RESOLUCIÓN de 9 de diciembre de 2022, de la Secretaría General de Educación, de concesión de las ayudas destinadas a las personas auxiliares de conversación seleccionadas por el Ministerio de Educación y Formación Profesional con destino en centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura en el curso 2022/2023.
TEXTO ORIGINAL
De conformidad con lo dispuesto en la Resolución de 10 de noviembre de 2022, (DOE núm. 221, de 17 de noviembre) de la Secretaría General de Educación, por la que se convocan las subvenciones a los auxiliares de conversación con destino en centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el curso 2022/2023 y de acuerdo con el informe y la propuesta del Servicio de plurilingüismo, evaluación y estadística,
RESUELVO:
Primero. La dotación de esta subvención directa es una cantidad mensual en concepto de ayuda para la dieta de manutención y alojamiento de 935 euros por auxiliar de conversación, cuyo horario semanal será de 16 horas. Esta ayuda les será abandonada mensualmente, mediante transferencia siempre y cuando cumplan los requisitos y condiciones establecidos en la convocatoria, durante el periodo del curso escolar 2022/2023, desde el 1 de octubre de 2022 hasta el 31 de mayo de 2023.
Segundo. Conceder las subvenciones destinadas a las personas auxiliares de conversación seleccionadas por el Ministerio de Educación y Formación Profesional con destino en centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura en el curso 2022/2023 que se relacionan en el Anexo a la presente resolución que cumplen con todos los requisitos y condiciones establecidos en la convocatoria, por un importe total seiscientos setenta y cinco mil quinientos treinta y siete euros con cincuenta céntimos de euros (675.537,50 €), con la siguiente distribución por anualidades y aplicaciones presupuestarias:
AÑO
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APLICACIÓN PRESUPUESTARIA
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CUANTÍA
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2022
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130020000/G/222G/48100/CAG0000001/20060137
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240.762,50 €
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2023
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130020000/G/222G/48100/CAG0000001/20060137
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434.775,00 €
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Tercero. El plazo y forma de justificación por parte de las personas beneficiarias del cumplimiento de la finalidad para la que se concede la subvención es el establecido en el apartado decimotercero de la Resolución de 10 de noviembre de 2022, (DOE núm. 221, de 17 de noviembre) de la Secretaría General de Educación, por la que se convocan las subvenciones a los auxiliares de conversación con destino en centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el curso 2022/2023.
Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Educación y Empleo, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, tal y como disponen los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Todo ello, sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.
Mérida, 9 de diciembre de 2022.
El Secretario General de Educación,
(PD, Resolución de 13 de noviembre de 2019, de la Secretaría General,DOE n.º 223, de 19 de noviembre)
FRANCISCO JAVIER AMAYA FLORES