ANUNCIO de 5 de diciembre de 2022 sobre aprobación definitiva de Plan Parcial de Ordenación.
DOE Número: 240
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: viernes, 16 de diciembre de 2022
Apartado: V ANUNCIOS
Organismo: AYUNTAMIENTO DE VALVERDE DE LEGANÉS
Rango: ANUNCIO
Descriptores: Relaciones de puestos de trabajo.
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Página Fin: 62518
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TEXTO ORIGINAL
Habiéndose aprobado definitivamente el siguiente Plan Parcial de Ordenación, por acuerdo del Pleno de Valverde de Leganés reunido en sesión ordinaria de fecha 29 de noviembre de 2022 se publica el mismo para su general conocimiento y en cumplimiento de los artículos 137 del Reglamento de Planeamiento de Extremadura, aprobado por Decreto 7/2007, de 23 de enero, y 53.2 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura:
Ámbito:
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Suelo urbano no consolidado ocupado por la unidad (UA-10) preexistentes plenamente urbanizada, y una parte de suelo destinada a dotación pública, viario y equipamiento
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Objeto:
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Tiene por objeto ajustar a la realidad existente, generando parcela dotacional en la citada unidad de actuación que no tenía definida en su desarrollo la UA-10; unificando y actualizando, en la Unidad de Actuación UA-10, sus parámetros de ordenación conforme al marco normativo actual.
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Clasificación del suelo:
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Suelo urbano no consolidado ocupado por la unidad preexistentes plenamente urbanizada, y una parte de suelo destinada a dotación pública, viario y equipamiento
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Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante el Pleno de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
Valverde de Leganés, 5 de diciembre de 2022. El Alcalde, MANUEL BORREGO RODRÍGUEZ.