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RESOLUCIÓN de 9 de mayo de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se formaliza una transferencia específica de carácter plurianual a favor de Fundecyt-PCTEX para el desarrollo del Programa para la Innovación e Internacionalización (P2I).
DOE Número: 97
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: lunes, 23 de mayo de 2022
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Convenios.
Página Inicio: 23315
Página Fin: 23349
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
Habiéndose firmado el día 26 de abril de 2022, el Convenio por el que se formaliza una transferencia especifica de carácter plurianual a favor de Fundecyt-PCTEX para el desarrollo del Programa para la Innovación e Internacionalización (P2I), de conformidad con lo previsto en el artículo 8 del Decreto 217/2013, de 19 de noviembre, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
RESUELVO:
La publicación en el Diario Oficial de Extremadura del convenio que figura como ANEXO de la presente resolución.
Mérida, 9 de mayo de 2022.
La Secretaria General,
PA, Resolución de 01/03/2021,DOE n.º 43, de 4 de marzo de 2021,
La Jefa de Servicio de Legislación y Documentación,
M.ª MERCEDES ARGUETA MILLÁN
CONVENIO POR EL QUE SE FORMALIZA UNA TRANSFERENCIA ESPECÍFICA DE CARÁCTER PLURIANUAL A FAVOR DE FUNDECYT-PCTEX PARA EL DESARROLLO DEL PROGRAMA PARA LA INNOVACIÓN E INTERNACIONALIZACIÓN (P2I).
Mérida, 26 de abril de 2022.
REUNIDOS
De una parte, D. Manuel Jiménez García, Secretario General de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital, cargo que ostenta en virtud del nombramiento efectuado por Decreto 73/2019, de 16 de julio (DOE. núm 137, de 17 de julio), actuando en el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas por del Decreto 165/2019, de 29 de octubre, (DOE núm. 214, de 6 de noviembre) y por Resolución de 18 de julio de 2019, del Consejero, por la que se delegan competencias en diversas materias (DOE núm 141, de 23 de julio), para el ejercicio de las competencias que le atribuye los artículos 36 y 53.3 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Y de otra parte, D. Luis Casas Luengo, actuando en representación de la entidad Fundación Fundecyt Parque Científico y Tecnológico de Extremadura con CIF G-06630644 y domicilio social en Avda. Elvas s/n 06071 Badajoz, en virtud de nombramiento efectuado por Decreto 11/2022, de 09 de Febrero (DOE núm. 29, de 11 de febrero), y con las atribuciones contempladas en el artículo 31 de los estatutos de esta Fundación relacionados y elevadas a escritura pública las facultades conferidas conforme al artículo 32 de los mismos estatutos y conforme al poder otorgado mediante escritura pública con fecha 16 de Febrero de 2022, ante el Notario del Ilustre Colegio de Extremadura D. Timoteo Díez Gutiérrez, con el n.º 335 de su Protocolo.
Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua legitimidad y capacidad suficiente para obligarse mediante el presente convenio en los términos que en él se contienen y, al efecto,
EXPONEN:
Primero. La Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital en virtud del 41/2021, de 2 de diciembre, (DOE n.º 233, de 3 de diciembre), por el que se modifica la denominación y competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y del Decreto 165/2019, de 29 de octubre, (DOE núm. 214, de 6 de noviembre), por el que se establece la estructura orgánica de la misma, ejerce, entre otras, la gestión de las competencias en materia de planificación y coordinación económica y estadística, comercio e inversiones y la política empresarial, promoción de la empresa y apoyo al emprendedor, modernización e innovación tecnológica, investigación, política universitaria, sociedad de la información y telecomunicaciones.
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 87/2019, de 2 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y en el artículo 3 del Decreto 165/2019, de 29 de octubre, (DOE núm. 214, de 6 de noviembre), corresponde a la Secretaría General de Economía y Comercio, bajo la superior dirección de la persona titular de la Consejería, en el ámbito de las atribuciones que le confiere el artículo 59 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la gestión de las competencias en materia de política económica, comercio exterior e inversiones, comercio interior, promoción y defensa de la competencia, y unidad de mercado, así como estadística.
Concretamente, a tenor del artículo 3, apartado 4 del citado Decreto 165/2019, de 29 de octubre, (DOE núm. 214, de 6 de noviembre), corresponde a la Secretaría General de Economía y Comercio, el desempeño de las siguientes funciones en materia de comercio exterior e inversiones:
a) El fomento de la internacionalización de la economía extremeña a través de la implementación de instrumentos apropiados de apoyo en favor de las empresas, incluyendo la formación de técnicos en comercio internacional.
b) La promoción de la región extremeña como destino de inversiones, tanto a nivel nacional como internacional, con el fin de proyectar hacia el exterior oportunidades de inversión empresarial, así como captar proyectos que generen impacto en la creación de empleo y actividad económica en la Comunidad Autónoma.
c) La planificación de actuaciones encaminadas a la identificación y localización de sectores estratégicos para posibles inversiones en la región, incluyendo el establecimiento de mecanismos de cooperación y coordinación con otras Administraciones Públicas, en el ámbito estatal, autonómico, provincial y local, para la formulación de programas de apoyo a la captación de inversiones en Extremadura.
d) La coordinación e interlocución entre los inversores interesados en implantarse en la región y los diferentes departamentos de la Administración.
e) El asesoramiento, acompañamiento y seguimiento de los proyectos de inversión que se tramiten en la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con objeto de facilitar la información y agilizar la tramitación administrativa.
f) El apoyo y acompañamiento de la empresa extremeña en la formulación y búsqueda de financiación de proyectos de cooperación interempresarial en el exterior.
g) La representación institucional de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital en los estamentos relacionados con el comercio exterior y la atracción de inversiones.
Segundo. La Fundación FUNDECYT Parque Científico y Tecnológico de Extremadura (en adelante FUNDECYT- PCTEX) es una fundación del sector público de la Comunidad Autónoma de Extremadura que, dentro del sistema de «Ciencia, Tecnología, Economía, Sociedad», tiene como objetivos, entre otros, los de promover proyectos de interés general en este campo, así como desarrollar, colaborar y coordinar, en su caso y a su encomienda, los programas que al efecto desarrollen la Junta de Extremadura, la Universidad de Extremadura, otras Administraciones e Instituciones Públicas extremeñas y las empresas privadas, para consolidar un sistema estable, sostenible, generador de empleo, bienestar y desarrollo competitivo.
La fundación tiene por objeto contribuir al aprovechamiento social y económico de la ciencia y la tecnología, el apoyo y promoción del desarrollo científico y tecnológico y su gestión, lograr un mejor aprovechamiento de la investigación y la innovación y estimular la participación de la sociedad civil movilizando sus recursos. Para la realización de estos fines, FUNDECYT- PCTEX realiza actividades primordialmente en las siguientes áreas:
a) Intercambio de ciencia, tecnología y conocimiento.
b) Innovación empresarial y social y para el sector público.
c) Gestión de espacios de I+D e innovación, incluyendo los propios del Parque Científico y Tecnológico.
d) Gestión directa y apoyo en la gestión de proyectos nacionales y europeos.
e) Atracción, gestión y desarrollo del conocimiento y del talento.
f) Soporte al emprendimiento innovador basado en la ciencia, la tecnología y el conocimiento.
g) Colaboración nacional e internacional con todo tipo de instituciones y organizaciones para el desarrollo de actividades en las áreas mencionadas con anterioridad.
Tercero. La Estrategia de Internacionalización de la Economía Extremeña 2021-2023 (en adelante XPORTA II) constituye el marco general de apoyo al comercio exterior regional, incluyendo en la misma el Plan de Acción para dicho periodo. Con el objetivo general de establecer un marco de apoyo eficaz, ágil y flexible para impulsar y consolidar la internacionalización de la empresa extremeña, XPORTA II se declina en ocho objetivos específicos, entre los que se encuentra Favorecer un entorno de competitividad para la empresa extremeña internacional . Dentro del eje de intervención Innovación e internacionalización figura el Programa de internacionalización e innovación (en adelante P2I).
El P2I pretende capitalizar y explotar en la dirección de los mercados exteriores, los resultados de los proyectos y actividades innovadoras llevados a cabo por la empresa extremeña de base tecnológica, las start-up y spin-off. Este enfoque encuentra su base en el alineamiento de la estrategia de innovación de una empresa (productos mejorados o nuevos productos) con la estrategia de acceso al mercado seleccionado (canal y posición, precio, marketing), incluyendo la protección de patentes y los acuerdos de explotación o de cesión.
Las empresas de base tecnológica tienen un claro recorrido internacional ya que pueden ofrecer en los mercados internacionales productos o servicios altamente diferenciados, resultado de sus actividades de investigación y desarrollo tecnológico. Sin embargo, los productos y servicios basados en el conocimiento y la innovación suelen experimentar una fase de introducción más larga hasta alcanzar y posicionarse en mercados maduros que ya cuentan con un marco regulatorio cierto. Necesitan, por tanto, de servicios de apoyo a la internacionalización que contemple sus peculiaridades para garantizar un exitoso acceso a nuevos mercados geográficos, así como para defender la propiedad industrial que es la fuente de su competitividad.
Cuarto. Conforme a la previsión que se realiza en la definición de la actividad, el desarrollo del P2I requiere la participación de determinados actores del sistema extremeño de ciencia e innovación que impulsan el lanzamiento de empresas surgidas desde los centros de investigación, en particular FUNDECYT-PCTEX en orden a la experiencia que acumula en materia de acompañamiento a empresas y emprendedores en el ámbito de la I+D+i. No en vano, los recorridos de la empresa extremeña innovadora en el ámbito internacional suelen ser encauzados a través de los programas y las convocatorias europeas de la I+D+i, como Horizon Europe 2021-2027, así como los programas de cooperación tecnológica internacional. En este sentido FUNDECYT-PCTEX se configura como el instrumento más idóneo y necesario para afrontar el reto de la internacionalización de la empresa extremeña de vocación tecnológica.
Quinto. La Ley 3/2021, de 30 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2022, en el Anexo del proyecto de gastos de la Sección 14 Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital , dentro del servicio 14003 Secretaría General de Economía y Comercio y programa 341A, contempla una transferencia específica a favor de FUNDECYT-PCTEX, para la ejecución del programa P2I, por importe de 40.000 euros para el año 2022 y 60.000 euros para el año 2023.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 45.2 de la citada Ley, se consideran transferencias específicas, las aportaciones dinerarias recogidas nominativamente en el Anexo del Proyecto de Gastos de esta ley con cargo a los capítulos de gasto IV o VII, destinadas a financiar la realización de actuaciones concretas por los citadas entidades que forman parte del Sector Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura en el marco de las funciones que tengan atribuidas, siempre que no resulten de una convocatoria pública.
Sexto. Por lo expuesto, la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital considera de interés establecer un protocolo de colaboración con FUNDECYT-PCTEX mediante la formalización de un convenio cuya finalidad es el desarrollo del programa P2I en el periodo 2022-2023.
Mediante el presente convenio se pretende formalizar la citada transferencia específica, conforme a lo dispuesto en el 45.3 de la Ley 1/2021, de 3 de febrero, según el cual, deberá formalizarse mediante convenio suscrito por el titular de la sección presupuestaria a la que se encuentren adscritos los créditos, con indicación del objeto de las actuaciones concretas a desarrollar; la forma de pago ajustada al Plan de Disposición de Fondos de la Tesorería de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2005, el plazo; la forma de justificación, que deberá comprender la acreditación del coste del proyecto, del cumplimiento de su finalidad y las medidas que garanticen su trazabilidad; las acciones de seguimiento y control de las actuaciones; y las consecuencias de su incumplimiento, entre las que se incluirá, en todo caso, la devolución o compensación de las cantidades no justificadas.
Octavo. Para estos fines, con 20 de abril de 2022, el Consejo de Gobierno de Extremadura autorizó la firma del presente convenio por el que se formaliza una transferencia específica favor de FUNDECYT-PCTEX, para el desarrollo del P2I, por importe de 40.000 euros para el año 2022 y 60.000 euros para el año 2023.
Por todo ello, ambas partes, acuerdan suscribir el presente convenio que se regirá por las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
El presente convenio tiene como objeto formalizar la transferencia específica a FUNDECYT-PCTEX para el desarrollo del Programa para la innovación e internacionalización (P2I) en el periodo 2022-2023, con el objetivo de promover la internacionalización de la empresa extremeña innovadora y de acercar a los mercados exteriores los productos y servicios surgidos de las actividades de I+D+i realizados en el seno del sistema de ciencia y tecnología de Extremadura.
Segunda. Objetivo específico. Definiciones y actividades.
Objetivo específico: El objetivo específico del programa P2I es preparar, capacitar y acompañar a 10 pequeñas y medianas empresas extremeñas de base tecnológica en su recorrido de internacionalización, mediante la definición y ejecución, en el periodo de vigencia del convenio, de una hoja de ruta que combine las estrategias de innovación de la empresa (productos y/o servicios mejorados o nuevos productos) y la de acceso a mercados internacionales seleccionados, incluyendo no sólo los aspectos de índole comercial, sino también las cuestiones relacionadas con la protección de la propiedad industrial y la explotación de los derechos.
A los efectos de lo previsto en el presente convenio, se entenderá por:
— Matriz de actividades: El conjunto de actividades, operaciones y tareas clasificadas con orden lógico.
— Actividad: El conjunto de operaciones que tiene objetivos y tareas similares. Tienen la consideración de actividades en el marco de este convenio las siguientes:
A1. Identificación y selección de empresas participantes y productos.
A2. Definición y establecimiento de la estrategia 2I de cada empresa.
A3. Capacitación del equipo de la empresa en comercialización internacional de productos y servicios de base científica y tecnológica.
A4. Elaboración de la hoja de ruta 2I para cada empresa.
A5. Ejecución de la hoja de ruta 2I.
— Pequeña y mediana empresa de base tecnológica internacionalizable: aquella que cumpla los siguientes requisitos:
PYME según la definición recogida en el Anexo I del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión.
Disponga de un equipo de trabajo con los perfiles requeridos para la ejecución del proyecto.
Produzca o esté en condiciones de lanzar al mercado productos y servicios potencialmente comercializables en el exterior.
Tenga, al menos, predefinido el modelo de negocio (business case/business model).
Desarrolle una actividad preferentemente en las áreas de las RIS3.
— Producto o servicio potencialmente comercializable: El resultado de las actividades de investigación y desarrollo tecnológico llevado a cabo por la PYME de base tecnológica, cuyo grado de madurez tecnológica sea 7 o superior, según la escala UE TRL (Technological Readiness Level).
— Ficha de empresa pre-seleccionada: La ficha lógica de identificación de las capacidades de PYME de base tecnológica seleccionada. La ficha contiene los siguientes ítems:
Datos de la empresa.
Equipo de trabajo.
Descripción de la actividad.
Descripción del/los producto/s o servicio/s potencialmente comercializable/s.
Patentes registradas.
Principales hitos alcanzados en el recorrido previo de la empresa en materia de innovación e internacionalización.
Alianzas internacionales establecidas.
Desafíos detectados para la internacionalización.
— Hoja de ruta 2I: Conjunto de operaciones a ejecutar por la PYME de base tecnológica seleccionada para desarrollar la estrategia 2I establecida. La hoja de ruta contiene los contenidos comunes descritos en el Anexo I, Actividad A4, incluyendo un cronograma de las operaciones a ejecutar en el espacio temporal que alcanza el convenio, así como las que la empresa debería desarrollar de manera autónoma con posterioridad.
— Informe de actividad: Documento que recoge la descripción de las actividades ejecutadas en el marco del convenio, con detalle de las principales operaciones y tareas desarrolladas, así como los resultados alcanzados.
Tercera. Financiación.
La financiación de las actividades se realizará con cargo a la aplicación presupuestaria 140030000 G/341A/44406 CAG0000001 20220021 denominado FUNDECYT-PCTEX Programa para la Innovación e Internacionalización (P2I) , financiado con fondos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por importe global de cien mil euros (100.000,00 €), con el siguiente desglose por anualidades:
POSICIÓN PRESUPUESTARIA IMPORTES POR ANUALIDADES
Aplicación presupuestaria Denominación 2022 2023
140030000 G/341A/44406 CAG0000001 20220021 FUNDECYT PARQUE CIENTÍFICO Y TECNOLÓGICO DE EXTREMADURA: Programa para la innovación e internacionalización P2I. 40.000,00 € 60.000,00 €
TOTAL 40.000,00 € 60.000,00 €
El desglose por actividades es el siguiente:
PROGRAMA DE INNOVACIÓN E INTERNACIONALIZACIÓN DE LA EMPRESA EXTREMEÑA DE BASE TECNOLÓGICA
ACTIVIDADES 2022 2023
A1. Identificación y selección de empresas participantes y productos. 7.093,50 -
A2. Definición y establecimiento de la estrategia 2I para cada empresa. 7.093,50 -
A3. Capacitación del equipo de la empresa en comercialización internacional de productos y servicios de base científica y tecnológica. 13.729,00 11.778,88
A4. Elaboración de la hoja de ruta 2I para cada empresa. 2.364,50 9.873,36
A5. Ejecución de la hoja de ruta 2I para cada empresa. 9.719,50 38.347,76
TOTAL 40.000,00 60.000,00
Cuarta. Actividades a realizar por FUNDECYT-PCTEX.
FUNDECYT-PCTEX realizará con cargo a esta transferencia específica las actividades indicadas en el Anexo I del presente convenio. A tales fines, FUNDECYT-PCTEX estará encargada de:
— Realizar la coordinación, seguimiento, evaluación, así como el control técnico y económico de las actividades, preparando documentos e informes.
— Encargarse de la gestión relativa a la generación, recogida, tratamiento y análisis de la información necesaria para la coordinación, ejecución, seguimiento y evaluación de las actividades.
— Proporcionar asistencia técnica en la preparación, organización y desarrollo de los eventos, jornadas, conferencias y actos de difusión y divulgación que se organicen en el contexto y ámbito del convenio.
— Gestionar los recursos humanos, así como supervisar el trabajo del equipo técnico asignado a las actividades del convenio.
— Elaborar y poner a disposición de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital los entregables de las actividades convenidas.
Asimismo, FUNDECYT-PCTEX presentará los estados de justificación de gastos de las actividades y conceptos que figuran en el apartado 6 del Anexo I, en los términos establecidos en el Anexo II del presente convenio.
No obstante lo anterior, podrán producirse reafectaciones en los importes previstos de cada una de las actividades y/o conceptos. Sin perjuicio de lo anterior, se podrán celebrar adendas al presente convenio para modificar sus contenidos.
En el caso de reafectaciones, no será necesaria la formalización de adendas cuando las posibles variaciones no superen el 20% del presupuesto entre conceptos, dentro de cada actividad, o de hasta un 10% de presupuesto entre actividades. Todo ello respecto del importe previsto para cada anualidad y siempre que previamente sea acordado por la Comisión de Seguimiento.
La ejecución de las actividades por parte de FUNDECYT- PCTEX financiadas con cargo a esta transferencia no generará ingresos, en ningún caso.
Quinta. Pago y forma de justificación de las aportaciones dinerarias.
1. Los pagos se harán efectivos, con carácter general, trimestralmente, por cuartas partes del crédito presupuestario correspondiente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 108.1 de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura y el artículo 3.1 del Decreto 105/2005, de 12 de abril, por el que se aprueba el Plan de disposición de fondos de la Tesorería de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2005.
No obstante lo anterior, se establecen los siguientes requisitos previos a los abonos corres­pondientes:
El pago se realizará trimestralmente, por cuartas partes del crédito presupuestario correspondiente.
Si a la firma del presente convenio o de las sucesivas adendas hubiera transcurrido más de un trimestre de la anualidad que proceda, podrá acumularse para su abono, las cuantías que correspondan a los trimestres en curso.
Los sucesivos abonos, estarán supeditados a la justificación de los abonos anteriormente satisfechos.
Para proceder al abono de las cantidades correspondientes a una nueva anualidad, deberá haberse justificado previamente el 100% de la anualidad anterior.
En todo caso, las justificaciones a presentar por FUNDECYT-PCTEX, a efectos de proceder al abono de los últimos anticipos correspondientes, deben presentarse antes del 10 de diciembre de cada año. No obstante, por motivos debidamente justificados y siempre que sea acordado por la Comisión de Seguimiento, se podrá ampliar este plazo hasta el 20 de diciembre de cada año.
2. Los últimos gastos pendientes de justificar se deberán presentar antes del 31 de marzo del año siguiente al de la anualidad a justificar, conforme a las instrucciones que se adjuntan como Anexo II de este convenio.
3. No obstante, FUNDECYT-PCTEX podrá renunciar, siempre que esté suficientemente motivado a los pagos que no se hayan realizado por parte de la Junta de Extremadura, mediante escrito dirigido al órgano gestor, manifestando que no va a ejecutar gasto por el importe anual de la transferencia, al que se acompañará una certificación del representante legal de la misma en la que conste el porcentaje máximo que va a ser ejecutado.
El centro gestor procederá a la anulación de los saldos de los compromisos de gastos correspondientes para esa anualidad. Presentada dicha renuncia, cualquier porcentaje de gasto realizado que supere al comunicado al centro gestor, será por cuenta FUNDECYT-PCTEX.
Sexta. Incumplimiento y reintegro.
1. Serán causas de incumplimiento que conllevarán, previa audiencia de FUNDECYT- PCTEX, la devolución, en su caso, total o parcial de la transferencia específica y el reintegro a la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura de las cantidades percibidas, más los intereses de demora previstos en el artículo 24 de la Ley 5/2007, de 19 de abril, de Hacienda Pública de Extremadura, las siguientes:
a) No justificación, justificación insuficiente o justificación fuera de plazo de las actuaciones a ejecutar cada anualidad.
b) El falseamiento, la inexactitud o la omisión de los datos suministrados por FUNDECYT- PCTEX.
c) La no adopción de las medidas de difusión y publicidad prevista en la cláusula décima.
d) La no realización de las actividades objeto de esta transferencia en el grado mínimo establecido en los apartados 2 y 3 siguientes.
e) El incumplimiento de cualquiera de las restantes obligaciones establecidas en el presente convenio.
2. El grado de incumplimiento se determinará proporcionalmente al porcentaje que no se haya ejecutado o no se haya justificado correctamente. Se entenderá cumplido el objeto de la transferencia cuando alcance un grado de ejecución presupuestaria de, al menos, igual o superior al 60% del importe total de la misma, procediendo el reintegro parcial, de las cantidades percibidas y no ejecutadas. En caso contrario, existirá incumplimiento total y procederá el reintegro total de las cantidades percibidas.
3. Igualmente se considerará que el objeto específico del convenio ha sido incumplido, dando lugar al reintegro total de las cantidades percibidas más los intereses de demora, cuando el valor del indicador de producto o el de resultado no alcance el porcentaje de 80% y 50%, respectivamente.
4. El procedimiento de reintegro, cuando proceda en virtud de alguno de los incumplimientos antes referidos, o a consecuencia de las conclusiones de un informe de control financiero de la Intervención General de la Junta de Extremadura, se iniciará de oficio por la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital.
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento de reintegro será de 12 meses desde la fecha del acuerdo de inicio. Transcurrido el plazo para resolver sin que haya sido notificada resolución expresa, se producirá la caducidad del procedimiento, sin perjuicio de continuar las actuaciones hasta su terminación y sin que se considere interrumpida la prescripción por las actuaciones realizadas hasta la finalización del citado plazo.
La resolución del procedimiento de reintegro pondrá fin a la vía administrativa.
De no reintegrarse las cantidades que se determinen en periodo voluntario, se acudirá a la vía ejecutiva.
Séptima. Comisión de Seguimiento.
1. Con el fin de facilitar la coordinación y el desarrollo del presente convenio se constituirá una Comisión de Seguimiento, que estará formada por dos representantes de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital y dos representantes de FUNDECYT-PCTEX, designados por quienes suscriben el presente convenio.
Esta Comisión se regirá en cuanto a su constitución, funcionamiento y adopción de acuerdos por la normativa vigente en materia de órganos colegiados contenida en la sección 3, Capítulo II del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
La Presidencia de la Comisión de Seguimiento corresponde a uno de los representantes de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital de la Junta de Extremadura, ostentando voto de calidad en caso de empate. El ejercicio de las funciones de secretario de la Comisión de Seguimiento corresponderá a uno de los representantes de FUNDECYT-PCTEX.
La Comisión de Seguimiento establecerá las directrices básicas de organización y funcionamiento del presente convenio.
2. A la Comisión de Seguimiento le corresponden, entre otras, las siguientes funciones:
a) Realizar el seguimiento de la actuación.
b) Aclarar y resolver cuantas dudas y controversias pudieran surgir en la interpretación y ejecución del presente convenio.
c) Recabar la información que sea precisa para el seguimiento de las actividades convenidas, tanto en los aspectos científicos y técnicos como en los económicos y organizativos, debiendo garantizar FUNDECYT-PCTEX la disponibilidad de la información.
d) Establecer normas propias de funcionamiento interno de la Comisión de Seguimiento, en concordancia con los Estatutos y normativa reguladora de las instituciones firmantes.
e) Evaluar contingencias sobrevenidas que puedan afectar al normal desarrollo del convenio.
f) Elevar a los órganos superiores respectivos de las propuestas, informes o decisiones que exijan aprobación de los mismos.
g) Cualesquiera otras conducentes al logro de los objetivos propuestos.
3. La Comisión se reunirá con la periodicidad que se acuerde, al menos una vez cada semestre y, en su caso, a instancia de cualquiera de las entidades que suscriben el presente convenio, debiendo avisar a la otra parte con una antelación mínima de cinco días, mediante comunicación que indicará el lugar, la fecha y los asuntos a tratar. Dichas reuniones podrán tener lugar en las instalaciones de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura o en las oficinas de FUNDECYT-PCTEX. Dicha comisión se constituirá dentro de los 30 días siguientes a la firma del presente convenio. Los acuerdos de la comisión se adoptaran por mayoría de votos, disponiendo el presidente de voto de calidad en caso de empate.
En el primer trimestre del año 2023, la Comisión de Seguimiento realizará una evaluación de las actividades ejecutadas en el ejercicio anterior, a la luz de los valores constatados de los indicadores de producto, y propondrá, si fuera preciso, los cambios que se estimen convenientes para una mejor ejecución del programa, que deberán ser recogidos, en su caso, en una adenda a este convenio.
4. La Comisión de Seguimiento podrá celebrar sus reuniones vía telemática. A tales fines, el Secretario de la Comisión dispondrá de los medios necesarios y apropiados y organizará la celebración de las reuniones a distancia.
Octava. Eficacia y duración.
La eficacia del presente convenio se extiende desde su firma hasta el 31 de diciembre de 2023, sin perjuicio de lo dispuesto en la cláusula quinta respecto a la ejecución del proyecto y el plazo y forma de justificar la transferencia específica.
Excepto acuerdo entre las partes, la finalización de los efectos del presente convenio no supondrá la extinción de las actuaciones que se estuvieran ejecutando a su amparo, debiéndose finalizar a plena satisfacción de la Junta de Extremadura.
Novena. Resolución.
Serán causas de resolución del presente convenio:
a) El vencimiento del plazo de eficacia.
b) El acuerdo de las partes, formalizado por escrito.
c) La imposibilidad sobrevenida del cumplimiento de las actividades descritas.
d) La denuncia del convenio instada por una de las partes ante el incumplimiento de la otra, de acuerdo con los términos establecidos en el presente documento. En este caso, la parte cumplidora notificará a la otra el incumplimiento, concediendo un plazo de 15 días para subsanarlo y, en caso negativo, se dará por finalizado y extinguido el convenio.
e) Falta o insuficiencia de crédito.
Asimismo, cualquiera de las partes podrá, en todo momento, formular denuncia escrita ante la otra con una antelación mínima de tres meses a la fecha en que desee dar por finalizado el presente convenio, sin perjuicio de lo recogido en el párrafo anterior sobre la terminación completa de las actividades que estén en ejecución. En cualquier caso, su resolución anticipada no afectará a las actividades en curso que deberán ser realizadas hasta su completa finalización.
Décima. Información y publicidad.
La Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital deberá aparecer en todos los soportes publicitarios de las actividades que se realicen con los fondos de esta transferencia específica, debiéndose cumplir las prescripciones sobre identificación, información y publicidad recogidas en el Decreto 50/2001, de 3 de abril, sobre medidas adicionales de gestión de inversiones financiadas con ayudas de la Junta de Extremadura.
Particularmente, FUNDECYT-PCTEX informará del origen de la financiación del programa, así como identificará, con arreglo a las prescripciones dadas por el órgano competente, que se trata de una medida contenida en la Estrategia de Internacionalización de la Economía Extremeña 2021-2023 (XPORTA II), dejando evidencia documental al respecto.
Undécima. Régimen jurídico y resolución de controversias.
El presente convenio tiene naturaleza administrativa, quedando excluido del ámbito de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6, y formalizándose al amparo de lo dispuesto en el artículo 45 de la citada Ley 3/2021, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2022 (DOE n.º 251 de viernes, 31 de diciembre de 2021) y por lo tanto todas las cuestiones que se puedan plantear en orden a su cumplimiento, interpretación, resolución y efectos, deberán resolverse de mutuo acuerdo entre las partes, mediante diálogo y negociación en el seno de la Comisión de Seguimiento establecida en la cláusula octava del presente convenio.
Asimismo, estará sujeto a lo dispuesto en el Capítulo VI, del Título Preliminar, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Y en prueba de conformidad, ambas partes firman el presente convenio por duplicado ejemplar y a un solo efecto en la fecha y lugar mencionados en el encabezamiento.
El Consejero de Economía, Ciencia y Agenda Digital
PA, Resolución de 18 de julio de 2019 (DOE n.º 141, de 23 de julio)
El Secretario General
D. Manuel Jiménez García
Director Gerente de FUNDECYT - Parque Científico y Tecnológico de Extremadura.
D. Luis Casas Luengo
ANEXO I.
Uno. Transferencia específica.
La cuantía total del presente convenio asciende a 100.000 euros, desglosado en 40.000 euros para el año 2022 y 60.000 euros para el año 2023.
Para su cobertura financiera se recoge en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2022, Sección 14 Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital , Servicio 003 Secretaría General de Economía y Comercio y Programa 341A “Comercio de calidad y artesanía extremeña” a favor la FUNDECYT-PCTEX, con las siguientes clasificación y aplicación presupuestaria 140030000 G/341A/44406 CAG0000001 20220021, imputada al siguiente proyecto:
Código 20220021
5071_FUNDECYT-PARQUE CIENTÍFICO Y TECNOLÓGICO DE EXTREMADURA.
PROGRAMA PARA LA INNNOVACIÓN E INTERNACIONALIZACIÓN (P2I)
Dos. Actividades a realizar.
Las actividades contenidas en el Programa de internacionalización e innovación (P2I) objeto de esta transferencia son las siguientes:
A1. Identificación y selección de empresas participantes y productos.
Esta actividad comprende las siguientes tareas:
1.1. Aplicación de los criterios para la identificación de las empresas a seleccionar, así como sus productos y/o servicios potencialmente comercializables.
1.2. Pre-selección de 15 empresas que reúnan los requisitos establecidos en la definición de pequeña y mediana empresa de base tecnológica internacionalizable.
1.3. Elaboración de la ficha de cada empresa seleccionada.
A2. Definición y establecimiento de la estrategia 2I de cada empresa.
Esta actividad comprende las siguientes tareas:
2.1. Análisis y redefinición de la estrategia empresarial y alineación de las estrategias de innovación e internacionalización de la empresa, estableciendo los retos tecnológicos y los objetivos de internacionalización. El proceso de alineamiento 2I llevará a identificar la propuesta de valor en el entorno tecnológico y comercial.
2.2. Análisis e identificación de mercados con potencial para la comercialización de la oferta tecnológica de la empresa.
El proceso de análisis e identificación de mercados debe realizarse en coordinación con el resto de servicios del ecosistema extremeño relacionados con la internacionalización de la Pyme, comprendiendo los siguientes items:
a) Selección de mercados objetivo.
b) Análisis del entorno: estado del arte y comercio exterior.
c) Segmentos de clientes.
d) Definición de la estrategia de entrada.
e) Identificación de eventos promocionales.
2.3. Definición del proceso individual de acompañamiento de la empresa para ejecutar la hoja de ruta individual P2I.
A3. Capacitación del equipo de la empresa en innovación y comercialización internacional de productos y servicios de base científica y tecnológica.
Conforme a la definición de los procesos individuales resultante de la tarea 2.3 se pondrá en marcha una actividad de capacitación para la internacionalización de la innovación que estará compuesto por un bloque de contenidos comunes y otro de contenidos específicos y/o sectoriales. Esta actividad será ejecutada con las operaciones previstas en el presente convenio, así como con los recursos y herramientas más apropiadas que disponen tanto FUNDECYT-PCTEX como la Secretaría General de Economía y Comercio, a definir según las áreas de actividad y la naturaleza de la tecnología de las empresas seleccionadas.
Siendo los contenidos comunes:
— Propiedad intelectual y propiedad industrial.
— Mercado interno; legislación, estándares, consultas y normativa europea.
— Mercado y negocios exteriores; políticas y oportunidades de negocio.
— Modelos de explotación comercial de tecnología.
— Financiación europea para cooperación tecnológica.
A4. Elaboración de la hoja de ruta 2I para cada empresa.
Esta actividad contempla la definición de la hoja de ruta 2I personalizada para acometer el proceso de internacionalización de la innovación. La hoja de ruta 2I abordará los siguientes aspectos:
a) Recorrido de innovación.
b) Marco jurídico de protección y comercialización de la tecnología.
c) Propuesta de implementación para la mejora de procesos operativos.
d) Estrategia de expansión de la empresa: socios tecnológicos y mecanismos de transferencia.
e) Estrategia de internacionalización, incluyendo la preparación para la comercialización en los mercados seleccionados y el desarrollo de las operaciones necesarias (eventos internacionales de encuentro entre empresas, foros de tecnología, redes de interconexión del conocimiento, proyectos cooperativos de I+D+i con agentes y empresas de otras regiones europeas.
f) Cartera de ayudas disponibles por parte de los diferentes organismos de apoyo a la innovación y la internacionalización (ayudas a empresas para proyectos de I+D+i, ayudas a la internacionalización, planes PYMEX/COMPITE/CONQUISTA, incentivos autonómicos y regionales para mejora de procesos industriales, servicio de aceleración, etc.)
A5. Ejecución de la hoja de ruta 2I.
Acompañamiento a la empresa según la hoja de ruta y aceleración del proceso de internacionalización en la ejecución, una vez ha sido consensuada y aceptada por su parte.
Tres. Recursos humanos a asignar.
Para la ejecución de la transferencia específica y el desarrollo de las actividades del programa P2I, se FUNDECYT-PCTEX asignara los siguientes recursos humanos:
PERFILES PROFESIONALES
Técnico nivel 1: Por su especialización tienen participación en procesos y/o proyectos, realizando tareas técnicas de complejidad y cualificación, para conseguir los objetivos de una unidad, participando en la elaboración de propuestas o nuevas iniciativas. Desempeñan sus funciones con un grado variable de responsabilidad, autonomía, iniciativa, capacidad de trabajo en equipo, donde la supervisión sobre sus resultados o el seguimiento de actividades, procede de puestos de dirección, jefatura de unidad o área, según el caso. Para el acceso a este Grupo se exigirá como mínimo estar en posesión de una Titulación Universitaria, o experiencia profesional demostrable que le habilite para el desempeño de la función.
Técnico nivel 2: Puesto con un grado medio complejidad, autonomía, iniciativa y responsabilidad, que desarrollan tareas de soporte y apoyo, para conseguir los objetivos de una unidad, o dentro de procesos y/o proyectos; aquellas que se desarrollan bajo mayor supervisión con instrucciones precisas y concretas relativas a procedimientos operativos, capacidad de trabajo en equipo, donde la supervisión de las tareas procede de puestos de dirección-gerencia, jefatura de unidad o área. Para el acceso a este grupo se exigirá como mínimo estar en posesión de una Formación Profesional de Grado Superior o experiencia profesional demostrable que le habilite para el desempeño de la función.
Atendiendo al II Convenio Colectivo de FUNDECYT-PCTEX, en el que se recogen las distintas categorías profesionales (detalladas en el apartado Perfiles profesionales ), la distribución del coste de personal asociado al P2I se refleja en la siguiente tabla, detallando el porcentaje de imputación previsto para cada uno ellos:
Resultando los siguientes costes anuales:
COSTE ANUAL PERSONAL ASIGNADO 2022 2023
Técnico 1 11.211,50 13.078,80
Técnico 2 12.433,50 11.604,60
TOTAL 23.645,00 24.683,40
Cinco. Indicadores y entregables.
Entregables
N.º Entregable Título del Entregable Actividad Fecha de entrega
1 15 fichas de empresas preseleccionadas. A1. Identificación y selección de empresas participantes y productos. M4
2 Informes de diagnóstico y recomendaciones. A2. Definición y establecimiento de la estrategia 2I de cada empresa. M6
3 lnforme de actividad de capacitación. A3. Capacitación del equipo de la empresa en comercialización internacional de productos y servicios de base científica y tecnológica. M18
4 Hojas de ruta 2I. A4. Elaboración de la hoja de ruta 2I para cada empresa. M12
5 lnforme de actividad de ejecución HR2I. A5. Ejecución de la hoja de ruta 2I. M21
Indicadores
Relacionado con la actividad Indicador de producto Indicador de resultado
Tipo Valor Tipo Valor
A1. Identificación y selección de empresas participantes y productos. N.º de empresas adheridas al P2I. 10
A2. Definición y establecimiento de la estrategia 2I de cada empresa. N.º de diagnósticos realizados. 10
A3. Capacitación del equipo de la empresa en comercialización internacional de productos y servicios de base científica y tecnológica. N.º de acciones de capacitación realizadas. 8 N.º de personas participantes en las acciones de capacitación. 16
A4. Elaboración de la hoja de ruta 2I para cada empresa. N.º de hojas de ruta elaboradas 8 N.º de empresas iniciadas en el proceso de internacionalización. 5
A5. Ejecución de la hoja de ruta 2I. N.º de hojas de ruta ejecutadas 6
Cinco. Cronograma de ejecución de las actividades.
ACTIVIDAD M1 M2 M3 M4 M5 M6 M7 M8 M9 M10 M11 M12 M13 M14 M15 M16 M17 M18 M19 M20 M21
A1. Identificación y selección de empresas participantes y productos       E1                                  
A2. Definición y establecimiento de la estrategia 2I de cada empresa           E2                              
A3. Capacitación del equipo de la empresa en comercialización internacional de productos y servicios de base científica y tecnológica                                   E3      
A4. Elaboración de la hoja de ruta 2I para cada empresa                       E4                  
A5. Ejecución de la hoja de ruta 2I para cada empresa                                         E5
Seis. Presupuesto
El presupuesto de las actividades por anualidad, incluyendo los costes de personal necesarios para su ejecución, se detalla en la siguiente tabla:
ACTIVIDAD CONCEPTO ANUALIDAD 2022 ANUALIDAD 2023 TOTAL
A1. Identificación y selección de empresas participantes y productos. Personal (salarios y seguros sociales)      
1 Técnico 1 3.363,45 0,00 3.363,45
1 Técnico 2 3.730,05 0,00 3.730,05
TOTAL ACTIVIDAD 1 7.093,50 0,00 7.093,50
A2. Definición y establecimiento de la estrategia 2I por cada empresa. Personal (salarios y seguros sociales)      
1 Técnico 1 3.363,45 0,00 3.363,45
1 Técnico 2 3.730,05 0,00 3.730,05
TOTAL ACTIVIDAD 2 7.093,50 0,00 7.093,50
A3. Capacitación del equipo de la empresa en comercialización internacional de productos y servicios de base científica y tecnológica. Personal (salarios y seguros sociales)      
1 Técnico 1 2.242,30 2.615,76 4.858,06
1 Técnico 2 2.486,70 2.320,92 4.807,62
Servicios externos: formación común y específica 9.000,00 6.842,20 15.842,20
TOTAL ACTIVIDAD 3 13.729,00 11.778,88 25.507,88
A4. Elaboración de la hoja de ruta 2I para cada empresa. Personal (salarios y seguros sociales)      
1 Técnico 1 1.121,15 5.231,52 6.352,67
1 Técnico 2 1.243,35 4.641,84 5.885,19
TOTAL ACTIVIDAD 4 2.364,50 9.873,36 12.237,86
A5. Ejecución de la hoja de ruta 2I para cada empresa. Personal (salarios y seguros sociales)      
1 Técnico 1 1.121,15 5.231,52 6.352,67
1 Técnico 2 1.243,35 4.641,84 5.885,19
Gastos de viajes y alojamiento para el acompañamiento a empresas 3.000,00 6.000,00 9.000,00
Servicios externos: consultoría 4.355,00 22.474,40 26.829,40
TOTAL ACTIVIDAD 5 9.719,50 38.347,76 48.067,26
TOTAL 40.000,00 60.000,00 100.000,00
Resumen del presupuesto
RESUMEN DEL PRESUPUESTO POR CONCEPTO DE GASTOS Anualidad 2022 Anualidad 2023 TOTAL
Personal (salarios y seguros sociales) 23.645,00 24.683,40 48.328,40
Gastos de viajes y alojamiento para el acompañamiento a empresas 3.000,00 6.000,00 9.000,00
Servicios externos: consultoría 4.355,00 22.474,40 26.829,40
Servicios externos: formación común y específica 9.000,00 6.842,20 15.842,20
TOTAL 40.000,00 60.000,00 100.000,00
ANEXO II
INSTRUCCIONES PARA LA JUSTIFICACIÓN DE LA TRANSFERENCIA ESPECÍFICA
En virtud de lo anteriormente expuesto, y con el objeto de proporcionar una mayor evidencia, seguimiento y verificación de la cuenta justificativa, cuya documentación debe ser objeto del necesario análisis y auditoría por la Administración Regional y siendo, asimismo, preciso concretar aspectos tales como el modo de presentación de dicha cuenta justificativa, la memoria de actividades, las actuaciones, eventos o congresos, los recursos humanos y materiales, cuantificados económicamente, la documentación en ficheros electrónicos y el cumplimiento de los requisitos de identificación, información y publicidad, de la Junta de Extremadura, se establecen las presentes instrucciones de pautas que, con precisión y sistematización, serán de obligado cumplimiento para la entidad.
Primero. Periodo de elegibilidad de los gastos imputables al convenio.
Los gastos imputables a esta transferencia deberán estar referidos al período comprendido entre el 1 de abril de 2022 y el 31 de diciembre de 2023.
Segundo. Justificación de los gastos y pagos realizados por la entidad.
FUNDECYT- PCTEX llevará una contabilidad y facturación pormenorizada de los gastos incurridos. Las cuentas y justificaciones deberán estar soportadas, como mínimo, en registros contables separados o códigos contables específicos que faciliten la justificación y control de estos fondos.
Asimismo, deberán conservar los expedientes de contratación y los justificantes de gastos y pagos conforme se establece en las presentes instrucciones, que estarán a disposición de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital, de los órganos de fiscalización, en tanto puedan ser objeto de actuaciones de comprobación y control.
Toda la documentación original acreditativa de los gastos y pagos realizados (contratos, facturas, justificantes de pago y demás documentación que resulte exigible de conformidad con la normativa aplicable), será recabada y custodiada por FUNDECYT- PCTEX.
1. Documentación justificativa a presentar por FUNDECYT-PCTEX.
Para la justificación de los gastos y pagos realizados, en lugar de la documentación en soporte original, se deberá presentar la siguiente:
a) Memoria económica y certificados:
La memoria económica, firmada y sellada en todas sus hojas por el representante legal de FUNDECYT-PCTEX, donde se especifiquen los gastos realizados y los pagos asociados, incluidos los pagos a la Tesorería de la Seguridad Social y los realizados a la Agencia Estatal de Administración Tributaria, ordenados conforme a la naturaleza del gasto. Dicha memoria, se remitirá a la Secretaría General de Economia y Comercio, en formato papel y en fichero electrónico.
La memoria económica contendrá un certificado del representante legal de la entidad de acuerdo al Anexo III, acompañado del Anexo IV: CUADRO RESUMEN DE LA CUENTA JUSTIFICATIVA, entendida como operación de pago, con identificación de los gastos según su naturaleza conforme al modelo de certificado.
Adicionalmente al cuadro resumen, y después de éste, se relacionarán los gastos y pagos de forma pormenorizada, conforme al ANEXO V: RELACIÓN DE FACTURAS IMPUTADAS Y JUSTIFICANTES DE PAGO.
Referente al personal imputado a la transferencia, se justificará mediante certificado conforme al ANEXO VI: GASTOS DE PERSONAL IMPUTADO A LA TRANSFERENCIA. Del mismo modo, para dejar evidencia suficiente del coste de personal, se aportarán los documentos acreditativos del trabajo realizado individualizado por cada trabajador imputado a la transferencia, firmado por el trabajador y el responsable del área, conforme al ANEXO VII: PARTES DE TRABAJO DEL PERSONAL IMPUTADO A LA TRANSFERENCIA.
En relación a la liquidación de dietas y desplazamientos se deberá especificar con claridad y precisión el objeto o realización de la actividad que motivan el gasto, conforme al ANEXO VIII: DIETAS Y DESPLAZAMIENTOS DE CADA TRABAJADOR IMPUTADO A LA TRANSFERENCIA.
En los costes del personal que desarrolle sus funciones en varios proyectos/actividades, se deberá especificar las tareas realizadas y el tiempo dedicado a las mismas, así como el criterio para su correcta imputación al programa P2I, proporcionando evidencias relativas a la dedicación efectiva.
b) Memoria técnica:
Contendrá la descripción pormenorizada de las actividades realizadas con desglose de las operaciones ejecutadas (reuniones, eventos, foros, jornadas, misiones, etc.), así como los objetivos perseguidos en cada una de estas, acompañada de la información documental y gráfica producida. Todo ello sin perjuicio de la documentación original que pudiera requerir el órgano gestor en el momento de la justificación para aclaración de la misma.
La fecha límite para presentar la memoria técnica será el 31 de marzo de cada anualidad, tal y como se establece en la cláusula quinta del convenio.
2. Formas de pago.
Los pagos se realizarán por alguna de las modalidades que se indican a continuación:
— Adeudo bancario nominativo que refleje el importe del documento de gasto.
— Transferencia bancaria nominativa con validación mecánica que refleje el importe del documento de gasto.
— Certificado del banco firmado y sellado, en el que se detalle que dicha factura ha sido efectivamente pagada.
— Cheque bancario nominativo acompañándose de su correspondiente extracto bancario. El importe reflejado en el documento bancario deberá coincidir con el importe indicado en el documento de gasto.
— Extracto bancario nominativo (telefónica, etc.) reflejando el importe del documento de gasto.
— Pago nominativo realizado por Internet donde se indique que el pago ha sido realizado, sellado por la autoridad bancaria. El importe reflejado en el documento bancario deberá coincidir con el importe indicado en el documento de gasto.
En el caso de que el importe reflejado en el documento bancario no coincida con el importe del documento de gasto (pago agrupado), deberán desglosar los pagos efectuados donde pueda identificarse el gasto en cuestión. Dicho desglose deberá estar sellado por el banco (la suma del desglose bancario deberá coincidir con el importe reflejado en el pago agrupado).
Los gastos salariales se realizarán de acuerdo con la normativa en materia de cotizaciones a la Seguridad Social, de conformidad con los grupos de cotización que correspondan y de retenciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Facturas.
Los gastos se deben justificar con facturas oficiales, así como documentos de contabilidad y apoyo con valor probatorio equivalente. En todo caso las facturas deberán cumplir lo establecido en el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se regulan las obligaciones de facturación.
Una vez realizado el servicio o entregado el suministro o la obra correspondiente, para que la factura emitida pueda ser conformada por el responsable de la entidad ha de reunir siempre los siguientes requisitos:
— Ha de ser emitida a favor de la entidad que ha contratado el servicio, suministro o la obra.
— Ha de ser original y contener las siguientes indicaciones:
El N.I.F. de la entidad contratante.
El nombre de la empresa y N.I.F.
Fecha.
Número de factura.
Identificación del objeto de la factura claramente asociado a la actividad de que se trate
Detalle de si el I.V.A. está incluido o fraccionado.
— Gastos de viaje y estancia: La documentación acreditativa de gastos de viaje y estancia del personal adscrito al proyecto será la siguiente:
Hoja de gastos de viaje y estancia y hoja de liquidación de gastos de viaje y estancia.
Billetes de avión, tren, autobús.
Tarjetas de embarque.
Documentación que acredite cálculo del kilometraje.
Factura de agencia de viajes y prueba de pago (en este caso deberá especificarse el número de persona y días de estancia, así como los conceptos objeto del gasto. Es imprescindible que junto a la factura se custodie por la entidad los documentos que acrediten la realidad de los servicios, tales como certificado de estancia en hotel, tarjetas de embarque, billetes, etc.)
Factura de hotel y prueba de pago.
Recibos de transporte local, en su caso.
Trabajos realizados por otras empresas: si se contratase un servicio externo, se solicitará fotocopia de las facturas, en cuyo original deberá incluirse que el concepto imputado corresponde a la transferencia otorgada y el justificante bancario que acredite su pago o identificación de la persona que haya recibido el dinero en efectivo. En el caso de que el importe del servicio externo supere los 15.000 euros, deberán presentarse memoria explicativa del procedimiento de licitación seguido y motivar su adjudicación.
ANEXO III
CERTIFICADO DE JUSTIFICACIÓN DE INVERSIONES
(Justificación N.º)
D. con DNI n.º , actuando en representación de la entidad Fundación FUNDECYT-Parque Científico y Tecnológico de Extremadura certifica:
— Que los gastos indicados en el Anexo de actuaciones se corresponden con las actividades recogidas en el convenio de la aportación económica a favor de la entidad Fundación FUNDECYT-Parque Científico y Tecnológico de Extremadura, para financiar la realización del Programa para la innovación e internacionalización (P2I) para las anualidades 2022-2023.
— Que la relación de los importes que se detallan en el documento Anexo V de actuaciones, firmado por el representante legal de la entidad Fundación FUNDECYT-PCTEX, se encuentran efectivamente pagados y que los documentos necesarios para llevar a cabo de forma adecuada las distintas actuaciones a que se refieren dichos importes, se encuentran en poder de la entidad Fundación FUNDECYT-Parque Científico y Tecnológico de Extremadura, a disposición de la Consejería, así como de los órganos de fiscalización y control financiero.
Y para que así conste, firmo el presente certificado;
En , a de de 20XX
El/La representante legal de Fundecyt-PCTEX
Fdo.:
ANEXO IV
CUADRO RESUMEN DE LA CUENTA JUSTIFICATIVA
D. ………….con DNI ………… y actuando en calidad de representante legal de Fundecyt-PCTEX y Dª. ……………con DNI …………
(auditor-interventor o persona que fiscalice gastos) de Fundecyt-PCTEX, certifican que la transferencia específica recibida de la Consejería
de Economía, Ciencia y Agenda Digital al amparo del convenio para la realización del Programa para la innovación e internacionalización (P2I) en el periodo 2022-2023
en su anualidad 202_, se ha destinado a a las actuaciones referidas en dicho convenio, según se indica en la siguiente tabla:
AÑO ACTIVIDADES CONCEPTO BREVE DESCRIPCION DEL CONCEPTO COSTE IMPUTADO 1ª JUSTIFICACION COSTE IMPUTADO 2ª JUSTIFICACION TOTAL
202_ ACTIVIDAD 1 GASTOS DE PERSONAL Salarios y seguros sociales del personal     0,00
SUBTOTAL ACTIVIDAD 1 0,00 0,00 0,00
ACTIVIDAD 2 GASTOS DE PERSONAL Salarios y seguros sociales del personal     0,00
SUBTOTAL ACTIVIDAD 2 0,00 0,00 0,00
ACTIVIDAD 3 GASTOS DE PERSONAL Salarios y seguros sociales del personal     0,00
SERVICIOS EXTERNOS Formación común y específica 0,00
SUBTOTAL ACTIVIDAD 3 0,00 0,00 0,00
ACTIVIDAD 4 GASTOS DE PERSONAL Salarios y seguros sociales del personal     0,00
SUBTOTAL ACTIVIDAD 4 0,00 0,00 0,00
ACTIVIDAD 5 GASTOS DE PERSONAL Salarios y seguros sociales del personal     0,00
SERVICIOS EXTERIORES Servicios externos: consultoría     0,00
VIAJES Y DIETAS Viajes y alojamientos 0,00
SUBTOTAL ACTIVIDAD 5 0,00 0,00 0,00
TOTAL 0,00 0,00 0,00
 
En , a de de
Fdo. Fdo.
Nombre/s y apellidos del/los representante/s legal/es y sello de la empresa o de la entidad, según proceda) Nombre/s y apellidos del/los auditor-interventor o persona que fiscalice gastos de la entidad, según proceda)
ANEXO V
RELACIÓN DE FACTURAS IMPUTADAS Y JUSTIFICANTES DE PAGO (DESGLOSAR POR ACTUACIONES Y CONCEPTOS)
DATOS DE LAS FACTURAS Y JUSTIFICANTES DE PAGOS IMPUTADOS
N.º ORDEN FECHA FACTURA N.º FACTURA PROVEEDOR N.I.F. PROVEEDOR ONCEPTO DESGLOSADO DE FACTURA IMPORTE IMPUTADO FORMA DE PAGO(*) ENTIDAD BANCARIA ORIGEN PAGO N.º CUENTA ORIGEN PAGO ENTIDAD BANCARIA DESTINO PAGO N.º CUENTA DESTINO PAGO TITULAR CUENTA DESTINO PAGO FECHA VALOR PAGO
TOTAL
(*) Transferencia bancaria, adeudo por domiciliación, etc. En caso de cheque o pagaré se deberá identificar el número.
Todos los pagos realizados en dicha transferencia específica se han abonado desde las cuentas bancarias de la Fundación FUNDECYT Parque Científico y Tecnológico de Extremadura.
En , a de de .
Fdo. Fdo
Nombre/s y apellidos del/los representante/s legal/es y sello de la empresa o de la entidad, según proceda) (Nombre/s y apellidos del/los auditor-interventor o persona que fiscalice gastos de la entidad, según proceda)
ANEXO VI
GASTOS DE PERSONAL DE CADA TRABAJADOR IMPUTADO A LA TRANSFERENCIA.
D. ………….con DNI ………… y actuando en calidad de representante legal de Fundecyt-PCTEX y Dª. ……………con DNI ………… (auditor-interventor o persona que fiscalice gastos) de Fundecyt-PCTEX, certifican que la transferencia específica recibida de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital al amparo del convenio para la realización del Programa para la innovación e internacionalización (P2I) en el periodo 2022-2023, ha sido destinada a la realización de las actuaciones referidas en dicho convenio respecto de la anualidad 20.... Los gastos imputados y los justificantes de pago de dicha transferencia son los que se indican a continuación:
ACTUACIÓN:
CONCEPTO:
N.º Orden Nombre y Apellidos NIF Grupo Cotización Grupo Profesional Función Mes Importe Bruto P.P. Paga Extra Coste Seguridad Social Total Grado Imputación (%) TOTAL IMPUTADO Forma pago (*) N.ºCta origen Pago (FUNDECYT-PCTEX ) N.º Cta Destino del trabajador FECHA VALOR PAGO
(*) Transferencia bancaria, adeudo por domiciliación, etc. En caso de cheque o pagaré se deberá identificar el número.
Todos los pagos realizados en dicha transferencia específica se han abonado desde las cuentas bancarias de Fundación FUNDECYT Parque Científico y Tecnológico de Extremadura.
En , a de de .
Fdo. Fdo
Nombre/s y apellidos del/los representante/s legal/es y sello de la empresa o de la entidad, según proceda) (Nombre/s y apellidos del/los auditor-interventor o persona que fiscalice gastos de la entidad, según proceda)
ANEXO VII
PARTES DE TRABAJO DEL PERSONAL IMPUTADO A LA TRANSFERENCIA
Referencia Transferencia TE: PROGRAMA PARA LA INNOVACIÓN E INTERNACIONALIZACIÓN (P2I)
Nombre del Trabajador
Mes  
 
Día Horas Trabajadas Actividades
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
CALCULO DEL COSTE / HORA
Coste empresa
Horas anuales trabajadas 1.620,00
Coste hora
HORAS TRABAJADAS EN LA TE COSTE / HORA Total EUR:
ACTIVIDAD 1 0,00 EUR 0,00 0,00
ACTIVIDAD 2 0,00 EUR 0,00 0,00
ACTIVIDAD 3 0,00 EUR 0,00 0,00
ACTIVIDAD 4 0,00 EUR 0,00 0,00
ACTIVIDAD 5 0,00 EUR 0,00 0,00
Total 0,00 EUR 0,00 0,00
Firma del trabajador Firma del Responsable
Fecha:
ANEXO VIII
DIETAS Y DESPLAZAMIENTOS DE CADA TRABAJADOR IMPUTADO A LA TRANSFERENCIA
ACTUACIÓN:
CONCEPTO:
FECHA NOMBRE Y APELLIDOS NIF IMPORTE TOTAL GRADO DE IMPUTACIÓN (%) TOTAL IMPUTADO
Todos los pagos realizados en dicha transferencia específica se han abonado desde las cuentas bancarias de FUNDECYT Parque Científico y Tecnológico de Extremadura.
A continuación, se relaciona el desglose de gastos en dietas y desplazamientos imputados a la trasferencia, previamente relacionados:
FECHA:NOMBRE Y APELLIDOS:NIF: DEPARTAMENTO:UNIDAD:GRADO IMPUTACIÓN:
GASTOS LIQUIDACION IMPORTE
FECHA ORIGEN DESTINO CONCEPTO FINALIDAD Km (Vehiculo propio) IMPORTE GASTO KILOMETRAJE (0.24 €Km) IMPORTE DEL GASTO INCURRIDO
Subtotal
Importe exento
Importe sujeto a retención
En , a de de
Fdo. Fdo
Nombre/s y apellidos del/los representante/s legal/es y sello de la empresa o de la entidad, según proceda) (Nombre/s y apellidos del/los auditor-interventor o persona que fiscalice gastos de la entidad, según proceda)

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