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EXTRACTO de la convocatoria de ayudas a las personas trabajadoras afectadas por los expedientes de regulación temporal de empleo acogidos al Mecanismo Red de Flexibilidad y Estabilización del Empleo o por causa de fuerza mayor temporal, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, correspondiente al ejercicio 2023.
DOE Número: 102
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: martes, 30 de mayo de 2023
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo:
Rango: EXTRACTO
Descriptores: Empleo. Ayudas.
Página Inicio: 33907
Página Fin: 33909
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.):698381
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se publica el extracto de las ayudas cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es) y en el presente Diario Oficial de Extremadura.
Primero. Objeto.
Ayudas destinadas a compensar a las personas trabajadoras por cuenta ajena afectadas por la autorización de expedientes de regulación temporal de empleo en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por fuerza mayor o sujetos al Mecanismo Red de Flexibilidad y Estabilización del Empleo, regulados en los artículos 47.5, 47.6 y 47.bis del Texto refundido del Estatuto de los Trabajadores aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, al amparo de la Orden de 17 de febrero de 2023, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a las personas trabajadoras afectadas por los expedientes de regulación temporal de empleo acogidos al Mecanismo Red de Flexibilidad y Estabilización del empleo o por causa de fuerza mayor temporal.
Segundo. Personas beneficiarias.
Las personas trabajadoras por cuenta ajena que se hayan visto afectadas por un expediente de regulación de empleo de carácter temporal mediante el que se suspenda su contrato de trabajo o se reduzca su jornada laboral y a consecuencia del mismo tengan reconocido por el Servicio Público de Empleo Estatal el derecho a recibir una prestación contributiva por desempleo siempre que dicho expediente de regulación temporal de empleo deberá estar acogido al Mecanismo RED de Flexibilidad y Estabilización del Empleo.
Las personas trabajadoras por cuenta ajena afectados por un expediente de regulación de empleo mediante el que se suspenda su contrato de trabajo o se reduzca su jornada laboral por causa derivada de fuerza mayor temporal de la empresa.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden de 17 de febrero de 2023 que establece las bases reguladoras para la concesión de ayudas a las personas trabajadoras afectadas por los expedientes de regulación temporal de empleo acogidos al Mecanismo Red de Flexibilidad y Estabilización del empleo o por causa de fuerza mayor temporal, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 39, de 27 de febrero de 2023).
Cuarto. Cuantía.
El crédito total destinado a la financiación de esta convocatoria es de novecientos treinta y ocho mil euros (938.000,00 €) distribuidos en dos anualidades, de la siguiente manera:
Anualidad 2023:
Setecientos tres mil euros (703.000 €), con cargo a la aplicación presupuestaria 130080000 G/242A/48000 Fondo CAG0000001 y proyecto de gasto 20230332 Ayudas a personas trabajadoras acogidas al mecanismo RED.
Anualidad 2024:
Doscientos treinta y cinco mil euros (235.000 €), con cargo a la aplicación presupuestaria 130080000 G/242A/48000 Fondo CAG0000001 y proyecto de gasto 20230332 Ayudas a personas trabajadoras acogidas al mecanismo RED.
La cuantía de la ayuda será de 1000 € para personas cuya permanencia en ERTE ocupe el 100 % de la jornada laboral de un contrato a jornada completa.
En el caso de que la jornada estipulada en el contrato sea inferior al 100 % se prorrateará el importe de la ayuda en función de la jornada laboral y siempre que el ERTE sea de suspensión del contrato.
En el supuesto de que el ERTE sea por reducción de jornada, la ayuda se calculará en función del porcentaje de reducción de la misma y de la jornada del contrato.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
Durante el periodo de vigencia de la convocatoria, que será de 1 año a contar desde la publicación de la convocatoria y del extracto en el Diario Oficial de Extremadura, las personas interesadas deberán solicitar la ayuda dentro del plazo de dos meses a contar desde la finalización del expediente de regulación temporal de empleo.
Se habilita un plazo de extraordinario, de 2 meses a contar desde el día siguiente a la publicación de la resolución de esta convocatoria, para la presentación de solicitudes relativas a expedientes de regulación temporal de empleo finalizados con anterioridad al plazo de vigencia de la presente convocatoria.
Sexto. Otros datos
Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados junto con la convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es), en http://www.juntaex.es, e igualmente se podrá acceder a ellos a través de Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones, y deberá presentarse en la forma indicada en el resuelvo cuarto de la convocatoria.
Mérida, 11 de mayo de 2023.
El Secretario General del SEXPE
(PD, Resolución de 29 de octubre de 2020 núm. 214, de 5 de noviembre de 2020),
VÍctor Manuel García Vega

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