de segunda mano y remisión del vehículo descontaminado a gestor autorizado para su fragmentación. En cuanto a la actividad de centro de clasificación y almacenamiento temporal de residuos no peligrosos, (metales), para su posterior reciclaje. La actividad consistirá en la recogida y clasificación de todo tipo de metales, para posteriormente y una vez clasificados y almacenados remitirlos a un gestor autorizado para su reciclaje.
— Infraestructuras, instalaciones y equipos principales:
Las superficies destinadas a CAT:
669,00 m2 cubiertos, de los cuales destinados a zona de descontaminación de vehículos 437,00 m2 zona destinada a almacenamiento de productos para su reciclado 125, m2, zona administrativa 107,00 m2.
800,00 m2 a la intemperie, de los cuales, calle privada de acceso a las instalaciones 100,00 m2, zona de recepción de vehículos 100,00 m2, para almacenamiento de vehículos descontaminados 600,00 m2.
Total superficie 1.469,00 m2.
Las superficies destinadas a centro de clasificación y almacenamiento temporal de residuos no peligrosos:
179,00 m2 cubiertos destinados a almacenamiento de productos para su reciclado 179,00 m2.
209,00 m2 a la intemperie, de los cuales zona de paso 41,00 m2, zona de descarga del vehículo de recogida 30,00 m2, zona de clasificación para almacenamiento 30,00 m2, zona de almacenamiento de metales, (hierro y acero), 50,00 m2, zona de acceso almacenamiento 58,00 m2.
Total superficie 388,00 m2.
Las personas físicas o jurídicas podrán presentar sus sugerencias y alegaciones, durante el plazo indicado en el párrafo primero de este anuncio, en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 7 Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (oficinas que realicen función de registro de cualesquiera órgano o unidad administrativa de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y sus organismos públicos vinculados o dependientes, incluidas las Oficinas de Respuesta Personalizada y los Centros de Atención Administrativa, de los órganos de la Administración General del Estado, de los órganos de cualquier otra Administración Autonómica, de las Entidades que integran la Administración Local que hayan suscrito el correspondiente Convenio con la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura para actuar como registro concertado, a través del Registro Telemático de la Junta de Extremadura, en las oficinas de Correos, de acuerdo con su normativa específica, en las representaciones diplomáticas y oficinas consulares de España en el extranjero, conforme a su normativa o en cualquier otro órgano que indique una norma específica), o en cualquiera de los lugares indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dirigidas al Servicio de Prevención, Calidad Ambiental y Cambio Climático de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad.
Mérida, 17 de noviembre de 2022. El Director General de Sostenibilidad, JESÚS MORENO PÉREZ.

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