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Anuncio de 31 de mayo de 2023 por el que se da publicidad a la concesión de subvenciones en especie a las Mancomunidades Integrales que cuentan con Parques de maquinaria, relativo a 8 expedientes.
DOE Número: 112
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: martes, 13 de junio de 2023
Apartado: V ANUNCIOS
Organismo: consejería de agricultura, desarrollo rural, población y territorio
Rango: Anuncio
Descriptores: Subvenciones.
Página Inicio: 36888
Página Fin: 36890
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
El artículo 17.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura (en adelante LSCAEx), prevé la publicación en el Diario Oficial correspondiente de las subvenciones concedidas con la expresión de la convocatoria, programa y crédito presupuestario al que se imputen, beneficiario, cantidad concedida y finalidad o finalidades de la subvención, y de existir financiación con cargo a Fondos de la Unión Europea, las menciones de identificación y publicidad que se deriven de la normativa comunitaria que sea de aplicación.
El artículo 22.4.c), de la LSCAEx, permite a la Junta de Extremadura la concesión de subvenciones directas, sin convocatoria previa con carácter excepcional, cuando se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública .
Y el artículo 32.1 de la mencionada LSCAEx dispone que:
Conforme a lo dispuesto en el artículo 22.4.c) de esta ley, se considerarán supuestos excepcionales de concesión directa los siguientes:
a) Cuando, por razón de la especial naturaleza de la actividad a subvencionar, o las especiales características del perceptor, no sea posible promover la concurrencia pública y siempre que se trate de entidades públicas o entidades privadas sin fines de lucro.
b) Cuando el perceptor sea una entidad pública territorial de Extremadura y los fondos presupuestarios señalen genéricamente una finalidad cuya competencia esté atribuida a las corporaciones locales y a la comunidad autónoma.
c) Las subvenciones que se otorguen conforme a los planes anuales a que se refiere la Ley 1/2003, de 27 de febrero, de Cooperación para el Desarrollo.
d) Aquellos otros supuestos excepcionales que reuniendo los requisitos del artículo 22.4.c) de esta ley sean acordados de forma singular mediante decreto del Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejería correspondiente y previo informe favorable de la Consejería competente en materia de hacienda.
JUNTA DE EXTREMADURA- MINISTERIO DE AGRICULTURA - UNION EUROPEA
Se requerirá la previa autorización del Consejo de Gobierno cuando en los supuestos de las anteriores letras a), b) y c) la cuantía de lo aportado por la Junta de Extremadura supere los 900.000 euros .
En este mismo sentido, el apartado 2, de este mismo artículo 32, dispone que:
La concesión de estas subvenciones se efectuará a solicitud del interesado y se instrumentará mediante resolución o convenio, previa acreditación en el expediente del cumplimiento de los requisitos que justifican su concesión directa e informe del servicio jurídico correspondiente de la Consejería.
El decreto, el convenio o la resolución deberá recoger, como mínimo, los siguientes extremos: definición del objeto de las subvenciones, con indicación del carácter singular de las misma, del procedimiento de concesión directa y las razones que acrediten el interés público, social, económico o humanitario y aquellas que justifican la dificultad de su convocatoria pública, además del régimen jurídico aplicable a las mismas, la determinación de los beneficiarios, modalidades de ayuda, procedimiento de concesión y régimen de justificación y pago .
Sobre esta base, conforme al Acuerdo de la Secretaría General de Población y Desarrollo Rural, de fecha 16 de marzo de 2022, se inició el procedimiento para conceder subvenciones en especie a las Mancomunidades Integrales y Ayuntamientos que cuentan con Parques de maquinaria, conforme a las solicitudes presentadas por éstas, y a las disponibilidades de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio.
En virtud de lo dispuesto en el citado artículo y en el artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se procede a dar publicidad a las subvenciones en especie otorgadas a las Mancomunidades Integrales que cuentan con Parques de maquinaria y que se recogen en el anexo.
Las subvenciones contempladas en este anuncio están enmarcadas en el Plan de Desarrollo Rural de Extremadura, 2014/2020, aprobado por Decisión de la Comisión, de 18 de noviembre de 2015, al amparo del Reglamento (CE) 1305/2013, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), que contempla dentro de la medida 4 Inversiones en activos físicos , la submedida 4.3. Apoyo a las inversiones en infraestructura relacionadas con el desarrollo, la modernización o la adaptación de la agricultura y la silvicultura , la actuación 4.3.5 “Caminos rurales”.
Mérida, 31 de mayo de 2023. El Secretario General de Población y Desarrollo Rural, MANUEL MEJÍAS TAPIA.
ANEXO
SUBVENCIÓN Matrícula Número de Bastidor Entidad Local
Camión 6 X 4 carrozado tipo volquete 7005LLT WJME62RP60C434208 Mancomunidad Integral Sierra de San Pedro
Camión 6 X 4 carrozado tipo volquete 7000LLT WJME62RP80C434209 Mancomunidad de Tentudía
Camión 6 X 4 carrozado tipo volquete 6996LLT WJME62RP40C434210 Mancomunidad Sierra Suroeste
Excavadora Mini-Giratoria Exenta DHKCEAAYCK6002248 Mancomunidad Integral Sierra de Montánchez
Rodillo Compactador Exento WGHOH234THAA00955 Mancomunidad de Municipios de La Serena
Desbrozadora para retroexcavadora Exenta 191005 Mancomunidad Integral Sierra de Montánchez
Desbrozadora para retroexcavadora Exenta 191007 Mancomunidad Integral de Municipios Centro
Trituradora para retroexcavadora Exenta HH3V01.192268.04 Mancomunidad Integral de Municipios Centro

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