ANUNCIO de 28 de noviembre de 2022 por el que se somete a información pública la solicitud de autorización ambiental unificada para la bodega de vinos, promovida por Hermanos Arroyo Zapata, SL, ubicada en el término municipal de Los Santos de Maimona.
TEXTO ORIGINAL
Dando cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 16.3 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se comunica al público en general que la solicitud de modificación sustancial de autorización ambiental unificada (AAU) para bodega de vinos promovido por Hermanos Arroyo Zapata, SL, ubicada en el término municipal de Los Santos de Maimona (Badajoz), podrá ser examinada, durante el plazo de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de Extremadura, en las dependencias de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Transición Ecológica y Sostenibilidad, de la Avda. Valhondo s/n de Mérida, previa cita solicitada a través del correo electrónico exp.sostenibilidad@juntaex.es.
Durante dicho plazo, las personas físicas o jurídicas podrán presentar las sugerencias y alegaciones que estimen pertinentes, en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 7 del Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, o en cualquiera de los lugares indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dirigidas al Servicio de Prevención, Calidad Ambiental y Cambio Climático de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad.
Las características más relevantes de la solicitud de modificación sustancial de la AAU son las siguientes:
Ubicación:
La industria se ubica en una parcela de 10.453 m2 de superficie, ubicada en la calle Paraje la Nava, 32, concretamente en la referencia catastral 9988402QC2598H0001OZ del término municipal de Los Santos de Maimona (Badajoz).
Categoría:
El complejo industrial está incluida en la categoría 3.2 b) del ANEXO II de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, relativa a Instalaciones para tratamiento y transformación, diferente al mero envasado, de las siguientes materias primas, tratadas o no previamente, destinadas a la fabricación de productos alimenticios o piensos a partir de material prima vegetal, sea fresca, congelada, conservada, precocinada, deshidratada o completamente elaborada, de una capacidad de producción de productos acabados igual o inferior a 300 toneladas por día o 600 toneladas por día en caso de que la instalación funcione durante un periodo no superior a 90 días consecutivos en un año cualquiera, y superior a 20 toneladas por día.
Actividad:
El proyecto consiste en la ampliación de una bodega de vinos, se prevé un aumento en la capacidad de producción de producto acabado de 15,43 toneladas, lo que supone unas 35,33 toneladas por año.
Infraestructuras y equipos:
La bodega de vinos cuenta con las siguientes instalaciones:
— Edificio de oficinas, laboratorio, aseos y vestuarios de 126 m2 de superficie construida.
— La bodega de elaboración se compone de sala de prensados de 349,80 m2 de superficie construida, nave de recepción de la materia prima y despalillado-estrujado de 147,05 m2 de superficie construida, sala de fermentación y almacenamiento de mostos de 238,28 m2.
— Caseta de compresores de 22,36 m2 de superficie construida.
— Almacén auxiliar de 903,69 m2 destinado a albergar el producto final elaborado en dos plantas, mediante depósitos subterráneos y mediante depósitos aéreos y conos.
— Nave de filtros de 36,96 m2 destinada a albergar los filtros necesarios para el trasiego del vino.
La bodega contará con la maquinaria y equipos característicos de este tipo de instalaciones, siendo la inversión que ahora se produce debido a la ampliación:
— Prensa neumática de 26,00 kw de potencia.
— Bomba de dos pistones autoaspirante de 60.000 litros/hora, potencia eléctrica 7,50 kw.
— Bomba de circulación de agua de refrigeración, de potencia eléctrica 11,00 kw.
— Un filtro tangencial, de potencia eléctrica 9,00 kw.
— Un depósito de calentamiento de agua para limpieza de filtro, potencia eléctrica 12,00 kw.
— Un intercambiador de cationes, de potencia eléctrica 2,00 kw.
— Bomba helicoidal, con potencia eléctrica 14,72 kw.
— Compresor, con potencia eléctrica de 5,5 kw.
— Compresor, con potencia eléctrica de 7,87 kw.
— Cinta transportadora, con potencia eléctrica de 2,208 kw.
— Cinta transportadora, con potencia eléctrica de 5,52 kw.
Es Órgano competente para la resolución de la presente solicitud de modificación de la AAU es la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.1 d) y e) del Decreto 170/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad.
Lo que se comunica a los efectos oportunos y para el general conocimiento.
Mérida, 28 de noviembre de 2022, El Director General de Sostenibilidad, JESÚS MORENO PÉREZ.