Resolución de 25 de mayo de 2023, de la Consejera, por la que se resuelve el procedimiento para la obtención de la acreditación y habilitación lingüística en lengua extranjera para el desempeño de puestos bilingües en centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
TEXTO ORIGINAL
De conformidad con lo establecido en el artículo 8.2 de la Orden de 6 de marzo de 2023 por la que se convoca el procedimiento para la obtención de la acreditación y habilitación lingüística en lengua extranjera para el desempeño de puestos bilingües en centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 50, de 14 de marzo de 2023), vistas las alegaciones presentadas a las listas provisionales de admitidos y excluidos, a propuesta del Secretario General de Educación, y en uso de las atribuciones que tengo conferidas,
RESUELVO:
Primero. Elevar a definitivas las listas provisionales de docentes admitidos y excluidos en el procedimiento de obtención de la acreditación y habilitación lingüística en lengua extranjera para el desempeño de puestos bilingües en centros docentes públicos no universitarios.
La lista definitiva de docentes admitidos, que figura en el anexo I, incluye además a los docentes provisionalmente excluidos que han subsanado defectos y omisiones. La lista definitiva de excluidos figura en el anexo II.
Segundo. Expedir las certificaciones de acreditación y habilitación lingüística correspondientes al profesorado relacionado en el anexo I.
Tercero. La vigencia de la acreditación y habilitación en lengua extranjera para el desempeño de puestos catalogados como bilingües en centros docentes públicos del ámbito de gestión de la Comunidad Autónoma de Extremadura tendrá carácter permanente.
Contra la presente resolución, que es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante la Consejera de Educación y Empleo, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, tal y como disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Podrá también interponerse directamente, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, el correspondiente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura. Todo ello, sin perjuicio de que el interesado pueda interponer cualquier otro recurso que estime procedente.
Mérida, 25 de mayo de 2023.
La Consejera de Educación y Empleo,
M.ª ESTHER GUTIÉRREZ MORÁN