RESOLUCIÓN de 30 de noviembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Adenda de Prórroga, modificación y actualización del Convenio suscrito entre la Vicepresidencia Segunda y Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura, el Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia (SEPAD) y la Fundación Tutelar de Extremadura (FUTUEX) para el proyecto "La mejora del acceso a los sistemas de protección públicos de las personas con discapacidad para las que se dicten medidas de apoyo en el ejercicio de su capacidad jurídica de Extremadura" en fecha 30 de julio de 2019.
TEXTO ORIGINAL
Habiéndose firmado el día 27 de octubre de 2022, la Adenda de Prórroga, modificación y actualización del Convenio suscrito entre la Vicepresidencia Segunda y Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura, el Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia (SEPAD) y la Fundación Tutelar de Extremadura (FUTUEX) para el proyecto La mejora del acceso a los sistemas de protección públicos de las personas con discapacidad para las que se dicten medidas de apoyo en el ejercicio de su capacidad jurídica de Extremadura en fecha 30 de julio de 2019, de conformidad con lo previsto en el artículo 8 del Decreto 217/2013, de 19 de noviembre, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
RESUELVO:
La publicación en el Diario Oficial de Extremadura del convenio que figura como ANEXO de la presente resolución.
Mérida, 30 de noviembre de 2022.
La Secretaria General.
PA, Resolución de 01/03/2021,DOE n.º 43, de 4 de marzo de 2021.
La Jefa de Servicio de Legislación y Documentación,
M.ª MERCEDES ARGUETA MILLÁN
ADENDA DE PRÓRROGA, MODIFICACIÓN Y ACTUALIZACIÓN DEL CONVENIO SUSCRITO ENTRE LA VICEPRESIDENCIA SEGUNDA Y CONSEJERÍA DE SANIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LA JUNTA DE EXTREMADURA, EL SERVICIO EXTREMEÑO DE PROMOCIÓN DE LA AUTONOMÍA Y ATENCIÓN A LA DEPENDENCIA (SEPAD) Y LA FUNDACIÓN TUTELAR DE EXTREMADURA (FUTUEX) PARA EL PROYECTO LA MEJORA DEL ACCESO A LOS SISTEMAS DE PROTECCIÓN PÚBLICOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD PARA LAS QUE SE DICTEN MEDIDAS DE APOYO EN EL EJERCICIO DE SU CAPACIDAD JURÍDICA DE EXTREMADURA EN FECHA 30 DE JULIO DE 2019.
Mérida, 27 de octubre de 2022.
REUNIDOS
De una parte, D. José María Vergeles Blanca, que interviene en nombre y representación de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, en su condición de titular de la misma nombrado por Decreto del Presidente 18/2019, de 1 de julio (DOE n.º 126, de 2 de julio), en virtud de las funciones atribuidas por los artículos 36 y 53.3 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y los artículos 2.2.b) y 18 del Decreto 222/2008, de 24 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos del Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia (SEPAD),y D. José Vicente Granado Granado, que interviene en nombre y representación del Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia (en adelante, SEPAD), en su calidad de Director Gerente nombrado por Decreto 102/2019, de 2 de agosto (DOE n.º 151, de 6 de agosto), en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 5 del Decreto 222/2008, de 24 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos del Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia (SEPAD).
Y de otra parte, D. José Condiño Sopa, que interviene en nombre y representación de la FUNDACIÓN TUTELAR DE EXTREMADURA (en adelante FUTUEX), en su calidad de Secretario General Técnico, domiciliada en Plaza Santa María s/n (Olivenza) y con CIF número G-06357016.
Ambas partes reconocen su capacidad jurídica para otorgar el presente documento y, en especial, de representación de las instituciones que se nombran, y a los mencionados efectos, acuerdan lo siguiente,
EXPONEN
I. Que en fecha 30 de julio de 2019 las partes firmaron un convenio de colaboración para el desarrollo del proyecto Mejora del acceso a los sistemas de protección públicos de las personas tuteladas y curateladas de Extremadura .
II. La cláusula décima, relativa al periodo de vigencia del convenio establece que el presente convenio surtirá efectos desde el momento de su firma hasta el 30 de septiembre de 2021, pudiéndose prorrogar. En su caso, las prórrogas deberán acordarse expresamente y por escrito previa solicitud de cualquiera de las partes como mínimo un mes antes de la fecha de finalización del convenio.
III. En fecha 24 de agosto de 2021 la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales y la Fundación Tutelar de Extremadura (FUTUEX), firmaron la prórroga del convenio de colaboración para el desarrollo del proyecto Mejora del acceso a los sistemas de protección públicos de las personas tuteladas y curateladas de Extremadura , que extiende sus efectos hasta el 31 de diciembre de 2022.
IV. Próximos a finalizar la vigencia del convenio suscrito, ambas partes están interesadas en prorrogar de nuevo la vigencia del mismo para el año 2023, en los términos de las cláusulas que se recogen en la parte dispositiva de este acuerdo y dentro del límite previsto en el artículo 49 letra h) punto 2.º de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, con el fin de garantizar una mejor calidad de vida a las personas con discapacidad para las que se dicten medidas de apoyo en el ejercicio de su capacidad jurídica, que por su situación de vulnerabilidad social requieren intervenciones específicas destinadas a mejorar el acceso a los recursos del medio, centrándose en la atención de aquellas personas que por sus condiciones de salud y/o discapacidad se hallan en situación o riesgo de exclusión social, con insuficiencia o ausencia de red de apoyo y que presentan elevadas limitaciones en su participación e integración social, todo ello de conformidad con la Ley 14/2015, de 9 de abril, de Servicios Sociales de Extremadura.
V. Ambas partes consideran necesario la prórroga del convenio, en base a razones de agilidad administrativa, al ser un procedimiento más efectivo para seguir garantizando la financiación en la mejora del acceso a los sistemas de protección públicos de las personas con discapacidad para las que se dicten medidas de apoyo en el ejercicio de su capacidad jurídica de Extremadura.
VI. Es necesario modificar el título del Convenio tras la entrada en vigor de la Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica, en el que se elimina del ámbito de la discapacidad la figura de la tutela, dando preferencia a las medidas voluntarias, es decir, tomadas por la propia persona con discapacidad.
VII. Se modifica la cláusula sexta relativa a la justificación de las actuaciones con la finalidad de tener un conocimiento continuado en el tiempo de las actuaciones llevadas a cabo por FUTUEX.
VIII. La presente adenda conlleva la actualización de la financiación y compromisos económicos de cada parte firmante, de acuerdo con el incremento salarial aplicado para el año 2023 a las retribuciones en concepto de personal conforme establece el artículo 32 del XV Convenio colectivo general de centros y servicios de atención a personas con discapacidad.
Por todo lo expuesto, ambas partes acuerdan, por unanimidad, suscribir la presente adenda del referido convenio conforme a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Se modifica el título del Convenio, quedando redactado de la siguiente forma:
Convenio suscrito entre la Vicepresidencia Segunda y Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura, el Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia (SEPAD) y Fundación Tutelar de Extremadura (FUTUEX) para el proyecto La mejora del acceso a los sistemas de protección públicos de las personas con discapacidad para las que se dicten medidas de apoyo en el ejercicio de su capacidad jurídica de Extremadura en fecha 30 de julio de 2019.
Segunda.
Esta adenda surtirá efecto desde el 1 de enero de 2023 hasta el 31 de agosto de 2023.
Asimismo, las modificaciones establecidas surtirán efecto desde el 1 de enero de 2023 hasta el 31 de agosto de 2023.
Tercera.
La actualización de la financiación del convenio asciende a la cantidad de ciento setenta y un mil quinientos sesenta y seis euros con sesenta céntimos (171.566,60 €), para lo cual la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales aportará la cantidad de ciento sesenta y tres mil ochocientos setenta euros con cuatro céntimos (163.870,04 €) y FUTUEX la cantidad de siete mil seiscientos noventa y seis euros con cincuenta y seis céntimos (7.696,56 €) correspondiente a la diferencia hasta alcanzar el 100% la financiación de la misma, conforme al presupuesto que se detalla en el ANEXO de la presente prórroga.
Cuarta.
La aportación económica de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales para la financiación de la prórroga se realizará con cargo a la aplicación presupuestaria 110060000/G/232A/22699/FS14090401 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura de la anualidad 2023, de conformidad con la justificación establecida en la cláusula quinta, y destinada a cofinanciar el coste de los gastos de las actividades, en los términos que se detallan a continuación:
Presupuesto de 2023: costes de 1 de enero a 31 de agosto de 2023 163.870,04 €.
De la misma manera, FUTUEX realiza una aportación económica de 7.696,56 €.
Quinta.
Como requisitos previos para proceder al pago, FUTUEX deberá presentar documentación justificativa de que la entidad se encuentra al corriente de sus obligaciones con la Hacienda Estatal y con la Seguridad Social y de que no tiene deudas con la Hacienda autonómica, en el caso de no autorizar expresamente la consulta de oficio por el órgano gestor ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria o de oponerse a las consultas ante la Seguridad Social o la Consejería de Hacienda y Administración Pública, respectivamente. En caso de no autorizar u oponerse a la realización de oficio de tales consultas, deberá aportarse la correspondiente certificación administrativa positiva, expedida en soporte papel por el órgano competente.
— Forma de pago y justificación económica de los gastos previstos en el Anexo.
Los gastos financiados por el presente convenio serán abonados por el SEPAD a FUTUEX trimestralmente, previa presentación en la Unidad de Programas Asistenciales del SEPAD, dentro de los quince días siguientes a la finalización del citado trimestre, de la siguiente documentación:
1. Certificado de Ingresos, Gastos y Pagos, suscrito por el Secretario y el Representante legal de FUTUEX. Respecto a los gastos y pagos, el certificado deberá contener las sumas parciales por conceptos y la suma total del gasto y pago que se justifica. El importe del gasto justificado deberá ser coincidente con los pagos que se acreditan. En el caso de que FUTUEX no haya tenido ingresos en el periodo que se certifique, se consignará esta partida con importe cero.
2. Facturas y documentos justificativos del gasto y pago realizado. Se aportarán copias de aquellos gastos y pagos certificados.
Las facturas y/o documentos justificativos del gasto irán acompañados del documento acreditativo del pago.
La justificación de los gastos y pagos de personal se realizará mediante la presentación de las nóminas, RLC, RNT, Modelo 111 y los documentos que justifiquen el abono de estas obligaciones.
3. Relación detallada y ordenada de los gastos pagados, en fichero formato hoja de cálculo.
Con independencia de la documentación que debe ser presentada en formato original Certificado de Ingresos, gastos y pagos- la justificación se realizará mediante la cumplimentación de un fichero hoja de cálculo proporcionado desde la Unidad de Gestión de Programas Asistenciales, al que se vincularán las copias de las facturas y documentos justificativos del gasto y del pago realizado. Se aportará soporte tipo cd o pendrive que contenga la recopilación de dichos archivos.
4. Certificado acreditativo de haber incluido en su contabilidad el/los ingreso/s parciales de la aportación económica, con destino a la finalidad para la que se concedió. Se presentará en el plazo de 15 días desde que la entidad ha recibido los pagos parciales de dicha aportación, correspondientes al trimestre justificado.
Los abonos de los gastos financiados por el presente convenio se realizarán, previa comprobación por parte del SEPAD de la documentación presentada, por la cuantía certificada por FUTUEX o, en su caso, por el importe resultante de la comprobación realizada.
La justificación de los gastos y pagos correspondientes a los meses de julio y agosto del 2023 deberá presentarse, en todo caso, antes del 31 de octubre de 2023.
— Justificación de las actuaciones.
FUTUEX, presentará a la Unidad de Programas Asistenciales del SEPAD, como justificación de la realización de las actividades previstas en el convenio primigenio.
Además de las justificaciones parciales previstas para los pagos, FUTUEX deberá justificar el cumplimiento total de la finalidad para la que se concede la aportación económica y la aplicación de los fondos percibidos antes del 31 de octubre de 2023, mediante presentación de una memoria justificativa y explicativa de la realización de las actividades objetos del convenio, detalladas por cada anualidad y firmada por el representante legal, sin perjuicio de que en cualquier momento se le pudiera requerir información por parte de la Unidad de Gestión de Programas Asistenciales del SEPAD o de la Comisión Tutelar de Adultos de Extremadura, relativa a la intervención realizada con las personas participantes en el proyecto.
Y en prueba de conformidad con cuanto antecede, ambas partes firman el presente documento en triplicado ejemplar y a un solo efecto, en lugar y fecha al principio indicados.
Por parte de La Junta de Extremadura,
D. José María Vergeles Blanca
Por parte de FUTUEX,
Vicepresidente Segundo y Consejero de Sanidad y Servicios Sociales
D. José Condiño Sopa
Don. José Vicente Granado Granado,
Director Gerente del SEPAD
ANEXO
GASTOS A FINANCIAR POR LA VICEPRESIDENCIA SEGUNDA Y CONSEJERÍA DE SANIDAD Y SERVICIOS SOCIALES:
A. COSTES DIRECTOS:
Para el desarrollo de estas actuaciones, y durante el periodo del 1 de enero al 31 de agosto de 2023, FUTUEX contará con los siguientes profesionales para el desarrollo de las actuaciones encuadradas dentro de cada equipo y para el Programa a financiar
A.1) Gastos de Personal.
Puesto de trabajo
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Jornada laboral semanal dedicada programa
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---|
Psicólogo/a clínico
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19,25 horas
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Trabajador/a SocialTerapeuta Ocupacional
|
19,25 horas19,25 horas
|
Educador/Monitor
|
38 ? horas
|
Educador/Monitor
|
38 ? horas
|
A.2) Gastos Dietas y Desplazamientos.
Las retribuciones de desplazamientos, dietas y vigilancia de transporte estarán limitadas por las cuantías establecidas en el Convenio Colectivo General de centros y Servicios de atención a personas con Discapacidad, vigente en el momento de la firma.
B. Gastos indirectos:
Formados por el 15% calculado sobre los citados gastos profesionales de atención directa, según establece el artículo 68.1) del Reglamento (UE) N.º 1303/2013.
Se entenderán por tales, los gastos de mantenimiento del local donde se ubique la sede, gastos de personal de atención indirecta y gastos de dietas y desplazamientos, entre estos gastos se encuentran:
Gastos de personal de atención indirecta.
Comunicaciones (teléfono, internet, telegramas, fax, correo y mensajería).
Reparación y conservación.
Arrendamientos y cánones.
ESTIMACIÓN DE GASTO:
COSTE ANUAL TOTAL
Coste total por los dos equipos del 1 de enero al 31 de agosto de 2023: 163.870,04 €
La jornada completa del XV Convenio Colectivo General de Centros y Servicios de atención a personas con Discapacidad vigente en el momento de la firma, es de 38,5 horas semanales, equivaliendo 19,25 horas semanales a media jornada.
Las retribuciones del personal imputables al proyecto estarán limitadas por las cuantías establecidas en el XV Convenio Colectivo General de Centros y Servicios de atención a personas con Discapacidad vigente en el momento de la firma, siendo de especial relevancia lo incluido en el artículo 32 y 34 de dicho convenio.
El presupuesto de este proyecto se ha realizado teniendo en cuenta los trabajadores/as que componen la plantilla actual con la antigüedad que les da derecho a percibir los complemento N1 y N2.
APORTACIÓN ECONÓMICA REALIZADA POR FUTUEX:
Recursos técnicos y materiales.
Edificio de 2 plantas, con 400 m2, en la sede central ubicada en Plaza de Santa María número 5 de Olivenza (Badajoz). Debidamente equipado con despachos, equipos informáticos, tres líneas telefónicas y fax.
Delegación en Plasencia: 1 despacho ubicado en el Centro Integrado de Servicios de la Asociación Placeat (CISPLA), debidamente equipado.
Línea telefónica de contacto permanente con la coordinación del proyecto.
Web: www.futuex.es
Programa informático para gestión de apoyos.
Personal atención indirecta que se aporta al programa.
Coste Anual Total 2023
Puesto de trabajo
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N.º
|
Mensualidades
|
Jornada dedicada
|
Total mes
|
Total año
|
---|
Jurídico
|
1
|
8
|
2 h/sem
|
168,83 €
|
1.350,64 €
|
Titulado de grado medio
|
1
|
8
|
2 h/sem
|
127,03 €
|
1.055,52 €
|
COSTE ESTIMADO DE PERSONAL
|
|
|
|
|
2.406,16 €
|
Resumen de aportaciones estimadas y otros gastos a imputar en 2023
a. Gastos de Personal de atención indirecta que aporta FUTUEX al programa.
Salarios y Seguridad Social ................................................ 2.406,16 €
Total partida ....................................................................... 2.406,16 €
b. Aportación estimada de FUTUEX en gastos corrientes
Gastos corrientes 4,21% sobre valor de inmovilizado ............. 5.290,40 €
Se imputan como gastos el importe correspondiente a la depreciación del valor de los bienes del inmovilizado total de la Fundación, en el porcentaje estimado del 4,21% sobre el valor del inmovilizado: 188.493,10 €.
Total partida gastos corrientes ............................................. 5.290,40 €
Total aportación estimada al programa en 2023: 7.696,56 €