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ANUNCIO de 6 de junio de 2023 por el que se hace pública la relación provisional de personas beneficiarias de las ayudas directas a los sectores porcino ibérico y equino de carácter extensivo, contempladas en el Decreto-ley 3/2023, de 17 de mayo, por el que se regulan ayudas temporales excepcionales a titulares de explotaciones agrarias afectadas por la sequía.
DOE Número: 111
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: lunes, 12 de junio de 2023
Apartado: V ANUNCIOS
Organismo: CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, POBLACIÓN Y TERRITORIO
Rango: ANUNCIO
Descriptores: Sequías. Medidas excepcionales.
Página Inicio: 36663
Página Fin: 36664
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
Con fecha 22 de mayo de 2023 se publicó en el Diario Oficial de Extremadura el Decreto-ley 3/2023, de 17 de mayo (DOE n.º 96, de 22 de mayo), por el que se regulan ayudas temporales excepcionales a titulares de explotaciones agrarias afectadas por la sequía.
Dicho decreto-ley regula, en su artículo 2, dentro del capítulo II, el procedimiento de concesión directa de las ayudas directas al sector porcino ibérico y equino de carácter extensivos.
En el punto 5, apartado a) de dicho artículo se establece que el órgano instructor del procedimiento de concesión será el Servicio de Producción Agraria de la Dirección General de Agricultura y Ganadería.
En el punto 5 del referido artículo dispone que la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio publicará, en el plazo máximo de 20 días desde la publicación de este decreto-ley, en el portal web juntaex.es
https://www.juntaex.es/temas/agricultura-ganaderia/gestion-agricola, una relación provisional de personas titulares de explotaciones agrarias a las que se refiere el punto tercero de este artículo, en los que concurran los requisitos de actividad requeridos, así como el número de cabezas de ganado computadas y la cuantía de la ayuda a recibir.
La relación provisional incluirá a las personas beneficiarias conforme se establece en el punto 3 de referido artículo 2 del Decreto-ley 3/2023, de 17 de mayo.
En virtud de todo lo expuesto, el Servicio de Producción Agraria procede a hacer pública la relación provisional, donde se indican los titulares de explotaciones agrarias, en los que concurran los requisitos de actividad requeridos, así como el número de cabezas de ganado computadas y la cuantía de la ayuda a recibir, y en su caso, incidencias detectadas (alta tercero, etc.) para proceder, por parte de los titulares, a su subsanación.
Dicha relación provisional de personas beneficiarias de estas ayudas a los sectores porcino ibérico y equino de carácter extensivos estará a disposición de los interesados en el portal web juntaex.es, https://www.juntaex.es/, así como en la Plataforma Laboreo, https://laboreo.juntaex.es, pudiéndose acceder a esta última mediante las respectivas claves personalizadas.
La solicitud se considerará realizada de oficio mediante la relación provisional que se hace pública.
Los titulares establecidos en la citada relación dispondrán de un plazo de 10 días hábiles computados desde la publicación de este anuncio que hace pública la relación provisional para comunicar su voluntad de desistir de la ayuda utilizando para ello el modelo normalizado previsto en el anexo I del anteriormente referido Decreto-ley, y que también estará disponible en el portal web juntaex.es. En caso de no desistir, la subvención se entenderá aceptada a todos los efectos.
Igualmente, las personas dispondrán de un plazo de 10 días hábiles a contar desde la publicación de la relación provisional en el portal web juntaex.es para la presentación, en su caso de:
— Declaración responsable de la relación de todas las ayudas públicas solicitadas o concedidas de esta o de cualquier otra Administración Pública para el mismo objeto, en la que se hagan constar además todas las ayudas o subvenciones que hayan sido recibidas por la persona o entidad beneficiaria con carácter de mínimis (anexo II).
Tanto el modelo normalizado del anexo I para comunicar su voluntad de desistir de la ayuda (disponible en el portal web juntaex.es), anexo II de declaración de minimis, anexo III de alta terceros, se dirigirán al Servicio de Producción Agraria de la Dirección General de Agricultura y Ganadería de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, a través del trámite Desistimiento-Anexos-Ayud.Direc.Sec.Porcino/Equino , habilitado en el portal Juntaex.es, Plataforma ARADO .
Se informa que, en todo caso, estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite, los sujetos relacionados en el artículo 14.2 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Cuando se trate de agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas sin personalidad, deberán nombrar un representante o apoderado único de la agrupación, con poderes bastantes para los sucesivos trámites de comunicaciones y notificaciones.
La Secretaría General de la citada Consejería resolverá en el plazo máximo de 3 meses computados desde la fecha de publicación de la relación provisional de personas beneficiarias.
La publicación de la relación provisional surtirá los efectos de la notificación, en virtud de lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Mérida, 6 de junio de 2023. El Jefe de Servicio de Producción Agraria, JOSÉ MARÍA GUERRERO PÉREZ.

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