Junta de Extremadura

Página Web del Diario Oficial de Extremadura

Ultimos Diarios Oficiales

AVISO: La traducción a portugués deriva de un proceso automático con carácter informativo.

Logo DOE
Logo DOE

ANUNCIO de 27 de abril de 2022 por el que se hace pública la información relativa a la solicitud de adjudicación de la zona de distribución de GLP canalizado en la localidad de Malpartida de Cáceres (Cáceres), correspondiente al expediente CG-661.
DOE Número: 87
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: lunes, 09 de mayo de 2022
Apartado: V ANUNCIOS
Organismo: CONSEJERÍA PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y SOSTENIBILIDAD
Rango: ANUNCIO
Descriptores: Gas.
Página Inicio: 20890
Página Fin: 20893
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
A los efectos previstos en el artículo 11 del Decreto 183/2014, de 26 de agosto, sobre procedimientos de autorización de instalaciones para el suministro de gases combustibles por canalización en la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 168 de 1 de septiembre), se hace pública la información relativa a la solicitud de adjudicación de zona de distribución de GLP canalizado, en la localidad de Malpartida de Cáceres (Cáceres), correspondiente al expediente CG-661, cuyos datos principales son los indicados a continuación:
Municipio afectado por las instalaciones proyectadas: Malpartida de Cáceres (Cáceres).
Características principales de la instalación:
1. Emplazamiento: Término municipal de Malpartida de Cáceres (Cáceres).
2. Red de distribución: Formada por canalizaciones de polietileno ajustadas a las normas UNE-EN 12007-2 y UNE-EN 1555.
El listado de coordenadas geográficas correspondientes a la línea perimetral que define la zona de distribución en la que se proyectan las instalaciones (Sistema de referencia ETRS 89 - HUSO 29), se encuentran reflejadas en el ANEXO que se acompaña.
Durante el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de publicación de este anuncio, las empresas distribuidoras de GLP que estén interesadas, podrán presentar solicitudes en concurrencia, cuyo contenido deberá ajustarse a lo establecido en los artículos 9 y 10 del Decreto 183/2014, de 26 de agosto.
Para la determinación de la línea perimetral que defina la zona de distribución, deberán tomarse como referencia los criterios recogidos en la Instrucción 2/2014, de la Dirección General de Industria y Energía, e Instrucción Complementaria 1/2017, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, sobre la interpretación de zona de distribución autorizada y su delimitación según el artículo 3.2. del Decreto 183/2014, de 26 de agosto, sobre procedimientos de autorización de instalaciones para el suministro de gases combustibles por canalización en la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 246 de 23/12/2014).
Las citadas instrucciones y el plano de representación gráfica de la línea perimetral que delimita la zona de distribución definida por estos vértices, se encuentran a disposición de los interesados en la siguiente dirección web:
http://industriaextremadura.juntaex.es/
No serán consideradas como solicitudes concurrentes aquellas que no se ajusten a lo establecido en el artículo 8 del Decreto 183/2014, de 26 de agosto.
El trámite de publicidad de la solicitud que ha dado origen a la apertura del procedimiento de adjudicación no dará derecho a tomar vista de la misma, conforme a lo establecido en el apartado 2 del artículo 11 del citado Decreto 183/2014, de 26 de agosto.
Cáceres, 27 de abril de 2022. El Jefe del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera, JUAN CARLOS BUENO RECIO.
ANEXO
Coordenadas de la zona de distribuciónReferencia UTM en HUSO 29 ETRS 89
Coordenadas Coordenadas
N.º vértice X Y N.º vértice X Y
1 713.914 4.368.754 33 714.530 4.369.172
2 713.920 4.368.732 34 714.484 4.369.180
3 713.946 4.368.692 35 714.437 4.369.174
4 713.982 4.368.662 36 714.395 4.369.154
5 714.027 4.368.645 37 714.380 4.369.144
6 714.037 4.368.643 38 714.337 4.369.118
7 714.082 4.368.633 39 714.306 4.369.094
8 714.095 4.368.631 40 714.287 4.369.067
9 714.134 4.368.623 41 714.262 4.369.058
10 714.181 4.368.620 42 714.224 4.369.036
11 714.198 4.368.624 43 714.194 4.369.005
12 714.244 4.368.626 44 714.172 4.368.960
13 714.289 4.368.644 45 714.169 4.368.947
14 714.324 4.368.668 46 714.161 4.368.946
15 714.372 4.368.684 47 714.148 4.368.962
16 714.398 4.368.674 48 714.099 4.368.991
17 714.444 4.368.672 49 714.053 4.369.002
18 714.490 4.368.684 50 714.006 4.368.998
19 714.516 4.368.698 51 713.963 4.368.979
20 714.562 4.368.710 52 713.928 4.368.948
21 714.601 4.368.736 53 713.904 4.368.908
22 714.631 4.368.772 54 713.893 4.368.862
23 714.648 4.368.816 55 713.895 4.368.842
24 714.650 4.368.863 56 713.953 4.368.821
25 714.638 4.368.908 57 713.989 4.368.825
26 714.624 4.368.931 58 714.127 4.368.889
27 714.631 4.368.961 59 714.160 4.368.834
28 714.627 4.369.011 60 714.081 4.368.839
29 714.630 4.369.027 61 714.045 4.368.846
30 714.624 4.369.073 62 714.029 4.368.838
31 714.603 4.369.116 63 713.999 4.368.814
32 714.571 4.369.150 64 713.925 4.368.750

Otras Opciones

2024 © Junta de Extremadura. Todos los derechos reservados Icono Normativa ELI Icono Icono RSS RSS Icono Accesibilidad Icono Mapa del sitio Icono Aviso Legal