ANUNCIO de 2 de diciembre de 2022 por el que se somete a información pública el plan de restauración de la explotación del recurso de la Sección A) de la Ley de Minas denominado "Hoyo Labrado", expte. n.º 10A00644-00, en el término municipal de Navalmoral de la Mata (Cáceres).
TEXTO ORIGINAL
Con fecha 13 de junio de 2022, se presentó por parte de la UTE AVE Navalmoral la solicitud de autorización de la explotación del recurso de la Sección A) de la Ley de Minas denominado Hoyo Labrado , número de expediente 10A00644-00, en el término municipal de Navalmoral de la Mata (Cáceres).
Para dar cumplimiento al artículo 6 del Real Decreto 975/2009, de 12 de junio, sobre gestión de los residuos de las industrias extractivas y de protección y rehabilitación del espacio afectado por actividades mineras, se comunica al público en general que el plan de restauración de la explotación del recurso de la Sección A) de la Ley de Minas denominado Hoyo Labrado , expte. n.º 10A00644-00, podrá ser examinado, durante treinta días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de Extremadura, en las dependencias del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera situadas en la avenida Clara Campoamor, n.º 2, 3.ª planta, de Cáceres, o bien directamente mediante consulta en la página oficial del Sistema de Información Geológico Minero de Extremadura (http://sigeo.juntaex.es), Sección de Información Pública.
Los datos generales del proyecto son:
Actividad y objeto
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Préstamo para suministro de las obras de una línea ferroviaria de alta velocidad
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Promotor
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UTE AVE NAVALMORAL
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Localización zona de explotación
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Parcelas 156, 157, 161, 162 y 165 del polígono 503 del término municipal de Navalmoral de la Mata (Cáceres)
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Coordenadas U.T.M. Huso 30 (ETRS89)
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X = 284.758 Y = 4.420.064
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Superficie afectada por la explotación
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66.500,83 m2
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Número de frentes
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3
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Número de bancos
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1
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Altura media del banco
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2,5 m.
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Volumen de explotación
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133.614 m3
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Periodo de explotación
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26 meses
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Infraestructuras, instalaciones y equipos
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Una retroexcavadora y un bulldozer. No hay instalaciones auxiliares
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Uso propuesto para la restauración final
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Agrario (pastos)
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Instalación de residuos mineros
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Ninguna
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Propuesta de resolución al plan de restauración: a la vista de la documentación aportada por el interesado, el Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera propone resolución favorable al plan de restauración presentado, sin perjuicio de las alegaciones que pudieran ser presentadas en el periodo de información pública, y de los informes o condicionados que pudieran presentar los organismos consultados.
El público interesado podrá presentar sus observaciones, alegaciones y consultas, dentro del plazo citado anteriormente, dirigidas al Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera, por cualquiera de los medios que a tal efecto determina la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El órgano sustantivo competente para resolver sobre la autorización administrativa de la explotación del recurso de la Sección A), así como para autorizar el plan de restauración es el Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera.
Procedimiento de participación pública: el establecido en el artículo 6.5 del citado Real Decreto 975/2009, de 12 de junio.
Lo que se comunica a los efectos oportunos y para el conocimiento general.
Cáceres, 2 de diciembre de 2022. El Jefe de Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera, JUAN CARLOS BUENO RECIO.