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MODIFICACIÓN del Extracto y Anuncio por el que se da publicidad al aumento del crédito de la convocatoria de las ayudas reguladas en el Decreto 120/2021, de 20 de octubre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a otorgar a entidades locales municipales de menos de 600 habitantes, para la ejecución de proyectos de implantación, desarrollo, mejora, despliegue o ampliación de redes de fibra óptica en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria.
DOE Número: 96
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: viernes, 20 de mayo de 2022
Apartado: I DISPOSICIONES GENERALES
Organismo: CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, CIENCIA Y AGENDA DIGITAL
Rango: MODIFICACIÓN
Descriptores: Entidades Locales. Subvenciones.
Página Inicio: 23034
Página Fin: 23035
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.): 592880
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, con fecha 8 de noviembre de 2021, se publicó en el Diario Oficial de Extremadura número 214, el extracto de la convocatoria de las ayudas destinadas a financiar la ejecución de proyectos de implantación, desarrollo, mejora, despliegue o ampliación de redes de fibra óptica en entidades locales de menos de 600 habitantes. cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es).
En el apartado cuarto del extracto citado en el párrafo anterior, en el que se recoge la cuantía de las ayudas, se decía lo siguiente:
El importe de la convocatoria asciende a 1.000.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 140110000 G/332A/76000 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2021, Fondo FD14020302, proyecto de gasto 20160300 Fomento de la instalación y despliegue de redes Administración , con la cofinanciación del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), en un 80 %, dentro de la actuación 02.03.02.01.01 Desarrollo de infraestructuras públicas destinadas al uso digital o al uso operativo de los servicios, Objetivo Temático “2. Mejorar el uso y calidad de las TIC y el acceso a las mismas , Prioridad de Inversión: “2.3. Refuerzo de las aplicaciones de las TIC para la administración electrónica, el aprendizaje electrónico, la inclusión electrónica, la cultura electrónica y la sanidad electrónica.”, Objetivo específico “2.3.2. Reforzar el e-gobierno, e-cultura y la confianza en el ámbito digital.”
El crédito asignado para cada anualidad será el siguiente:
— Anualidad 2022: 500.000 euros.
— Anualidad 2023: 500.000 euros
Una vez evaluadas y valoradas todas las solicitudes presentadas, y previamente a la resolución de la concesión, a fin de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 39.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de Extremadura, se considera necesario el aumento de los créditos disponibles, con la finalidad de conceder las ayudas a todos los solicitantes que cumpliendo los requisitos han completado correctamente el expediente.
En virtud de lo dispuesto en el mencionado artículo, un aumento del proyecto y aplicación presupuestaria recogidos en la convocatoria inicialmente prevista exige la publicación en el Diario Oficial de Extremadura de un anuncio del órgano que ha aprobado la convocatoria, que contenga el texto de la modificación efectuada.
Por todo lo anterior, se procede a efectuar la modificación del extracto y el anuncio del aumento del crédito previsto en el apartado quinto de la disposición adicional única del Decreto 120/2021, de 20 de octubre, por la que se aprueba la primera convocatoria, correspondiente a la aplicación presupuestaria 140110000/G/332A/76000/FD14020302, en el Proyecto 20160300 denominado Fomento de la instalación y despliegue de redes Administración , de las anualidades 2022 y 2023, por un importe de 1.159.197,37 € y a la modificación del extracto de dicho Decreto (DOE núm. 214, de 8 de noviembre de 2021) en su apartado cuarto referido a las cuantías de las ayudas, de manera que los importes de las ayudas serán los que a continuación de indican:
— Para la Anualidad 2022: 579.598,50 €.
— Para la Anualidad 2023: 579.598,87 €.
Mérida, 3 de mayo de 2022.
El Secretario General,
MANUEL JIMÉNEZ GARCÍA

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