EXTRACTO de la Resolución de 2 de diciembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se convocan las subvenciones dirigidas a entidades privadas sin ánimo de lucro, para la realización de proyectos de atención a personas con deterioro cognitivo para el año 2023.
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.):664379
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.infosubvenciones.gob.es) y en el presente DOE.
Primero. Convocatoria y objeto.
1. Se realiza la convocatoria de subvenciones para la financiación de proyectos relacionados con las siguientes líneas de actuación:
Modalidad A: Proyectos de estimulación cognitiva, según se definen en el PIDEX, a personas con deterioro cognitivo con GDS 3-4.
Modalidad B: Proyectos de Servicio de Centro de Día. Para tener acceso a esta modalidad, el centro deberá estar abierto durante los 12 meses del año al que va referida la convocatoria y las personas a las que va destinado el proyecto deben permanecer un mínimo de 4 horas/día en el centro.
Modalidad C: Proyectos de apoyo y formación a las familias de personas con deterioro cognitivo:
Proyectos de apoyo psicológico para cuidadores principales y componentes de la unidad de convivencia de la persona con deterioro cognitivo, tanto a nivel individual como grupal.
Proyectos de formación para cuidadores principales y componentes de la unidad de convivencia de la persona con deterioro cognitivo, con la finalidad de proveer a estos de conocimiento basado en información científica y técnicamente actualizada sobre la enfermedad y trastorno correspondiente, así como de su evolución esperable, incluso en las fases más iniciales.
Modalidad D: Proyectos de sensibilización comunitaria así como de actualización y formación para profesionales:
Proyectos de sensibilización para la población general, a través de la organización de acciones específicas por sectores de población, con una temporalización preestablecida.
Proyectos de sensibilización, actualización y formación para profesionales relacionados con la atención a las personas con deterioro cognitivo, con un máximo de 30 horas por acción.
2. El procedimiento de concesión de estas subvenciones será el de concurrencia competitiva y convocatoria pública periódica.
Segundo. Entidades beneficiarias.
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las entidades privadas sin ánimo de lucro que, en la Comunidad Autónoma de Extremadura, desarrollen de forma específica proyectos referidos a personas con deterioro cognitivo, diagnosticado con GDS 3 en adelante, por el especialista de Atención Especializada.
Tercero. Bases reguladoras.
Decreto 86/2017, de 13 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a otorgar por la Consejería de Sanidad y Políticas Sociales para la prestación de servicios y el desarrollo de proyectos dirigidos a personas mayores o con deterioro cognitivo, publicado en el Diario Oficial de Extremadura núm. 116, de 19 de junio de 2017.
Cuarto. Cuantía para 2023.
La financiación por parte de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de las subvenciones convocadas tendrá como límite la cantidad de 1.640.496,00 euros, de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2023, centro gestor 110060000, aplicación presupuestaria G/232A/489000, programa 20120156 Servicios sociales especializados a personas con deterioro cognitivo , siendo la distribución entre modalidades del importe asignado en esta convocatoria el siguiente:
— Modalidad A: 240.000,00 €.
— Modalidad B: 1.325.496,00 €.
— Modalidad C: 45.000,00 €.
— Modalidad D: 30.000,00 €.
El importe a conceder se determinará en función de los puntos obtenidos, mediante la aplicación de los criterios objetivos de otorgamiento de manera que, establecido un orden de prelación entre aquellas entidades cuyos proyectos superen el umbral mínimo de puntuación establecido para cada modalidad para optar a financiación, la cuantía máxima a subvencionar será la establecida en la siguiente tabla:
Puntos
|
Importe
|
Modalidad A
|
5
|
9.000
|
6
|
10.800
|
7
|
12.600
|
8
|
14.400
|
9
|
16.200
|
10
|
18.000
|
11
|
19.800
|
Puntos
|
Importe
|
Modalidad B
|
19
|
38.000
|
20
|
40.000
|
21
|
42.000
|
22
|
44.000
|
23
|
46.000
|
24
|
48.000
|
25
|
50.000
|
26
|
52.000
|
27
|
54.000
|
28
|
56.000
|
29
|
58.000
|
30
|
60.000
|
31
|
62.000
|
32
|
64.000
|
33
|
66.000
|
34
|
68.000
|
35
|
70.000
|
36
|
72.000
|
37
|
74.000
|
38
|
76.000
|
39
|
78.000
|
40
|
80.000
|
41
|
82.000
|
Puntos
|
Importe
|
Modalidad C
|
5
|
2.500
|
6
|
3.000
|
7
|
3.500
|
8
|
4.000
|
9
|
4.500
|
10
|
5.000
|
11
|
5.500
|
12
|
6.000
|
Puntos
|
Importe
|
Modalidad D
|
5
|
2.500
|
6
|
3.000
|
7
|
3.500
|
8
|
4.000
|
9
|
4.500
|
10
|
5.000
|
11
|
5.500
|
En la modalidad B, para aquellos proyectos que hayan obtenido una puntuación de 28 o más, se otorgará además la siguiente subvención, en orden a su puntuación, siempre que exista crédito sobrante después de haber asignado la cuantía individual de la subvención según la tabla anterior y hasta agotar el mismo, en función del número de usuarios:
Usuarios
|
Importe
|
De 10 a 15
|
10.000
|
De 16 a 20
|
12.000
|
De 21 a 30
|
16.000
|
Más de 30
|
20.000
|
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación simultánea en el Diario Oficial de Extremadura de la resolución de convocatoria y del presente extracto.
Sexto. Otros datos.
Al tratarse de un expediente de tramitación anticipada, queda sometido a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2023.
Mérida, 2 de diciembre de 2022.
Secretaria General,
AURORA VENEGAS MARÍN