Acuerdo de 14 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Política Forestal, por la que se da publicidad al Plan Anual para la Prevención, Vigilancia y Extinción de Incendios Forestales del Territorio de Comunidad Autónoma de Extremadura.
TEXTO ORIGINAL
El artículo 48.1 de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, en la redacción dada por el Real Decreto-ley 15/2022, de 1 de agosto, por el que se adoptan medidas urgentes en materia de incendios forestales dispone que las Comunidades Autónomas ante el riesgo general de incendios forestales, elaborarán y aprobarán planes anuales para la prevención, vigilancia y extinción de incendios forestales. Los referidos planes deben ser objeto de publicidad previa a su desarrollo y comprender la totalidad de las actuaciones a desarrollar y abarcarán la totalidad del territorio de la Comunidad Autónoma correspondiente.
Las competencias de coordinación, prevención y lucha contra los incendios forestales, fueron transferidas a la Comunidad Autónoma de Extremadura, en virtud de lo establecido en Real Decreto 1594/1984, de 8 de febrero, dentro de su ámbito territorial, en el marco de la legislación básica sobre montes, aprovechamientos forestales y vías pecuarias y de la legislación sobre protección del medio ambiente, en lo que se refiere a la conservación de la naturaleza mientras que el Estatuto de Autonomía de Extremadura confiere, en su artículo 10.2 a esta Comunidad Autónoma las competencias de desarrollo normativo y ejecución en materia de medioambiente.
Por otra parte, el Decreto 164/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, entre otras, asigna a esta Dirección General la competencia en materia de impulso de medidas de divulgación y sensibilización en materia de prevención y defensa contra los incendios forestales.
Por lo expuesto, en ejercicio de las atribuciones que tengo conferidas,
ACUERDO:
Primero. Dar publicidad al Plan Anual para la Prevención, Vigilancia y Extinción de Incendios Forestales del Territorio de Comunidad Autónoma de Extremadura.
Segundo. El contenido íntegro, en formato digital, estará disponible en la siguiente dirección electrónica:
https://www.infoex.info/informacion-al-ciudadano/
Mérida, 14 de diciembre de 2022.
El Director General de Política Forestal,
PEDRO MUÑOZ BARCO