Junta de Extremadura

Página Web del Diario Oficial de Extremadura

Ultimos Diarios Oficiales

AVISO: La traducción a portugués deriva de un proceso automático con carácter informativo.

Logo DOE
Logo DOE

RESOLUCIÓN de 4 de mayo de 2022, de la Secretaría General, por la que se acuerda la apertura de un periodo de consulta, audiencia e información pública en relación con el proyecto de Decreto por el que se modifica el Decreto 79/2021, de 30 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones públicas destinadas a la Administración local para actuaciones encaminadas a mejorar la gestión de residuos municipales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria de las ayudas.
DOE Número: 89
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: miércoles, 11 de mayo de 2022
Apartado: V ANUNCIOS
Organismo: CONSEJERÍA PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y SOSTENIBILIDAD
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Información pública.
Página Inicio: 21359
Página Fin: 21363
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
A través de los artículos 7 y 40 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura se reconoce el derecho de los ciudadanos a participar en la elaboración de disposiciones de carácter general mediante la remisión de sugerencias. Para que dicha participación sea efectiva, se establece que la Administración Autonómica publicará los procedimientos de elaboración normativa que estén en curso, indicando su objeto, estado de tramitación y el proyecto normativo.
En este mismo sentido el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, regula la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas con rango de Ley y reglamentos, estableciendo que:
1. Con carácter previo a la elaboración del proyecto o anteproyecto de ley o de reglamento, se sustanciará una consulta pública, a través del portal web de la Administración competente en la que se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de:
a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
b) La necesidad y oportunidad de su aprobación.
c) Los objetivos de la norma.
d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
Por su parte los apartados 3 y 4 del artículo 66 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura regulan un periodo de información pública Cuando el proyecto afecte a los derechos e intereses legítimos de los ciudadanos.
Teniendo en cuenta que estamos ante un proyecto normativo referente a bases reguladoras de una serie de líneas de ayudas financiables con fondos europeos, de acuerdo con el artículo 24.1 del Decreto Ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en estos casos, las bases reguladoras se aprobarán por decreto del Consejo de Gobierno y el procedimiento se tramitará por la vía de urgencia, efectuándose conjuntamente los trámites de consulta, audiencia e información pública para recabar la opinión o sugerencias de las entidades o ciudadanos que pudieren resultar interesados, durante un plazo común de siete días naturales contados desde la publicación del proyecto de decreto en el Portal de la Transparencia y Participación Ciudadana de la Junta de Extremadura.
En cumplimiento de las citadas normas,
RESUELVO:
La apertura de un periodo de 7 días naturales a contar desde la publicación del proyecto de decreto en el Portal de la Transparencia y Participación Ciudadana de la Junta de Extremadura en base a lo siguiente:
a) Antecedentes de la norma.
Mediante el Decreto 79/2021 de 30 de junio por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones públicas destinadas a la administración local para actuaciones encaminadas a mejorar la gestión de residuos municipales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria de las ayudas, la Comunidad Autónoma de Extremadura y, en concreto, la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, de conformidad con lo previsto en el artículo 24.1 del Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, establece las bases reguladoras y la primera convocatoria de las subvenciones a entidades locales para la implantación de la quinta fracción (fracción orgánica recogida separadamente FORS) en la recogida de residuos municipales, construcción y mejo­ra de puntos limpios y compostaje comunitario para pequeños municipios y entidades locales menores, así como la adaptación de vehículos de recogida.
El establecimiento de las ayudas que contempla este decreto contribuye al objetivo funda­mental de fijación de la población en el medio rural, al favorecer el bienestar general y dina­mizar procesos de economía circular que pueden crear actividad y empleo. Por ese motivo, esta actuación se considera una medida adecuada de la política de la Junta de Extremadura ante el reto demográfico y territorial. Entidades Locales podrán gestionar los residuos comerciales no peligrosos y los residuos domésticos generados en las industrias en los términos que establezcan sus ordenanzas.
Estas líneas de ayudas podrán ser cofinanciadas, mediante resolución de convocatoria es­pecífica, por la Junta de Extremadura y el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) actuando dentro de los objetivos que marca el Programa Operativo de Extremadura 2014-2020, estando sometidos al cumplimiento de las obligaciones y exigencias establecidas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como lo establecido Reglamento (UE)1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desa­rrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen dispo­siciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) n.º 1083/2006 del Consejo.
b) La necesidad y oportunidad de su aprobación.
En el Decreto 79/2021, de 30 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones públicas destinadas a la administración local para actuaciones encaminadas a mejorar la gestión de residuos municipales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria de las ayudas, se establece como entidades beneficiarias de la ayuda, entre otras, los consorcios supra municipales de prestación de servicios de recogida y transporte de residuos municipales, que tengan personalidad jurídica propia y actúen como representantes de un municipio o mancomunidad en virtud al acuerdo de delegación de competencias, dentro del ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura que pretendan ejecutar alguna de las actuaciones recogidas en el ANEXO I del decreto, según las condiciones establecidas en las bases, dándose la circunstancia de que, siendo beneficiarias dichas entidades, no se ha habilitado la aplicación presupuestaria correspondiente (18003.354A.76900) para financiar las ayudas que puedan solicitarse por las mismas.
Esta circunstancia ha provocado la necesidad de corregir dicha situación antes de proceder a la resolución de concesión de las ayudas. Asimismo conlleva la necesidad de modificar los plazo de ejecución de las actuaciones y de justificación y abono de las ayudas puesto que no podrá terminarlas dentro del plazo previsto en apartado 10 de la convocatoria, que establece que la entidad beneficiaria deberá presentar la justificación total de los gastos y pagos efectivamente realizados y acreditados, acta de recepción de las obras, en su caso, en el plazo máximo de un mes, a partir de la finalización de los trabajos y, en todo caso, siempre antes del 30 de octubre de 2022.
Por ello, se hace necesario la modificación de la disposición adicional única, del Decreto 79/2021, de 30 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones públicas destinadas a la administración local para actuaciones encaminadas a mejorar la gestión de residuos municipales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria de las ayudas, en lo referente a las aplicación presupuestarias prevista para aquellas líneas que han sido solicitadas dentro de la convocatoria, y que son la línea 2, la línea 4 y la línea 5 del apartado 3 de la convocatoria, así como el plazo de ejecución y justificación de las obras, previsto en el apartado diez de la convocatoria.
c) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
No existen y/o no constan soluciones alternativas regulatorias, para modificar el Decreto 79/2021, de 30 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones públicas destinadas a la administración local para actuaciones encaminadas a mejorar la gestión de residuos municipales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria de las ayudas.
Asimismo, se pone a disposición de los interesados el proyecto normativo con el fin de que puedan formularse las proposiciones, sugerencias o recomendaciones que se estimen oportunas.
Las opiniones, proposiciones, sugerencias o recomendaciones podrán presentarse a través de cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o a través del siguiente correo electrónico dgsostenibilidad.tes@juntaex.es.
El horario y lugar de exposición del proyecto normativo será, durante los días señalados, de 10:00 a 14:00 horas, en las dependencias del Servicio de Prevención, Calidad Ambiental y Cambio Climático de la Dirección General de Sostenibilidad, sitas en avda. Luis Ramallo, s/n.
El proyecto normativo también estará a disposición de los ciudadanos en el Portal de Transparencia y Participación Ciudadana, así como en el portal de la Dirección General de Sostenibilidad extramambiente-juntaex.es
Mérida, 4 de mayo de 2022. La Secretaria General, MARÍA CONSUELO CERRATO CALDERA.
ANEXO
FORMULARIO DE CONSULTA PÚBLICA
Proyecto de Decreto por el que se modifica el Decreto 79/2021 de 30 de junio por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones públicas destinadas a la administración local para actuaciones encaminadas a mejorar la gestión de residuos municipales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria de las ayudas.
Aspectos planteados Sugerencias de los interesados
1. Identificación de los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
2. Necesidad y oportunidad de su aprobación.
3. Objetivos de la norma.
4. Posibles soluciones alternativas regulatorias o no.

Otras Opciones

2024 © Junta de Extremadura. Todos los derechos reservados Icono Normativa ELI Icono Icono RSS RSS Icono Accesibilidad Icono Mapa del sitio Icono Aviso Legal