MODIFICACIÓN del Extracto y Anuncio por el que se da publicidad a la modificación del gasto por reasignación del presupuesto entre tipología de actividades subvencionadas en virtud de la convocatoria pública de concesión directa de subvenciones destinadas a la transformación de flotas de transporte de viajeros y mercancías de empresas privadas prestadoras de servicios de transporte por carretera, así como de empresas que realicen transporte privado complementario, en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
TEXTO ORIGINAL
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De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica la modificación del extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones http://www.infosubvenciones.gob.es) y en el presente Diario Oficial de Extremadura.
Mediante la Resolución de 8 de junio de 2022, de la Secretaría General, se aprueba la convocatoria pública de concesión directa de subvenciones destinadas a la transformación de flotas de transporte de viajeros y mercancías de empresas privadas prestadoras de servicios de transporte por carretera, así como de empresas que realicen transporte privado complementario, en la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el año 2022, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, publicada en el Diario Oficial de Extremadura n.º 118, de 21 de junio de 2022.
En la misma fecha de 21 de junio de 2022, se publica en el Diario Oficial de Extremadura el Extracto de la Resolución de 8 de junio de 2022, en cuyo apartado cuarto (Cuantía), se expresa los siguiente:
1. Los créditos presupuestarios que servirán para atender la disposición de gastos y el reconocimiento de obligaciones que se generen en la presente convocatoria como consecuencia de la concesión de las subvenciones, serán los consignados, con cargo a los fondos de la Comunidad Autónoma, para el proyecto de gasto 20210489 y fondo MR01C01I01, con imputación a la aplicación presupuestaria G/353C/77000, en la cuantía total máxima de 4.744.997,50 euros.
2. Considerando los criterios establecidos en el apartado 4 del artículo 7 del Real Decreto 983/2021, el crédito de la convocatoria (4.744.997,50 euros) queda distribuido de la siguiente forma entre las actuaciones subvencionables:
Actividad 1: Achatarramiento. 1.897.999,00 euros.
Actividad 2: Adquisición de vehículos de energías alternativas bajas en carbono. 1.897.999,00 euros.
Actividad 3: «Retrofit» o modificación de la forma de propulsión de vehículos. 237.249,88 euros.
Actividad 4: Implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos. 474.499, 75 euros.
Actividad 5: Adquisición de semirremolques para autopistas ferroviarias. 237.249,87 euros.
3. Las cuantías individualizadas de la ayuda, respecto de cada una de las actuaciones subvencionables, se ajustará a lo previsto en el ANEXO I del Real Decreto 983/2021
Si atendemos a los datos obrantes en los archivos del órgano concedente, se observa que, desde la eficacia de la resolución de convocatoria el día 21 de junio de 2022, las actividades 3 y 5 no han sido objeto de solicitud de ayudas, no existiendo, respecto de ellas, previsión de agotamiento, mientras que la actividad 4 ha registrado escasas peticiones, en los tres casos en relación con el reparto presupuestario inicial, centrándose el interés de las empresas en las actividades 1 y 2.
En consecuencia, los citados datos favorecen y articulan las previsiones y medidas siguientes:
1ª) Dotar con mayor crédito el presupuesto asignado a la actividad 1 (achatarramiento) en previsión de que el mismo pueda agotarse sin que resulten atendidas todas las solicitudes pendientes sobre esta actividad (120), a las que habría que añadir las que pudieran presentarse hasta la finalización del plazo de presentación, todas las cuales pasarían a una fase de reserva o espera de no existir recursos para conceder las ayudas pretendidas.
2ª) Mantener un nivel de crédito suficiente para atender las peticiones de ayudas en relación con la actividad 2 (adquisición de vehículos de energías alternativas), evitando su agotamiento en lo que resta de ejercicio.
3ª) Ajustar el crédito a la previsión de solicitudes referidas a la actividad 4 (implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos).
4ª) Reducir sustancialmente el crédito asignado a las actividades 3 y 5 con el fin transferirlo a las partidas correspondientes a las actividades 1 y 2, por ser éstas las más solicitadas y concentrar mayor importe de ayuda.
Por todo ello, al amparo del apartado 3 del resolutivo décimo de la convocatoria de ayudas, a cuyo tenor A partir de la fecha en que resten tres meses para la finalización de la vigencia de la presente convocatoria, si alguna de las partidas no se hubiera agotado, y otra partida tuviera lista de reserva o espera, se podrá reasignar el presupuesto entre tipología de actividades, que- dando entonces sin efecto los porcentajes establecidos inicialmente en el apartado anterior para el reparto entre los mismos, y liberándose las reservas de presupuesto que se hubieran podido establecer, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 39.4 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en lo atinente a las variaciones que puedan producirse respecto de las cuantías inicialmente previstas , se ha tramitado la modificación del gasto por reasignación del presupuesto entre tipología de actividades subvencionadas, constando informe favorable de la Intervención, procediendo la modificación del Extracto de la convocatoria publicado en el Diario Oficial de Extremadura n.º 118, de 21 de junio de 2022.
Asimismo, y de conformidad con los apartados 3 y 4 del artículo 39 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, es preceptiva la publicación en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de un anuncio del órgano al que corresponda la aprobación de la convocatoria en el que se recojan las variaciones que puedan producirse respecto a las aplicaciones o proyectos presupuestarios, o cuantías previstas inicialmente en las convocatorias abiertas por concesión directa.
En virtud de lo referido, deben hacerse públicos la modificación del Extracto y el anuncio por el que se da publicidad a la modificación del gasto por reasignación del presupuesto entre tipología de actividades subvencionadas en virtud de la convocatoria pública de concesión directa de subvenciones destinadas a la transformación de flotas de transporte de viajeros y mercancías de empresas privadas prestadoras de servicios de transporte por carretera, así como de empresas que realicen transporte privado complementario, en la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el año 2022, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, aprobada mediante resolución de 8 de junio de 2022, con el siguiente reparto de crédito:
Actividad 1: Achatarramiento ………………………………………………... 2.358.500,00 euros.
Actividad 2: Adquisición de vehículos de energías alternativas bajas en carbono. 2.280.000,00 euros.
Actividad 3: «Retrofit» o modificación de la forma de propulsión de vehículos …. 17.603,10 euros.
Actividad 4: Implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos. .87.894,40 euros.
Actividad 5: Adquisición de semirremolques para autopistas ferroviarias ………... 1.000,00 euros.
Mérida, 30 de noviembre de 2022.
La Secretaria General,
MARÍA LUISA CORRALES VÁZQUEZ