ANUNCIO de 14 de diciembre de 2022 sobre la aprobación de la Oferta de Empleo Público para el año 2022.
TEXTO ORIGINAL
La Junta de Gobierno Local, por Delegación de la Alcaldía Presidencia otorgada por Decreto de 21 de junio de 2019, en sesión celebrada el día 14 de diciembre de 2022, adoptó el siguiente acuerdo:
Primero. Aprobar la Oferta de Empleo Público del Excmo. Ayuntamiento de Almendralejo para el año 2022, como se detalla en ANEXO del acuerdo.
Segundo. Que se proceda a la publicación del Acuerdo suscrito con la representación de las Centrales sindicales, CSIF, UGT y CCOO, con fecha 12 de diciembre de 2022, relativo a la aprobación de esta Oferta de empleo público, en el Diario Oficial de Extremadura y en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz.
Tercero. Remitir a la Administración del Estado los acuerdos aprobatorios de las Ofertas de Empleo Público de las Corporaciones Locales, a los efectos establecidos en del artículo 56.1 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
Cuarto. Notificar que contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo ante la Junta de Gobierno Local, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Mérida en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación de este acuerdo, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.
Acuerdo para la aprobación de la Oferta de Empleo Público del Excmo. Ayuntamiento de Almendralejo para el año 2022.
REUNIDOS
De una parte Doña Josefina Barragán Merino Concejala Delegada de Recursos Humanos, Don Juan Arias Domínguez Concejal Delegado de Seguridad Ciudadana y Doña Raquel del Puerto Carrasco Concejala Delegada de Régimen Interior quienes actúan en nombre y representación del Excmo. Ayuntamiento de Almendralejo.
De otra Don Francisco José Pérez García, Don Pedro Rangel García y Don Abel Corcho Morales, quienes actúan en nombre y representación de las Organizaciones Sindicales CSIF, UGT, y CCOO respectivamente.
MANIFIESTAN
I
Conforme a lo dispuesto por el artículo 70 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre, las necesidades de recursos humanos, con asignación presupuestaria que deban proveerse mediante la incorporación de personal de nuevo ingreso serán objeto de la Oferta de empleo público (OEP en adelante), que, además, podrá contener medidas derivadas de planificación de recursos humanos.
La OEP que queda sujeta, en todo caso, a su ejecución y desarrollo dentro del plazo improrrogable de tres años, cumple, además, con una finalidad básica de transparencia y publicidad a los ciudadanos, que pretendan acceder a la función pública, al ser preceptiva su publicación en el Diario Oficial correspondiente.
En este sentido, el artículo 29 de la Ley Función Pública de Extremadura, aprobada por la Ley 13/2015 de 8 abril, determina que las plazas dotadas presupuestariamente, cuya cobertura se consideren necesarias y no puedan ser cubiertas con los efectivos de personal existentes, constituirán la OEP.
En el ámbito local, la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en su artículo 91, determina que las Corporaciones locales formularán públicamente sus OEP, ajustándose a los criterios fijados en la normativa básica estatal. Prescripción que se amplía por el artículo 128 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones vigentes en materia de Régimen Local, al determinar que la OEP para el año correspondiente se aprobará y publicará anualmente, ajustándose a la legislación básica del Estado sobre función pública y a los criterios que, reglamentariamente, se establezcan en desarrollo de la normativa básica estatal para su debida coordinación con las ofertas de empleo del resto de las Administraciones Públicas.
II
La Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022, que destina su artículo 20 a regular las ofertas de empleo de personal del sector público, determina que la incorporación de personal de nuevo ingreso con una relación indefinida que, deberá atenerse a las disponibilidades presupuestarias del capítulo I del presupuesto de gastos, se sujetará a unas tasas de reposición de efectivos que, en el caso del Ayuntamiento de Almendralejo, será del 125 por cien para las Policías Locales, del 120 por cien en los sectores prioritarios y del 110 por cien en los demás sectores, todo ello atendiendo a los criterios señalados en el artículo citado. Resaltando que la validez de las tasas de reposición autorizadas quedan condicionadas, de conformidad con lo establecido en el apartado 2 del artículo 70 del Estatuto Básico del Empleado Público, a que las plazas se incluyan en una OEP que deberá ser aprobada por los respectivos órganos de Gobierno de las Administraciones Públicas y publicarse en el correspondiente Boletín Oficial antes de la finalización de cada año. Además de que las convocatorias de las plazas se ejecuten en el plazo improrrogable de tres años desde la publicación de la Oferta.
Determina el artículo 11 del vigente Acuerdo regulador de las condiciones de trabajo de los empleados públicos de este Ayuntamiento que, una vez aprobados los Presupuestos por la Corporación y atendiendo a lo que establezcan para ello las sucesivas Leyes de Presupuestos Generales del Estado, el Ayuntamiento, con la participación de las Centrales Sindicales representativas, aprobará, en el plazo de un mes, la OEP acorde con las necesidades de recursos humanos, con asignación presupuestaria, que deban proveerse mediante la incorporación de nuevo ingreso, así como la reserva de plazas para promoción interna de acuerdo con los principios fijados en la normativa Estatal o Autonómica, publicándose en el diario oficial correspondiente.
III
En sesión plenaria celebrada el día 17 de marzo de 2022 se aprobó el Presupuesto Municipal para 2022 de esta Entidad, cuyo anuncio aparece publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz número 74, del día 20 de abril de 2022, conteniendo la plantilla de los empleados públicos de este Ayuntamiento.
La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 18 de mayo de 2022, aprobó una Oferta de empleo público extraordinaria y adicional para la estabilización del empleo temporal, publicada en el Diario Oficial de Extremadura número 99, de 25 de mayo de 2022, al amparo de lo dispuesto por la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, que contiene cuatro plazas, que no computan a efectos de tasa de reposición de efectivos. Todo ello con el objetivo de reducir la tasa de cobertura temporal de los puestos estructurales de este Ayuntamiento y avanzar hacia la finalidad de situarse por debajo del ocho por ciento de las plazas estructurales
Desde esa fecha se ha venido sustanciando el acuerdo de modificación puntual de las relaciones de puestos de trabajo del personal funcionario y laboral fijo, aprobadas en sesión plenaria del día 29 de noviembre de 2022 y publicadas en el BOP número 232 del día 7 de diciembre de 2022, así como de la plantilla orgánica, aprobada inicialmente en la misma sesión plenaria, lo que ha demorado la aprobación de esta OEP.
IV
Conforme a los preceptos anteriormente citados y a los artículos 37 y siguientes del Estatuto Básico del Empleado Público este acuerdo se ha sometido a negociación en la Mesa de General de Negociación de los Empleados Públicos, alcanzándose el acuerdo con las centrales sindicales con los votos a favor de CSIF, UGT y CCOO, alcanzándose la plena representatividad en la mesa.
A la Junta de Gobierno Local, por Delegación de la Alcaldía Presidencia otorgada por Decreto de Decreto de 21 de junio de 2019, publicada en el BOP de Badajoz, número 125, de 3 de julio de 2019, en uso de las atribuciones que le confiere el artículo 21.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, le compete aprobar la oferta de empleo público de acuerdo con el Presupuesto y la plantilla aprobados por el Pleno.
En virtud de todo lo anteriormente expuesto, las partes firmantes, de manera unánime,
ACUERDAN:
Primero. Aprobación de la Oferta de Empleo Público para el año 2022.
1º.1. En cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, artículo 29 de la Ley Función Pública de Extremadura y artículo 20 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022, aprobar la Oferta de Empleo Público de este Ayuntamiento para el año 2022, con la finalidad de proveer las necesidades de personal de nuevo ingreso con asignación presupuestaria.
Todas las plazas que se ofertan se consideran de urgente cobertura y en su determinación se han aplicado los límites dispuestos por la tasa de reposición de efectivos.
1º.2. La OEP descrita en los puntos anteriores deberá tramitarse a la mayor brevedad posible para cumplir con los plazos establecidos por la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
Segundo. Plazas objeto de la OEP del año 2022.
2º.1. Determina el artículo 20 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2022 que para calcular la tasa de reposición de efectivos el porcentaje de tasa máximo autorizado se aplicará sobre la diferencia entre el número de empleados fijos que, durante el ejercicio presupuestario anterior, dejaron de prestar servicios y el número de empleados fijos que se hubieran incorporado en el referido ejercicio, por cualquier causa o reingresado desde situaciones que no conlleven la reserva de puestos de trabajo. No computando únicamente: incorporaciones de ejecución de ofertas de empleo anteriores; plazas convocadas por promoción interna, ni los ceses derivados de esos procesos; plazas del personal declarado indefinido no fijo por sentencia judicial; las necesarias para la puesta en marcha de nuevos servicios impuestos por norma; así como en el caso de los servicios públicos que pasen a ser prestados mediante gestión directa, el número de plazas que las empresas externas destinaban a la prestación de ese servicio concreto.
Del examen de los datos obrantes en la Sección de Recursos Humanos, al efecto del cálculo de la tasa de reposición, se constata que durante el año 2021 se produjeron once bajas y ninguna incorporación, de las que tres correspondieron al Cuerpo de la Policía Local, dos a sectores prioritarios y otras seis a sectores no prioritarios.
2º.2. Correspondiendo aplicar una tasa de reposición de efectivos del 120 por cien en los sectores prioritarios, del 125 por cien para la Policía Local y del 110 por cien para el resto, con lo que el número de plazas a cubrir se sitúa en trece.
Lo que arroja una tasa de reposición de trece plazas, seis en sectores prioritarios y de siete en los no prioritarios.
2º.3. Cabe la acumulación de la tasa de reposición de uno o varios sectores o colectivos prioritarios en otros sectores o colectivos prioritarios, como es el caso de la Policía Local, el asesoramiento jurídico y la gestión de recursos públicos o el personal que presta atención a los ciudadanos en los servicios públicos. Igualmente, la tasa de reposición de los sectores no prioritarios podrá acumularse en los sectores prioritarios.
2º.4. En esta oferta se incluye una plaza correspondientes a la OEP del año 2010, aprobada por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, por Delegación de la Alcaldía Presidencia, en sesión celebrada el día 4 de mayo de 2010 y publicadas en el Diario Oficial de Extremadura (DOE en adelante) de fecha de 21 de mayo de 2010, de Encargado de Mantenimiento y Vigilancia de Parques que, conforme a lo dispuesto por el artículo 70 del Estatuto Básico del Empleado Público y a la reciente jurisprudencia del Tribunal Supremo que viene considerando que existe caducidad del procedimiento por el transcurso del plazo de los tres años sin que se ejecute la oferta de empleo público, y que por Decreto de Alcaldía Presidencia, de 4 de febrero de 2022, se declaró su caducidad y el archivo del expediente, determinando su inclusión en esta OEP.
2º.5. En última instancia, respecto a una de las plazas de Técnico de Administración General, concretamente la reservada a promoción interna, y correspondiente a la Oferta de Empleo Público del año 2020, aprobada por la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 2 de diciembre de 2020 y publicada en el DOE número 241 de 16 de diciembre de 2020, analizada la reciente jurisprudencia del Tribunal Supremo, no ha sido convocada al no contar este Ayuntamiento con funcionarios de la misma escala pertenecientes al subgrupo de titulación inmediatamente inferior.
Por todo ello, analizadas las tasas de reposición de efectivos disponibles para el año 2020, se acuerda su modificación destinándose a turno libre.
2º.6. Por lo anteriormente expuesto, se pretende la cobertura de las plazas que se detallan en el ANEXO de este acuerdo, identificando sus características y particularidades en su provisión.
Tercero. Modificación de las Relaciones de Puestos de Trabajo y Plantillas.
Habida cuenta que en esta oferta de empleo público se incluyen plazas que han sido modificadas o creadas, a partir de amortizaciones realizadas, contenidas en la modificación puntual de la plantilla orgánica, aprobada por el Pleno del día 29 de noviembre de 2022 y que se encuentra en trámite de exposición pública.
Considerando que esta modificación responde a una modificación de las Relaciones de Puestos de Trabajo del Personal Funcionario y Laboral Fijo, aprobadas junto con la plantilla en la misma sesión plenaria, publicas en el BOP del día 7 de diciembre de 2022, de las que su entrada en vigor queda supeditada a la aprobación definitiva de la Plantilla y a que se aprueben las modificaciones presupuestarias necesarias para atender las necesidades económicas derivadas del acuerdo, de las que ya se ha iniciado su trámite.
Todo ello comporta que las plazas que se reseñan en el ANEXO I, sujetas a esta situación, no podrán ser convocadas hasta que se cumplan los referidos trámites.
Cuarto. Plazas reservadas a discapacidad.
Examinadas las plantillas orgánicas como el número de personas con discapacidad que ocupan puestos de trabajo de carácter permanente. Conforme a lo dispuesto por el artículo 11 del vigente Acuerdo de los Empleados Públicos de este Ayuntamiento, se destina una plaza reservada para ser cubierta por personas con discapacidad, de este modo se alcanzaría el 2% de los efectivos totales.
Quinto. Plazos de ejecución.
5º.1. Esta oferta de empleo deberá aprobarse y publicarse en el Diario Oficial de Extremadura y en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz antes del día 31 de diciembre de 2022.
5º.2. La publicación de las bases de las convocatorias de los procesos selectivos para la cobertura de las plazas incluidas en esta OEP deberá producirse antes de 31 de diciembre de 2023.
5º.3. La resolución de estos procesos selectivos deberá finalizar antes de 31 de diciembre de 2025.
Sexto. Tramitación de la OEP.
De lo dispuesto en este acuerdo queda encargada la Concejalía de Recursos Humanos a través de la Sección de Recursos Humanos, publicando el anuncio, que se dispone en el Anexo siguiente, en el DOE. Posteriormente, procederá a ejecutar los demás trámites necesarios para hacer efectiva la esta oferta de empleo público.
ANEXO
Oferta de Empleo Público año 2022.
Plazas de Personal Funcionario.
Denominación de la Plaza
|
Número
|
Escala
|
Subescala
|
Clase
|
Grupo
|
Observación
|
---|
Técnico Medio de Gestión Administrativa
|
1
|
Administración General
|
Gestión
|
|
A2
|
Reservada a promoción interna / (*1)
|
Administrativo
|
2
|
Administración General
|
Administrativa
|
|
C1
|
(*1 en una de ellas)
|
Técnico Jurídico
|
1
|
Administración Especial
|
Técnica
|
Técnicos superiores
|
A1
|
Reservada a promoción interna / (*1)
|
Agente de la Policía Local
|
3
|
Administración Especial
|
Servicios Especiales
|
Policía Local
|
C1
|
Una reservada a movilidad
|
Encargado Mantenimiento Vigilancia de Parques y Jardines
|
1
|
Administración Especial
|
Servicios Especiales
|
Personal Oficios
|
C2
|
|
Oficial de Obras
|
1
|
Administración Especial
|
Servicios Especiales
|
Personal Oficios
|
C2
|
|
Oficial Electricista
|
1
|
Administración Especial
|
Servicios Especiales
|
Personal Oficios
|
C2
|
|
Oficial Mecánico
|
1
|
Administración Especial
|
Servicios Especiales
|
Personal Oficios
|
C2
|
|
Oficial Polideportivo
|
1
|
Administración Especial
|
Servicios Especiales
|
Personal Oficios
|
C2
|
|
Sepulturero
|
1
|
Administración Especial
|
Servicios Especiales
|
Personal Oficios
|
AP.E
|
(*1)
|
Ayudante Polideportivo
|
1
|
Administración Especial
|
Servicios Especiales
|
Personal Oficios
|
AP.E
|
Reservado a discapacidad
|
Plazas de Personal Laboral.
Denominación de la Plaza
|
Número
|
Grupo
|
Observación
|
---|
Socorrista Monitor de Natación
|
1
|
C2
|
|
(*1) Plazas que antes de su convocatoria deberá estar aprobada con carácter definitivo la modificación puntual de la plantilla y que se haya concluido el trámite de modificación presupuestaria para atender su cobertura.
Modificación de la Oferta de Empleo Público año 2020.
Plazas de Personal Funcionario.
Denominación de la Plaza
|
Número
|
Escala
|
Subescala
|
Clase
|
Grupo
|
Observación
|
---|
Técnico de Administración General
|
1
|
Administración General
|
Técnica
|
|
A1
|
Se modifica a turno libre
|
Como prueba de conformidad, y para que surta los efectos que proceda, firman el presente Acuerdo los representantes de la Corporación Local y de las Organizaciones sindicales, en Almendralejo, a 12 de diciembre de 2022.
Almendralejo, 14 de diciembre de 2022. El Alcalde-Presidente, JOSÉ MARÍA RAMÍREZ MORÁN.