RESOLUCIÓN de 6 de mayo de 2022, de la Secretaría General de Empleo, por la que se da publicidad a las subvenciones concedidas para el fomento de la contratación indefinida en la Comunidad Autónoma de Extremadura, al amparo de la Orden de 4 de marzo de 2021, durante el ejercicio 2021.
TEXTO ORIGINAL
El Servicio Extremeño Público de Empleo como organismo autónomo de carácter administrativo, tiene atribuidas entre otras, la ejecución de las competencias en administración, gestión y coordinación de los procesos derivados de las políticas activas de empleo, tal y como se determina en sus normas de creación y desarrollo, Ley 7/2001, de 14 de junio, de creación del Servicio Extremeño Público de Empleo (DOE n.º 76, de 3 de julio), y Decreto 26/2009, de 27 de febrero, por el que se aprueban los estatutos del Servicio Extremeño Público de Empleo (DOE n.º 44, de 5 de marzo), respectivamente.
En concreto, dentro de las políticas activas de empleo, el artículo 4. d) del citado Decreto 26/2009, de 27 de febrero, otorga a este organismo la competencia de Fomentar el empleo de calidad, cualificado y estable, en especial para los colectivos con una mayor dificultad de inserción laboral .
En el ejercicio de estas competencias, durante el año 2021 se han concedido ayudas para el fomento de la contratación indefinida a distintos beneficiarios al amparo de la Orden de 4 de marzo de 2021, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento de la contratación indefinida en la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 48, de 11 de marzo de 2021) y de la siguiente convocatoria:
— Resolución de 13 de abril de 2021, por la que se aprueba la convocatoria de las subvenciones para el fomento de la contratación indefinida en la Comunidad Autónoma de Extremadura, correspondiente al ejercicio 2021 (DOE n.º 74, de 21 de abril de 2021).
El objeto de estas subvenciones es fomentar el empleo estable en la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como favorecer la inserción laboral de determinados colectivos de desempleados con mayor dificultad de acceso al mercado de trabajo, a través de dos programas de ayudas que el decreto regula.
— Programa I: Ayudas a las contrataciones indefinidas iniciales.
— Programa II: Ayudas por transformación de contratos de duración determinada en contratos indefinidos.
En cuanto a su financiación, estas subvenciones se imputaron a las aplicaciones presupuestarias:
— 130080000/G/242A/47000/CAG00000001/20080264 por un importe ejecutado de 949.055,80 euros y Proyecto Ayudas a la creación de empleo .
— 130080000/G/242A/47000/FS140RE0100/20210147 por un importe ejecutado de 7.935.038,30 euros y Proyecto Fomento de la contratación Indefinida .
— 130080000/G/242A/47000/TE24001001/20210263 por un importe ejecutado de 28.875,00 euros y Proyecto Ayudas contratación indefinida .
— 130080000/G/242A/47000/TE24007001/20210263 por un importe ejecutado de 2.935.070,25 euros y Proyecto Ayudas contratación indefinida .
En aplicación de lo establecido en el artículo 17 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, una vez resueltas y notificadas individualmente las resoluciones de concesión de subvenciones a los beneficiarios y cuando los importes concedidos, individualmente considerados, sean de cuantía igual o superior a 3.000,00 euros, el órgano concedente publicará en el Diario Oficial de Extremadura las subvenciones concedidas, con expresión del programa y crédito presupuestario al que se imputen, beneficiario, cantidad concedida y finalidad o finalidades de la subvención.
A tenor de lo establecido en el artículo 17.2 b) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, no serán objeto de publicación las subvenciones de cuantía inferior a 3.000 euros.
En cumplimiento de este mandato, y en ejercicio de la competencia delegada por parte del titular de la Secretaria General de Empleo mediante Resolución de 29 de noviembre de 2019 (DOE núm. 240, de 16 de diciembre de 2019),
ACUERDO:
Primero. Dar publicidad a las ayudas concedidas durante el ejercicio 2021, relativas a los programas de ayudas al fomento del empleo indefinido en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, al amparo de la Orden de 4 de marzo de 2021, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento de la contratación indefinida en la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 48, de 11 de marzo de 2021)
Segundo. Disponer su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, desagregando en el ANEXO I las ayudas concedidas, con expresión de los datos relativos al beneficiario, expediente administrativo y la cantidad concedida.
La presente publicación se hace de conformidad con lo establecido por la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, que establece que se identificará al beneficiario mediante su nombre y apellidos, añadiendo cuatro cifras numéricas aleatorias del documento nacional de identidad, número de identidad de extranjero, pasaporte o documento equivalente.
Mérida, 6 de mayo de 2022.
El Secretario General de Empleo,
(PD, Resolución de 29 de noviembre de 2019,DOE n.º 240, de 16 de diciembre de 2019)
La Directora General de Calidad en el Empleo,
ANA JIMÉNEZ MOSTAZO