Orden de 19 de diciembre de 2022 por la que se nombra Registradora de la Propiedad, Mercantil y de Bienes Muebles, para la provisión de plaza en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
TEXTO ORIGINAL
El artículo 11.1.2 del Estatuto de Autonomía de Extremadura dispone que la Comunidad Autónoma de Extremadura tiene competencias de ejecución para el nombramiento de los Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles que han de servir en plaza de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Por Resolución de 16 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública (BOE n.º 280, de 22 de noviembre de 2022), fue convocado procedimiento de concurso para la provisión de vacantes de Registros de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles, conforme a lo dispuesto en el artículo 284 de la Ley Hipotecaria y en el 496 y siguientes del Reglamento Hipotecario. El concurso fue resuelto por Resolución de 12 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública (BOE n.º 303, de 19 de diciembre de 2022) en donde figura la concursante a quien se le ha adjudicado plaza en Extremadura.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Hipotecaria y en el Reglamento Hipotecario, conforme a las competencias atribuidas al titular de esta Consejería por el Decreto del Presidente 15/1999, de 29 de septiembre, por el que se atribuye al titular de la Consejería de Presidencia y Trabajo, actualmente de Hacienda y Administración Pública, la competencia para el nombramiento de los notarios y de los registradores de la propiedad y mercantiles del territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y el Decreto del Presidente 41/2021, de 2 de diciembre, por el que se modifican la denominación y competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
DISPONGO:
Primero. Nombrar a Doña Paloma Pérez de la Cruz Martínez, Registradora de la Propiedad, Mercantil y de Bienes Muebles, para la provisión del Registro de la Propiedad de Fuente de Cantos, provincia de Badajoz.
Segundo. Dar traslado de la presente orden de nombramiento a la interesada, al Tribunal Superior de Justicia de Extremadura y a la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública.
Tercero. Publicar la presente orden en el Diario Oficial de Extremadura.
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, ante este mismo órgano, conforme a lo dispuesto en los artículos 102 y 103 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y 112, 123, 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación en el citado Diario Oficial, conforme lo dispuesto en los artículos 10.1 letra i), 14 y 46.1, de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Mérida, 19 de diciembre de 2022.
La Vicepresidenta Primera y Consejera de Hacienda y Administración Pública,
PILAR BLANCO-MORALES LIMONES