RESOLUCIÓN de 28 de abril de 2022, de la Consejera, por la que se conceden Medallas a la permanencia en el servicio de la Policía Local de Extremadura en la anualidad 2022.
TEXTO ORIGINAL
Vistas las solicitudes y documentación presentadas por las corporaciones locales de Extremadura interesadas al amparo de lo establecido en el artículo 8 de la Orden de 17 de febrero de 2014, del Consejero de Administración Pública, por la que se crean distinciones y condecoraciones a la permanencia en el servicio de la policía local y a la labor policial y de seguridad de Extremadura y se regula su procedimiento de concesión (DOE núm. 40, de 27 de febrero), de conformidad con el informe-propuesta de la Directora General de Emergencias, Protección Civil e Interior y en virtud de las facultades que me atribuye la normativa vigente, la Excma. Sra. Consejera de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio dicta la presente resolución con base a los siguientes
ANTEDECENTES DE HECHO:
Primero. Con fecha 27 de febrero de 2014 se publicó en el Diario Oficial de Extremadura (núm. 40) la Orden de 17 de febrero de 2014, del Consejero de Administración Pública, por la que se crean distinciones y condecoraciones a la permanencia en el servicio de la policía local y a la labor policial y de seguridad de Extremadura y se regula su procedimiento de concesión.
Segundo. En la presente anualidad y al amparo de lo establecido en el artículo 8 de citada Orden de 17 de febrero de 2014, han tenido entrada en el Registro de la Junta de Extremadura un total de 24 solicitudes presentadas por las corporaciones locales de Extremadura interesadas.
Tercero. Con fecha 28 de abril de 2022 se ha emitido informe-propuesta por la Directora General de Emergencias, Protección Civil e Interior, conforme a lo dispuesto en el artículo 9.2 de la Orden de 17 de febrero de 2014.
FUNDAMENTOS DE DERECHO:
Primero. La competencia para la concesión de la Medalla a la Permanencia en el Servicio de la Policía Local de Extremadura corresponde a la Consejería de Agricultura Desarrollo Rural, Población y Territorio, en virtud de las competencias atribuidas por el Decreto 164/2019 , de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 de la Orden de 17 de febrero de 2014, del Consejero de Administración Pública, por la que se crean distinciones y condecoraciones a la permanencia en el servicio de la policía local y a la labor policial y de seguridad de Extremadura y se regula su procedimiento de concesión.
Segundo. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, determina en el capítulo V del título IV, las distintas formas de finalización de los procedimientos administrativos.
Tercero. La Orden de 17 de febrero de 2014, del Consejero de Administración Pública, por la que se crean distinciones y condecoraciones a la permanencia en el servicio de la policía local y a la labor policial y de seguridad de Extremadura y se regula su procedimiento de concesión, tiene por objeto según establece su artículo 1- la ... creación de distinciones y condecoraciones... como reconocimiento a la permanencia en el servicio de la policía local, así como a la labor realizada a favor de la dignificación y reconocimiento público de las policías locales... con la finalidad de ofrecer un reconocimiento público de la permanencia en los cuerpos de Policía Local por parte de sus miembros, así como su labor tendente a la dignificación de estos cuerpos y servidores públicos.
Por su parte, el artículo 2 de la mencionada disposición reglamentaria crea la Medalla a la permanencia en el servicio de la policía local de Extremadura en dos categorías: oro y plata; y el artículo 3.1 determina quiénes son los destinatarios de la misma. Asimismo, en el artículo 5 se determinan por una parte, en su apartado 1.º, las circunstancias que deben concurrir en referidos destinatarios para obtener la concesión de dicha Medalla y, por otra parte en su apartado 3.º, los requisitos indispensables que han de acreditarse también para su obtención.
Cuarto. En este sentido, cabe señalar que la concesión de la referida Medalla no se circunscribe a condecorar a los policías locales por el mero hecho de tener cumplidos un mínimo de años de servicios efectivos, pues para tales supuestos existen ya otro tipo de vías o reconocimientos que cumplen dicha finalidad, tales como retribuciones dinerarias (por antigüedad), permisos o licencias adicionales, etc., sino que su fin trasciende a la esfera de la dignificación del servicio público prestado por los miembros que tienen encomendada la facultad en materia de policía local, por lo que para su obtención se exige, como requisito indispensable (artículo 5.3 de citada Orden), que el beneficiario tenga además una conducta y un expediente sin tacha que lo desmerezca.
Quinto. En relación con la documental aportada al expediente por las corporaciones locales de Extremadura interesadas y considerando los fundamentos que anteceden y el informe-propuesta de la Directora General de Emergencias, Protección Civil e Interior, se acredita en el procedimiento el cumplimiento, por parte de las personas propuestas como beneficiarias, de la totalidad de requisitos exigidos por citada Orden de 17 de febrero de 2014 para la concesión de la Medalla a la Permanencia en el Servicio de la Policía Local de Extremadura en sus categorías oro y plata .
En virtud de las atribuciones conferidas por Decreto 164/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio y de conformidad con lo establecido en el artículo 10 de la Orden de 17 de febrero de 2014,
RESUELVO:
Conceder la medalla a la permanencia en el servicio de la Policía Local de Extremadura, en su categoría de oro , a los policías locales relacionados en el ANEXO I, y en su categoría de plata , a los policías locales relacionados en el anexo II.
Los términos y fecha del acto de imposición, conforme a lo establecido en el artículo 12 de la Orden de 17 de febrero de 2014, serán comunicados a los galardonados con la suficiente antelación.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación de esta resolución, tal y como dispone el artículo 102 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 35, de 26 de marzo), en relación con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Podrá también interponer directamente, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación de la presente, el correspondiente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 46.1, 10.1.a) y 14.1 primera de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa (BOE núm. 167, de 14 de julio). En caso de haber interpuesto recurso de reposición, no podrá impugnar en la vía contencioso-administrativa hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta de aquél.
Todo ello sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.
Mérida, 28 de abril de 2022.
La Consejera de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio,
MARÍA BEGOÑA GARCÍA BERNAL
ANEXO I
RELACIÓN DE GALARDONADOS CON LA MEDALLA A LA PERMANENCIA EN EL SERVICIO DE LA POLICÍA LOCAL DE EXTREMADURA EN SU CATEGORÍA DE ORO (Anualidad 2022):
PROVINCIA DE BADAJOZ:
LOCALIDAD
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APELLIDOS Y NOMBRE DE LOS BENEFICIARIOS
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ALMENDRALEJO
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PARRA SIMÓN, JOSE LUIS
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GALINDO ORTÍZ, DIEGO
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SÁNCHEZ LÓPEZ, JUAN LUÍS
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CABEZA LA VACA
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ZAPATA MORENO, LUIS RAMÓN
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CALERA DE LEÓN
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FLORES LÓPEZ, MANUEL
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COMESAÑA LÓPEZ, JOSÉ
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FUENTE DEL MAESTRE
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HERNÁNDEZ CÁRDENAS, RAFAEL
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FREGENAL DE LA SIERRA
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HERNÁNDEZ ROMERO, AGUSTÍN
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LA ZARZA
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RODRÍGUEZ CERRATO, ÁNGEL
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MÉRIDA
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SÁNCHEZ MORENO, JUAN JOSÉ
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CASALLO RETAMOSA, AGUSTÍN
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MONESTERIO
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PANDO SÁNCHEZ, MANUEL
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OLIVA DE LA FRONTERA
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RUBIO CABALLO, FRANCISCO JAVIER
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QUINTANA DE LA SERENA
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BALSERA BARQUERO, ISIDORO
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ROMERO PAREJO, MATÍAS
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SAN VICENTE DE ALCÁNTARA
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SEGURA SANTANO, JOSÉ ANTONIO
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VALVERDE DE LEGANÉS
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ACEVEDO RODRÍGUEZ, LUIS
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GUAREÑO BRAVO, JOSÉ
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VILLANUEVA DE LA SERENA
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GUISADO FERNÁNDEZ, NEMESIO
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BURÓN TENA, M.ª DEL CARMEN
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NIETO DE TENA GARCÍA, JOSÉ ANTONIO
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CERRATO MOGOLLÓN, MIGUEL ÁNGEL
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NÚÑEZ VELAZQUEZ, MANUEL
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GONZÁLEZ GIL, ALEJANDRO
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GALLEGO PUERTO, ANTONIA
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TENA PEREIRA, PEDRO IGNACIO
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NIETO GALÁN, ÁNGEL
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HURTADO SÁNCHEZ, MIGUEL ÁNGEL
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PROVINCIA DE CÁCERES:
LOCALIDAD
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APELLIDOS Y NOMBRE DE LOS BENEFICIARIOS
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---|
CÁCERES
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BARRANTES OJEA, SANTIAGO
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GUADALUPE
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REGADERA GAMINO, JUAN
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MOYANO TURUÑUELO, ANTONIO
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MONROY
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GÓMEZ BAÑOS, JOSÉ MANUEL
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PLASENCIA
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MARTÍN MARTÍN, SANTIAGO
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GUTIERREZ CABALLERO, JUAN CARLOS
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MAGDALENO PLATA, CARLOS JAVIER
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PANIAGUA MARTÍN, BASILIO
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RODRIGUEZ DURÁN, ALBERTO
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ANEXO II
RELACIÓN DE GALARDONADOS CON LA MEDALLA A LA PERMANENCIA EN EL SERVICIO DE LA POLICÍA LOCAL DE EXTREMADURA EN SU CATEGORÍA DE PLATA (Anualidad 2022):
PROVINCIA DE BADAJOZ:
LOCALIDAD
|
APELLIDOS Y NOMBRE DE LOS BENEFICIARIOS
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---|
ALMENDRALEJO
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RONCERO GARCÍA, RAÚL
|
GONZÁLEZ MONGE, RAFAEL
|
CORCHUELO GARCÍA, PEDRO
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LOZANO PUERTO, RICARDO
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HERNÁNDEZ DELGADO, JOSÉ LUIS
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FERNÁNDEZ ARNÉS, FRANCISCO JAVIER
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BIENVENIDA
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RODRÍGUEZ PARDO, JUAN CARLOS
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RISCO CANTOS, CECILIO
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CABEZA LA VACA
|
MORENO NÚÑEZ, JOSÉ DOLORES
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CASTUERA
|
ROMERO GONZÁLEZ, JUAN JOSÉ
|
DON BENITO
|
VALADÉS MERA, RUBÉN
|
QUINTERO SILES, PALOMA
|
CABALLERO GALLEGO, LUIS
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FUENTE DEL MAESTRE
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RIVERA LORENZO, PEDRO
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RUÍZ GONZÁLEZ, VALENTIN
|
FREGENAL DE LA SIERRA
|
SÁNCHEZ FLORES, LUÍS
|
MÉRIDA
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BRAVO GONZÁLEZ, MIGUEL
|
DÍAZ LAVADO, ANDRÉS
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VAS GONZÁLEZ, JOSÉ JUAN
|
TRAVEL GALLEGO, JUAN DE DIOS
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PÉREZ LÓPEZ, ALONSO
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PALOMAS
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HIDALGO BÉJAR, EMILIO JOSÉ
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QUINTANA DE LA SERENA
|
DÁVILA PAREDES, VENTURA
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GALLARDO FERNÁNDEZ, JOSÉ MIGUEL
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MIGUEL DE LOS SANTOS CID, JOSÉ ANTONIO
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RIBERA DEL FRESNO
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PORRINO RAMÍREZ, ROBERTO
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PROVINCIA DE BADAJOZ:
LOCALIDAD
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APELLIDOS Y NOMBRE DE LOS BENEFICIARIOS
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VILLAFRANCA DE LOS BARROS
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GABELLA GALLEGO, CARLOS
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HORMIGO BARRENA, JUAN ANTONIO
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VILLANUEVA DE LA SERENA
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URÁN GONZÁLEZ, JUAN PEDRO
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DÍAZ TAPIA, RAÚL
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DÍAZ TAPIA, JUAN FRANCISCO
|
PORRO ROSAS, MANUEL
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PROVINCIA DE CÁCERES:
LOCALIDAD
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APELLIDOS Y NOMBRE DE LOS BENEFICIARIOS
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CABEZUELA DEL VALLE
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SEIJAS MARTÍN, CALIXTO ANIBAL
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YUSTA PALACIOS, EUGENIO
|
CÁCERES
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BORREGUERO BEJARANO, M.ª DEL CAMPO
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LÓPEZ SÁNCHEZ, ELOY
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MELCHOR TATO, JOSÉ MARÍA
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RUÍZ SÁNCHEZ, JOSÉ LUIS
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POLO VÁZQUEZ, BENITO
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IGLESIAS GARZO, RAFAEL
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GODOY SOBORRO, LUIS
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CASASOLA GUERRA, MONTAÑA
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CORDERO MORENO, TELESFORO
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TOBÍAS GALEA, MARCO A
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DURÁN RIOS, MARCO URBANO
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BRAVO HIERRO, FRANCISCO
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RIVERO CAMPÓN, ESTHER
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SÁNCHEZ GARCÍA, FÉLIX
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SELLERS BERMEJO, JESÚS M.ª
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PLASENCIA
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MIRANDA GONZALO, DAVID
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CASTRO CALLE, CONSTANTINO
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GONZÁLEZ PÉREZ, EDUARDO
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MORETÓN MARTÍN, GEMA
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RODRIGUEZ MORENO, JUAN CARLOS
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