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RESOLUCIÓN de 29 de noviembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se acuerda de forma conjunta la apertura de la fase de consulta pública previa, sugerencias así como el periodo de audiencia e información pública en relación con el proyecto de Decreto por el que se desarrollan las bases reguladoras de subvenciones para la ejecución de los programas de incentivos ligados para la implantación de instalaciones de energías renovables térmicas en diferentes sectores de la economía, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en Extremadura, y se aprueba la única convocatoria.
DOE Número: 234
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: miércoles, 07 de diciembre de 2022
Apartado: V ANUNCIOS
Organismo: CONSEJERÍA PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y SOSTENIBILIDAD
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Información pública.
Página Inicio: 60355
Página Fin: 60359
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
LOGO MINISTERIO PARA LA TRANSICION ECOLOGICA Y EL RETO DEMOGRAFICO - IDAE- UNION EUROPEA - JUNTA DE EXTREMADURA
A través de los artículos 7 y 40 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura se reconoce el derecho de los ciudadanos a participar en la elaboración de disposiciones de carácter general mediante la remisión de sugerencias. Para que dicha participación sea efectiva, se establece que la Administración Autonómica publicará los procedimientos de elaboración normativa que estén en curso, indicando su objeto, estado de tramitación y el proyecto normativo.
En este mismo sentido el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, regula la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas con rango de Ley y reglamentos, estableciendo que:
1. Con carácter previo a la elaboración del proyecto o anteproyecto de ley o de reglamento, se sustanciará una consulta pública, a través del portal web de la Administración competente en la que se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de:
a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
b) La necesidad y oportunidad de su aprobación.
c) Los objetivos de la norma.
d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
Asimismo, de conformidad con lo previsto en el artículo 66.3 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 24.1 del Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, el procedimiento de aprobación de las bases reguladoras y convocatoria de las subvenciones financiables con fondos europeos se tramitará por la vía de urgencia, efectuándose conjuntamente los trámites de consulta, audiencia e información pública.
En cumplimiento de las citadas normas,
RESUELVO:
Primero. La apertura de un plazo común de siete días naturales a contar desde la publicación del proyecto de decreto en el Portal de la Transparencia de la Junta de Extremadura a fin de que cualquier persona física o jurídica interesada pueda examinar el texto del proyecto indicado y formular las proposiciones, sugerencias o recomendaciones que estime oportunas.
Los sujetos y organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma, podrán manifestar su opinión, en el formulario ANEXO a la presente resolución, con base en lo siguiente:
a) Antecedentes de la norma.
El Decreto del Presidente 41/2021, de 2 de diciembre, por el que se modifica la denominación y competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura que atribuye a la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad las competencias en materia de infraestructuras hidráulicas, industria, energía y minas, así como las competencias en materia de conservación de la naturaleza y áreas protegidas y evaluación y protección ambiental
En la Comunidad Autónoma de Extremadura el órgano competente en materia de industria es la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, en virtud de las atribuciones que le fueron conferidas mediante el Decreto 170/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad (DOE n.º 214, de 6 de noviembre), modificado por el Decreto 20/2021, de 31 de marzo (DOE n.º 64, de 7 de abril).
b) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
El Real Decreto 1124/2021, de 21 de diciembre, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución de los programas de incentivos para la implantación de instalaciones de energías renovables térmicas en diferentes sectores de la economía, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, publicado en el Boletín Oficial del Estado número 305, de 22 de diciembre de 2021, establece un modelo para la concesión de ayudas basado en la colaboración de las comunidades autónomas que pueden desarrollar su tramitación y efectuar la gestión de los fondos, con arreglo a criterios ajustados a los principios constitucionales y al orden de distribución de competencias.
Así, el citado real decreto establece un modelo de concesión directa de estas ayudas a las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla dado que, de acuerdo con el artículo 22.2.c) y 28 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, concurren razones de interés social y económico que justifican la dificultad de su convocatoria pública en concurrencia competitiva, teniendo en cuenta que la tipología de actuaciones subvencionables, relativas a la promoción de instalaciones que contribuyan al despliegue de las energías renovables térmicas, requieren el cumplimiento de unos requisitos predeterminados de sostenibilidad e impulso del uso de las energías alternativas, que imposibilitan su comparación entre sí a efectos de concurrencia competitiva.
Los artículos 22 y 23 del Real Decreto 1124/2021, de 21 de diciembre, atribuye a los órganos competentes de la comunidad autónoma en la que vaya a llevarse a cabo la actividad por la que se solicita la ayuda, la ordenación, instrucción, resolución y el pago de las ayudas, por lo que resulta necesario convocar las ayudas mencionadas en el ámbito de la comunidad autónoma de Extremadura, adaptada a las particularidades orgánicas y procedimentales, de acuerdo con lo establecido en la Ley 6/2011 de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
En la Comunidad Autónoma de Extremadura, además de efectuar la convocatoria de las ayudas, se considera necesario desarrollar las bases del Estado en algunos extremos, como el plazo de justificación de las inversiones que en el presente proyecto de decreto se establece un plazo máximo de tres meses, contados desde la finalización del plazo concedido para la ejecución de las actuaciones subvencionadas, para justificar la realización de la inversión requerida para llevar a cabo las actuaciones objeto de ayuda.
También, se pretende regular dentro de las modificaciones de las resoluciones de concesión, que dichas modificaciones no pueden suponer un mayor importe de la ayuda concedida.
Por último, es necesario establecer límites en los criterios para ponderar los incumplimientos que den lugar a revocación y/o reintegro de la subvención, puesto que el artículo 24 del Real Decreto 1124/2021, de 21 de diciembre, establece una regulación de las circunstancias en las que procede la pérdida del derecho al cobro o el reintegro de la ayuda, disponiendo que en los supuestos de incumplimiento parcial o total de las condiciones establecidas en las resoluciones de concesión, se procederá a iniciar el procedimiento para, en su caso, la exigencia del reintegro o la pérdida del derecho a la percepción de la ayuda correspondiente, en función de la relevancia del incumplimiento. Es precisamente este extremo el que precisa de un desarrollo normativo en la comunidad autónoma de Extremadura, a fin de concretar las causas y supuestos en los que procederá el reintegro parcial, así como qué circunstancias dan lugar a un reintegro total de la ayuda.
Todo ello motiva la aprobación de una disposición para desarrollar las bases que regulan las ayudas de citado Real Decreto, además de adaptar las bases estatales a las peculiaridades propias de nuestra comunidad autónoma.
c) La necesidad y oportunidad de su aprobación.
Conforme lo expuesto anteriormente la necesidad de establecer la convocatoria, además del desarrollo normativo para regular determinados aspectos imprescindibles del Real Decreto 1124/2021, de 21 de diciembre, es lo que motivan la aprobación de este proyecto de decreto.
d) Los objetivos de la norma.
Desarrollar las bases establecidas en cuanto a la regulación del plazo de justificación, criterios para graduar los incumplimientos y supuestos de modificación de la resolución.
e) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
No proceden.
Las opiniones, proposiciones, sugerencias o recomendaciones podrán presentarse a través de cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o a través del siguiente correo electrónico: dgieym.tes@juntaex.es.
Segundo. El horario y lugar de exposición del proyecto de decreto al que se refiere esta resolución será, durante los días señalados, de 10:00 horas a 14:00 horas en las dependencias de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, Paseo de Roma, s/n., Módulo D, planta 1, de Mérida (Badajoz).
Así mismo el proyecto de decreto estará a disposición de los interesados en el Portal de la Transparencia de la Junta de Extremadura, a través de la siguiente dirección de internet:
http://gobiernoabierto.juntaex.es/transparencia/web/p-transicion-ecologica-y-sostenibilidad.
Mérida, 29 de noviembre de 2022. La Secretaria General, MARÍA CONSUELO CERRATO CALDERA.
ANEXO
FORMULARIO DE CONSULTA PÚBLICA
PROYECTO DE DECRETO XXX/2022, DE XX DE XXXX, POR EL QUE SE DESARROLLAN LAS BASES REGULADORAS DE SUBVENCIONES PARA LA EJECUCIÓN DE LOS PROGRAMAS DE INCENTIVOS LIGADOS PARA LA IMPLANTACIÓN DE INSTALACIONES DE ENERGÍAS RENOVABLES TÉRMICAS EN DIFERENTES SECTORES DE LA ECONOMÍA, EN EL MARCO DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA, EN EXTREMADURA, Y SE APRUEBA LA ÚNICA CONVOCATORIA
Aspectos planteados Sugerencias de los interesados
1. Identificación de los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.  
2. Necesidad y oportunidad de su aprobación.  
3. Objetivos de la norma.  
4. Posibles soluciones alternativas regulatorias o no.  
PLAN DE RECUPERACION, TRANSFORMACION Y RESILIENCIA - FINANCIADO POR LA UNION EUROPEA- NEXT GENERATION EU

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