RESOLUCIÓN de 21 de noviembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Segunda Adenda de modificación y prórroga del Convenio de Colaboración entre la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio de la Junta de Extremadura y la Comunidad de Regantes del Valle del Zújar, para el desarrollo y ejecución de las actuaciones necesarias para la transformación en regadío de 1200 hectáreas en Monterrubio de La Serena (Badajoz), mediante el empleo de recursos locales, declarada como Zona Regable Singular mediante Decreto 154/2017, de 12 de septiembre.
TEXTO ORIGINAL
Habiéndose firmado el día 14 de noviembre de 2022, la Segunda Adenda de modificación y prórroga del Convenio de Colaboración entre la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio de la Junta de Extremadura y la Comunidad de Regantes del Valle del Zújar, para el desarrollo y ejecución de las actuaciones necesarias para la transformación en regadío de 1200 hectáreas en Monterrubio de La Serena (Badajoz) mediante el empleo de recursos locales, declarada como Zona Regable Singular mediante Decreto 154/2017, de 12 de septiembre, de conformidad con lo previsto en el artículo 8 del Decreto 217/2013, de 19 de noviembre, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
RESUELVO:
La publicación en el Diario Oficial de Extremadura del convenio que figura como ANEXO de la presente resolución.
Mérida, 21 de noviembre de 2022.
La Secretaria General.
PA, Resolución de 01/03/2021,DOE n.º 43, de 4 de marzo de 2021
La Jefa de Servicio de Legislación y Documentación,
M.ª MERCEDES ARGUETA MILLÁN
SEGUNDA ADENDA DE MODIFICACIÓN Y PRORROGA DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERIA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, POBLACIÓN Y TERRITORIO DE LA JUNTA DE EXTREMADURA Y LA COMUNIDAD DE REGANTES DEL VALLE DEL ZÚJAR, PARA EL DESARROLLO Y EJECUCIÓN DE LAS ACTUACIONES NECESARIAS PARA LA TRANSFORMACIÓN EN REGADÍO DE 1200 HECTÁREAS EN MONTERRUBIO DE LA SERENA (BADAJOZ) MEDIANTE EL EMPLEO DE RECURSOS LOCALES, DECLARADA COMO ZONA REGABLE SINGULAR MEDIANTE DECRETO 154/2017, DE 12 DE SEPTIEMBRE.
Mérida, 14 de noviembre de 2022.
REUNIDOS
De una parte, Dª. Begoña García Bernal, Consejera de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, actuando en el ejercicio de su cargo derivado de su nombramiento por Decreto del Presidente 36/2015, de 14 de septiembre (DOE n.º 178,de 15 de septiembre), de acuerdo con lo previsto por los artículos 36.a) y 53.3 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y Administración de la Comunidad Autónomade Extremadura, y previa autorización del Consejo de Gobierno en sesión celebrada 26 de octubre de 2022.
De otra, D. José García Dávila, Presidente de la Comunidad de Regantes Valle del Zújar , de Monterrubio de la Serena, (Badajoz), con CIF G-06393946 y domicilio social en la calle del Santo, n.º 28 de Monterrubio de la Serena, autorizado para la firma de este Convenio por la Junta General celebrada el día 22 de septiembre de 2022.
En la condición que intervienen, las partes se reconocen mutuamente la capacidad necesaria para el otorgamiento del presente convenio, y a tal efecto,
EXPONEN
Primero. Que con fecha 13 de marzo de 2019, se firmó un convenio entre la Junta de Extremadura y la Comunidad de Regantes Valle del Zújar (en adelante Comunidad de Regantes) para el establecimiento de los cauces generales de colaboración técnica y financiera entre las partes para la ejecución de las obras de transformación en regadío de 1200 ha. mediante el empleo de recursos locales en Monterrubio de la Serena, (Badajoz) , declarada como zona regable singular por Decreto 154/2017, de 12 de septiembre (DOE núm. 181, de 20 de septiembre) y contempladas en el Plan General de Transformación y Plan de Obras aprobados mediante Decreto 53/2018, de 2 de mayo (DOE num. 87, de 7 de mayo) y Orden de 22 de enero de 2019 (DOE num. 17, de 25 de enero), respectivamente.
Segundo. Para su debido cumplimiento, la Consejería suscribió con fecha 29 de julio de 2020, con la UTE Regadío Monterrubio (CIF.U01635325), un contrato de obras en el marco del expediente de contratación 2033OB1FR002, por importe total de 13.497.945,29 euros y plazo de ejecución de 18 meses.
Tercero. Dado el estado de ejecución de las obras cuya finalización se preveía para el 31 de diciembre de 2022, se consideró necesario activar la prórroga contemplada en la cláusula 12ª del mismo, posibilitando, mediante una adenda al convenio, el cumplimiento de las obligaciones asumidas por ambas partes.
Cuarto. Pese a ello, mediante Resolución de 13 de septiembre de 2022, de la Secretaría General de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio se resuelve el contrato Proyecto constructivo de la transformación en regadío de 1200 ha mediante el empleo de recursos locales de la zona regable singular de Monterrubio de La Serena (Badajoz) , núm. expte.: 2033OB1FR002, en virtud de lo previsto en los artículos 211 y siguientes de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
Quinto. Ahora bien, es necesario culminar la realización del referido proyecto, mediante la realización de las partes y unidades de la obra que no fueron ejecutadas por la empresa adjudicataria, antes de la resolución del contrato.
Para ello, la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, ha considerado que para la finalizacion de las obras y el cumplimiento de los objetivos establecidos en el proyecto de transformación en regadío de 1200 ha. mediante el empleo de recursos locales en Monterrubio de la Serena es preciso contar con TRAGSA, medio propio de la Junta de Extremadura.
Sexto. La cláusula decimoquinta del Convenio establece que las partes podrán modificarm el presente convenio de colaboración en cualquier momento por mutuo acuerdo, mediante la suscripción de la correspondiente adenda .
Por todo lo expuesto, las partes acuerdan suscribir la presente adenda que se regirá por la siguientes,
CLÁUSULAS
Primera. Prórroga de la duración del convenio.
En virtud de lo establecido en la cláusula decimosegunda del convenio queda prorrogada su duración hasta el 31 de enero de 2024, tiempo necesario para finalizar en su totalidad las obras del proyecto que constituyen el objeto de aquel.
Segunda. Presupuesto del proyecto.
El presupuesto de las obras restantes que recoge el proyecto modificado se cifra en diecisiete millones quinientos sesenta y cuatro mil setecientos setenta y cuatro euros con veintiun céntimos (17.564.774,21 €), desglosado de la siguiente manera:
CAPITULO
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DESCRIPCIÓN
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IMPORTE (€)
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---|
1
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Azud y Toma Benquerencia
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244.279,79 €
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2
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Toma Zújar
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336.115,46 €
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3
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Balsa Hatillos
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3.949.783,96 €
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4
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Balsa Cantador
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3.602.580,39 €
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5
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Estación de Bombeo Hatillos
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1.362.723,84 €
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6
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Estación de Filtrado
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234.397,74 €
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7
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Conducción Principal Hatillos-Cantador
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1.108.251,83 €
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8
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Red Primaria y Secundaria
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168.702,85 €
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9
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Hidrantes Multiusuario
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632.171,87 €
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10
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Tomas Parcelas
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528.386,30 €
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11
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Instalación Fotovoltaica
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1.904.475,77 €
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12
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Sistema de Control y Telemando
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219.435,24 €
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13
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Edificio Control y Gestión Comunidad de Regantes
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223.254,68 €
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14
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Medidas Correctoras Medioambientales
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290.576,73 €
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15
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Gestión de Residuos
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18.596,14 €
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16
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Seguridad y Salud
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179.920,00 €
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17
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Mallado Red Primaria y Secundaria
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55.965,85 €
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18
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Arreglo Caminos
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96.061,60 €
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19
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Asistencia Técnica
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222.508,05 €
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COSTES DIRECTOS
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15.378.188,09 €
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7,50 % Costes Indirectos
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1.153.364,11 €
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SUMA (CD + CI)
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16.531.552,20 €
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6,25% Gastos Generales
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1.033.222,01 €
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PRESUPUESTO EJECUCIÓN MATERIAL
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17.564.774,21 €
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21 % IVA
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0,00 €
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PRESUPUESTO EJECUCIÓN POR ADMINISTRACIÓN
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17.564.774,21 €
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Obras de Interés General
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13.539.590,81 €
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Obras de Interés Agrícola Común
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3.421.667,18 €
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Obras de Interés Agrícola Privado
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603.516,22 €
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El plazo previsto para la ejecución de las obras es de 15 meses (Fecha prevista de inicio en noviembre de 2022 y de finalización enero de 2024).
El esquema financiero planteado es el siguiente:
— Obras financiadas por Junta de Extremadura: 14.230.718,18 €, que se corresponde con el 81,01850904% de la contribución del presupuesto global, que consistirán en las siguientes actuaciones:
a) El 100% de las obras de interés general:13.539.590,81 €
b) De las obras de interés agrícola común el 20,1985563% del coste las mismas: 691.127,37 €.
La Junta de Extremadura financiará la inversión con cargo a los presupuestos de la Administración Autonómica, a través de fondos FEADER dentro de la Medida 4 Inversiones en activos físicos , Submedida 4.3. Apoyo a las inversiones en infraestructura relacionada con el desarrollo, la modernización o la adaptación de la agricultura y la silvicultura , en la: Actuación 4.3.4. “Nuevos Regadíos”, y fondos de Comunidad Autónoma (CA).
La parte financiable por FEADER Europa invierte en las zonas rurales se corresponde con las actuaciones descritas anteriormente, por un importe total de 12.342.072.53 €, sin incluir los costes de administración general ni los costes de coeficientes de actualización de precios simples (CAPS). Correspondiendo a gastos de administración general y de coeficientes de actualización de precios simples, un importe total de 1.888.645,65 €, financiados por CA.
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA
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PROYECTO
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ANUALIDAD 2022
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ANUALIDAD 2023
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ANUALIDAD 2024
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TOTAL
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120030000 G/353A/60100 FR14040304
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20160188
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265.518,11 €
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7.360.623,49 €
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4.715.930,93 €
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12.342.072,53 €
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120030000 G/353A/60100 CAG0000001
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20120025
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40.630,91 €
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1.126.359,41 €
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721.655,33 €
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1.888.645,65 €
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TOTAL ......................................
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14.230.718,18 €,
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En resumen, las anualidades son:
Anualidad 2022: ............................... 306.149,02 €.
Anualidad 2023: ............................ 8.486.982,90 €.
Anualidad 2024: ............................ 5.437.586,26 €.
— Obras financiadas por la Comunidad de Regantes Valle del Zújar: 3.334.056,03 €, que se corresponde con el 18,981491% de la contribución al presupuesto global, y consistirán en las siguientes actuaciones:
a) El 100% de las Obras de Interés Agrícola Privado: 603.516,22 €
b) El 79,8014437% del coste de las Obras de Interés Agrícola Común: 2.730.539,81€.
La distribución de anualidades es la siguiente:
Anualidad 2022: .............................. 8.542,76 €.
Anualidad 2023: ........................ 3.081.217,63 €.
Anualidad 2024: ........................... 244.295,64 €.
De conformidad con la cláusula cuarta del convenio inicial, el presupuesto del coste total de las obras, así como su desglose, según Proyecto, constituye una mera previsión de coste, y si del trámite de supervisión, autorizaciones o aprobaciones del Proyecto resultase la necesidad de introducir reformas o adiciones en el proyecto redactado, las partes acuerdan considerar el proyecto definitivo, a los efectos de este Convenio y, en particular, a los de determinar el Presupuesto del mismo, el que resulte de la aprobación definitiva por parte de la Junta de Extremadura.
Tercera. Adecuación de determinadas cláusulas a la forma de ejecución de las obras.
Se modifica la redacción literal del convenio inicial, con el fin de adecuarlo a la forma de ejecución determinada por la Consejería, e indicada anteriormente, para finalizar las obras que quedan pendientes, en los siguientes términos:
1. Las referencias relativas a licitar las obras· han de entenderse realizadas a ejecutar las obras, bien mediante licitación pública, bien mediante encargo a medio propio de la Junta de Extremadura .
2. A las referencias al contrato han de entenderse también formuladas al encargo por el que se encomiendan la ejecución de las obras objeto del presente convenio .
3. A las referencias al adjudicatario de la obra y al contratista han de entenderse también formuladas al “medio propio de la Junta de Extremadura al que se encomiendan la ejecución de las obras objeto del presente convenio”.
4. Las referencias a la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio y al Servicio de Regadíos y Coordinación del Medio Rural, han de entenderse referidas, respectivamente, a la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, y al Servicio de Regadíos.
Cuarta. Se mantienen plenamente en vigor todos y cada uno de los términos y condiciones del convenio firmado por las partes con fecha de 13 de marzo de 2019, en lo no modificado por la presente adenda.
Y en prueba de conformidad, se firma el presente documento electrónicamente.
La Consejera de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio.
Begoña García Bernal
El Presidente de la Comunidad de Regantes “Valle del Zújar”.
José García Dávila